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Document 32005R0001R(05)
Corrección de errores del Reglamento (CE) n ° 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004 , relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas y por el que se modifican las Directivas 64/432/CEE y 93/119/CE y el Reglamento (CE) n ° 1255/97 ( DO L 3 de 5.1.2005 )
Corrección de errores del Reglamento (CE) n ° 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004 , relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas y por el que se modifican las Directivas 64/432/CEE y 93/119/CE y el Reglamento (CE) n ° 1255/97 ( DO L 3 de 5.1.2005 )
EUVL L 336, 20.12.2011, p. 86–87
(ES, PL)
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2005/1/corrigendum/2011-12-20/1/oj
20.12.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 336/86 |
Corrección de errores del Reglamento (CE) no 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas y por el que se modifican las Directivas 64/432/CEE y 93/119/CE y el Reglamento (CE) no 1255/97
( Diario Oficial de la Unión Europea L 3 de 5 de enero de 2005 )
En la página 4, en el artículo 1, en el apartado 2, en la letra a):
donde dice:
«a) |
al transporte de animales realizado por agricultores que […]», |
debe decir:
«a) |
al transporte de animales realizado por ganaderos que […]». |
En la página 5, en el artículo 2, en la letra q), en el inciso i):
donde dice:
«i) |
un transportista que subcontrate una parte del viaje a, por lo menos, otro transportista;», |
debe decir:
«i) |
un transportista que subcontrate una parte del viaje a, por lo menos, otro transportista, o». |
En la página 6, en el artículo 5, en el apartado 4:
donde dice:
«[…] équidos domésticos -que no sean équidos no desbravados- y animales domésticos […]»,
debe decir:
«[…] équidos domésticos —que no sean équidos registrados— y animales domésticos […]».
En la página 7, en el artículo 6, en el apartado 9, en la tercera línea:
donde dice:
«[…] y de animales domésticos de las especies bovina, caprina y porcina […]»,
debe decir:
«[…] y de animales domésticos de las especies bovina, ovina, caprina y porcina […]».
En la página 8, en el artículo 11, en el apartado 2, en la letra b):
donde dice:
«b) |
para todos los medios de transporte por carretera en servicio por primera vez, a partir del 1 de enero de 2009.», |
debe decir:
«b) |
para todos los medios de transporte por carretera, a partir del 1 de enero de 2009.». |
En la página 9, en el artículo 14, en el título:
donde dice:
«Controles y demás medidas relacionadas con el cuaderno de a bordo u hoja de ruta que la deben efectuar las autoridades competentes antes de los viajes largos»,
debe decir:
«Controles y demás medidas relacionadas con el cuaderno de a bordo u hoja de ruta que deben efectuar las autoridades competentes antes de los viajes largos».
En la página 12, en el artículo 26, en el apartado 2:
donde dice:
«[…], a la que hubiere expedido el certificado de competencia del transportista.»,
debe decir:
«[…], a la que hubiere expedido el certificado de competencia del conductor.».
En la página 15, en el artículo 34, en el punto 2, y en el artículo 12, en el apartado 6:
donde dice:
«6. En caso de incumplimiento del presente en el artículo, se aplicarán mutatis mutandis las disposiciones relativas a las infracciones y a las notificaciones de infracciones con respecto a la salud de los animales contempladas en el en el artículo 26 del Reglamento (CE) no 1/2005.».
debe decir:
«6. En caso de incumplimiento del presente en el artículo, se aplicarán, mutatis mutandis con respecto a la salud de los animales, las disposiciones relativas a las infracciones y a las notificaciones de infracciones contempladas en el en el artículo 26 del Reglamento (CE) no 1/2005.».
En la página 17, en el artículo 36, en el punto 8, en la letra b), en la sección A, en el punto 3:
donde dice:
«[…] se repondrá como nueva.»,
debe decir:
«[…] se repondrá con cama nueva.».
En la página 20, en el anexo I, en el capítulo II, en el punto 1.3:
donde dice:
«[…] o animales domésticos de las especies bovina, ovina o porcina […]»,
debe decir:
«[…] o animales domésticos de las especies bovina, ovina, caprina o porcina […]».
En la página 25, en el anexo I, en el capítulo V, en el punto 1.4, en la letra a):
donde dice:
«[…] en especial para suministrarles agua y, si fuera necesario […]»,
debe decir:
«[…] en especial para suministrarles líquidos y, si fuera necesario […]».
En la página 25, en el anexo I, en el capítulo V, en el punto 1.7, en la letra a):
donde dice:
«[…] exceptuados los tiempos de viaje de descanso.»,
debe decir:
«[…] exceptuados los tiempos de viaje y de descanso.».
En la página 25, en el anexo I, en el capítulo V, en el punto 1.7, en la letra b):
donde dice:
«[…] excepto cuando la duración del transporte marítimo […]»,
debe decir:
«[…] excepto cuando la duración del viaje marítimo […]».
En la página 25, en el anexo I, en el capítulo V, en el punto 1.9:
donde dice:
«[…] a establecer una duración máxima de transporte de ocho horas […]»,
debe decir:
«[…] a establecer una duración máxima de viaje de ocho horas […]».
En la página 26, en el anexo I, en el capítulo VI, en el punto 2, en el título):
donde dice:
«2. Provisión de agua para el transporte por carretera, ferroviario o marítimo»,
debe decir:
«2. Provisión de agua para el transporte por carretera, ferroviario o por mar en contenedor».
En la página 28, en el anexo I, en el capítulo VII, en la letra A, en el párrafo primero:
donde dice:
«[…] y de la duración probable del trayecto.»,
debe decir:
«[…] y de la duración probable del viaje.».
En la página 28, en el anexo I, en el capítulo VII, en el cuadro «Transporte aéreo», en la segunda columna:
donde dice:
«1,43 m2»,
debe decir:
«1,34 m2».
En la página 30, en el anexo I, en el capítulo VII, en el cuadro «Transporte por carretera», en la primera columna:
donde dice:
«Ovinos esquilados y corderos de más de 26 kg»,
debe decir:
«Ovinos esquilados y corderos de peso igual o superior a 26 kg».
En la página 32, en el anexo II, en el punto 1:
donde dice:
«1. |
Toda persona que organice un viaje largo deberá […]», |
debe decir:
«1. |
Toda persona que planifique un viaje largo deberá […]». |
En la página 35, en el anexo II, en la sección 3, en la casilla 2:
donde dice:
«2. |
Lugar y Estado miembro de destino/puesto de control», |
debe decir:
«2. |
Lugar y Estado miembro de destino/en el punto de inspección». |