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Reglamento (CE) n.º 223/2009: desarrollo, elaboración y difusión de las estadísticas europeas
El Reglamento n.º 223/2009 tiene por objeto crear un marco jurídico para desarrollar, elaborar y difundir las estadísticas europeas, respetando los siguientes principios:
Las estadísticas son importantes para llevar a cabo las actividades de la Unión Europea (UE). Con este Reglamento se establece un conjunto de normas para gestionar mejor el proceso estadístico.
La gobernanza estadística se ejerce a través de los siguientes organismos:
Al mismo tiempo, el Sistema Estadístico Europeo (SEE) es una asociación entre Eurostat, los INE y otras autoridades nacionales. Asimismo, el SEE colabora estrechamente con el Sistema Europeo de Bancos Centrales.
El presente Reglamento establece el Comité del SEE, que está formado por representantes de los INE y presidido por Eurostat. Este comité colabora con la Comisión, entre otros aspectos, en el programa estadístico europeo (véase la síntesis), en cuestiones relativas al secreto estadístico y al desarrollo ulterior de la Código de buenas prácticas de las estadísticas europeas (que también actualiza el Comité del SEE).
Eurostat, los INE y otras autoridades nacionales difunden las estadísticas europeas para garantizar un acceso amplio e imparcial a todos los usuarios.
A menos que sean aplicables ciertas condiciones (por ejemplo, el acceso de los investigadores con fines científicos), solo se podrá utilizar los datos confidenciales con fines estadísticos. Los datos confidenciales pueden ser transmitidos por una autoridad del SEE a otra autoridad del SEE o a un miembro del Sistema Europeo de Bancos Centrales, siempre que ello sea reconocido como necesario para el desarrollo, la elaboración y la difusión de las estadísticas europeas.
El Reglamento (UE) 2015/759 modificó este Reglamento consolidando:
El Reglamento (UE) 2024/3018 modifica ulteriormente el presente Reglamento al:
Está en vigor desde el .
El Sistema Estadístico Europeo establecido por este Reglamento se modificó para afrontar los retos y las necesidades políticas que surgieron a raíz de los cambios que se produjeron en la sociedad en aquel momento. Así, se garantizó una mejor coordinación de las estadísticas europeas y una mayor flexibilidad en su producción. Por tanto, este Reglamento redefine el marco de las estadísticas europeas consolidando las actividades del SEE y dejando claras las funciones de Eurostat, los INE y las otras autoridades nacionales. Se modificó por primera vez en 2015 para reforzar la gobernanza del SEE, y se modificó ulteriormente en 2024 para mejorar el acceso a los datos, permitir respuestas más rápidas en situaciones de crisis y apoyar el desarrollo de nuevos resultados estadísticos.
Reglamento (CE) n.º 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , relativo a la estadística europea y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1101/2008 relativo a la transmisión a la Oficina Estadística de las Comunidades Europeas de las informaciones amparadas por el secreto estadístico, el Reglamento (CE) n.º 322/97 del Consejo sobre la estadística comunitaria y la Decisión 89/382/CEE, Euratom del Consejo por la que se crea un Comité del programa estadístico de las Comunidades Europeas (DO L 87 de9, pp. 164-173).
Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.º 223/2009 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
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