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Document EESC-2022-04849-AC

Dictamen - Comité Económico y Social Europeo - Estrategia Europea de Cuidados

EESC-2022-04849-AC

DICTAMEN

Comité Económico y Social Europeo

Estrategia Europea de Cuidados

_____________

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre

Estrategia Europea de Cuidados
[COM(2022) 440 final]

SOC/741

Ponente: Kinga JOÓ

Coponente: Zoe TZOTZE-LANARA

ES

Consulta

Comisión Europea, 27/10/2022

Base jurídica

Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Sección competente

Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía

Aprobado en sección

11/01/2023

Aprobado en el pleno

24/01/2023

Pleno n.º

575

Resultado de la votación
(a favor/en contra/abstenciones)

169/0/4

1.Conclusiones y recomendaciones

1.1El CESE acoge con satisfacción las propuestas de la Estrategia Europea de Cuidados relativas a acciones nacionales y a escala de la UE para reforzar la infraestructura asistencial en Europa en base a un enfoque holístico de la sociedad y elogia las propuestas del Consejo, que aboga por servicios de mayor calidad a lo largo de todo el ciclo de vida.

1.2El CESE renueva su propuesta de poner en marcha una garantía asistencial europea, con el fin de garantizar el acceso permanente a servicios sanitarios y asistenciales asequibles y de calidad para todos los habitantes de la UE. Este instrumento también podría abordar los déficits asistenciales y promover condiciones de trabajo dignas para el personal asistencial y los cuidadores no profesionales.

1.3El CESE subraya la importancia de apoyar a las familias en su papel fundamental, lo cual incluye invertir más allá de las políticas sociales y en las comunidades. Las familias debidamente apoyadas con todas sus diferencias actúan como red de seguridad y son elementos esenciales para lograr un sistema de cuidados sostenible basado en la solidaridad. Es fundamental hacer hincapié en la importancia de otorgar prioridad a la asequibilidad y la continuidad de los servicios asistenciales en respuesta a las perturbaciones.

1.4El CESE desempeña un papel fundamental en la sensibilización, recopilando y difundiendo elementos clave y buenas prácticas entre los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil en relación con las herramientas y las infraestructuras, así como mediante la puesta en común de nuevas formas de servicios asistenciales. Pide que se asignen presupuestos específicos para cartografiar las necesidades de los beneficiarios y proveedores de asistencia, así como de los cuidadores a domicilio.

1.5La igualdad de género debe seguir siendo fundamental para ejecutar la Estrategia, en particular mediante el desarrollo de acciones para contrarrestar los estereotipos de género nocivos que afectan a los sectores de los cuidados tanto profesionales como no profesionales. El CESE insiste en que deben realizarse esfuerzos para incentivar más a los hombres a incorporarse al personal de asistencia y para garantizar una mejor distribución de las tareas asistenciales en los hogares.

1.6El CESE pone de relieve la necesidad de un planteamiento basado en el ciclo de vida que promovueva un envejecimiento saludable y activo, al tiempo que se previene y protege contra el edadismo —entre otras formas de discriminación—, los abusos y el maltrato a ancianos y los estereotipos. El CESE pide que se elabore una Estrategia europea para las personas de más edad.

1.7El CESE pide que se movilicen todos los recursos para satisfacer la creciente y diversa demanda de cuidados: debe asignarse una financiación adecuada a las infraestructuras asistenciales y a los cuidadores con el fin de mejorar el crecimiento y el empleo. Debe movilizarse toda la gama de proveedores de asistencia sanitaria, con arreglo a marcos sólidos de garantía de la calidad. Los Estados miembros deben fomentar la creación de empleo de calidad y garantizar que los puestos de trabajo en la asistencia social sean atractivos, estén valorados y adecuadamente remunerados y ofrezcan perspectivas profesionales

1.8El CESE anima a que se mejore el suministro de datos sobre la asistencia de los menores a centros de atención y educación de la primera infancia a fin de garantizar la comparabilidad y la disponibilidad de información más completa para diseñar y acometer reformas.

1.9El CESE pide que las instituciones de la UE instauren un grupo de expertos de alto nivel sobre cuidados de larga duración, equilibrado desde el punto de vista del género, para formalizar la cooperación, que reúna a todos los agentes y sus organizaciones para crear conjuntamente el servicio asistencial del mañana 1 . También se recomienda una participación significativa de los beneficiarios y proveedores de cuidados, así como de sus organizaciones a lo largo de todo el ciclo político.

1.10El CESE subraya que debe considerarse la movilidad de los profesionales de atención sanitaria y la migración laboral desde países no pertenecientes a la UE, junto con herramientas para adecuar la oferta y la demanda, así como el reconocimiento de las cualificaciones, y señala que la Estrategia no tiene suficientemente en cuenta a los numerosos trabajadores indocumentados que ya prestan cuidados en Europa.

1.11El CESE pide una revisión intermedia de las recomendaciones basada en el seguimiento de los objetivos de Barcelona y de los objetivos generales de las reformas de los cuidados de larga duración, tras el ciclo de financiación de la UE.

2.Objetivos y alcance del dictamen

2.1El CESE acoge con satisfacción las propuestas de la Estrategia Europea de Cuidados (en lo sucesivo, «la Estrategia») de que se lleven a cabo acciones a escala nacional y de la UE a fin de reforzar la infraestructura de cuidados en Europa, apoyando tanto a quienes reciben los cuidados (desde el nacimiento hasta la vejez) como a los proveedores de asistencia (ya sean profesionales o no), y elogia el enfoque analítico de la Comunicación a la hora de identificar las deficiencias, los cuellos de botella y los ámbitos problemáticos que afectan a la prestación de cuidados integrados y de calidad.

2.2La Estrategia está en consonancia con el Plan de Acción del Pilar Europeo de Derechos Sociales publicado por la Comisión Europea en 2021 y aporta orientaciones útiles a los Estados miembros sobre una asistencia sanitaria accesible, adecuada y de calidad para atender las necesidades de cuidados cada vez más numerosas y diversificadas, además de objetivos ambiciosos en materia de educación y cuidados de la primera infancia y herramientas de buena gobernanza para el seguimiento de las acciones en materia de cuidados de larga duración. La Estrategia se basa en los marcos existentes de la UE 2 , que la dotan de un carácter transversal para abordar los déficits asistenciales e impulsan los derechos de los beneficiarios y proveedores de cuidados.

2.3Para orientar la ejecución de dicha Estrategia, se dispone de numerosos estudios y dictámenes que ofrecen información y datos sobre diversos aspectos en materia de cuidados, incluido el género 3 4 , el coste de los cuidados no profesionales 5 6 , los sistemas de cuidados de larga duración en Europa 7 , la mano de obra y las condiciones de empleo 8 9 .

2.4El Parlamento Europeo ha subrayado la importancia de la accesibilidad y disponibilidad de asistencia pública y que toda persona debe tener derecho a una verdadera elección de servicios adecuados para ella y su familia (asistencia familiar, cuidados basados en la comunidad, cuidados centrados en el paciente, cuidados personalizados u otras formas de asistencia 10 ).

3.Observaciones generales

3.1El CESE acoge con satisfacción el reconocimiento por parte de la Estrategia de que la asistencia es una responsabilidad de la sociedad en su conjunto —no solo de las familias—, y ambas propuestas de Recomendaciones del Consejo, que aboga por servicios de mayor calidad a lo largo de todo el ciclo de vida. Apoya un cambio de paradigma social sobre la forma en que se valora y presta la asistencia en la UE, para colmar las brechas existentes entre los diferentes aspectos culturales y reducir las divergencias nacionales.

3.2La Estrategia pretende reorientar el debate europeo en materia de cuidados hacia un modelo de asistencia sostenible y basado en los derechos humanos que fomente la igualdad de género en los cuidados, tanto profesionales como no profesionales, y garantice la dignidad humana, la vida independiente y la inclusión en la comunidad. La resiliencia y la adecuación de los sistemas asistenciales en toda la UE se pusieron a prueba durante la pandemia de COVID-19, que agravó problemas estructurales como la falta de financiación y la escasez de personal.

3.3Una Estrategia eficaz debe aplicar un enfoque transformador y ambicioso, que gire en torno a los derechos y necesidades fundamentales de los beneficiarios y proveedores de asistencia, en particular mediante su participación plena y significativa en las consultas y la toma de decisiones.

3.4El CESE subraya que las medidas de prevención, habilitación y rehabilitación deben formar parte integrante de la ejecución de la Estrategia. Las acciones deben centrarse cada vez más en la intervención temprana, el envejecimiento saludable y activo, las medidas preventivas y el apoyo a la autonomía que puedan minimizar la necesidad de recurrir a los cuidados de larga duración y reforzar la inclusión en la sociedad y la ciudadanía activa, en particular mediante la instauración de una Estrategia europea para las personas de más edad.

3.5Recordando la experiencia de austeridad durante las recientes crisis financiera y económica, el CESE hace hincapié en la necesidad de otorgar prioridad a la asequibilidad y la continuidad de los servicios asistenciales en respuesta a las perturbaciones actuales relacionadas con la guerra en Ucrania y las crisis actuales, tanto la energética como la del coste de vida.

3.6El CESE acoge con satisfacción la integración de la igualdad de género en toda la Estrategia. En el sector de los cuidados, tanto profesionales como no profesionales, predominan las mujeres. En la UE, el 29 % de las mujeres afirma que la razón principal de no estar activa en el mercado laboral o de trabajar a tiempo parcial se debe a sus obligaciones familiares, frente a tan solo el 6 % de los hombres 11 . Se calcula que esta distribución desequilibrada de las responsabilidades asistenciales tiene un coste 242 000 millones EUR al año 12 . Las recomendaciones constituyen orientaciones útiles para que los Estados miembros aborden los estereotipos de género, las brechas de género en materia salarial, de pensiones y de cuidados.

3.7El CESE subraya la importancia de los cuidados familiares y no profesionales como elemento de unos sistemas asistenciales sostenibles y pide que se cartografíen rápidamente las necesidades y realidades de este tipo de cuidados. Hay que reconocer la contribución de esos cuidadores a la hora de garantizar la continuidad de los cuidados y proporcionarles un apoyo global, por ejemplo oportunidades de formación con programas de validación de capacidades, y garantizar su participación en el mercado laboral y en la vida social a través de una combinación de recursos, servicios y organización del tiempo de trabajo (vinculados a la Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional), al tiempo que se garantiza el acceso a los derechos sociales, la asistencia temporal y los servicios de salud mental 13 .

3.8El CESE acoge con satisfacción la atención prestada a mejorar la protección de los derechos de los cuidadores. Pide a los Estados miembros que aborden las lagunas en la aplicación de la legislación laboral de la Unión, ratifiquen el Convenio 189 de la OIT, que establece normas para unas condiciones de trabajo decentes para las trabajadoras y los trabajadores domésticos y adopte medidas para regular la situación de los cuidadores domésticos internos 14 , incluidos los trabajadores migrantes y móviles. No obstante, señala que la Estrategia no tiene suficientemente en cuenta a los numerosos trabajadores indocumentados que ya prestan cuidados en Europa, y debe centrarse en todos los cuidadores que viven en la UE, independientemente de su situación migratoria o estatuto de residencia.

3.9El CESE elogia el compromiso de mejorar las condiciones de trabajo en el sector ofreciendo oportunidades de mejora de las capacidades y reciclaje profesional, aumentando los salarios, promoviendo los derechos sociales y laborales, prestando atención al hecho de que los cuidadores están expuestos regularmente a riesgos para la salud física y psicosocial y abordando los riesgos de violencia y acoso en el lugar de trabajo. Alienta a los Estados miembros a ratificar el Convenio n.º 190 sobre la violencia y el acoso en el mundo del trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Los interlocutores sociales y los gobiernos deben colaborar para erradicar las formas precarias de trabajo asistencial y crear marcos normativos, financieros y de negociación colectiva sólidos. La escasez de personal cualificado en casi todos los Estados miembros pone en peligro la calidad sanitaria y asistencial, especialmente en el contexto del cambio demográfico, la movilidad de los trabajadores y el envejecimiento.

4.Observaciones específicas

4.1El CESE insiste en la urgencia de elaborar una garantía asistencial europea específica 15 , como elemento esencial para el éxito de la ejecución de la Estrategia basándose en una combinación de políticas, prácticas y herramientas de financiación para garantizar que las acciones vinculadas a la Estrategia estén plenamente integradas en los marcos jurídicos, políticos, de financiación y de servicios nacionales. El establecimiento de normas, al igual que su seguimiento, es esencial para garantizar la mejora del sector 16 .

4.2La Estrategia Europea de Cuidados debe complementarse con un plan de ejecución y planes de financiación europeos estructurados. En muchos Estados miembros, la inversión pública en asistencia es insuficiente. Deben movilizarse los fondos estructurales y de inversión de la UE (FSE+, FEDER), así como el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) y el instrumento de apoyo técnico para apoyar a los Estados miembros en ámbitos específicos relacionados con los cuidados (desde el diseño de las políticas hasta la ejecución de los servicios y el seguimiento de los efectos), recurriendo en particular a la contratación pública socialmente responsable.

4.3La evaluación de los avances y de los efectos en los beneficiarios y proveedores de cuidados será fundamental. La publicación de unas directrices técnicas específicas para la creación de marcos de seguimiento y evaluación podrían ayudar a los ministerios nacionales, en particular si incluyen orientaciones específicas sobre el desarrollo de modelos de servicios asistenciales sostenibles, la medición de los efectos y los indicadores pertinentes. El seguimiento de la Comisión Europea debería incluir la elaboración de informes tanto sobre la política asistencial como sobre su financiación, así como una solicitud de revisión intermedia de las recomendaciones. El Semestre Europeo debe orientar mejor sus recomendaciones específicas por país para ayudar a los Estados miembros a otorgar prioridad a una financiación adecuada para los cuidados como inversión productiva y sostenible en lugar de como carga económica.

4.4Tras la adopción de ambas Recomendaciones por el Consejo, las medidas y orientaciones deberán integrarse rápidamente en los marcos políticos y jurídicos nacionales. El CESE subraya la importancia de los coordinadores nacionales en materia de cuidados de larga duración para garantizar la coherencia e integrar la asistencia en otros ámbitos, ministerios y niveles de gobernanza, más allá de las políticas sociales y sanitarias (vivienda, transporte, energía, economía, etc.).

4.5La selección de riesgos para apartar aquellos que resulten indeseables, la comercialización y la maximización de beneficios, en detrimento de la atención y la salud, pueden exacerbar las desigualdades en cuanto al acceso a la asistencia. Se necesitan medidas de control proporcionadas para evitar prácticas poco saludables y afianzar sólidas garantías de servicios de alta calidad y un uso adecuado de los fondos. Los cuidados de larga duración así como la educación y cuidados de la primera infancia a escala de los Estados miembros necesitan unos regímenes de protección social sólidos y unos servicios públicos de calidad basados en la solidaridad, la inversión social y los agentes de la economía social (por ejemplo, mutuas) para proporcionar varios tipos de sistemas de financiación y de reparto de los costes de los cuidados basados en la comunidad y la atención domiciliaria prestados por cuidadores adecuadamente formados 17 . Para financiar estas disposiciones, deben preverse alternativas a las cotizaciones sociales 18 . Debe contemplarse la posibilidad de incorporar el apoyo voluntario de organizaciones sin ánimo de lucro como un beneficio para los sistemas tanto asistenciales como sanitarios, pero no como una medida de reducción de costes.

4.6Por lo que se refiere a las competencias nacionales y la subsidiariedad, la Comisión Europea debe garantizar que los servicios asistenciales de buena calidad desarrollados por los Estados miembros sean inclusivos. La Estrategia debe garantizar que todas las personas necesitadas de cuidados tengan un acceso pleno e igualitario a los servicios asistenciales, en particular a través de marcos de calidad sólidos y vinculantes. Debe prestarse especial atención a los colectivos que suelen quedar excluidos, como los gitanos, los migrantes, etc., y en lo referente a las discriminaciones transversales y estructurales. Esto también significa que las infraestructuras asistenciales deben ser accesibles a las zonas remotas y de baja densidad de población.

4.7Invertir en infraestructuras digitales puede facilitar una planificación y prestación de cuidados eficaces y el almacenamiento, intercambio y comunicación de información entre los distintos proveedores de asistencia sanitaria y social que permita un seguimiento eficaz de la calidad y la igualdad del acceso. Hay múltiples oportunidades —entre otras, las tecnologías asistenciales, las medidas de prevención, la robótica o la telesalud—, que, si son plenamente inclusivas y accesibles, pueden favorecer el alcance, la continuidad, la coordinación y la calidad de los servicios asistenciales.

4.8La Recomendación propuesta sobre los cuidados de larga duración señala que los sistemas también deben atender a las necesidades de apoyo de las personas con discapacidad, al tiempo que se hace referencia claramente a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas. La Comisión debe velar por que los fondos de la UE movilizados en el marco de la Estrategia respeten el objetivo de desinstitucionalización y fomenten la inclusión mediante el desarrollo de servicios basados en la comunidad y en una mano de obra bien formada 19 . El CESE reitera la necesidad de apoyar a los niños y padres con discapacidad 20 y acoge favorablemente este enfoque en la Recomendación relativa a unos sistemas de educación y cuidados de la primera infancia de alta calidad.

5.Puesta en práctica de la Recomendación relativa a unos sistemas de educación y cuidados de la primera infancia de alta calidad

5.1El CESE apoya la revisión de los objetivos de Barcelona para impulsar la disponibilidad de servicios de guardería accesibles, asequibles, inclusivos y de calidad. Los Estados miembros que han cumplido o superado dichos objetivos deben centrarse en mayor medida en proporcionar normas de calidad y desarrollar diversas formas de educación y cuidados de la primera infancia, en función de los diferentes grupos de edades. Los objetivos para aumentar la disponibilidad en materia de educación y cuidados de la primera infancia deben ir acompañados de marcos de garantía de la calidad y unas condiciones de trabajo dignas. Los Estados miembros deben desarrollar indicadores para supervisar el acceso a los modelos de cuidados de acuerdo con las preferencias y diferencias nacionales, cumpliendo al mismo tiempo los objetivos, la calidad y otras normas de los objetivos revisados.

5.2El CESE acoge con satisfacción el llamamiento para garantizar que se reconozca jurídicamente el derecho de todos los niños a acceder a servicios de calidad y la interacción de la Estrategia con la Garantía Infantil Europea, cuyo enfoque multigeneracional retoma la Estrategia, lo cual es indispensable para alcanzar un equilibrio entre la vida profesional y la vida laboral, así como para el bienestar familiar. El acceso gratuito a la educación y cuidados de la primera infancia por parte de las familias debe complementarse con un conjunto de medidas que incluyan comidas gratuitas, productos de higiene gratuita (por ejemplo, pañales) y asistencia para el desarrollo físico y mental (motricidad fina, ortofonía, etc.).

5.3El CESE acoge favorablemente las referencias a los marcos de igualdad de la UE y a los niños en situaciones vulnerables, a fin de crear sistemas inclusivos que respeten todas las formas familiares. Las acciones que habría que emprender deben incluir la divulgación, la formación del personal sobre los derechos de los usuarios de los servicios y sobre las inclusiones y los sesgos. El CESE acoge con especial satisfacción las propuestas orientadas a asegurar una proporción adecuada entre niños y personal, la formación profesional continua del personal y la inclusión entre los indicadores de requisitos relativos al horario, lo cual es especialmente pertinente para los niños con discapacidad que a menudo solo pueden acceder parcialmente a la educación y cuidados de la primera infancia.

5.4Los modelos de buenas prácticas en materia de educación y cuidados de la primera infancia deben ocupar un lugar central en las medidas para poner en práctica la Recomendación del Consejo, con el apoyo de políticas y marcos de financiación subnacionales, mediante la asignación de presupuestos específicos para cartografiar las necesidades de los beneficiarios y proveedores de cuidados, y probando nuevas formas de servicios asistenciales. Los derechos de los menores deben seguir teniendo una importancia fundamental. Los menores necesitan un entorno saludable y favorable en sus primeros años, ya sea mediante cuidados familiares o profesionales; por lo tanto, los diferentes modelos de asistencia (centros de día, guarderías, cuidadores, asistentes de maternidad, grupos de juego, cuidados extraescolares) deben estar disponibles para poder elegir en función de las necesidades de desarrollo de los niños según su edad.

6.Puesta en práctica de la Recomendación relativa a los cuidados de larga duración

6.1El CESE pide planes de ejecución sólidos que abarquen todo el espectro de los cuidados a largo plazo. La Comisión Europea debe formalizar la cooperación mediante la creación de un grupo de expertos de alto nivel sobre cuidados de larga duración que reúna a los interlocutores sociales, las organizaciones de la sociedad civil, los coordinadores nacionales, los beneficiarios de los cuidados de larga duración —en particular las personas de edad avanzada y las personas con discapacidad—, y otros expertos y profesionales pertinentes. Para fundamentar el trabajo del grupo, podría crearse una plataforma pública en línea a fin de recopilar datos e investigar y fomentar el intercambio de buenas prácticas.

6.2El CESE ha aprobado varios dictámenes sobre la prestación de cuidados de larga duración en la UE 21 , en los que subraya la necesidad de invertir en cuidados de calidad, sostenibles y accesibles para todos. El CESE hace hincapié en la necesidad de maximizar la complementariedad y la sinergia entre todos los proveedores de cuidados y asistencia sanitaria tanto en el sector público como en el privado (con y sin ánimo de lucro) para lograr una cobertura para todos, teniendo en cuenta las buenas prácticas en los Estados miembros.

6.3El CESE acoge con satisfacción el reconocimiento en la propuesta relativa a los cuidados de larga duración de la importancia de los agentes de la economía social como proveedores de servicios. El CESE anima a la Comisión a que siga explorando formas de crear líneas estructuradas de comunicación entre los agentes de la economía social y las instituciones europeas en el ámbito político de los cuidados de larga duración.

6.4El CESE toma nota de la importancia de las diversas iniciativas en el marco de las transiciones ecológica y digital para aprovechar todo el potencial de las tecnologías con el fin de crear, replantearse y renovar el parque de viviendas de una manera más inclusiva y sostenible.

6.5Los modelos de buenas prácticas de cuidados de larga duración pueden incluir ayudas a domicilio más estructuradas y eficientes, así como nuevas alternativas de vivienda, por ejemplo, viviendas tuteladas, supervisadas o comunitarias, unidades de convivencia u otras alternativas, en función de las necesidades y preferencias de los beneficiarios de cuidados, y basadas en marcos de calidad debidamente autorizados. También deben tenerse en cuenta otros tipos de modelos asistenciales para abarcar todo el espectro de los cuidados en un enfoque integrado, como el apoyo a la salud mental, centros familiares, grupos de apoyo parental y ayudas a la vivienda a corto plazo, de manera que se facilite la transición de un modelo a otro con variaciones en la intensidad o la naturaleza de los servicios requeridos, sin perturbar la continuidad de la asistencia.

Bruselas, 24 de enero de 2023

Christa Schweng

Presidenta del Comité Económico y Social Europeo

_____________

(1)    Dictamen del CESE «Creación conjunta de servicios de interés general como contribución a una democracia más participativa en la UE», DO C 486 de 21.12.2022, p. 76 .
(2)    Estrategia sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para 2021-2030, Garantía Infantil Europea, Estrategia de la UE sobre los Derechos del Niño, Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional, Estrategia para la Igualdad de Género y otras iniciativas pertinentes en el marco del pilar europeo de derechos sociales.
(3)    Gender inequalities in care and pay in the EU: https://eige.europa.eu/publications/gender-inequalities-care-and-pay-eu .
(4)    Índice Europeo de Igualdad de Género: https://eige.europa.eu/gender-equality-index/2022 .
(5)    What if care work were recognised as a driver of sustainable growth? : https://epthinktank.eu/2022/09/07/what-if-care-work-were-recognised-as-a-driver-of-sustainable-growth/ .
(6)    Study on exploring the incidence and costs of informal long-term care: https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=738&langId=en&pubId=8423&furtherPubs=no .
(7)    2021 Long-term care in the EU: https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=738&langId=en&pubId=8396 .
(8)    Long-term care workforce: Employment and working conditions: https://www.eurofound.europa.eu/publications/customised-report/2020/long-term-care-workforce-employment-and-working-conditions .
(9)    Dictamen del CESE «Estrategia de personal sanitario y asistencia», DO C 486 de 21.12.2022, p 37 .
(10)    Resolución del Parlamento Europeo de 22.6.2022 – Informe sobre el fomento de una acción europea común en materia de cuidados.
(11)    EIGE, idem.
(12)    Servicio de Estudios del PE, idem.
(13)    European Charter for Family Carers: https://coface-eu.org/european-charter-for-family-carers/ .
(14)     DO C 487, 28.12.2016, p. 7 .
(15)    Dictamen del CESE «Estrategia de personal sanitario y asistencia», DO C 486 de 21.12.2022, p. 37 .
(16)    OCDE. 2019. Improving healthcare quality in Europe - Characteristics, effectiveness and implementation of different strategies.
(17)    Dictamen del CESE sobre el tema «El impacto de la inversión social en el empleo y en los presupuestos públicos», DO C 226 de 16.7.2014, p 21 .
(18)    Informe del acto titulado «European Care systems: Solidarity and sustainability – friends or foes?»: https://www.aim-mutual.org/mediaroom/event-report-european-care-systems-solidarity-and-sustainability-friends-or-foes/
(19)    Grupo europeo de expertos sobre la transición de los servicios de asistencia institucionales a servicios de asistencia locales: EU Guidance on independent living and inclusion in the community y EU funds. Checklist to promote independent living and deinstitutionalisation .
(20)    Dictamen del CESE sobre el tema DO C 75 de 28.2.2023, p. 75 .
(21)     DO C 129 de 11.4.2018, p. 44 ; DO C 487 de 28.12.2016, p. 7 ; DO C 204 de 9.8.2008, p. 103 ; el folleto y el Dictamen del CESE sobre el tema «Transformación económica, tecnológica y social de los servicios avanzados de salud a las personas de la tercera edad» ,   DO C 240 de 16.7.2019, p. 10 ; DO C 194 de 12.5.2022, p 19 .
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