Cuentas económicas europeas medioambientales

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) n.º 691/2011 relativo a las cuentas económicas europeas medioambientales

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

El objetivo del Reglamento (UE) n.º 691/2011 es facilitar la comparación de cuentas económicas medioambientales entre los Estados miembros de la Unión Europea (UE), a través de datos relacionados con el medio ambiente que sean comprensibles y accesibles.

PUNTOS CLAVE

El Reglamento establece un marco jurídico de la UE para recopilar las cuentas económicas europeas medioambientales armonizadas. Las cuentas medioambientales muestran los vínculos, tanto positivos como negativos, entre el medio ambiente y la economía. Proporcionan un marco integrado de estadísticas y análisis que sirven de guía para la política de la UE sobre eficiencia de recursos, desarrollo sostenible y crecimiento ecológico.

En 2011, el Reglamento estableció módulos estadísticos sobre cuentas de emisiones a la atmósfera, impuestos ambientales y cuentas de flujos de materiales (la contribución a la economía de las materias primas, los minerales y la biomasa, etc.).

En 2014, un reglamento de modificación [Reglamento (UE) n.º 538/2014] reforzó el original de 2011 mediante la introducción de tres módulos adicionales:

En 2024, el Reglamento (UE) 2024/3024 amplió aún más el Reglamento mediante la introducción de tres módulos adicionales:

Estos módulos son coherentes con las normas estadísticas internacionales, en particular el Marco Central del SCAE y las cuentas de ecosistemas del SCAE. Mejoran la capacidad de seguimiento de las estadísticas de la UE para supervisar la biodiversidad, evaluar adaptación al cambio climático y hacer un seguimiento del uso de la ayuda pública para la transición ecológica.

Actos delegados

El Reglamento Delegado (UE) 2016/172 establece la lista de los productos energéticos que deben utilizarse en las cuentas de flujos físicos de la energía [anexo VI del Reglamento (UE) n.º 691/2011].

En 2025, Reglamento Delegado (UE) 2025/1131 introdujo nuevas mejoras:

Para facilitar la aplicación uniforme del anexo V del Reglamento (UE) n.º 691/2011, el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2174 estableció una lista indicativa de los bienes y servicios medioambientales y de las actividades económicas que deben incluirse en el anexo V del Reglamento (UE) n.º 691/2011.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el .

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) n.º 691/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , relativo a las cuentas económicas europeas medioambientales (DO L 192, , pp. 1–16).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) n.º 691/2011 se han incorporado en el texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

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