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Document 32024R1301
Commission Implementing Regulation (EU) 2024/1301 of 3 May 2024 amending for the 342nd time Council Regulation (EC) No 881/2002 imposing certain specific restrictive measures directed against certain persons and entities associated with the ISIL (Da'esh) and Al-Qaida organisations
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1301 de la Comisión, de 3 de mayo de 2024, que modifica por 342.a vez el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL (Daesh) y Al-Qaida
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1301 de la Comisión, de 3 de mayo de 2024, que modifica por 342.a vez el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL (Daesh) y Al-Qaida
C/2024/3152
DO L, 2024/1301, 6.5.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/1301/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
Diario Oficial |
ES Serie L |
2024/1301 |
6.5.2024 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/1301 DE LA COMISIÓN
de 3 de mayo de 2024
que modifica por 342.a vez el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL (Daesh) y Al-Qaida
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL (Daesh) y Al-Qaida (1), y en particular su artículo 7, apartado 1, letra a), y su artículo 7 bis, apartado 5,
Considerando lo siguiente:
(1) |
En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la inmovilización de fondos y recursos económicos de conformidad con dicho Reglamento. |
(2) |
El 25 de abril de 2024, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, establecido en virtud de las resoluciones 1267(1999), 1989(2011) y 2253(2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, decidió modificar una entrada de la lista de personas, grupos y entidades a los que debe aplicarse la inmovilización de fondos y recursos económicos. |
(3) |
Procede, por tanto, modificar el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 3 de mayo de 2024.
Por la Comisión,
en nombre de la Presidenta,
Director General
Dirección General de Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales
(1) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2002/881/oj.
ANEXO
Los datos de identificación de la siguiente entrada del epígrafe «Personas físicas» del anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 se modifican como sigue:
«Sanaullah Ghafari (forma escrita original: ثناء اللہ غفاری) (alias de buena calidad: a) Dr. Shahab al Muhajir; b) Shahab Muhajer; c) Shahab Mohajir; d) Shahab Mahajar; e) Shihab al Muhajir; f) Shihab Muhajer; g) Shihab Mohajir; h) Shihab Mahajar). Fecha de nacimiento: 28.10.1994. Lugar de nacimiento: Afganistán Nacionalidad: Afganistán Dirección: a) Afganistán (2021); b) Kunduz, Afganistán (anterior) Información adicional: Dirigente del Estado Islámico de Irak y el Levante - Jorasán (EIIL-J) Experto en tecnología de la información. Fecha de designación mencionada en el artículo 7 quinquies, apartado 2, letra i): 21.12.2021.»,
se sustituye por el texto siguiente:
«Sanaullah Ghafari (forma escrita original: ثناء اللہ غفاری) [alias de buena calidad: a) Dr. Shahab al Muhajir; b) Shahab Muhajer; c) Shahab Mohajir; d) Shahab Mahajar; e) Shihab al Muhajir; f) Shihab Muhajer; g) Shihab Mohajir; h) Shihab Mahajar]. Fecha de nacimiento: a) 28.10.1994; b) 24.5.1990. Lugar de nacimiento: distrito de Mir Bacha Kot, provincia de Kabul, Afganistán. Nacionalidad: Afganistán. Número de pasaporte: 01503093 (pasaporte afgano, expedido el 25.8.2016 en Kabul, Afganistán, y caducado el 25.8.2021). Dirección: a) Afganistán (2021); b) Kunduz, Afganistán (anterior). Información adicional: a) dirigente del Estado Islámico de Irak y el Levante – Jorasán (EIIL-J); b) experto en tecnología de la información; c) nombre del padre: Abdul Jabbar; d) nombre del abuelo: Abdul Ghaffar. Fecha de designación mencionada en el artículo 7 quinquies, apartado 2, letra i): 21.12.2021.».
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/1301/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)