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El Reglamento Dublín III define los Estados miembros de la Unión Europea (UE) responsables del examen de una solicitud de asilo. Proporciona a los solicitantes una mayor protección hasta que se determine su condición. Además, crea un nuevo sistema para detectar de forma temprana los problemas en los sistemas nacionales de asilo y acogida y abordar sus causas primordiales antes de que se conviertan en crisis a gran escala.
Principios y criterios para determinar la responsabilidad
Estos principios y criterios incluyen, por orden de importancia:
Más garantías para los solicitantes
El Reglamento contiene más garantías de protección para los solicitantes, tales como:
Internamiento
Por regla general, no se podrá internar a los solicitantes por el único motivo de haber solicitado asilo. No obstante, el Reglamento prevé el internamiento de los solicitantes en caso de riesgo de fuga (por ejemplo, si se les va a trasladar a otro Estado miembro).
Mecanismo de alerta rápida, capacidad de respuesta y gestión de crisis
El Reglamento Dublín III mejora la eficacia del sistema introduciendo un mecanismo de alerta rápida, capacidad de respuesta y gestión de crisis diseñado para:
Derogación
El Reglamento (UE) n.o 604/2013 quedará derogado por el Reglamento (UE) 2024/1351 (véase la síntesis) con efecto a partir del 30 de junio de 2026.
Está en vigor desde el 1 de enero de 2014.
Reglamento (UE) n.o 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida (DO L 180 de 29.6.2013, pp. 31-59).
Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) n.o 604/2013 se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
Reglamento de Ejecución (UE) n.o 118/2014 de la Comisión, de 30 de enero de 2014, que modifica el Reglamento (CE) n.o 1560/2003, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 343/2003 del Consejo, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país (DO L 39 de 8.2.2014, pp. 1-43).
Reglamento (UE) n.o 603/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativo a la creación del sistema «Eurodac» para la comparación de las impresiones dactilares para la aplicación efectiva del Reglamento (UE) n.o 604/2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida, y a las solicitudes de comparación con los datos de Eurodac presentadas por los servicios de seguridad de los Estados miembros y Europol a efectos de aplicación de la ley, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1077/2011, por el que se crea una Agencia europea para la gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y justicia (DO L 180 de 29.6.2013, pp. 1-30).
Directiva 2013/32/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre procedimientos comunes para la concesión o la retirada de la protección internacional (DO L 180 de 29.6.2013, pp. 60-95).
Directiva 2013/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional (refundición) (DO L 180 de 29.6.2013, pp. 96-116).
Directiva 2011/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, por la que se establecen normas relativas a los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional, a un estatuto uniforme para los refugiados o para las personas con derecho a protección subsidiaria y al contenido de la protección concedida (refundición) (DO L 337 de 20.12.2011, pp. 9-26).
Reglamento (CE) n.o 1560/2003 de la Comisión, de 2 de septiembre de 2003, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 343/2003 del Consejo por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país (DO L 222 de 5.9.2003, pp. 3-23).
Véase la versión consolidada.
última actualización 09.08.2024