EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32019R0876R(06)

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/876 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2019, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 575/2013 en lo que se refiere a la ratio de apalancamiento, la ratio de financiación estable neta, los requisitos de fondos propios y pasivos admisibles, el riesgo de crédito de contraparte, el riesgo de mercado, las exposiciones a entidades de contrapartida central, las exposiciones a organismos de inversión colectiva, las grandes exposiciones y los requisitos de presentación y divulgación de información, y el Reglamento (UE) n.o 648/2012 (Diario Oficial de la Unión Europea L 150 de 7 de junio de 2019)

ST/6168/2020/INIT

OL L 87, 2020 3 23, p. 6–6 (ES)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2019/876/corrigendum/2020-03-23/oj

23.3.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 87/6


Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/876 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2019, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 575/2013 en lo que se refiere a la ratio de apalancamiento, la ratio de financiación estable neta, los requisitos de fondos propios y pasivos admisibles, el riesgo de crédito de contraparte, el riesgo de mercado, las exposiciones a entidades de contrapartida central, las exposiciones a organismos de inversión colectiva, las grandes exposiciones y los requisitos de presentación y divulgación de información, y el Reglamento (UE) n.o 648/2012

( Diario Oficial de la Unión Europea L 150 de 7 de junio de 2019 )

En la página 17, en el artículo 1, punto 2, letra a), inciso xv), punto 145, letra f):

donde dice:

«f)

que más de un 75 % de los activos y de los pasivos totales consolidados de la entidad, excluidas en ambos casos las exposiciones dentro de un grupo, estén relacionados con actividades realizadas con entidades de contrapartida situadas en el Espacio Económico Europeo;»,

debe decir:

«f)

que más de un 75 % de los activos y de los pasivos totales consolidados de la entidad, excluidas en ambos casos las exposiciones dentro de un grupo, estén relacionados con actividades realizadas con contrapartes situadas en el Espacio Económico Europeo;».

Top