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Document C2005/171/01
Judgment of the Court (Grand Chamber) of 10 May 2005 in Case C-400/99: Italian Republic v Commission of the European Communities (Action for annulment — State aid — Measures regarding maritime transport undertakings — Public service contracts — No aid, existing aid or new aid — Initiation of the procedure under Article 88(2) EC — Obligation to suspend)
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala), de 10 de mayo de 2005, en el asunto C-400/99: República italiana contra Comisión de las Comunidades Europeas («Recurso de anulación — Ayudas de Estado — Medidas en favor de empresas de transporte marítimo — Contratos de servicio público — Inexistencia de ayuda, ayuda existente o ayuda nueva — Incoación del procedimiento previsto en el artículo 88 CE, apartado 2 — Obligación de suspensión»)
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala), de 10 de mayo de 2005, en el asunto C-400/99: República italiana contra Comisión de las Comunidades Europeas («Recurso de anulación — Ayudas de Estado — Medidas en favor de empresas de transporte marítimo — Contratos de servicio público — Inexistencia de ayuda, ayuda existente o ayuda nueva — Incoación del procedimiento previsto en el artículo 88 CE, apartado 2 — Obligación de suspensión»)
DO C 171 de 9.7.2005, p. 1–1
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
9.7.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 171/1 |
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA
(Gran Sala)
de 10 de mayo de 2005
en el asunto C-400/99: República italiana contra Comisión de las Comunidades Europeas (1)
(«Recurso de anulación - Ayudas de Estado - Medidas en favor de empresas de transporte marítimo - Contratos de servicio público - Inexistencia de ayuda, ayuda existente o ayuda nueva - Incoación del procedimiento previsto en el artículo 88 CE, apartado 2 - Obligación de suspensión»)
(2005/C 171/01)
Lengua de procedimiento: italiano
En el asunto C-400/99, que tiene por objeto un recurso de anulación interpuesto, con arreglo al artículo 230 CE, el 18 de octubre de 1999, República italiana (agentes: Sr. U. Leanza y Sr. I.M. Braguglia, asistidos por los Sres. P.G. Ferri y M. Fiorilli) contra Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sra. E. De Persio, y Sres. D. Triantafyllou y V. Di Bucci), el Tribunal de Justicia (Gran Sala), integrado por el Sr. V. Skouris, Presidente, los Sres. P. Jann, C.W.A. Timmermans y A. Rosas, Presidentes de Sala, y los Sres. J.-P. Puissochet (Ponente) y R. Schintgen, la Sra. N. Colneric y los Sres. S. von Bahr y J.N. Cunha Rodrigues, Jueces; Abogado General: Sra. C. Stix-Hackl; Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 10 de mayo de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:
1) |
Anular la Decisión de la Comisión, notificada a las autoridades italianas mediante escrito SG(99) D/6463, de 6 de agosto de 1999, de incoar el procedimiento previsto en el artículo 88 CE, apartado 2, en relación con la ayuda de Estado C 64/99 (ex NN 68/99) en la medida en que implicaba, hasta la notificación a las autoridades italianas de la Decisión de concluir el procedimiento relativo a la empresa afectada [Decisión de la Comisión C(2001) 1684, de 21 de junio de 2001, o Decisión de la Comisión C(2004) 470 fin, de 16 de marzo de 2004], la suspensión del régimen fiscal aplicado al abastecimiento de combustible y lubricante a los buques del Gruppo Tirrenia di Navigazione. |
2) |
Desestimar el recurso en todo lo demás. |
3) |
Cada parte cargará con sus propias costas. |