EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document L:1987:388:TOC

Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 388, 31 de diciembre de 1987


Display all documents published in this Official Journal

Diario Oficial
de las Comunidades Europeas

ISSN 1012-9200

L 388
30o año
31 de diciembre de 1987



Edición en lengua española

 

Legislación

  

Sumario

 

Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad

 
 

*

Reglamento (CEE) n° 4143/87 del Consejo de 14 de diciembre de 1987 relativo a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República Islámica de Mauritania sobre la pesca frente a las costas de Mauritania y a la aprobación de las disposiciones para su aplicación

1

  

Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República Islámica de Mauritania sobre la pesca frente a las costas de Mauritania

3

  

Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contribución financiera para el período comprendido entre el 1 de julio de 1987 y el 30 de junio de 1990

11

 

*

Reglamento (CEE) n 4144/87 del Consejo, de 21 de diciembre de 1987, referente a la aplicación de la Decisión n 2/87 del Comité mixto CEE-Austria por el que se completa y modifica el Protocolo n 3 relativo a la definición de la noción de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa, a fin de simplificar la documentación relativa a la prueba del origen

13

  

Decisión n 2/87 del Comité mixto CEE-Austria, de 13 de noviembre de 1987, por la que se completa y modifica el Protocolo n 3 relativo a la definición de la noción de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa, a fin de simplificar la documentación relativa a la prueba del origen

14

 

*

Reglamento (CEE) n 4145/87 del Consejo, de 21 de diciembre de 1987, referente a la aplicación de la Decisión n 2/87 del Comité mixto CEE-Finlandia por el que se completa y modifica el Protocolo n 3 relativo a la definición de la noción de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa, a fin de simplificar la documentación relativa a la prueba del origen

18

  

Decisión n 2/87 del Comité mixto CEE-Finlandia, de 16 de noviembre de 1987, por la que se completa y modifica el Protocolo n 3 relativo a la definición de la noción de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa, a fin de simplificar la documentación relativa a la prueba del origen

19

 

*

Reglamento (CEE) n 4146/87 del Consejo, de 21 de diciembre de 1987, referente a la aplicación de la Decisión n 2/87 del Comité mixto CEE-Islandia por el que se completa y modifica el Protocolo n 3 relativo a la definición de la noción de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa, a fin de simplificar la documentación relativa a la prueba del origen

23

  

Decisión n 2/87 del Comité mixto CEE-Islandia, de 30 de noviembre de 1987, por la que se completa y modifica el Protocolo n 3 relativo a la definición de la noción de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa, a fin de simplificar la documentación relativa a la prueba del origen

24

 

*

Reglamento (CEE) n 4147/87 del Consejo, de 21 de diciembre de 1987, referente a la aplicación de la Decisión n 2/87 del Comité mixto CEE-Noruega por el que se completa y modifica el Protocolo n 3 relativo a la definición de la noción de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa, a fin de simplificar la documentación relativa a la prueba del origen

28

  

Decisión n 2/87 del Comité mixto CEE-Noruega, de 27 de octubre de 1987, por la que se completa y modifica el Protocolo n 3 relativo a la definición de la noción de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa, a fin de simplificar la documentación relativa a la prueba del origen

29

 

*

Reglamento (CEE) n 4148/87 del Consejo, de 21 de diciembre de 1987, referente a la aplicación de la Decisión n 2/87 del Comité mixto CEE-Suecia por el que se completa y modifica el Protocolo n 3 relativo a la definición de la noción de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa, a fin de simplificar la documentación relativa a la prueba del origen

33

  

Decisión n 2/87 del Comité mixto CEE-Suecia, de 29 de octubre de 1987, por la que se completa y modifica el Protocolo n 3 relativo a la definición de la noción de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa, a fin de simplificar la documentación relativa a la prueba del origen

34

 

*

Reglamento (CEE) n 4149/87 del Consejo, 21 de diciembre de 1987, referente a la aplicación de la Decisión n 2/87 del Comité mixto CEE-Suiza por el que se completa y modifica el Protocolo n 3 relativo a la definición de la noción de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa, a fin de simplificar la documentación relativa a la prueba del origen

38

  

Decisión n 2/87 del Comité mixto CEE-Suiza, de 23 de octubre de 1987, por la que se completa y modifica el Protocolo n 3 relativo a la definición de la noción de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa, a fin de simplificar la documentación relativa a la prueba del origen

39




ES



Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agrícola, y que tienen generalmente un período de validez limitado.
Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres gruesos y precedidos de un asterisco son todos los demás actos.


Top