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Estas directrices actualizan el enfoque de la Unión Europea (UE), cuyo objetivo es garantizar que los derechos del menor1 se tienen en cuenta en todas sus políticas y acciones exteriores. Para ello, las directrices promueven una perspectiva de fortalecimiento del sistema que respalde las medidas, estructuras y agentes que deben existir para proteger los derechos de todos los menores.
También hacen hincapié en la necesidad de un enfoque basado en los derechos, tal como se establece en el marco estratégico de la UE en materia de derechos humanos y democracia de 2012. Este enfoque tiene por finalidad integrar las normas y los principios de los derechos del menor en el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de todas las políticas y programas.
Las directrices de 2017 (al igual que las directrices anteriores de 2007) realizan un esfuerzo para que el trabajo de todos los funcionarios de las instituciones de la UE y los países europeos sea menos ad hoc en lo que respecta a los derechos del menor.
Para alcanzar el objetivo de proteger los derechos del menor, la UE utiliza instrumentos operativos, tales como:
el diálogo político, abordando los derechos de los niños en el marco de las negociaciones y los debates celebrados con organizaciones y con países de fuera de la UE;
declaraciones y gestiones(es decir, la representación diplomática de una cuestión en concreto de un Gobierno a otro) para recordar a los países de fuera de la UE la necesidad de adoptar medidas adecuadas para proteger a los niños;
Estrategias nacionales para los derechos humanos y la democracia de la UE que analizan en profundidad la situación de los niños en un país determinado e identifican lagunas y medidas necesarias para proteger los derechos de los menores;
la cooperación bilateral y multilateral, con el fin de establecer programas de ayuda humanitaria y de ayuda al desarrollo haciendo hincapié en los derechos del menor;
La estrategia «Comercio para todos», que asegura que el crecimiento económico avanza junto con la justicia social, el respeto por los derechos humanos y las normas medioambientales.
La UE adoptará medidas concretas para aplicar estas directrices, como animar a los países de fuera de la UE a:
adoptar estrategias nacionales sobre los derechos del menor;
diseñar un presupuesto nacional que tenga en cuenta la infancia y haga que los menores sean visibles en los presupuestos, especialmente aquellos que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad;
desarrollar y fortalecer instituciones independientes sobre los derechos del menor;
recoger y utilizar datos desglosados, ya que hacen que la desigualdad y la discriminación sean visibles.
Las acciones para la UE incluyen:
garantizar que el personal pertinente reciba formación sobre un enfoque basado en los derechos para la cooperación al desarrollo, que abarque todos los derechos humanos;
Muchos niños están expuestos a numerosos peligros y carecen de posibilidades de acceso a la educación, a la salud o a la ayuda social. Son víctimas de trabajo infantil, violencia, abusos sexuales, enfermedades y conflictos armados, y están expuestos a la discriminación, a la marginación y a la exclusión. Las niñas se enfrentan a riesgos específicos y requieren una atención especial.
La UE es un actor clave en la protección de los derechos humanos (y, en particular, los derechos del menor) en todo el mundo. Fomenta otras iniciativas que tienen por objeto el bien de los niños, como los antiguos objetivos de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas.
Versión consolidada del Tratado de la Unión Europea - Título I: Disposiciones comunes - Artículo 3 (antiguo artículo 2 del TUE) (DO C 202, , pág. 17)
DOCUMENTOS CONEXOS
Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Hacia una recuperación generadora de empleo [COM(2015) 497 final de ]