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Document 32020R0488
Council Regulation (EU) 2020/488 of 2 April 2020 amending Regulation (EU) No 1352/2014 concerning restrictive measures in view of the situation in Yemen
Reglamento (UE) 2020/488 del Consejo de 2 de abril de 2020 por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1352/2014 relativo a medidas restrictivas en vista de la situación en Yemen
Reglamento (UE) 2020/488 del Consejo de 2 de abril de 2020 por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1352/2014 relativo a medidas restrictivas en vista de la situación en Yemen
ST/6831/2020/INIT
DO L 105 de 3.4.2020, p. 1–2
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
3.4.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 105/1 |
REGLAMENTO (UE) 2020/488 DEL CONSEJO
de 2 de abril de 2020
por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1352/2014 relativo a medidas restrictivas en vista de la situación en Yemen
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 215,
Vista la Decisión 2014/932/PESC del Consejo, de 18 de diciembre de 2014, relativa a medidas restrictivas en vista de la situación en Yemen (1),
Vista la propuesta conjunta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 18 de diciembre de 2014, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 1352/2014 (2). |
(2) |
El 25 de febrero de 2020, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (en lo sucesivo, «Consejo de Seguridad») adoptó la Resolución 2511 (2020). |
(3) |
En su Resolución 2511 (2020) el Consejo de Seguridad pone de relieve la importancia de que se facilite asistencia humanitaria. Asimismo, dicha Resolución dispone que el Comité establecido en virtud del apartado 19 de la Resolución 2140 (2014) del Consejo de Seguridad puede, caso por caso, autorizar las actividades que sean necesarias para facilitar la labor de las Naciones Unidas y otras organizaciones humanitarias en Yemen o para cualquier otro fin compatible con los objetivos de las Resoluciones 2140 (2014) y 2216 (2015) del Consejo de Seguridad. |
(4) |
La Resolución 2511 (2020) del Consejo de Seguridad también aclara que la violencia sexual en conflictos armados y el reclutamiento o la utilización de niños en conflictos armados en violación del Derecho internacional son actos punibles. |
(5) |
El 2 de abril de 2020, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2020/490 (3), por la que se modifica la Decisión 2014/932/PESC de conformidad con la Resolución 2511 (2020) del Consejo de Seguridad. |
(6) |
Algunas de esas modificaciones entran en el ámbito de aplicación del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, por lo tanto, necesitan la adopción de actos de regulación de la Unión a efectos de su aplicación, en particular con el fin de garantizar una aplicación uniforme por parte de los operadores económicos en todos los Estados miembros. |
(7) |
Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) n.o 1352/2014 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El Reglamento (UE) n.o 1352/2014 se modifica como sigue:
1) |
En el artículo 3, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
|
2) |
Se inserta el artículo siguiente: «Artículo 3 bis Como excepción a lo dispuesto en los artículos 1 bis y 2, las autoridades competentes de los Estados miembros podrán autorizar:
|
3) |
En el artículo 13, apartado 1, la letra a) se sustituye por el texto siguiente:
|
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 2 de abril de 2020.
Por el Consejo
La Presidenta
A. METELKO-ZGOMBIĆ
(1) DO L 365 de 19.12.2014, p. 147.
(2) Reglamento (UE) n.o 1352/2014 del Consejo, de 18 de diciembre de 2014, relativo a medidas restrictivas en vista de la situación en Yemen (DO L 365 de 19.12.2014, p. 60).
(3) Decisión (PESC) 2020/490 del Consejo, de 2 de abril de 2020, por la que se modifica la Decisión 2014/932/PESC relativa a medidas restrictivas en vista de la situación en Yemen (véase la página 7 del presente Diario Oficial).