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Document L:1989:129:TOC
Official Journal of the European Communities, L 129, 11 May 1989
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 129, 11 de mayo de 1989
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 129, 11 de mayo de 1989
Diario Oficial |
Edición en lengua española | Legislación | |||
Sumario | I Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad | |||
* | REGLAMENTO (CEE) Nº 1241/89 DEL CONSEJO de 3 de mayo de 1989 por el que se fija, para la campaña de comercialización de 1989/90, el precio de objetivo para el algodón sin desmotar # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) Nº 1242/89 DEL CONSEJO de 3 de mayo de 1989 por el que se fija, para la campaña de comercialización de 1989/90, la cantidad máxima garantizada de algodón y el precio mínimo del agodón sin desmotar # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) Nº 1243/89 DEL CONSEJO de 3 de mayo de 1989 por el que se fijan, para la campaña de comercialización 1989/90, los importes de la ayuda para el lino textil y el cáñamo, así como el importe destinado a financiar las medidas tendentes a favorecer la utilización de fibras de lino # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) Nº 1244/89 DEL CONSEJO de 3 de mayo de 1989 por el que se fija, para la campaña de cría 1989/90, el importe de la ayuda para los gusanos de seda # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) Nº 1245/89 DEL CONSEJO de 3 de mayo de 1989 por el que se fija la ayuda para las semillas de cáñamo en la campaña de comercialización de 1989/90 # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) Nº 1246/89 DEL CONSEJO de 3 de mayo de 1989 por el que se fijan, para la campaña de comercialización 1989/90, el precio de umbral de activación de la ayuda, el precio de objetivo y el precio mínimo para los guisantes, habas, haboncillos y el altramuz dulce # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) Nº 1247/89 DEL CONSEJO de 3 de mayo de 1989 por el que se fijan, para la campaña de comercialización 1989/90, los incrementos mensuales del precio de umbral de activación, del precio de objetivo y del precio mínimo para los guisantes, habas y haboncillos # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) Nº 1248/89 DEL CONSEJO de 3 de mayo de 1989 por el que se fija, para la campaña de comercialización 1990, el precio de base y los precios de intervención en el sector de la carne de ovino # | |||
* | Reglamento (CEE) N° 1249/89 del Consejo, de 3 de mayo de 1989, que modifica el Reglamento (CEE) n° 2759/75 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de porcino | |||
* | REGLAMENTO (CEE) Nº 1250/89 DEL CONSEJO de 3 de mayo de 1989 por el que se fijan el precio de base y la calidad tipo del cerdo sacrificado, para el período comprendido entre el 1 de julio de 1989 y el 30 de junio de 1990 # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) Nº 1251/89 DEL CONSEJO de 3 de mayo de 1989 que modifica el Reglamento (CEE) Nº 727/70 por el que se establece la organización común de mercados en el sector del tabaco crudo # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) Nº 1252/89 DEL CONSEJO de 3 de mayo de 1989 por el que se fijan, para la cosecha de 1989, los precios de objetivo, los precios de intervención y las primas concedidas a los compradores de tabaco en hoja, los precios de intervención derivados del tabaco embalado, así como las calidades de referencia, las zonas de producción y las cantidades máximas garantizadas y por el que se modifican los Reglamentos (CEE) nºs 1577/86, 1975/87 y 2268/88 # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) Nº 1253/89 DEL CONSEJO de 3 de mayo de 1989 por el que se prevén medidas especiales para determinadas variedades de tabaco bruto de las cosechas 1989, 1990 y 1991 # |
ES | Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado. |