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Document C2022/039A/01

Publicación de una vacante para el puesto de director/directora de la Fundación Europea de Formación (ETF) (Agente temporal — Grado AD 14) — COM/2022/20071

PUB/2021/1025

DO C 39A de 26.1.2022, p. 1–5 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

26.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 39/1


Publicación de una vacante para el puesto de director/directora de la Fundación Europea de Formación (ETF)

(Agente temporal — Grado AD 14)

COM/2022/20071

(2022/C 39 A/01)

 

Quiénes somos

La Fundación Europea de Formación (ETF) es una agencia de la Unión Europea creada mediante el Reglamento (CEE) n.o 1360/90 del Consejo, de 7 de mayo de 1990, refundido en 2008 (1). Informa, asesora y apoya en materia de desarrollo del capital humano a los Estados miembros de la UE y a los países socios, así como a la Comisión Europea, en el marco de las políticas exteriores de la Unión.

Desde 1994, la ETF es un centro de conocimientos especializados en el desarrollo y la reforma de la formación profesional desde una perspectiva de aprendizaje permanente, orientado a promover el desarrollo del capital humano y, de este modo, fomentar el crecimiento sostenible y la inclusión social. La ETF trabaja principalmente en los países candidatos y vecinos y los de Asia Central, y en apoyo de la iniciativa UE-Unión Africana.

En el Reglamento antes mencionado se citan los objetivos y funciones específicos de la ETF. Para más información consulte el sitio web de la ETF: http://etf.europa.eu/

La ETF tiene su sede en Turín, Italia, y cuenta con una plantilla de alrededor de 130 personas.

Funciones

El director/la directora es el/la representante legal y la imagen pública de la ETF, y es responsable ante el Consejo de Administración. Sus deberes y responsabilidades son:

el establecimiento y logro de los objetivos estratégicos en el ámbito de las competencias de la ETF y de conformidad con los procedimientos establecidos en el Reglamento;

la preparación y ejecución de los programas de trabajo anuales y plurianuales en el marco de la Estrategia de la ETF para 2027;

la gestión cotidiana del personal de la ETF y la contratación de nuevo personal;

la preparación y organización de las reuniones del Consejo de Administración y la ejecución de las decisiones del mismo;

la preparación y ejecución del presupuesto de la ETF, garantizando que se gestiona eficientemente y de acuerdo con los principios de buena gestión financiera;

el fomento de la cooperación entre la ETF, las instituciones europeas, los Estados miembros y otras partes interesadas;

la comunicación con el público en relación con todos los aspectos que forman parte de la misión de la ETF.

Estas tareas se describen en el Reglamento por el que se crea la ETF, en particular en su artículo 10.

Qué buscamos (criterios de selección)

La persona elegida deberá tener:

Competencias de dirección

capacidad demostrada para dirigir una organización, tanto a nivel estratégico como de gestión, en un entorno europeo, multicultural y multilingüe;

excelente capacidad de idear, comunicar y ejecutar una estrategia para la ETF de forma que se garantice la realización del mandato de la agencia;

historial probado de dirección y gestión del cambio en una gran organización, en un contexto de estabilidad o de reducción de los recursos.

Competencias especializadas y experiencia

historial probado en la gestión de recursos financieros y humanos, en un contexto nacional, europeo y/o internacional;

conocimiento del Estatuto de los funcionarios y del Reglamento Financiero de la UE, así como del funcionamiento de las instituciones de la UE o experiencia con marcos jurídicos similares en organizaciones nacionales o internacionales;

conocimiento y experiencia de las políticas de la UE y actividades internacionales pertinentes para las actividades de la ETF, en particular sobre el desarrollo de políticas y la capacidad para adoptar un enfoque general y completo en relación con la formación profesional, las capacidades y cualificaciones, el mercado laboral o las relaciones exteriores con los países asociados de la ETF (países candidatos, vecindad europea, Asia Central) y en el contexto de la asociación UE-Unión Africana.

Cualidades personales

capacidad para comunicar y cooperar fluida y eficientemente, establecer buenas relaciones de trabajo con diversas partes interesadas internas y externas (autoridades europeas, internacionales, nacionales y locales, organizaciones internacionales, interlocutores sociales, etc.) y representar a la ETF en los foros internacionales;

excelentes aptitudes interpersonales y experiencia en la creación de redes.

Requisitos de admisión

Solamente podrán ser admitidas a la fase de selección aquellas personas que cumplan los requisitos formales siguientes antes de que finalice el plazo de presentación de candidaturas:

Nacionalidad: las personas candidatas deberán poseer la nacionalidad de uno de los Estados miembros de la Unión Europea.

Diploma o título universitario: Las personas candidatas deberán tener:

un nivel de formación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea de 4 años o más,

o un nivel de formación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título y una experiencia profesional correspondiente de por lo menos un año, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea de al menos tres años (esta experiencia profesional de un año no podrá incluirse en la experiencia profesional posterior a la obtención del título universitario que se exige a continuación).

Experiencia profesional: las personas candidatas deberán tener una experiencia profesional (2) posterior a la obtención del título de quince años como mínimo, al nivel al que permitan acceder las titulaciones antes mencionadas. Al menos cinco años de dicha experiencia profesional deben haberse adquirido en el ámbito de actividad de la Agencia.

Experiencia en cargos de dirección: Al menos cinco de los años de experiencia profesional posterior a la obtención del título universitario deberán haberse adquirido en un cargo de dirección de alto nivel (3), en un ámbito pertinente para este puesto.

Lenguas: las personas candidatas deberán tener un conocimiento profundo de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea (4) y un conocimiento satisfactorio de otra de ellas. Los comités de selección comprobarán durante la entrevista o las entrevistas si las personas candidatas tienen un conocimiento satisfactorio de otra lengua oficial de la UE. Para ello, (parte de) la entrevista podrá realizarse en esa otra lengua.

Límite de edad: Las personas candidatas deberán poder completar, en la fecha límite para la presentación de candidaturas, el mandato de cinco años antes de alcanzar la edad de jubilación. Por lo que respecta a los agentes temporales de la Unión Europea, la edad de jubilación se alcanza al final del mes en que la persona cumpla 66 años (véase el artículo 47 del Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (5)).

Selección y nombramiento

El director/la directora será nombrado/a por el Consejo de Administración de la ETF a partir de una lista restringida facilitada por la Comisión Europea.

Para elaborar esta lista restringida, la Comisión Europea organiza una selección de conformidad con sus procedimientos de selección y contratación de personal (véase el documento sobre política relativa a los altos funcionarios (6)).

Como parte de este procedimiento de selección, la Comisión Europea constituye un comité de preselección. Ese comité analiza todas las candidaturas, realiza una primera verificación de su admisibilidad y determina qué personas candidatas tienen el mejor perfil con arreglo a los criterios de selección mencionados anteriormente y quiénes recibirán la invitación a una entrevista con el comité de preselección.

Tras las entrevistas, el comité de preselección extrae sus conclusiones y propone una lista de personas candidatas que serán convocadas a otra entrevista con el Comité Consultivo para los Nombramientos (CCN) de la Comisión Europea. Teniendo en cuenta las conclusiones del comité de preselección, el CCN decidirá qué personas candidatas serán invitadas a una entrevista.

Las personas candidatas convocadas a la entrevista con el CCN serán evaluadas durante una jornada completa en un centro de evaluación de personal de dirección por consultores externos de selección de personal. Teniendo en cuenta los resultados de la entrevista y el informe del centro de evaluación, el CCN confeccionará una lista restringida con las personas candidatas seleccionadas que considere aptas para ejercer la función de director o directora de la ETF.

Las personas incluidas en la lista restringida del CCN serán entrevistados por el miembro o miembros de la Comisión responsable(s) de la Dirección General encargada de las relaciones con la agencia (7).

Tras estas entrevistas, la Comisión Europea aprobará una lista restringida que incluya al menos a tres de las personas candidatas más adecuadas, lista que será comunicada a los miembros del Consejo de Administración. Este podrá entrevistar a las personas candidatas antes de nombrar director/directora a alguna de las personas incluidas en la lista restringida elaborada por la Comisión. La inclusión en esta lista restringida no garantiza el nombramiento.

De conformidad con el artículo 10 del Reglamento por el que se crea la ETF [(CE) n.o 1339/2008], se invitará a la persona seleccionada por el Consejo de Administración a hacer una declaración ante la comisión o comisiones competentes del Parlamento Europeo y a responder a las preguntas formuladas por sus miembros.

Igualdad de oportunidades

La Comisión Europea y la ETF aplican una política de igualdad de oportunidades y no discriminación con arreglo al artículo 1 quinquies del Estatuto de los funcionarios (8).

Condiciones de empleo

Los sueldos y las condiciones de empleo figuran en el Régimen aplicable a los otros agentes.

La persona elegida será contratada por la ETF como agente temporal en el grado AD 14 (9). Dependiendo de la duración de su experiencia profesional anterior, será clasificado en el escalón 1 o en el escalón 2 dentro de ese grado.

La persona seleccionada será nombrada por un mandato inicial de cinco años, con una posible prórroga de tres años como máximo, de conformidad con el Reglamento por el que se crea la Agencia, en su versión aplicable en el momento del nombramiento.

Las personas candidatas deben tener en cuenta el requisito del Régimen aplicable a los otros agentes de acuerdo con el cual todo el personal nuevo debe superar con éxito un período de prueba de nueve meses.

El lugar del empleo será Turín (Italia), donde la ETF tiene su sede.

Independencia y declaración de intereses

Antes de asumir sus funciones, el director/la directora deberá hacer una declaración por la que se comprometa a actuar con independencia y en interés público, y deberá declarar cualquier interés que pudiera considerarse perjudicial para su independencia.

Procedimiento de presentación de candidaturas

Antes de presentar su candidatura, las personas candidatas deberán comprobar cuidadosamente si cumplen todos los requisitos de admisión (véase «Requisitos de admisión»), especialmente por lo que respecta a los tipos de titulación y a la experiencia profesional de alto nivel, así como a los requisitos lingüísticos. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos de admisión supondrá su exclusión automática del procedimiento de selección.

Quienes deseen presentar su candidatura deberán inscribirse a través de internet en el sitio web que se indica a continuación y seguir las instrucciones relativas a las diferentes etapas del procedimiento:

https://ec.europa.eu/dgs/human-resources/seniormanagementvacancies/

Las personas candidatas deberán tener una dirección de correo electrónico válida. Esa dirección se utilizará para confirmar la inscripción, así como para ponerse en contacto con ellas durante las diferentes fases del procedimiento. Se ruega por lo tanto a las personas candidatas que comuniquen a la Comisión Europea cualquier cambio en su dirección de correo electrónico.

Para finalizar la presentación de su candidatura, las personas candidatas deberán adjuntar un curriculum vitae en formato PDF, usando preferentemente el modelo CV Europass (10), y redactar, en línea, una carta de motivación de 8 000 caracteres como máximo. El curriculum vitae y la carta de motivación podrán presentarse en cualquier lengua oficial de la Unión Europea.

Una vez finalizada la inscripción en línea, la persona candidata recibirá un correo electrónico de confirmación de que su candidatura ha sido registrada. Atención: si no recibe usted un correo electrónico de confirmación, ello significa que la candidatura no ha quedado registrada.

Téngase en cuenta que no es posible realizar un seguimiento en línea de la tramitación de las candidaturas. La Comisión Europea se pondrá en contacto directamente con las personas candidatas para informarlas del estado de su candidatura.

Para obtener más información o en caso de problemas técnicos, las personas candidatas podrán enviar un correo electrónico a la dirección siguiente: HR-MANAGEMENT-ONLINE@ec.europa.eu

Plazo

El plazo de inscripción finaliza el 23 de febrero de 2022, a las 12.00 h (hora de Bruselas), momento a partir del cual ya no será posible la inscripción.

Es responsabilidad de las personas candidatas completar la inscripción en línea en el plazo previsto. Recomendamos encarecidamente no esperar a los últimos días para presentar la candidatura, ya que una sobrecarga de las líneas o un fallo en la conexión a internet podrían dar lugar a una interrupción de la operación de inscripción en línea, obligando a repetir todo el proceso. Una vez finalizado el plazo de inscripción, ya no se podrá introducir ningún dato. No se aceptarán las candidaturas presentadas fuera de plazo.

Información importante para las personas candidatas

Se recuerda a las personas candidatas que la labor de los diferentes tribunales es confidencial. Está prohibido que las personas candidatas se pongan en contacto directo o indirecto con sus miembros o que cualquier otra persona lo haga en su nombre. Todas las consultas deberán enviarse a la secretaría del tribunal en cuestión.

Protección de los datos de carácter personal

La Comisión se asegurará de que los datos personales de las personas candidatas sean tratados de acuerdo con el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (11). Este principio se aplica, en particular, a la confidencialidad y a la seguridad de esos datos.


(1)  Reglamento (CE) n.o 1339/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, por el que se crea una Fundación Europea de Formación (versión refundida) (DO L 354 de 31.12.2008, p. 82).

(2)  La experiencia profesional solo se tendrá en cuenta si refleja una relación laboral real definida como trabajo efectivo y genuino y remunerada, en calidad de empleado (con cualquier tipo de contrato) o de proveedor de servicios. Las actividades profesionales realizadas a tiempo parcial se prorratearán en función del porcentaje certificado de horas trabajadas a tiempo completo. Los permisos por maternidad, paternidad o adopción se tendrán en cuenta si se producen en el marco de un contrato de trabajo. Los doctorados, incluso los no remunerados, se asimilarán a experiencia profesional, por una duración máxima de tres años, siempre que el doctorado se haya completado con éxito. Un mismo período no podrá computarse más de una vez.

(3)  Las personas candidatas deberán indicar claramente en su curriculum vitae, para todos los años en que hayan adquirido la experiencia de dirección, la siguiente información: 1) denominación de los puestos de dirección ocupados y las funciones desempeñadas; 2) número de empleados a su cargo en esos puestos; 3) volumen de los presupuestos gestionados; 4) número de niveles jerárquicos superiores e inferiores; y 5) número de personas con su mismo nivel de responsabilidad.

(4)  https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A01958R0001-20130701

(5)  https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A01962R0031-20140701

(6)  https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/compilation-of-the-senior-official-policy-at-the-european-commission_en.pdf (exclusivamente en inglés)

(7)  A menos que el miembro de la Comisión en cuestión, en consonancia con las Decisiones de la Comisión de 5 de diciembre de 2007 [PV(2007) 1811] y 30 de septiembre de 2020 [PV(2020) 2351], haya delegado esta tarea.

(8)  https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A01962R0031-20140701

(9)  El coeficiente corrector aplicable a las retribuciones y pensiones de los funcionarios y otros agentes de la Unión Europea en la ETF es del 95 % desde el 1 de julio de 2021. Este coeficiente está sujeto a una revisión anual.

(10)  Se puede encontrar información sobre cómo crear un CV Europass en línea en: https://europa.eu/europass/es/create-europass-cv

(11)  Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).


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