This document is an excerpt from the EUR-Lex website
En particular, la Comisión Europea puede:
Las medidas adoptadas en virtud de este Reglamento surtirán efecto a partir de la fecha de su entrada en vigor.
Está en vigor desde el .
Cuando el Gobierno de un miembro de la OMC considera que otro miembro de esta organización está infringiendo un acuerdo o compromiso que este había contraído en el marco de la OMC, la diferencia se somete al OSD de la OMC.
Reglamento (UE) 2015/476 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , relativo a las medidas que podrá adoptar la Unión a partir del informe sobre medidas antidumping y antisubvención aprobado por el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC (DO L 83 de , pp. 6-10)
última actualización