EUR-Lex Access to European Union law
This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document L:1988:358:TOC
Official Journal of the European Communities, L 358, 27 December 1988
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 358, 27 de diciembre de 1988
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 358, 27 de diciembre de 1988
Diario Oficial |
Edición en lengua española | Legislación | |||
Sumario | I Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 4014/88 DEL CONSEJO de 21 de diciembre de 1988 por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 1514/76 relativo a las importaciones de aceite de oliva originario de Argelia # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 4015/88 DEL CONSEJO de 21 de diciembre de 1988 por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 1521/76 relativo a las importaciones de aceite de oliva originario de Marruecos # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 4016/88 DEL CONSEJO de 21 de diciembre de 1988 por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 1180/77 relativo a las importaciones en la Comunidad de determinados productos agrícolas originarios de Turquía # | |||
II Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad | ||||
Consejo | ||||
88/643/CEE: | ||||
* | Decisión del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular que fija, para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 1987 y el 31 de diciembre de 1990, el importe adicional que habrá de deducirse de la exacción reguladora aplicable a la importación de aceite de oliva sin tratar originario de Argelia en la Comunidad | |||
Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular que fija, para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 1987 y el 31 de diciembre de 1990, el importe adicional que habrá de deducirse de la exacción reguladora aplicable a la importación de aceite de oliva sin tratar originario de Argelia en la Comunidad | ||||
88/644/CEE: | ||||
* | Decisión del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos que fija, para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 1987 y el 31 de diciembre de 1990, el importe adicional que habrá de deducirse de la exacción reguladora aplicable a la importación de aceite de oliva sin tratar originario de Marruecos en la Comunidad | |||
Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos que fija, para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 1987 y el 31 de diciembre de 1990, el importe adicional que habrá de deducirse de la exacción reguladora aplicable a la importación de aceite de oliva sin tratar originario de Marruecos en la Comunidad | ||||
88/645/CEE: | ||||
* | Decisión del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y Turquía que fija, para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 1987 y el 31 de diciembre de 1990, el importe adicional que habrá de deducirse de la exacción reguladora aplicable a la importación de aceite de oliva sin tratar originario de Turquía en la Comunidad | |||
Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y Turquía que fija, para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 1987 y el 31 de diciembre de 1990, el importe adicional que habrá de deducirse de la exacción reguladora aplicable a la importación de aceite de oliva sin tratar originario de Turquía en la Comunidad | ||||
88/646/CEE: | ||||
* | Decisión del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular relativo a la importación en la Comunidad, de concentrados de tomates originarios de Argelia | |||
Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular relativo a la importación, en la Comunidad, de concentrados de tomates originarios de Argelia | ||||
88/647/CEE: | ||||
* | Decisión del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular relativo a la importación, en la Comunidad, de macedonia de frutas en conserva originaria de Argelia | |||
Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular relativo a la importación, en la Comunidad, de macedonia de frutas en conserva originaria de Argelia | ||||
88/648/CEE: | ||||
* | Decisión del Consejo, de 21 de dicembre 1988, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de canje de notas referente al artículo 9 del Protocolo n 1 del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Estado de Israel relativo a la importación, en la Comunidad, de macedonia de frutas en conserva originaria de Israel | |||
Acuerdo en forma de canje de notas referente al artículo 9 del Protocolo n 1 del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Estado de Israel relativo a la importación, en la Comunidad, de macedonia de frutas en conserva originaria de Israel | ||||
88/649/CEE: | ||||
* | Decisión del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos relativo a la importación, en la Comunidad, de macedonia de frutas en conserva originaria de Marruecos | |||
Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos relativo a la importación, en la Comunidad, de macedonia de frutas en conserva originaria de Marruecos |
ES | Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agrícola, y que tienen generalmente un período de validez limitado. |