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Document 32016R0399R(06)
Corrección de errores del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) (Diario Oficial de la Unión Europea L 77 de 23 de marzo de 2016)
Corrección de errores del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) (Diario Oficial de la Unión Europea L 77 de 23 de marzo de 2016)
ST/7291/2022/INIT
JO L 131 de 5.5.2022, p. 14–14
(ES)
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2016/399/corrigendum/2022-05-05/oj
5.5.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 131/14 |
Corrección de errores del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen)
( Diario Oficial de la Unión Europea L 77 de 23 de marzo de 2016 )
En la página 45, en el anexo VII, punto 1:
donde dice:
«1. |
Jefes de estado No obstante lo dispuesto en el artículo 6 y en los artículos 8 a 14, podrá no someterse a inspecciones aduaneras a los Jefes de Estado y los miembros de sus delegaciones cuya llegada y partida hayan sido anunciadas de manera oficial por vía diplomática a los agentes de la guardia de fronteras.», |
debe decir:
«1. |
Jefes de Estado No obstante lo dispuesto en el artículo 6 y en los artículos 8 a 14, podrá no someterse a inspecciones fronterizas a los jefes de Estado y los miembros de sus delegaciones cuya llegada y partida hayan sido anunciadas de manera oficial por vía diplomática a los agentes de la guardia de fronteras.». |