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Asociación de los países y territorios de ultramar con la Unión Europea

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Decisión (UE) 2021/1764 relativa a la Asociación de los países y territorios de ultramar con la Unión Europea, incluida Groenlandia

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DECISIÓN?

  • Tiene por objeto renovar y reforzar la asociación estratégica entre la Unión Europea (UE) y sus países y territorios de ultramar (PTU).
  • Se basa en tres pilares: política, comercio y cooperación. No tiene una fecha final de validez y define una dotación financiera para el período 2021-2027.
  • La Decisión deroga la anterior Decisión 2013/755/UE del Consejo relativa a los PTU y sustituye la Decisión 2014/137/UE del Consejo relativa a la cooperación con Groenlandia.

PUNTOS CLAVE

Países y territorios de ultramar

  • La UE tiene trece PTU (reducidos de veinticinco por el Brexit),
  • que forman parte del territorio de los tres Estados miembros (Dinamarca, Francia y los Países Bajos) con los que mantienen vínculos constitucionales especiales.
  • No forman parte del territorio de la UE ni del mercado único y no están vinculados por el acervo comunitario, a diferencia de las regiones ultraperiféricas de la UE.
  • Los PTU tienen una amplia autonomía, que abarca ámbitos como la economía, la salud pública, los asuntos de interior y aduanas, pero la defensa y los asuntos exteriores siguen siendo competencia de los Estados miembros respectivos.

Objetivos

  • Aumentar la competitividad de los PTU, reforzar su resiliencia, reducir su vulnerabilidad económica y medioambiental, y fomentar la cooperación entre ellos y con otros socios.
  • Preservar los vínculos existentes entre la UE, por una parte, y Groenlandia y Dinamarca, por otra, reconociendo la posición geoestratégica de Groenlandia en el Ártico, y mantener los vínculos existentes entre la UE y los demás PTU, reconociendo sus posiciones geoestratégicas en el Caribe, el océano Índico, el Atlántico y el Pacífico.

Prioridades

La Asociación proporciona una base para el diálogo político y la cooperación en cuestiones de interés mutuo. La Decisión prioriza la cooperación en distintas áreas, como:

  • la diversificación sostenible de las economías de los PTU, en particular, su mayor integración en las economías mundial y regionales, y la necesidad de aumentar las cualificaciones de la mano de obra de Groenlandia;
  • el fomento de los intercambios, la cooperación y las asociaciones para acelerar la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible;
  • la educación y la formación, la salud pública, el turismo y la cultura;
  • la gestión sostenible de los recursos naturales, en especial la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos;
  • la mitigación del cambio climático y la adaptación a sus consecuencias;
  • la accesibilidad digital;
  • el fomento de los intercambios sociales, culturales y económicos entre los PTU, sus vecinos y otros socios.

Presupuesto y financiación

  • La Decisión establece el Programa de financiación de la Asociación para el período 2021-2027: 500 millones EUR.
  • En la actualidad, la ayuda de la UE a los PTU debe financiarse a partir del presupuesto general de la UE con arreglo al marco financiero plurianual 2021-2027.
  • Anteriormente era financiada por el Fondo Europeo de Desarrollo y parcialmente por el presupuesto (anterior Decisión sobre Groenlandia).
  • El anexo 1 de la Decisión establece las formas de financiación de la UE y las normas para proporcionarla.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTA DECISIÓN?

Está en vigor desde el 1 de enero de 2021.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Decisión (UE) 2021/1764 del Consejo, de 5 de octubre de 2021, relativa a la Asociación de los países y territorios de ultramar con la Unión Europea, incluidas las relaciones entre la Unión Europea, por una parte, y Groenlandia y el Reino de Dinamarca, por otra (Decisión de Asociación Ultramar, incluida Groenlandia) (DO L 355 de 7.10.2021, pp. 6-134).

última actualización 01.12.2021

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