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Document 32007L0042

    Materiales y objetos de película de celulosa regenerada

    Materiales y objetos de película de celulosa regenerada

    SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

    Directiva 2007/42/CE relativa a los materiales y objetos de película de celulosa regenerada destinados a entrar en contacto con productos alimenticios

    SÍNTESIS

    ¿QUÉ HACE ESTA DIRECTIVA?

    • Se trata de una directiva específica recogida en el Reglamento (CE) no 1935/2004 relativa a los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios.
    • La presente Directiva define la película de celulosa regenerada*
    • y establece una lista de sustancias autorizadas en su fabricación, así como límites cuantitativos de utilización para proteger la salud de los consumidores.

    PUNTOS CLAVE

    Ámbito de aplicación

    La Directiva es aplicable a las películas de celulosa regenerada (que constituyan en sí mismas un producto acabado o bien sean parte de un producto acabado que incluya otros materiales) y que estén destinadas a entrar en contacto o estén en contacto con alimentos.

    Abarca las siguientes categorías:

    • 1.

      películas de celulosa regenerada no recubiertas;

    • 2.

      películas de celulosa regenerada con recubrimientos derivados de la celulosa; o bien

    • 3.

      películas de celulosa regenerada recubiertas de material plástico.

    No es aplicable a las tripas sintéticas de celulosa regenerada.

    Lista de sustancias autorizadas

    • El anexo II de la Directiva establece una lista de sustancias autorizadas en la fabricación de películas de celulosa regenerada, con restricciones de uso.
    • Las películas de celulosa regenerada no recubiertas o recubiertas de material plástico pueden fabricarse con otras sustancias distintas de las enumeradas en el anexo II cuando se utilicen como colorantes o adhesivos, a condición de que no haya trazas detectables de migración de las citadas sustancias en los productos alimenticios.
    • Las películas de celulosa regenerada recubiertas de material plástico deben ajustarse a las disposiciones establecidas por el Reglamento (UE) no10/2011 sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos.
    • La superficie impresa de las películas de celulosa regenerada no debe entrar en contacto con los productos alimenticios.

    Comercialización y etiquetado

    En la fase de comercialización, los materiales y objetos de película de celulosa regenerada destinados a entrar en contacto con productos alimenticios deben ir acompañados de una declaración escrita de conformidad con el Reglamento (CE) no 1935/2004. Sin embargo, los materiales y objetos que, por su naturaleza, estén manifiestamente destinados a entrar en contacto con productos alimenticios están exentos de esta obligación.

    Cuando se indiquen condiciones especiales de uso, los materiales u objetos de película de celulosa regenerada deben ir convenientemente etiquetados.

    ¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

    Entró en vigor el 20 de julio de 2007.

    ANTECEDENTES

    TÉRMINO CLAVE

    *Película de celulosa regenerada: una hoja delgada obtenida a partir de celulosa refinada procedente de madera o algodón no reciclados. Las películas de celulosa regenerada pueden estar recubiertas por uno de sus lados o por ambos lados.

    ACTO

    Directiva 2007/42/CE de la Comisión, de 29 de junio de 2007, relativa a los materiales y objetos de película de celulosa regenerada destinados a entrar en contacto con productos alimenticios (DO L 172 de 30.6.2007, pp. 71-82)

    ACTOS CONEXOS

    Reglamento (CE) no 1935/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de octubre de 2004, sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos y por el que se derogan las Directivas 80/590/CEE y 89/109/CEE (DO L 338 de 13.11.2004, pp. 4-17). Las sucesivas modificaciones y correcciones del Reglamento (CE) no 1935/2004 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada tiene un valor meramente documental.

    Reglamento (UE) no 10/2011 de la Comisión, de 14 de enero de 2011, sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos (DO L 12 de 15.1.2011, pp. 1-89) Véase la versión consolidada.

    última actualización 02.12.2015

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