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Document 61992TJ0030

Sumario de la sentencia

Palabras clave
Índice

Palabras clave

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Funcionarios ° Selección ° Nombramiento en grado ° Nombramiento en el grado superior de la carrera ° Procedencia ° Requisito ° Necesidades específicas del servicio de destino

(Estatuto de los Funcionarios, art. 31, ap. 2)

Índice

Sólo con carácter excepcional cabe admitir la clasificación de un funcionario en el grado superior de la carrera con arreglo al apartado 2 del artículo 31 de Estatuto cuando las necesidades específicas del servicio exijan la selección de un titular particularmente cualificado.

En efecto, a diferencia del párrafo segundo del artículo 32 del Estatuto, que permite a la AFPN conceder al aspirante aprobado en un concurso bonificaciones de antigueedad de escalón para tener en cuenta su formación y su experiencia profesional específica, el apartado 2 del artículo 31 tiene por objeto permitir a la AFPN velar por las necesidades específicas de un servicio particular ofreciendo condiciones atractivas para atraer candidatos particularmente cualificados.

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