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Plan de acción de la UE en materia de lucha contra la droga (2005-2008)
Con el fin de hacer frente al fenómeno de la droga tanto en el ámbito de la protección de la salud como en el de la represión, el plan de acción orienta a todas las instancias europeas concernidas para fijar sus prioridades al respecto. Estas orientaciones se concentran en torno a cinco ejes de acción: coordinación; reducción de la demanda; reducción de la oferta; cooperación internacional; e información, investigación y evaluación.
ACTO
Plan de Acción de la UE en materia de lucha contra la droga (2005-2008) de 8 de julio de 2005 [Diario Oficial C 168 de 8.7.2005].
SÍNTESIS
El plan de acción establece un marco coherente en la Unión Europea para la aprobación de medidas represivas y preventivas que permitan reducir la oferta y la demanda de droga. Tiene por objetivo último disminuir de manera significativa la importancia del consumo de droga entre la población, así como los daños sociales y de salud que conlleva el consumo y el comercio de drogas ilícitas.
El plan de acción sigue la estructura y los objetivos de la estrategia de la UE en materia de drogas (2005-2012) y busca resultados concretos en ámbitos prioritarios específicos.
Para cada objetivo, la Comisión indica las acciones propuestas, el calendario y la instancia responsable así como el útil de evaluación o el indicador adecuado. Alrededor de ochenta acciones están así previstas.
Estas acciones se distribuyen en torno a cinco ejes:
Coordinación
El plan de acción hace hincapié en el carácter esencial de una coordinación efectiva en los niveles comunitario y nacional. En particular, prevé la aprobación de programas nacionales conformes a la estrategia y los planes de acción de la UE, la designación de un coordinador antidroga en cada Estado miembro y en la Comisión, así como una mayor implicación de la sociedad.
Además, el plan de acción designa al Grupo Horizontal Drogas (GHD) como principal ámbito de coordinación en el Consejo en la materia y preconiza la consideración sistemática de la política antidroga en las relaciones y acuerdos con los países terceros afectados.
Reducción de la demanda
Los Estados miembros y el Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías (OEDT) deberán extender el alcance de los programas de reducción de la demanda y garantizar su evaluación y la difusión efectiva de las mejores prácticas evaluadas.
Por otra parte, los Estados miembros deben mejorar el acceso a los programas de prevención en las escuelas y aumentar su eficacia. Deben mejorar los métodos de prevención y detección de los factores de riesgo en algunos grupos objetivo, en particular los jóvenes, y también difundir esta información entre los profesionales para que puedan aplicarse programas de intervención precoz.
Por otro lado, los Estados miembros deben garantizar la disponibilidad de programas de tratamiento, rehabilitación y reinserción social que incorporen estrategias psicosociales y farmacológicas probadas, específicas y diversificadas, incluso para los toxicómanos no cubiertos por los servicios existentes, y prestar una atención especial a los servicios especializados dirigidos a los jóvenes.
Además, el plan preconiza la utilización de soluciones que sustituyan a las penas de cárcel para los toxicómanos y la creación de servicios de prevención, tratamiento y reinserción de presos.
Por lo que se refiere a la salud de los consumidores de drogas, deberá presentarse un informe de la Comisión sobre la aplicación de la Recomendación 2003/488/CE del Consejo relativa a la prevención y la reducción de los daños para la salud asociados a la drogodependencia, a más tardar en 2006. Los Estados miembros también deben mejorar el acceso a los servicios y tratamientos destinados a reducir los efectos nocivos y también establecer programas que prevengan la propagación del virus del SIDA, la hepatitis C y otras enfermedades transmisibles por la sangre. Deben también intervenir con el fin de reducir el número de muertes vinculadas a la droga.
Reducción de la oferta
La reducción de la oferta pasa por una mejora de la formación de los profesionales y un refuerzo de la cooperación policial entre Estados miembros y, en su caso, con Europol, Eurojust y terceros países. La realización de este objetivo pasa por:
El plan de acción prevé por otro lado medidas de reducción de la producción y el tráfico de heroína, cocaína y cannabis, así como de drogas de síntesis, en particular por la aplicación de proyectos operativos comunes y la recogida de información acerca de países terceros asociados a la producción y al tráfico de estas drogas, mediante la puesta en común de las mejores prácticas y el intercambio de información. Se trata también de adoptar medidas destinadas a luchar contra el desvío y el contrabando de precursores de droga con proyectos como el equipo común europeo dedicado a los precursores.
Por otra parte, el plan de acción cubre las actividades conexas a la oferta de droga, en particular, a través de acciones destinadas al blanqueo de dinero así como a la introducción y reutilización de productos financieros vinculados a la droga, especialmente mediante el intercambio de información y mejores prácticas. En el mismo orden de ideas, algunas acciones tienen por objeto poner de relieve los vínculos entre tráfico de drogas y financiación del terrorismo así como recoger datos sobre la utilización de las tecnologías de la información para cometer delitos vinculados a la droga.
Cooperación internacional
El plan de acción contempla una mejora de la coordinación, la eficacia y la visibilidad de la acción de la UE en organizaciones y foros internacionales como la ONU, en particular presentando posiciones comunes y promoviendo su estrategia.
Además, deben realizarse esfuerzos particulares para mejorar la asistencia a los países candidatos, a los países candidatos potenciales o a los países afectados por la política de vecindad, con el fin de aplicar el acervo en este ámbito o realizar las acciones requeridas. Estos esfuerzos pasan por una asistencia técnica y por la celebración de acuerdos con estos países.
Por otra parte, prosiguiendo al mismo tiempo su compromiso político y su cooperación con los países terceros afectados por el problema de la droga, la UE debe intensificar sus esfuerzos represivos orientados hacia los países productores y las regiones situadas en los itinerarios utilizados para el tráfico de drogas.
Información, investigación y evaluación
Con el fin de comprender y situar mejor el problema de la droga, el plan de acción requiere la disponibilidad de información fiable, en particular gracias a la aplicación de los cinco indicadores epidemiológicos clave. Se trata también de definir las tendencias emergentes, las prácticas de consumo y las características de los mercados de la droga, especialmente gracias a sondeos, directrices y herramientas comunitarios destinados a la detección y el seguimiento de las tendencias emergentes.
El plan de acción fomenta la investigación sobre los factores que determinan el hábito y sobre los interrogantes sobre los efectos de algunas drogas y las acciones eficaces en materia de salud. El plan de acción fomenta también la creación de redes de excelencia en el ámbito de la investigación en materia de drogas.
Seguimiento del plan de acción
Para llevar un seguimiento del grado de aplicación del plan de acción, la Comisión utilizará herramientas de evaluación e indicadores para cada acción, elaborados con ayuda del OEDT y de Europol.
La Comisión procederá a un estudio de impacto en 2008 con el fin de proponer un segundo plan de acción para el período 2009-2012 y realizará una evaluación final de la estrategia y los planes de acción en 2012.
Contexto
La estrategia antidroga de la UE, adoptada por el Consejo Europeo de Bruselas en diciembre de 2004, incluye una serie de medidas destinadas a frenar la demanda de drogas, mejorar el tratamiento de los toxicómanos y reducir la disponibilidad de drogas ilegales. Compromete a los Estados miembros a reforzar la coherencia en su política de represión del tráfico y prevé dos planes consecutivos entre 2005 y 2012. La estrategia es un elemento esencial del Programa de La Haya, programa plurianual destinado a reforzar la libertad, la seguridad y la justicia en la UE.
ACTOS CONEXOS
Plan de acción de la UE en materia de lucha contra la droga (2009-2012) de 20 de diciembre de 2008 [Diario Oficial de C 326 de 20.12.2008]. El Plan de acción de la UE en materia de lucha contra la droga para el período 2009-2012 es una continuación del plan para el período 2005-2008. Teniendo en cuenta las lecciones aprendidas durante el primer período de cuatro años, el plan se basa en el marco establecido para reducir la oferta y la demanda de drogas.
Documento de trabajo de los servicios de la Comisión – Documento que acompaña a la comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre el Plan de acción de la UE en materia de lucha contra la droga (2009-2012) – Informe de evaluación final del Plan de Acción de la UE en materia de lucha contra la droga (2005-2008) [SEC(2008) 2456 – no publicado en el Diario Oficial].
Comunicación de la Comisión, de 10 de diciembre de 2007, relativa al informe 2007 sobre el estado actual de aplicación del Plan de acción de la UE en materia de lucha contra la droga (2005-2008) [COM(2007) 781 final – no publicada en el Diario Oficial]. La Comisión identifica algunos aspectos positivos, en particular la convergencia de las políticas nacionales y un mayor avance en la consecución de los objetivos de la estrategia. Sin embargo, señala una falta de información acerca del impacto que las acciones tienen en el marco de la Estrategia antidroga. Aboga, por lo tanto, por el establecimiento de una metodología para evaluar el impacto de estas acciones, y por que prosigan los esfuerzos en el intercambio de información nacional y la alineación de los indicadores del plan de acción. Indica su propósito de llevar a cabo una evaluación final del plan de acción en materia de lucha contra la droga de 2005-2008 y de elaborar un borrador de la propuesta del plan de acción para 2009-2012.
Documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 21 de diciembre de 2006 – Revisión de 2006 del progreso en la aplicación del Plan de acción de la UE en materia de lucha contra la droga (2005-2008) [SEC(2006) 1803 (EN) – no publicado en el Diario Oficial].
Última modificación: 10.06.2009