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Document 62022TJ0658

    Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 6 de septiembre de 2023.
    Allegro sp. z o.o. contra Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea.
    Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca denominativa de la Unión SMART ! — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b) del Reglamento (UE) 2017/1001.
    Asunto T-658/22.

    Court reports – general

    ECLI identifier: ECLI:EU:T:2023:517

     Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 6 de septiembre de 2023 — Allegro/EUIPO (SMART !)

    (Asunto T‑658/22) ( 1 )

    «Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca denominativa de la Unión SMART ! — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b) del Reglamento (UE) 2017/1001»

    1. 

    Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Concepto — Criterios de apreciación

    [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)]

    (véanse los apartados 13 y 14)

    2. 

    Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marcas constituidas por eslóganes publicitarios — Carácter distintivo — Aplicación de criterios de apreciación específicos — Improcedencia

    [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)]

    (véanse los apartados 15 y 16)

    3. 

    Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marcas constituidas por eslóganes publicitarios — Carácter distintivo — Criterios de apreciación

    [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)]

    (véanse los apartados 17 y 18)

    4. 

    Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marca compuesta de varios elementos — Posibilidad de que la autoridad competente realice un examen de cada uno de los elementos constitutivos de la marca — Necesidad de considerar la percepción global de la combinación por el público pertinente

    [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)]

    (véase el apartado 24)

    5. 

    Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marca denominativa SMART !

    [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)]

    (véanse los apartados 25 a 30, 32, 39 y 40)

    6. 

    Marca de la Unión Europea — Resoluciones de la Oficina — Principio de igualdad de trato — Principio de buena administración — Práctica decisoria anterior de la Oficina — Principio de legalidad — Necesidad de efectuar un examen estricto y completo en cada caso concreto

    [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo]

    (véanse los apartados 46 a 48)

    Fallo

    1) 

    Desestimar el recurso.

    2) 

    Cada una de las partes cargará con sus propias costas.


    ( 1 ) DO C 482 de 19.12.2022.

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