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Document 62022TJ0516

    Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 11 de octubre de 2023.
    Deutsche Glasfaser Wholesale GmbH contra Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea.
    Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión brightblue — Marca denominativa anterior de la Unión BLUE — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud entre los signos — Similitud entre los productos y servicios — Articulo 8, apartado 1, letra b) del Reglamento (UE) 2017/1001.
    Asunto T-516/22.

    ECLI identifier: ECLI:EU:T:2023:619

     Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 11 de octubre de 2023 —
    Deutsche Glasfaser Wholesale/EUIPO — O2 Worldwide (brightblue)

    (Asunto T‑516/22) ( 1 )

    «Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión brightblue — Marca denominativa anterior de la Unión BLUE — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud entre los signos — Similitud entre los productos y servicios — Articulo 8, apartado 1, letra b) del Reglamento (UE) 2017/1001»

    1. 

    Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación

    [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

    (véanse los apartados 16 y 68)

    2. 

    Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Denegación del registro cuando exista un motivo de denegación relativo aunque sólo afecte a una parte de la Unión

    [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

    (véase el apartado 17)

    3. 

    Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marca figurativa brightblue y denominativa BLUE

    [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

    (véanse los apartados 21, 34, 38, 53, 61 a 63, 70, 71)

    4. 

    Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación — Marca compuesta — Apreciación del carácter distintivo de un elemento de una marca

    [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

    (véanse los apartados 31, 36, 46, 49, 50 y 58)

    Fallo

    1) 

    Desestimar el recurso.

    2) 

    Condenar a Deutsche Glasfaser Wholesale GmbH a cargar con sus propias costas y con las de O2 Worldwide Ltd.

    3) 

    La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) cargará con sus propias costas.


    ( 1 ) DO C 398 de 17.10.2022.

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