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Acuerdo interinstitucional sobre disciplina presupuestaria, cooperación y gestión

El Acuerdo interinstitucional de 2013 ha sido concebido para aplicar la disciplina presupuestaria y mejorar el funcionamiento del procedimiento presupuestario anual y la cooperación entre las instituciones de la Unión Europea (UE) en materia presupuestaria, así como para garantizar una buena gestión financiera.

ACTO

Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera.

SÍNTESIS

En diciembre de 2013, se celebró el Acuerdo sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (AI) entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión.

El AI se adoptó paralelamente al marco financiero plurianual (en lo sucesivo, marco financiero): el plan de siete años de la UE que abarca el período 2014-2020. El marco financiero asciende a 960 000 millones de euros en compromisos (promesa legal de aportar financiación) y a 908 400 millones de euros en pagos (transferencias a los beneficiarios) a lo largo del período de siete años expresado en precios constantes del año 2011.

El AI consta de tres partes:

  • La parte I contiene información complementaria referente al marco financiero 2014-2020, así como sobre instrumentos financieros especiales no incluidos en dicho marco (como la Reserva para Ayudas de Emergencia (utilizada para la financiación, por ejemplo, de ayuda humanitaria y la gestión de crisis civiles), el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, el Instrumento de Flexibilidad (utilizado para financiar los gastos que no podrían financiarse dentro de los límites de las líneas presupuestarias disponibles), el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización y el margen para imprevistos (un instrumento de último recurso para reaccionar ante circunstancias imprevistas). Asimismo, establece los procedimientos para la utilización de estos instrumentos.
  • La parte II tiene por objeto la mejora de la cooperación entre el Parlamento, el Consejo y la Comisión en materia presupuestaria. De esta manera se conseguirá, por ejemplo, una mayor transparencia en todas las fases de las negociaciones presupuestarias y más información sobre cómo se gasta el dinero de la UE.
  • La parte III hace referencia a la buena gestión financiera de los fondos de la UE. Aborda aspectos como la evaluación de los gastos y la programación financiera para garantizar que el gasto sea eficiente.

El anexo del AI establece normas detalladas de cooperación entre las instituciones durante el proceso presupuestario. Dichas normas abarcan:

  • el acuerdo sobre un calendario pragmático;
  • el establecimiento de prioridades;
  • la elaboración del proyecto de presupuesto y la actualización de las previsiones;
  • los procedimientos de decisión específicos en las distintas fases del proceso presupuestario;
  • la rectificación del presupuesto;
  • la cuestión de los compromisos pendientes de liquidación (que todavía no se han convertido en pagos).

Toda rectificación del presente AI requerirá el común acuerdo de todas las instituciones.

Antecedentes

Para más información, véase también:

REFERENCIAS

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Acuerdo interinstitucional

23.12.2013

-

DO C 373 de 20.12.2013

ACTOS CONEXOS

Reglamento (UE, Euratom) no1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (DO L 347 de 20.12.2013).

Última modificación: 24.04.2014

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