This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 61992TJ0030
Sumario de la sentencia
Sumario de la sentencia
++++
Funcionarios ° Selección ° Nombramiento en grado ° Nombramiento en el grado superior de la carrera ° Procedencia ° Requisito ° Necesidades específicas del servicio de destino
(Estatuto de los Funcionarios, art. 31, ap. 2)
Sólo con carácter excepcional cabe admitir la clasificación de un funcionario en el grado superior de la carrera con arreglo al apartado 2 del artículo 31 de Estatuto cuando las necesidades específicas del servicio exijan la selección de un titular particularmente cualificado.
En efecto, a diferencia del párrafo segundo del artículo 32 del Estatuto, que permite a la AFPN conceder al aspirante aprobado en un concurso bonificaciones de antigueedad de escalón para tener en cuenta su formación y su experiencia profesional específica, el apartado 2 del artículo 31 tiene por objeto permitir a la AFPN velar por las necesidades específicas de un servicio particular ofreciendo condiciones atractivas para atraer candidatos particularmente cualificados.