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Reglamento (UE) n.o 692/2011: estadísticas europeas sobre el turismo
Establece métodos y normas de la Unión Europea (UE) para el desarrollo, la producción y la difusión de estadísticas sobre el turismo. Está estrechamente relacionado con el Reglamento (CE) n.o 223/2009 relativo a la estadística europea.
La función de los países de la UE consiste en recoger, compilar, tratar y transmitir las estadísticas armonizadas sobre la oferta y la demanda en el ámbito del turismo.
Los países de la UE pueden elaborar los datos estadísticos necesarios mediante la combinación de las diversas fuentes enumeradas a continuación: encuestas, otras fuentes adecuadas (incluidos los datos administrativos) y procedimientos de estimación estadística adecuados.
Está en vigor desde el .
El turismo es un sector clave en la economía de la Unión Europea (UE), por lo que es necesario recoger estadísticas del turismo para ayudar a los responsables políticos, así como a las personas que trabajan u operan en el sector.
Para más información, véase:
Reglamento (UE) no 692/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , relativo a las estadísticas europeas sobre el turismo y por el que se deroga la Directiva 95/57/CE del Consejo (DO L 192 de , pp. 17-32)
Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) n.o 692/2011 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
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