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Código de red relativo a emergencia y reposición del servicio

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2017/2196 por el que se establece un código de red relativo a emergencia y reposición del servicio

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DEL REGLAMENTO?

  • Establece un código de red eléctrica1 con el objetivo de salvaguardar la seguridad del sistema eléctrico y prevenir la propagación o el empeoramiento de los incidentes.
  • Tiene por objeto evitar la perturbación generalizada y el estado de apagón2, así como permitir la reposición3 rápida y eficaz del sistema eléctrico después de los estados de emergencia4 o apagón.

PUNTOS CLAVE

El Reglamento establece un código de red eléctrica por el que se determinan los requisitos relativos a:

  • la gestión de los estados de emergencia, apagón y reposición por parte de los gestores de redes de transporte (GRT);
  • la coordinación de la operación del sistema en toda la UE en los estados de emergencia, apagón y reposición;
  • las pruebas, herramientas y equipos para garantizar una reposición fiable, eficaz y rápida.

El Reglamento atañe, en particular:

  • a los GRT;
  • a los coordinadores regionales de la seguridad (CRS);
  • a los gestores de redes de distribución (GRD);
  • a los usuarios significativos de la red (USR);
  • a los proveedores de servicios en emergencia;
  • a los proveedores de servicios de reposición;
  • a los sujetos de liquidación;
  • a los proveedores de servicios de balance5;
  • a los operadores designados del mercado de la electricidad, y
  • a otras entidades designadas para llevar a cabo funciones de mercado.

El Reglamento contempla procedimientos para:

  • la consulta y coordinación de los GRT con otras partes;
  • la coordinación regional de los planes de emergencia del sistema y de reposición;
  • la consulta pública;
  • la recuperación de costes;
  • las obligaciones de confidencialidad.

Planes de emergencia del sistema y de reposición

Cada GRT debe elaborar un plan de emergencia del sistema y un plan de reposición, en consulta con los GRD y los USR pertinentes, las autoridades nacionales de regulación y otros agentes. Los planes incluyen, por ejemplo:

  • los límites de seguridad de la operación;
  • las necesidades de los usuarios de red significativos de alta prioridad y las condiciones para su desconexión y reenergización;
  • las condiciones en las que se activarán los planes;
  • las instrucciones que dictará el GRT según los planes;
  • las medidas sujetas a consulta o coordinación en tiempo real;
  • las medidas que deberán implementar los GRT, los GRD y los USR;
  • una lista de las subestaciones esenciales para sus procedimientos del plan de reposición;
  • el número de instalaciones de generación en la zona de control del GRT necesarias para reenergizar el sistema;
  • medidas técnicas y organizativas como las siguientes:
    • esquemas de protección del sistema,
    • gestión de desviaciones de frecuencia,
    • gestión de desviaciones de tensión,
    • gestión del flujo de energía,
    • procedimiento de reenergización,
    • procedimiento de resincronización,
    • desconexión manual de la demanda y reenergización;
  • los plazos de implementación de cada medida enumerada.

Se aplican normas concretas en la implementación de los planes de emergencia del sistema y de reposición.

Cada GRT debe disponer de las herramientas de comunicación apropiadas y evaluar periódicamente todos los equipos y capacidades implicados en el plan de emergencia del sistema y en el plan de reposición.

Actividades de mercado

Sujeto a determinadas condiciones, un GRT podrá suspender temporalmente las actividades de mercado:

  • cuando la red de transporte esté en estado de apagón, o en caso de que la continuación pudiera disminuir significativamente la eficacia del proceso de reposición al estado normal o de alerta, o bien
  • cuando los medios para facilitar las actividades de mercado no estén disponibles.

Supervisión

La aplicación del Reglamento está bajo la supervisión de REGRT de Electricidad.

Legislación complementaria

Este Reglamento complementa y es parte integrante del Reglamento (CE) n.o 714/2009 sobre comercio transfronterizo de electricidad. Las referencias al Reglamento (CE) n.o 714/2009 en otros actos jurídicos deben entenderse también como referencias a este Reglamento.

El Reglamento complementa también al Reglamento (UE) 2017/1485: directriz sobre la gestión de la red de transporte de electricidad.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el .

ANTECEDENTES

Véase también:

TÉRMINOS CLAVE

  1. Código de red eléctrica: normas y procedimientos vinculantes en relación, por ejemplo:
  2. Estado de apagón: estado del sistema eléctrico en el que se interrumpe el funcionamiento de parte o de la totalidad de la red de transporte.
  3. Estado de reposición: estado del sistema en el que el objetivo de todas las actividades de la red de transporte consiste en reestablecer el funcionamiento del sistema y mantener la seguridad de la operación después del estado de apagón o del estado de emergencia.
  4. Estado de emergencia: estado del sistema eléctrico en el que se han violado uno o varios límites de seguridad de la operación.
  5. Proveedor de servicios de balance: un participante en el mercado eléctrico con capacidad para proporcionar reservas de balance de electricidad a los operadores de servicios de transporte.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2017/2196 de la Comisión, de , por el que se establece un código de red relativo a emergencia y reposición del servicio (DO L 312 de , pp. 54-85).

Las modificaciones sucesivas al Reglamento (UE) 2017/2196 se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

última actualización

Augša