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Document 32023R2666

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2666 de la Comisión, de 22 de noviembre de 2023, por el que se inscribe un nombre en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Irish Grass Fed Beef (IGP)]

C/2023/8133

DO L, 2023/2666, 29.11.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2023/2666/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2023/2666/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2023/2666

29.11.2023

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2023/2666 DE LA COMISIÓN

de 22 de noviembre de 2023

por el que se inscribe un nombre en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [«Irish Grass Fed Beef» (IGP)]

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (1), y en particular su artículo 52, apartado 3, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, la solicitud de registro del nombre «Irish Grass Fed Beef» como indicación geográfica protegida, presentada por Irlanda, ha sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (2).

(2)

El 21 de febrero de 2022, la Comisión recibió un escrito de oposición del Reino Unido (Irlanda del Norte) con la correspondiente declaración motivada de oposición.

(3)

El Reino Unido (Irlanda del Norte) alegó que el producto designado como «Irish Grass Fed Beef» se produce tanto en Irlanda como en Irlanda del Norte, y que históricamente se ha utilizado el término «Irish» para referirse a productos elaborados en ambas jurisdicciones. Por lo tanto, registrar el nombre «Irish Grass Fed Beef» con el origen geográfico limitado a Irlanda no sería correcto, ya que no reflejaría ni respetaría el uso actual de dicho nombre y tendría repercusiones negativas en los productos que se producen actualmente en Irlanda del Norte.

(4)

La declaración de oposición se consideró admisible. El 13 de abril de 2022, la Comisión invitó a las partes interesadas a iniciar las consultas oportunas para llegar a un acuerdo.

(5)

Tras las consultas, Irlanda y el Reino Unido (Irlanda del Norte) alcanzaron un acuerdo, que fue comunicado a la Comisión por Irlanda mediante cartas de 11 de julio y de 3 de agosto de 2022. Se acordaron varias modificaciones del pliego de condiciones. La zona de producción se amplió para incluir a Irlanda del Norte y la solicitud se convirtió en una solicitud plurinacional [de Irlanda y del Reino Unido (Irlanda del Norte)].

(6)

Dado que el documento único había sido modificado sustancialmente, de conformidad con el artículo 51, apartado 4, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, la Comisión volvió a examinar la solicitud y concluyó que se cumplían las condiciones para el registro.

(7)

La ampliación de la zona geográfica a Irlanda del Norte está justificada, ya que la carne de vacuno alimentada con hierba producida en Irlanda del Norte, fuera de la zona geográfica objeto de la solicitud original, tiene cualidades, reputación y características similares a las de la carne de vacuno alimentada con hierba procedente de Irlanda. A la vista de lo anterior, la Comisión consideró que se cumplen las condiciones establecidas en el Reglamento (UE) n.o 1151/2012.

(8)

El 8 de marzo de 2022, la Comisión recibió la segunda notificación de oposición por parte de una organización agrícola de Irlanda. De conformidad con el artículo 51, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, las personas físicas o jurídicas que tengan un interés legítimo y residan o estén establecidas en el Estado miembro del que proceda la solicitud presentada quedan excluidas del procedimiento de oposición a escala de la UE por haber tenido ya la oportunidad de participar en el procedimiento nacional de oposición contemplado en el artículo 49, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012. Por consiguiente, la oposición de la organización establecida en Irlanda se considera inadmisible.

(9)

De conformidad con el artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, la solicitud de registro del nombre «Irish Grass Fed Beef» presentada por Irlanda y el Reino Unido (Irlanda del Norte) ha sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (3).

(10)

Al no haberse notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, procede registrar el nombre «Irish Grass Fed Beef» (IGP).

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda registrado el nombre «Irish Grass Fed Beef» (IGP).

El nombre contemplado en el párrafo primero designa un producto de la Clase 1.1, Carne fresca (y despojos) del anexo XI del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 668/2014 de la Comisión (4).

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 22 de noviembre de 2023.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN


(1)   DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.

(2)   DO C 492 de 8.12.2021, p. 16.

(3)   DO C 275 de 4.8.2023, p. 26.

(4)  Reglamento de Ejecución (UE) n.o 668/2014 de la Comisión, de 13 de junio de 2014, que establece las normas de desarrollo del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (DO L 179 de 19.6.2014, p. 36).


ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2023/2666/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


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