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Document 32024R0697
Commission Implementing Regulation (EU) 2024/697 of 19 February 2024 approving amendments to the specification for a Protected Designation of Origin or a Protected Geographical Indication (Rubicone (PGI))
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/697 de la Comisión, de 19 de febrero de 2024, por el que se aprueba una modificación del pliego de condiciones de una denominación de origen protegida o de una indicación geográfica protegida [Rubicone (IGP)]
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/697 de la Comisión, de 19 de febrero de 2024, por el que se aprueba una modificación del pliego de condiciones de una denominación de origen protegida o de una indicación geográfica protegida [Rubicone (IGP)]
C/2024/1166
DO L, 2024/697, 26.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/697/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
Diario Oficial |
ES Serie L |
2024/697 |
26.2.2024 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/697 DE LA COMISIÓN
de 19 de febrero de 2024
por el que se aprueba una modificación del pliego de condiciones de una denominación de origen protegida o de una indicación geográfica protegida [«Rubicone» (IGP)]
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1) del Consejo, y en particular su artículo 99,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Comisión ha examinado la solicitud de aprobación de una modificación del pliego de condiciones de la indicación geográfica protegida «Rubicone», presentada por Italia de conformidad con el artículo 105 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013. |
(2) |
La Comisión ha publicado la solicitud de aprobación de la modificación del pliego de condiciones en el Diario Oficial de la Unión Europea (2), con arreglo a lo dispuesto en el artículo 97, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013. |
(3) |
No se ha presentado a la Comisión ninguna declaración de oposición con arreglo al artículo 98 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013. |
(4) |
Procede, por tanto, aprobar la modificación del pliego de condiciones de conformidad con el artículo 99 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013. |
(5) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Queda aprobada la modificación del pliego de condiciones relativa al nombre «Rubicone» (IGP) publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 19 de febrero de 2024.
Por la Comisión,
en nombre de la Presidenta,
Janusz WOJCIECHOWSKI
Miembro de la Comisión
(1) DO L 347 de 20.12.2013, p. 671, ELI: https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2013/1308/oj.
(2) DO C, C/2023/433 de 24.10.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/433/oj.
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/697/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)