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Document 32000R0032R(02)
Corrección de errores del Reglamento (CE) n° 32/2000 del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, relativo a la apertura y modo de gestión de contingentes arancelarios comunitarios consolidados en el GATT y de otros contingentes arancelarios comunitarios, por el que se definen las modalidades de corrección o adaptación de los citados contingentes y se deroga el Reglamento (CE) n° 1808/95 (DO L 5 de 8.1.2000)
Corrección de errores del Reglamento (CE) n° 32/2000 del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, relativo a la apertura y modo de gestión de contingentes arancelarios comunitarios consolidados en el GATT y de otros contingentes arancelarios comunitarios, por el que se definen las modalidades de corrección o adaptación de los citados contingentes y se deroga el Reglamento (CE) n° 1808/95 (DO L 5 de 8.1.2000)
IO L 203, 28.7.2001, p. 28–28
(ES)
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2000/32/corrigendum/2001-07-28/oj
Corrección de errores del Reglamento (CE) n° 32/2000 del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, relativo a la apertura y modo de gestión de contingentes arancelarios comunitarios consolidados en el GATT y de otros contingentes arancelarios comunitarios, por el que se definen las modalidades de corrección o adaptación de los citados contingentes y se deroga el Reglamento (CE) n° 1808/95 (DO L 5 de 8.1.2000)
Diario Oficial n° L 203 de 28/07/2001 p. 0028 - 0028
Corrección de errores del Reglamento (CE) n° 32/2000 del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, relativo a la apertura y modo de gestión de contingentes arancelarios comunitarios consolidados en el GATT y de otros contingentes arancelarios comunitarios, por el que se definen las modalidades de corrección o adaptación de los citados contingentes y se deroga el Reglamento (CE) n° 1808/95 (Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 5 de 8 de enero de 2000) En el anexo I, en la página 6, en la cuarta columna "Designación de la mercancía" correspondiente al código NC ex 4412 99 80: en lugar de: "[...] cuya superficie está constituida por chapa de desenrollo de espesor superior a 8,5 mm [...]", léase: "[...] de espesor superior a 8,5 mm y cuyas caras se presenten en bruto de desenrollado [...]".