Reglamento (UE) n.º 691/2011 relativo a las cuentas económicas europeas medioambientales
El objetivo del Reglamento (UE) n.º 691/2011 es facilitar la comparación de cuentas económicas medioambientales entre los Estados miembros de la Unión Europea (UE), a través de datos relacionados con el medio ambiente que sean comprensibles y accesibles.
El Reglamento establece un marco jurídico de la UE para recopilar las cuentas económicas europeas medioambientales armonizadas. Las cuentas medioambientales muestran los vínculos, tanto positivos como negativos, entre el medio ambiente y la economía. Proporcionan un marco integrado de estadísticas y análisis que sirven de guía para la política de la UE sobre eficiencia de recursos, desarrollo sostenible y crecimiento ecológico.
En 2011, el Reglamento estableció módulos estadísticos sobre cuentas de emisiones a la atmósfera, impuestos ambientales y cuentas de flujos de materiales (la contribución a la economía de las materias primas, los minerales y la biomasa, etc.).
En 2014, un reglamento de modificación [Reglamento (UE) n.º 538/2014] reforzó el original de 2011 mediante la introducción de tres módulos adicionales:
En 2024, el Reglamento (UE) 2024/3024 amplió aún más el Reglamento mediante la introducción de tres módulos adicionales:
Estos módulos son coherentes con las normas estadísticas internacionales, en particular el Marco Central del SCAE y las cuentas de ecosistemas del SCAE. Mejoran la capacidad de seguimiento de las estadísticas de la UE para supervisar la biodiversidad, evaluar adaptación al cambio climático y hacer un seguimiento del uso de la ayuda pública para la transición ecológica.
El Reglamento Delegado (UE) 2016/172 establece la lista de los productos energéticos que deben utilizarse en las cuentas de flujos físicos de la energía [anexo VI del Reglamento (UE) n.º 691/2011].
En 2025, Reglamento Delegado (UE) 2025/1131 introdujo nuevas mejoras:
Para facilitar la aplicación uniforme del anexo V del Reglamento (UE) n.º 691/2011, el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2174 estableció una lista indicativa de los bienes y servicios medioambientales y de las actividades económicas que deben incluirse en el anexo V del Reglamento (UE) n.º 691/2011.
Está en vigor desde el .
Para más información, véanse:
Reglamento (UE) n.º 691/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , relativo a las cuentas económicas europeas medioambientales (DO L 192, , pp. 1–16).
Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) n.º 691/2011 se han incorporado en el texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
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