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Protección de los derechos del menor:Directrices de 2017

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directrices de la UE para la promoción y protección de los derechos del menor (2017)

Artículo 3 del Tratado de la Unión Europea

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTAS DIRECTRICES?

  • Estas directrices actualizan el enfoque de la Unión Europea (UE), cuyo objetivo es garantizar que los derechos del menor1 se tienen en cuenta en todas sus políticas y acciones exteriores. Para ello, las directrices promueven una perspectiva de fortalecimiento del sistema que respalde las medidas, estructuras y agentes que deben existir para proteger los derechos de todos los menores.
  • También hacen hincapié en la necesidad de un enfoque basado en los derechos, tal como se establece en el marco estratégico de la UE en materia de derechos humanos y democracia de 2012. Este enfoque tiene por finalidad integrar las normas y los principios de los derechos del menor en el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de todas las políticas y programas.
  • Se basan en la Convención sobre los derechos del niño de las naciones Unidas y reflejan el contenido del artículo 3 del Tratado de la Unión Europea, que establece que la UE, en sus relaciones con el resto mundo, debe garantizar que defiende y promueve sus valores e intereses y, en particular, los derechos del menor.

PUNTOS CLAVE

El Grupo «Derechos Humanos» del Consejo (COHOM), está encargado de dar apoyo a la ejecución de las directrices.

Las directrices de 2017 (al igual que las directrices anteriores de 2007) realizan un esfuerzo para que el trabajo de todos los funcionarios de las instituciones de la UE y los países europeos sea menos ad hoc en lo que respecta a los derechos del menor.

Para alcanzar el objetivo de proteger los derechos del menor, la UE utiliza instrumentos operativos, tales como:

  • el diálogo político, abordando los derechos de los niños en el marco de las negociaciones y los debates celebrados con organizaciones y con países de fuera de la UE;
  • los diálogos en materia de derechos humanos que recalcan las preocupaciones de la UE sobre las violaciones de los derechos humanos y buscan soluciones con países de fuera de la UE;
  • declaraciones y gestiones(es decir, la representación diplomática de una cuestión en concreto de un Gobierno a otro) para recordar a los países de fuera de la UE la necesidad de adoptar medidas adecuadas para proteger a los niños;
  • Estrategias nacionales para los derechos humanos y la democracia de la UE que analizan en profundidad la situación de los niños en un país determinado e identifican lagunas y medidas necesarias para proteger los derechos de los menores;
  • la cooperación bilateral y multilateral, con el fin de establecer programas de ayuda humanitaria y de ayuda al desarrollo haciendo hincapié en los derechos del menor;
  • las asociaciones y la coordinación con las partes interesadas de ámbito internacional, como las Naciones Unidas (ONU), las organizaciones regionales, el Foro Europeo sobre los Derechos de la Infancia, las instituciones de investigación, la sociedad civil y las instituciones financieras internacionales.
  • La estrategia «Comercio para todos», que asegura que el crecimiento económico avanza junto con la justicia social, el respeto por los derechos humanos y las normas medioambientales.

La UE adoptará medidas concretas para aplicar estas directrices, como animar a los países de fuera de la UE a:

  • adoptar estrategias nacionales sobre los derechos del menor;
  • diseñar un presupuesto nacional que tenga en cuenta la infancia y haga que los menores sean visibles en los presupuestos, especialmente aquellos que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad;
  • desarrollar y fortalecer instituciones independientes sobre los derechos del menor;
  • recoger y utilizar datos desglosados, ya que hacen que la desigualdad y la discriminación sean visibles.

Las acciones para la UE incluyen:

  • garantizar que el personal pertinente reciba formación sobre un enfoque basado en los derechos para la cooperación al desarrollo, que abarque todos los derechos humanos;
  • servirse del Manual práctico de los derechos de los niños de la UE y de UNICEF para reforzar la programación que tenga en cuenta las necesidades de los niños en todos los sectores.

ANTECEDENTES

  • Muchos niños están expuestos a numerosos peligros y carecen de posibilidades de acceso a la educación, a la salud o a la ayuda social. Son víctimas de trabajo infantil, violencia, abusos sexuales, enfermedades y conflictos armados, y están expuestos a la discriminación, a la marginación y a la exclusión. Las niñas se enfrentan a riesgos específicos y requieren una atención especial.
  • La UE es un actor clave en la protección de los derechos humanos (y, en particular, los derechos del menor) en todo el mundo. Fomenta otras iniciativas que tienen por objeto el bien de los niños, como los antiguos objetivos de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas.
  • Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

  1. Menor: todo ser humano menor de 18 años.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directrices de la UE para la promoción de los derechos del niño (2017): Que ningún niño quede excluido, Bruselas, 2017

Versión consolidada del Tratado de la Unión Europea - Título I: Disposiciones comunes - Artículo 3 (antiguo artículo 2 del TUE) (DO C 202, , pág. 17)

última actualización

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