Igualdad de género en el deporte
SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:
Conclusiones sobre igualdad de género en el deporte
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTAS CONCLUSIONES?
Establecen cómo puede aplicarse la igualdad de género [un principio fundamental en todas las áreas políticas de la Unión Europea (UE)] al deporte. Ofrecen directrices de carácter voluntario para las autoridades, la Comisión Europea y las organizaciones deportivas.
PUNTOS CLAVE
Con el fin de promover la igualdad de género, las conclusiones invitan a las autoridades nacionales a:
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elaborar planes de actuación nacionales;
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poner de relieve el valor de la diversidad y el equilibrio en la representación de los sexos en la administración deportiva;
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formar a los responsables de la toma de decisiones, a los entrenadores y a los padres para eliminar los estereotipos de género y promover la igualdad de género desde una edad temprana;
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luchar contra la violencia de género y proteger a las víctimas y a las víctimas potenciales frente a los abusos sexuales y el acoso;
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utilizar los acontecimientos deportivos como vía para aumentar la sensibilización sobre el tráfico de seres humanos con fines de explotación sexual.
Se solicita a las autoridades nacionales y a la Comisión que:
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desarrollen métodos para evaluar la idoneidad de las personas que trabajan en el mundo del deporte, especialmente con menores;
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utilicen programas, como Erasmus+ (por ejemplo, en el ámbito de la inclusión social), y otros fondos de la UE para promover la igualdad centrándose en los entrenadores y en los medios de comunicación;
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consideren hacer del respeto por la igualdad de género una condición necesaria para la concesión de fondos públicos.
Por su parte, las organizaciones deportivas pueden contribuir:
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promoviendo la igualdad en la administración del deporte, tanto entre los entrenadores como en todos los niveles de toma de decisiones, como los consejos de dirección y comités deportivos;
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utilizando códigos éticos para luchar contra la violencia de género y creando líneas de asistencia y servicios de apoyo a las personas afectadas;
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fomentando una cobertura no sexista del deporte en los medios.
ANTECEDENTES
DOCUMENTO PRINCIPAL
Conclusiones del Consejo, de 21 de mayo de 2014, sobre igualdad de género en el deporte (2014/C183/09) (DO C 183 de 14.6.2014, pp. 39-42)
última actualización 09.01.2017
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