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Document 32024R0219
Commission Implementing Regulation (EU) 2024/219 of 3 January 2024 conferring protection under Article 99 of Regulation (EU) No 1308/2013 of the European Parliament and of the Council on the name Terre Abruzzesi / Terre d’Abruzzo (PGI)
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/219 de la Comisión, de 3 de enero de 2024, por el que se aprueba la protección contemplada en el artículo 99 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo para el nombre Terre Abruzzesi/Terre d’Abruzzo (IGP)
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/219 de la Comisión, de 3 de enero de 2024, por el que se aprueba la protección contemplada en el artículo 99 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo para el nombre Terre Abruzzesi/Terre d’Abruzzo (IGP)
C/2024/30
DO L, 2024/219, 10.1.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/219/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
Diario Oficial |
ES Serie L |
2024/219 |
10.1.2024 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/219 DE LA COMISIÓN
de 3 de enero de 2024
por el que se aprueba la protección contemplada en el artículo 99 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo para el nombre «Terre Abruzzesi/Terre d’Abruzzo» (IGP)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 del Consejo (1), y en particular su artículo 99, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
(1) |
De conformidad con el artículo 97, apartados 2 y 4, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013, la Comisión ha examinado la solicitud de registro del nombre «Terre Abruzzesi/Terre d’Abruzzo» presentada por Italia y la ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (2). |
(2) |
No se ha presentado a la Comisión ninguna declaración de oposición con arreglo al artículo 98 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013. |
(3) |
De conformidad con el artículo 99, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013, procede proteger el nombre «Terres du Midi» e inscribirlo en el registro contemplado en el artículo 104 del mismo Reglamento. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Queda protegido el nombre «Terre Abruzzesi/Terre d’Abruzzo» (IGP).
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 3 de enero de 2024.
Por la Comisión,
en nombre de la Presidenta,
Janusz WOJCIECHOWSKI
Miembro de la Comisión
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/219/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)