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Documento 91997E002357
WRITTEN QUESTION No. 2357/97 by Leonie van BLADEL to the Council. Desirability of an EU ambassador to China and the ASEAN states
PREGUNTA ESCRITA n. 2357/97 del Leonie van BLADEL al Consejo. Conveniencia de designar a un embajador de la UE para China y los países de la ANSA
PREGUNTA ESCRITA n. 2357/97 del Leonie van BLADEL al Consejo. Conveniencia de designar a un embajador de la UE para China y los países de la ANSA
ĠU C 158, 25.5.1998, p. 6
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PREGUNTA ESCRITA n. 2357/97 del Leonie van BLADEL al Consejo. Conveniencia de designar a un embajador de la UE para China y los países de la ANSA
Diario Oficial n° C 158 de 25/05/1998 p. 0006
PREGUNTA ESCRITA E-2357/97 de Leonie van Bladel (UPE) al Consejo (18 de julio de 1997) Asunto: Conveniencia de designar a un embajador de la UE para China y los países de la ANSA ¿Podría confirmar el Consejo que considera que el respeto de los derechos humanos es un instrumento importante de la política exterior y que, en general, el respeto de los mismos favorece la estabilidad mundial? ¿Considera el Consejo que sería conveniente fomentar el respeto de los derechos humanos de manera simultánea en África, Latinoamérica y Asia? ¿Considera el Consejo que los enormes beneficios obtenidos por los países de la UE gracias al rápido desarrollo económico de los mercados en China y en los países de la ANSA son motivo para conceder menos importancia al respeto de los derechos humanos en dichas regiones? ¿Considera el Consejo que ni su opinión ni las resoluciones de urgencia mensuales del Parlamento Europeo relativas al respeto de los derechos humanos en dichas zonas han servido para modificar las políticas de los gobiernos en cuestión? Partiendo de unas consideraciones pragmáticas para el fomento de la estabilidad en dicha zona, ¿podría plantearse el Consejo si la designación de un embajador especial de la UE para China y los países de la ANSA contribuiría a mejorar las relaciones de la UE y del Parlamento Europeo con estos países y, de manera indirecta, a propiciar el respeto de los derechos humanos en dichas regiones? Respuesta (16 de febrero de 1998) Su Señoría tiene razón en su análisis, según el cual el desarrollo y la consolidación de la democracia y el Estado de derecho, al igual que el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, constituyen elementos esenciales de la política exterior y de seguridad de la Unión Europea, basada en el artículo J.1 del Tratado de la Unión Europea. Este principio está siendo aplicado por la Unión en todo el mundo. La Unión Europea levanta su voz contra las violaciones de los derechos humanos dondequiera que se produzcan. Para fomentar aún más el respeto y la protección de los derechos humanos en China y en los países de la ASEAN, la Unión Europea mantiene actualmente un diálogo sobre derechos humanos en diferentes foros. En lo tocante en especial a las autoridades chinas, la UE ha venido dialogando sobre derechos humanos a nivel de expertos desde 1995. La última de estas reuniones tuvo lugar los días 1 y 2 de diciembre de 1997 en Pekín. La Unión Europea trata de obtener mejoras tangibles en la situación de los derechos humanos en China por medio de un diálogo constructivo y de una activa cooperación en este terreno. Por último, el Consejo desearía hacer observar a Su Señoría las iniciativas, sobremanera positivas, adoptadas por varios Estados miembros para crear una mayor conciencia a escala internacional en relación con los derechos humanos (seminarios, congresos, intercambios de expertos, etc.).