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Document 32011R1129R(05)
Corrección de errores del Reglamento (UE) n ° 1129/2011 de la Comisión, de 11 de noviembre de 2011 , por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) n ° 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo para establecer una lista de aditivos alimentarios de la Unión ( DO L 295 de 12.11.2011 )
Corrección de errores del Reglamento (UE) n ° 1129/2011 de la Comisión, de 11 de noviembre de 2011 , por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) n ° 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo para establecer una lista de aditivos alimentarios de la Unión ( DO L 295 de 12.11.2011 )
PB L 290 van 4.10.2014, p. 11–11
(ES)
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2011/1129/corrigendum/2014-10-04/oj
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Corrigendum to | 32011R1129 | (ES) |
4.10.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 290/11 |
Corrección de errores del Reglamento (UE) no 1129/2011 de la Comisión, de 11 de noviembre de 2011, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) no 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo para establecer una lista de aditivos alimentarios de la Unión
( Diario Oficial de la Unión Europea L 295 de 12 de noviembre de 2011 )
1. |
En la página 87, en el anexo que sustituye al anexo II del Reglamento (CE) no 1333/2008, en la parte E, en la categoría 06.2.2, «Almidones y féculas», en la fila correspondiente a E 220-228, en la columna «Restricciones o excepciones»: |
donde dice:
«excepto almidones (con exclusión de los preparados para lactantes, los preparados de continuación y los alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles)»
,
debe decir:
«excepto almidones de preparados para lactantes, preparados de continuación y alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles»
,
2. |
En la página 98, en el anexo que sustituye al anexo II del Reglamento (CE) no 1333/2008, en la parte E, en la categoría 08.1.2, «Preparados de carne, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 853/2004», en la segunda fila correspondiente a E 220-228, en la columna «Restricciones o excepciones»: |
donde dice:
«solo salchicha fresca, longaniza fresca y butifarra fresca»
,
debe decir:
«solo salsicha fresca, longaniza fresca y butifarra fresca»
,
3. |
En la página 112, en el anexo que sustituye al anexo II del Reglamento (CE) no 1333/2008, en la parte E, en la categoría 09.2, «Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos», en la primera fila correspondiente a E 200-213, en la columna «Restricciones o excepciones»: |
donde dice:
«solo pescado salado o seco»
,
debe decir:
«solo pescado salado seco»
.