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Document JOC_2002_181_E_0112_01
Amended proposal for a Council Decision adopting a specific programme (Euratom) for research and training on nuclear energy (2002-2006) (COM(2002) 43 final — 2001/0125(CNS)) (Text with EEA relevance)
Propuesta modificada de Decisión del Consejo por la que se aprueba un programa específico (Euratom) de investigación y formación sobre energía nuclear (2002-2006) [COM(2002) 43 final — 2001/0125(CNS)] (Texto pertinente a efectos del EEE)
Propuesta modificada de Decisión del Consejo por la que se aprueba un programa específico (Euratom) de investigación y formación sobre energía nuclear (2002-2006) [COM(2002) 43 final — 2001/0125(CNS)] (Texto pertinente a efectos del EEE)
DO C 181E de 30.7.2002, p. 112–131
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Propuesta modificada de Decisión del Consejo por la que se aprueba un programa específico (Euratom) de investigación y formación sobre energía nuclear (2002-2006) (presentada por la Comisión con arreglo al apartado 2 del artículo 150 del Tratado CE) /* COM/2002/0043 final - CNS 2001/0125 */
Diario Oficial n° 181 E de 30/07/2002 p. 0112 - 0131
Propuesta modificada de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se aprueba un programa específico (Euratom) de investigación y formación sobre energía nuclear (2002-2006) (presentada por la Comisión con arreglo al apartado 2 del artículo 150 del Tratado CE) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Comisión adoptó sus propuestas relativas al Sexto Programa Marco (CE y Euratom) [1] de investigación y desarrollo tecnológico el 21 de febrero de 2001, y las relativas a los programas específicos por los que se ejecuta el Sexto Programa Marco [2] el 30 de mayo de 2001. Estas propuestas se han ideado con el objetivo de contribuir a la creación del Espacio Europeo de la Investigación. [1] COM(2001)94. [2] COM(2001)279. Ha concluido ya una etapa clave del proceso de negociación sobre las Decisiones relativas al Programa Marco, con la primera lectura del Parlamento Europeo (14 de noviembre de 2001) y la adopción por el Consejo de una Posición común (28 de enero de 2002). Las posiciones expresadas por el Parlamento y el Consejo sobre el nuevo Programa Marco demuestran un alto grado de convergencia, habiéndose sostenido posturas bastante similares en relación con el presupuesto general y su desglose, la estructura del programa, las prioridades científicas y tecnológicas y los medios de ejecución. La Comisión, por su parte, ha trabajado para fomentar el proceso de convergencia, en particular modificando sus propuestas de Programa Marco con el fin de asumir una importante proporción de las enmiendas del Parlamento [3], y toma nota con satisfacción del sustancial consenso sobre los principios que sustentan el nuevo Programa Marco conseguido gracias a los esfuerzos del Consejo y del Parlamento, en particular con respecto a la prioridad concedida al uso de instrumentos nuevos y potentes, el acento puesto en las prioridades temáticas y la introducción de una mayor flexibilidad en la ejecución del Programa. [3] COM(2001)709. Existe ya una base suficientemente estable para que la Comisión presente sus propuestas modificadas relativas a los programas específicos. Estas propuestas incorporan las modificaciones del Programa Marco resultantes de la primera lectura y extraen sus consecuencias detalladas en lo referente a la investigación que debe realizarse y la manera de llevarla a cabo. El objetivo es asistir a las demás instituciones en su examen de los programas específicos, y en las posteriores negociaciones, con el propósito de alcanzar un pronto acuerdo sobre el Programa Marco, las normas de participación y los programas específicos. Los reajustes más amplios de las propuestas previas de la Comisión corresponden al programa de «Integración y fortalecimiento del Espacio Europeo de la Investigación», e incluyen: - Adaptaciones en la estructura y detalle del contenido de la investigación de la prioridad temática 1 (para reflejar su organización en dos secciones, respectivamente sobre genómica avanzada y sus aplicaciones a la salud y sobre la lucha contra las principales enfermedades) y la prioridad temática 6 (para reflejar su organización en tres partes, sistemas de energía sostenibles, transporte de superficie sostenible y cambio planetario y ecosistemas). Se han introducido asimismo modificaciones más limitadas, pero en algunos casos sustanciales, en el contenido de investigación de otros campos temáticos prioritarios. - Reajustes en las prioridades iniciales de investigación orientada por las políticas dentro del apartado «Apoyo a políticas y previsión de las necesidades científicas y tecnológicas», junto con cierta redistribución de las actividades investigadoras en relación con las prioridades temáticas (en particular en lo que se refiere a la investigación sobre agricultura y ecosistemas marinos). De esta manera se responde a la modificación de los contenidos y a la significativa reducción de presupuesto resultantes de la primera lectura. - Se ha perfeccionado y aclarado la descripción de los instrumentos (anexo III) a la luz de los debates que llevaron a la primera lectura. De esta manera se refleja el principio de transición sin sobresaltos de los instrumentos «tradicionales» a los «nuevos» en la realización de los campos temáticos prioritarios, así como la idea de un cuarto instrumento, en el espíritu de la «escalera de excelencia». En la ejecución del presente programa específico, la Comisión propone que la asista un comité de representantes de los Estados miembros. El comité se reunirá en diferentes configuraciones, según proceda, que se corresponderán con los campos temáticos prioritarios de investigación. Las modificaciones introducidas en el programa «Estructuración del Espacio Europeo de la Investigación» guardan relación fundamentalmente con las actividades relativas a movilidad e infraestructuras, habiéndose introducido más detalles y aclaraciones en cuanto a los mecanismos e instrumentos que se deben adoptar, al mismo tiempo que se tiene en cuenta que tienen ahora asignado un presupuesto más limitado. En lo que se refiere al programa Euratom sobre «Energía nuclear», los cambios principales afectan a la parte de fisión, al introducirse una nueva prioridad temática sobre protección contra las radiaciones y actividades sobre la seguridad operativa de las instalaciones nucleares. En estos dos programas, se ha actualizado sustancialmente la descripción de los instrumentos (anexo III), en consonancia con el programa «Integración y fortalecimiento del Espacio Europeo de la Investigación». Se han revisado en la totalidad de los casos las dotaciones presupuestarias de conformidad con la Posición común del Consejo. 2001/0125 (CNS) Propuesta modificada de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se aprueba un programa específico (Euratom) de investigación y formación sobre energía nuclear (2002-2006) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular el párrafo primero de su artículo 7, Vista la propuesta de la Comisión [4], [4] DO.... Visto el dictamen del Parlamento Europeo [5], [5] DO.... Visto el dictamen del Comité Económico y Social [6], [6] DO.... Considerando lo siguiente: (1) Mediante la Decisión nº .../../Euratom [7], el Consejo aprobó el Sexto Programa Marco plurianual de la Comunidad Europea de la Energía Atómica 2002-2006 de actividades de investigación y formación, destinado a facilitar la creación del Espacio Europeo de la Investigación (denominado en lo sucesivo "el Programa Marco"). Este programa se ejecuta, a su vez, mediante programas de investigación y formación elaborados con arreglo al artículo 7 del Tratado, que precisan sus modalidades de realización, fijan su duración y prevén los medios que se estiman necesarios. [7] DO.... (2) Deben aplicarse al presente programa las normas de participación de empresas, centros de investigación y universidades y las de difusión de los resultados de la investigación para el Programa Marco (en lo sucesivo denominadas "las normas de participación", adoptadas en virtud de la Decisión del Consejo nº..../.../Euratom [8]. [8] DO.... (3) Los gastos administrativos de la Comisión para la ejecución del presente programa están en consonancia con el elevado número de personal cedido a laboratorios de los Estados miembros y al proyecto ITER. (4) Este programa está abierto a la participación de los países que han celebrado los acuerdos necesarios al efecto, y, excepto en el caso de la investigación sobre la fusión, también está abierto, atendiendo a cada proyecto concreto y en función del interés recíproco, a la participación de entidades de terceros países y de organizaciones internacionales de cooperación científica. (5) En la ejecución del presente programa, debe hacerse hincapié en la promoción de la movilidad de los investigadores y la innovación en la Comunidad, así como en las actividades de cooperación internacional con terceros países y organizaciones internacionales. Al respecto, debe prestarse especial atención a los países candidato . (6) Las actividades de investigación realizadas dentro del presente programa deben respetar los principios éticos fundamentales, incluidos los que figuran en el artículo 6 del Tratado de la Unión Europea y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, así como la necesidad de tener presente su aceptación por el público . (7) Con arreglo a la Comunicación de la Comisión titulada "Mujeres y ciencia" [9] y de las Resoluciones del Consejo [10] y del Parlamento Europeo [11] sobre este tema, se ha puesto en práctica un plan de acción para potenciar el papel de la mujer en la ciencia y la investigación y aumentar su participación, lo que contribuirá a garantizar el respeto de la igualdad de oportunidades, independientemente del sexo . [9] COM(1999) 76 [10] Resolución de 20 de mayo de 1999, DO C 201 de 16 de julio de 1999. [11] Resolución de 3 de febrero de 2000, Parlamento Europeo 284.656. (8) El presente programa debe ejecutarse de manera flexible, eficiente y transparente, teniendo en cuenta los intereses de las distintas partes, especialmente de los científicos, los industriales, los usuarios y los responsables políticos. Las actividades de investigación realizadas dentro del programa deben adaptarse, en su caso, a las necesidades de las políticas comunitarias y a la evolución científica y tecnológica. (9) Se fomentará la participación en las actividades del presente programa mediante la publicación de la información necesaria sobre el contenido, las condiciones y los procedimientos de estas actividades, que se pondrá a disposición de los posibles participantes, incluidos los de los países candidato a la adhesión y otros países asociados, de manera completa y con suficiente antelación. (10) La Comisión se encargará de que se efectúe, en el momento oportuno, una evaluación independiente de las actividades realizadas en los campos a los que se aplica el presente programa. Esta evaluación deberá hacerse con un espíritu de apertura respecto a todos los principales interesados. (11) Se ha consultado al Comité Científico y Técnico, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN Artículo 1 1. De conformidad con el Sexto Programa Marco, se aprueba el programa específico de investigación y formación sobre energía nuclear (denominado en lo sucesivo "el programa específico") para el período comprendido entre el [.....] y el 31 de diciembre de 2006. 2. En el anexo I se exponen los objetivos y las prioridades científicas y tecnológicas del programa específico. Artículo 2 De conformidad con el anexo II del Programa Marco, el importe que se estima necesario para la ejecución del programa específico asciende a 940 millones de euros, incluido un máximo del 16,5% para los gastos administrativos de la Comisión. En el anexo II de la presente Decisión figura un desglose indicativo de este importe. Artículo 3 Todas las actividades de investigación realizadas en virtud de este programa específico deberán llevarse a cabo respetando los principios éticos fundamentales. Artículo 4 1. Las modalidades de la participación financiera de la Comunidad en el programa específico son las indicadas en el apartado 2 del artículo 2 del Programa Marco. 2. Los instrumentos para la ejecución del programa específico se definen en el anexo III. 3. Se aplicarán al presente programa específico las normas de participación. Artículo5 1. La Comisión elaborará un programa de trabajo para la ejecución del presente programa específico en el que se precisarán más detalladamente los objetivos y las prioridades científicas y tecnológicas del anexo I, incluidos los instrumentos que deberán utilizarse de manera prioritaria, así como el calendario de ejecución. 2. El programa de trabajo tendrá en cuenta las actividades de investigación pertinentes realizadas por los Estados miembros, los Estados asociados y las organizaciones europeas e internacionales. Este programa se actualizará cuando proceda. Esta actualización se aplicará también en lo que se refiere al uso de instrumentos de manera prioritaria. Artículo 6 1. La ejecución del presente programa específico corresponde a la Comisión. 2. Para la ejecución del programa específico, la Comisión estará asistida por un comité consultivo, cuyos miembros podrán variar según los temas de que se vaya a tratar. Para los aspectos relacionados con la fisión, la composición del comité y las normas y procedimientos detallados de funcionamiento se regirán por la Decisión 84/338/Euratom, CECA,CEE [12] sobre los comités consultivos en materia de gestión y de coordinación. Para los aspectos relacionados con la fusión, será aplicable la Decisión del Consejo de 16 de diciembre de 1980 por la que se crea un comité consultivo para el programa de fusión. [12] DO L 177, 4.7.1984, p.25. Artículo 7 1. La Comisión informará periódicamente sobre la evolución general de la ejecución del programa específico, con arreglo al apartado 2 del artículo 5 del Programa Marco, incluyendo información sobre los aspectos financieros. 2. La Comisión se encargará de que se efectúe la evaluación y el control independientes a los que se refieren los artículos 5 y 6 del Programa Marco sobre las actividades realizadas en los campos a los que se aplica el presente programa específico. Artículo 8 Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros. Hecho en Bruselas, Por el Consejo El Presidente [...] ANEXO I Objetivos científicos y tecnológicos y líneas maestras de las acciones 1. Introducción En tanto que fuente del 35% de la electricidad producida en la Unión Europea, la energía nuclear es un elemento del debate sobre la manera de combatir el cambio climático y disminuir la dependencia energética de la Unión. Sin embargo, hay que afrontar retos importantes. La fusión termonuclear controlada es una de las opciones a largo plazo para el abastecimiento de energía, especialmente para el suministro centralizado de la carga de base de electricidad. La prioridad en este campo es avanzar hacia la demostración de la viabilidad científica y tecnológica de la energía de fusión y evaluar sus cualidades sostenibles. A corto plazo, hay que encontrar maneras de tratar los residuos nucleares que sean aceptables para la sociedad y es especialmente importante la aplicación de soluciones técnicas para la gestión de residuos de vida larga. Deben estudiarse también conceptos innovadores para la explotación más segura de la fisión nuclear que puedan contribuir a satisfacer las necesidades energéticas europeas de la próxima década. Deben mantenerse los altos niveles de protección contra las radiaciones en la Comunidad mediante una investigación concentrada y coordinada, especialmente sobre los efectos de niveles bajos de exposición. En este campo, está ya muy asentada la cooperación a nivel europeo, incluido el intercambio de científicos y los programas comunes de investigación. En lo que se refiere a residuos nucleares, protección contra las radiaciones y otras actividades, se reforzará y profundizará esta cooperación a nivel de proyectos y programas para aprovechar mejor los recursos (tanto recursos humanos como instalaciones experimentales) y también para fomentar un planteamiento europeo común sobre problemas y estrategias clave, de acuerdo con las necesidades del Espacio Europeo de la Investigación. Así se establecerán vínculos con los programas nacionales y se fomentará el trabajo en red con terceros países, especialmente con los EE.UU., los nuevos Estados independientes de la antigua Unión Soviética (NEI), Canadá y Japón. En el caso de la fusión, la Comunidad, los Estados miembros y los países asociados a las actividades acogidas al Programa Marco de Euratom continuarán trabajando dentro del marco de un programa integrado de actividades. Se mantendrá una coordinación con el programa del CCI sobre seguridad nuclear y control de seguridad. 2. Campos temáticos prioritarios 2.1 Investigación sobre la energía de fusión Objetivos La energía de fusión podría contribuir en la segunda mitad del siglo a la producción de carga de base a gran escala y sin emisiones. Los avances logrados en la investigación sobre la energía de fusión justifican la continuación de un trabajo intenso teniendo como objetivo a largo plazo la construcción de una central eléctrica de fusión. Los trabajos teóricos y los estudios experimentales realizados en los dispositivos existentes en todo el mundo, en especial en el JET, han mostrado que se ha llegado a un grado de preparación científica y técnica que permite la construcción de un proyecto de la generación siguiente al JET, cuyo objetivo sería demostrar la viabilidad científica y técnica de la energía de fusión. La colaboración a escala mundial sobre la investigación acerca de la energía de fusión ha alcanzado la fase de diseño técnico detallado de este dispositivo del Next Step, el ITER, y se ha marcado como objetivos una combustión prolongada en funcionamiento inductivo con amplificación de potencia Q >10, demostrando la generación de 400 MW de potencia de durante unos 400 segundos, lo cual podría permitir estudiar plasmas en combustión en condiciones adecuadas para la producción de energía. La terminación de las actividades de diseño técnico del ITER permite tomar una decisión acerca de la realización del Next Step, de acuerdo con la orientación "al reactor" de las actividades comunitarias de la investigación sobre la energía de fusión. Siempre que llegaran a buen fin las negociaciones internacionales sobre las condiciones jurídicas e institucionales del establecimiento de una entidad jurídica ITER y sobre un acuerdo conjunto acerca de su construcción, funcionamiento, explotación y clausura, podría fijarse como objetivo una decisión concreta al respecto en el período 2003-2004, de manera que la construcción pudiese empezar efectivamente durante el período 2005-2006. Por lo tanto, el período 2003-2006 tiene que verse como un período de transición marcado por la necesidad de racionalizar las actividades europeas debido a la fuerte orientación del programa hacia el Next Step. La propuesta presupuestaria para la investigación en el campo de la energía de fusión durante el período 2003-2006 establece que, de un crédito total de 750 millones de euros, un máximo de 200 está previsto para la realización del ITER. Cuando se decida, la realización del "Next Step" movilizará recursos humanos y económicos considerables. Una vez que se tome la decisión de seguir adelante con el proyecto, se requerirán modificaciones en el trabajo actual de los socios europeos de Euratom en el campo de la fusión y también cambios organizativos, especialmente para dirigir conjuntamente la contribución europea al ITER Se propone la cantidad de 550 millones de euros para permitir la continuación de un programa de I+D significativo, incluida la transición entre, por una parte, las actividades que se llevan a cabo actualmente en el marco de las asociaciones [13] y el JET y, por otra, lo que sería el "programa de acompañamiento" sobre física y tecnología de la fusión una vez que la construcción del dispositivo Next Step/ITER haya llegado a su fase estable después del 2006. [13] Establecidas mediante contratos de asociación entre la Comunidad y entidades de los Estados miembros. Prioridades i) Programa de las asociaciones sobre física y tecnología El programa de las asociaciones incluirá: - I+D sobre física de la fusión e ingeniería del plasma, centrándose en el estudio y la evaluación de fórmulas de confinamiento magnético, especialmente con la continuación de la construcción del stellarator Wendelstein 7-X y la utilización de las actuales instalaciones de las asociaciones de Euratom. - Actividades de I+D estructuradas sobre tecnología de la fusión, en particular investigación sobre materiales de fusión y participación en las actividades de I+D para la clausura del JET, que está prevista al final de su funcionamiento. - Investigaciones de aspectos socioeconómicos, centrándose en la evaluación de los costes económicos y la aceptación social de la energía de fusión, complementando otros estudios sobre aspectos medioambientales y de seguridad; en el contexto de una actividad de "mantenimiento en contacto", coordinación de las actividades de investigación civil de los Estados miembros sobre confinamiento inercial y posibles conceptos alternativos; difusión de resultados y difusión de información al público; y movilidad y formación. Al contribuir al programa de las asociaciones, se dará prioridad a las actuaciones multilaterales para centrar actividades en proyectos comunes como los directamente relacionados con el funcionamiento del JET y el Next Step / ITER y con la formación de personal. Dependiendo de una decisión sobre la realización del ITER y su calendario, se ajustará la actual aportación comunitaria a las actividades de las asociaciones y se estudiará la terminación gradual de la explotación de una serie de instalaciones. Se asegurarán los medios adecuados para mantener una fuerte coordinación europea de las actividades de fusión, que ha dado pruebas de su utilidad a lo largo de los años. La envergadura del programa nacional de acompañamiento sobre física y tecnología de la fusión que requieren las asociaciones y la industria europea para aprovechar plenamente el ITER dependerá: (a) de la importancia de la participación europea en el ITER y (b) de donde se ubicaría éste. Podrían incluirse aquí inversiones destinadas a mantener la experimentación de dispositivos de fusión de primer nivel mundial en Europa más allá del inicio del funcionamiento del ITER y un programa adecuado desarrollo tecnológico. ii) Explotación de las instalaciones del JET Las instalaciones del JET continuarán explotándose en el marco del Acuerdo Europeo para el Desarrollo de la Fusión (European Fusion Development Agreement (EFDA)), para explotar hasta su término las mejoras en el funcionamiento que se están introduciendo actualmente. La utilización de las instalaciones del JET tendrá que suspenderse en el momento adecuado para que los recursos correspondientes puedan reorientarse al Next Step / ITER. iii) Next Step/ITER La propuesta de Programa Marco (2002-2006) de Euratom incluye la continuación de las actividades del Next Step, con miras a participar en su construcción durante la segunda mitad del período. Sin embargo, dado que las decisiones sobre el ITER no dependen sólo de las instituciones comunitarias sino también de los socios internacionales de la Unión Europea, el programa de actividades propuesto debe estar abierto en cuanto a la posible ubicación y el marco del Next Step/ITER, así como sobre el contenido exacto del programa nacional de acompañamiento. Se terminarán los estudios realizados para preparar la posible sede o sedes europeas. La participación comunitaria en el ITER incluiría aportaciones a la construcción de equipo e instalaciones que estén dentro del recinto del ITER y sean necesarias para su explotación, así como aportaciones a los costes de personal, gestión y asistencia al proyecto durante la construcción. La cuantía y el carácter de esta participación dependerán del resultado de las negociaciones con los socios internacionales de la Unión Europea y de la consiguiente ubicación de la sede del ITER. Si éste se ubicase en Europa, la participación comunitaria podría incluir también una aportación a los costes que debería soportar Europa en calidad de anfitrión. 2.2 Gestión de residuos radiactivos Objetivos La ausencia de un consenso amplio sobre la gestión y eliminación de residuos es uno de los principales impedimentos al uso futuro y prolongado de la energía nuclear. Especialmente en lo que se refiere a la evacuación de componentes de residuos de vida larga en depósitos geológicos, lo cual será necesario sea cual sea el método de tratamiento elegido para el combustible irradiado y los residuos de alta actividad. La investigación por sí sola no puede garantizar la aceptación social; sin embargo, es necesaria para desarrollar y probar las tecnologías de depósitos, investigar emplazamientos adecuados, facilitar la comprensión científica básica sobre seguridad y métodos de evaluación de la seguridad, y preparar procesos de decisión que los interesados perciban como justos y equitativos. También se requiere un trabajo de investigación para explorar el potencial técnico y económico de los conceptos de generación de energía nuclear capaces de aprovechar mejor el material fisionable y generar menos residuos,, así como el potencial de la separación y la transmutación a escala industrialpara reducir los riesgos que ofrecen los residuos . Prioridades de investigación i) Investigación sobre depósitos geológicos - Los objetivos dentro de este apartado son establecer una base técnica sólida para demostrar la seguridad del depósito de combustible gastado y residuos radiactivos de vida larga en formaciones geológicas y facilitar la preparación de un planteamiento europeo común sobre los principales problemas de la eliminación de residuos. - Mejora de conocimientos fundamentales desarrollando y probando tecnologías: la investigación se centrará en procesos biológicos, químicos y físicos clave. la interacción entre las diferentes barreras naturales y artificiales, su estabilidad a largo plazo y los medios para aplicar tecnologías de eliminación de residuos en laboratorios de investigación subterráneos. - Herramientas nuevas y perfeccionadas: la investigación se centrará en modelos de comportamiento y evaluación de la seguridad, y metodologías para demostrar la seguridad a largo plazo, incluidos análisis de sensibilidad e incertidumbre, y desarrollo y evaluación de mediciones alternativas de comportamiento y de mejores sistemas de gestión pública que afronten adecuadamente la inquietud pública sobre la eliminación de residuos. ii) Separación y transmutación y otros conceptos para producir menos residuos en la generación de energía nuclear Los objetivos dentro de este apartado son determinar formas prácticas de reducir, mediante la separación y la transmutación, la cantidad y el riesgo de los residuos que deben eliminarse y explorar las posibilidades de conceptos que permitan generar energía nuclear produciendo menos residuos . - Separación y transmutación: la investigación se centrará en evaluaciones fundamentales del concepto global, la demostración a escala piloto de las tecnologías de separación más prometedoras, el ulterior desarrollo de las tecnologías de transmutación y la evaluación de su viabilidad industrial. - Conceptos para producir menos residuos : la investigación se centrará en explorar las posibilidades de un mejor aprovechamiento del material fisible en los reactores actuales y las de otros conceptos para producir menos residuos en la generación de energía nuclear 2.3 Protección contra las radiaciones Objetivos La radiación se usa ampliamente en la medicina y la industria (incluida la generación de energía nuclear) y su seguridad se basa en una política solvente de protección contra las radiaciones y en su aplicación efectiva. La investigación comunitaria constituye un sostén de la política europea y ha contribuido a los altos niveles de protección que se han conseguido en la práctica. Estos niveles tienen que mantenerse y, en algunos casos, mejorarse, y la investigación desempeña un papel clave en este proceso. El principal objetivo es resolver incertidumbres en cuanto a los peligros que ofrece la exposición prolongada a dosis bajas de radiaciones (es decir, a los niveles que se encuentran habitualmente en el puesto de trabajo y que afectan a la población en general), cuestión que sigue siendo polémica desde el punto de vista científico y político y que tiene consecuencias importantes para el uso de las radiaciones en la medicina y la industria. La investigación comunitaria en otros campos se centrará en conseguir un mejor aprovechamiento de los trabajos nacionales gracias a una integración más efectiva mediante la conexión en red y la investigación focalizada, cuando esta actuación sea complementaria o sinérgica con respecto a los programas nacionales. Prioridades de investigación - La cuantificación de los riesgos provocados por exposiciones prolongadas a bajas dosis: la investigación se centrará en estudios epidemiológicos de poblaciones con una exposición adecuada, complementados por investigación sobre biología molecular y celular acerca de la interacción entre la radiación y el ADN, las células, los órganos y el cuerpo humano. - Exposición médica y fuentes naturales de radiación: refuerzo de la seguridad y la eficacia de los usos médicos de la radiación; mejor evaluación y gestión de las fuentes naturales, en particular, los materiales radiactivos naturales. - Protección del medio ambiente y radioecología: base metodológica y conceptual para la protección del medio ambiente; mejor evaluación y gestión de los efectos de las fuentes naturales y artificiales de radiación en el hombre y el medio ambiente. - Gestión de emergencias y riesgos: gestión de emergencias en Europa más efectiva y coherente, incluida la rehabilitación de zonas contaminadas. - Protección en el puesto de trabajo: mejora del control y la gestión de la exposición profesional en la industrias en las que se da una exposición a las radiaciones. 3. otras actividades en el ámbito de las tecnologías y la seguridad nucleares Objetivos Los objetivos que se persiguen son apoyar las políticas comunitarias en los campos de la salud, , la energía y el medio ambiente, para asegurar que las competencias europeas se mantengan a un alto nivel en campos importantes no cubiertos por las prioridades temáticas y para contribuir a la creación del Espacio Europeo de la Investigación. Prioridades de investigación ii) Conceptos innovadores Los objetivos son evaluar conceptos innovadores y desarrollar procesos mejores y más seguros en el campo de la energía nuclear. La investigación se centrará en: - evaluación de conceptos innovadores y desarrollo de procesos mejores y más seguros para la generación y explotación de energía nuclear que se considere que ofrecen beneficios a largo plazo, por ejemplo, en lo que se refiere a coste, seguridad, impacto ambiental, utilización de recursos, resistencia a la proliferación o diversidad de aplicación. iii) Educación y formación Se pretende aquí integrar mejor la educación y la formación europeas sobre seguridad nuclear y protección contra las radiaciones para combatir la disminución tanto del número de estudiantes como de los centros de enseñanza, aportando así las competencias y conocimientos necesarios para poder continuar utilizando la energía nuclear de manera segura y para otros usos de las radiaciones en la industria y la medicina. El apoyo se centrará en: - el desarrollo de un planteamiento más común aplicable a la enseñanza de la ingeniería y las ciencias nucleares en Europa y la aplicación de este planteamiento, incluida la mejor integración de los recursos y capacidades nacionales. Este trabajo se complementará mediante ayudas destinadas a becas individuales, cursos de formación especializada, redes de formación, becas a jóvenes investigadores de los NEI y los países de Europa Central y Oriental, y acceso transnacional a la infraestructura. iii) Seguridad de las actuales instalaciones nucleares El objetivo es mejorar la seguridad de las actuales instalaciones nucleares de los Estados miembros y los países candidato durante el resto de su vida útil operativa y el ulterior período de clausura, aprovechando los considerables conocimientos y experiencias obtenidos a escala internacional a partir de la investigación teórica y experimental. La investigación se centrará en: - gestión de instalaciones, incluidos los efectos del envejecimiento y del comportamiento del combustible gestión de accidentes graves, especialmente el desarrollo de programas de simulación numéricos avanzados; integración de los conocimientos y competencias obtenidos a partir de experiencias prácticas de clausura; desarrollo de planteamientos armonizados sobre seguridad y mejores prácticas, tanto operativas como reguladoras, a nivel europeo. ANEXO II DESGLOSE INDICATIVO DEL IMPORTE >SITIO PARA UN CUADRO> ANEXO III ANEXO III: MEDIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA Con el fin de ejecutar el programa específico, y de conformidad con las Decisiones del Parlamento Europeo y el Consejo relativas al Programa Marco plurianual de la Comunidad Europea de la Energía Atómica 2002-2006 de actividades de investigación y formación, destinado a facilitar la creación del Espacio Europeo de la Investigación (2002/.../Euratom) y con las normas de participación de empresas, centros de investigación y universidades en la ejecución del Programa Marco (2002/.../Euratom), la Comisión utilizará varios instrumentos. La Comisión evaluará las propuestas con arreglo a los criterios de evaluación establecidos en las Decisiones anteriormente mencionadas En lo que se refiere a los campos temáticos prioritarios, gestión de residuos radiactivos y protección contra las radiaciones, la importancia de los nuevos instrumentos (proyectos integrados y redes de excelencia) queda de manifiesto al considerarse medio prioritario general para alcanzar los objetivos de masa crítica, simplificación de la gestión y valor añadido europeo aportado por la investigación de la Comunidad en relación con lo que ya se ha emprendido a nivel nacional, así como para conseguir la integración de las capacidades de investigación. No obstante, la envergadura de los proyectos no constituye un criterio para su exclusión, y se garantiza el acceso de las PYME y otras entidades menores a los nuevos instrumentos. Los nuevos instrumentos se usarán a partir del inicio del Sexto Programa Marco en cada tema y, cuando proceda, como medio prioritario, al tiempo que se seguirán utilizando los proyectos con orientación específica y las acciones de coordinación. Las actividades indirectas de IDT realizadas en el campo de la fusión termonuclear y en el marco de contratos, acuerdos o entidades jurídicas en las que la Comunidad sea parte o de las que sea miembro se ajustarán a las normas establecidas para tales contratos, acuerdos o entidades, de conformidad con la Decisión sobre las normas de participación [14]. [14] .................. Al ejecutar el programa, la Comisión podrá recurrir a expertos y a organizaciones de asistencia técnica, cuya financiación podrá estar prevista dentro del marco financiero general del programa. En 2004 se procederá a una evaluación realizada por expertos independientes de la eficacia de cada uno de estos dos tipos de instrumentos en la ejecución del Sexto Programa Marco. A. Nuevos instrumentos A.1 Redes de excelencia El objetivo de las redes de excelencia es reforzar y desarrollar la excelencia científica y técnica de la Comunidad mediante la integración, a nivel europeo, de las capacidades de investigación actualmente existentes o en formación tanto a nivel nacional como regional. Cada red tendrá por objetivo hacer avanzar el conocimiento en un ámbito concreto reuniendo una masa crítica de conocimientos especializados. Las redes fomentarán la cooperación entre los recursos de gran calidad de universidades, centros de investigación, empresas, incluidas las PYME, y organizaciones de carácter científico y tecnológico. Las actividades correspondientes se orientarán en general a objetivos a largo plazo y pluridisciplinares, más bien que a resultados definidos de antemano en cuanto a productos, procesos o servicios. La red de excelencia se establecerá mediante un programa común de actividades que haga intervenir en parte o, en su caso, en su totalidad las capacidades y actividades de investigación de los participantes en el ámbito de que se trate, de modo que se alcance una masa crítica de conocimientos y un valor añadido europeo. Un programa común de actividades podría orientarse a la creación de un centro virtual de excelencia autónomo que podría dar como resultado el desarrollo de los medios necesarios para lograr una integración duradera de las capacidades de investigación y formación. Todo programa común de actividades incluirá necesariamente las actividades de integración así como las relacionadas con la difusión de la excelencia y la divulgación de los resultados más allá de la red. Por lo tanto, para alcanzar sus objetivos, la red llevará a cabo las siguientes actividades: - Actividades de investigación y formación integradas a cargo de sus participantes. - actividades de integración que comprenderán en particular : - la adaptación de las actividades de investigación de los participantes a fin de fortalecer su complementariedad; - el desarrollo y la utilización de medios electrónicos de información y comunicación, y el desarrollo de métodos de trabajo interactivos y virtuales; - los intercambios a corto, medio y largo plazo de personal, la apertura de puestos a investigadores de otros miembros de la red, o su formación ; - el desarrollo y utilización de infraestructuras de investigación comunes y la adaptación de las instalaciones existentes con miras a su uso compartido; - la gestión y explotación conjuntas de los conocimientos adquiridos y las actividades de fomento de la innovación. - Actividades de difusión de la excelencia que, según corresponda, comprenderán: - la formación de los investigadores; - la comunicación de los logros de la red y la difusión de conocimientos; - los servicios de apoyo a la innovación tecnológica, destinados especialmente a la asimilación de nuevas tecnologías; - los análisis de los problemas de la relación ciencia/sociedad referidos a la investigación realizada por la red. A llevar a cabo algunas de sus actividades (como la formación de investigadores), la red hará lo posible por darles publicidad publicando convocatorias de solicitudes. El tamaño de la red puede variar según los campos y temas. A título indicativo, el número de participantes no debe ser inferior a media docena. Por término medio, la contribución económica de la Comunidad a una red de excelencia puede representar varios millones de euros al año. Las propuestas de red deben comprender los siguientes elementos: - las grandes líneas del programa de actividades conjuntas, así como su contenido durante el primer período, en el triple aspecto de actividades de investigación, actividades de integración y actividades de difusión de la excelencia; - la función de los participantes, especificando las actividades y recursos que integrarán; - el funcionamiento de la red (coordinación y gestión de actividades) ; - el plan de difusión de conocimientos y las perspectivas de explotación de resultados. La asociación podrá evolucionar cuando sea necesario, dentro del límite de la contribución inicial de la Comunidad, sustituyendo a participantes o añadiendo otros nuevos. En la mayor parte de los casos, esta modificación se efectuará mediante la publicación de una convocatoria competitiva El programa de actividades se actualizará anualmente, lo cual implicará una reorientación de algunas actividades o el lanzamiento de otras nuevas no previstas inicialmente, de tal manera que podrían adherirse nuevos participantes. La Comisión podrá lanzar convocatorias de propuestas con el fin de asignar una aportación complementaria que cubra, por ejemplo, la ampliación de las actividades integradas de la red o la integración de nuevos participantes. La contribución financiera de la Comunidad adoptará la forma de una subvención a la integración, cuya cuantía se determinará en relación con el valor de las capacidades y los recursos que los participantes se propongan integrar. Esta subvención complementará los recursos aportados por los participantes para llevar a cabo el programa común de actividades. La subvención deberá ser suficiente para incitar a la integración, aunque no para crear una dependencia financiera que pudiera poner en peligro la continuidad de la red. A.2 Proyectos integrados El objetivo de los proyectos integrados es dar mayor ímpetu a la competitividad de la Comunidad o hacer frente a necesidades sociales importantes, mediante la movilización de una masa crítica de recursos y competencias de investigación y desarrollo tecnológico. A cada proyecto integrado se le asignarán objetivos científicos y técnicos claramente definidos y cada proyecto deberá estar orientado al logro de resultados específicos, aplicables en lo que se refiere a, por ejemplo, productos, procedimientos o servicios. Esos objetivos podrán incluir investigación a más largo plazo o más "arriesgada". Los proyectos integrados incluirán un conjunto coherente de acciones que puede variar en cuanto al tamaño y a la estructura en función de las tareas que deban desarrollarse, debiendo cada uno de los proyectos hacerse cargo de diferentes aspectos de la investigación necesarios para lograr objetivos globales comunes, y formar un todo coherente que se ponga en práctica mediante una estrecha coordinación. Estos proyectos se ejecutarán basándose en planes globales de financiación que impliquen preferentemente una importante movilización de recursos de los sectores público y privado, incluyendo financiación del BEI y planes de colaboración como Eureka. Todas las actividades realizadas dentro de un proyecto integrado se definirán en el marco general de un "plan de ejecución", que comprenderá actividades sobre: - investigación, desarrollo tecnológico y/o demostración; - gestión, difusión y transferencia de conocimientos con el fin de fomentar la innovación; - análisis y evaluación de las tecnologías correspondientes, así como de los factores relacionados con su explotación. Con miras a la consecución de sus objetivos, el plan también puede comprender actividades sobre: - formación de investigadores, estudiantes, ingenieros y directivos de la industria; - apoyo a la asimilación de nuevas tecnologías; - información y comunicación, así como diálogo con el público acerca de los aspectos de la investigación realizada dentro del proyecto que se refieran a la relación ciencia/sociedad. Las actividades combinadas de un proyecto integrado pueden representar una cuantía que variaría de varios millones de euros a varias decenas de millones de euros. Las propuestas de proyectos integrados deben comprender los siguientes elementos: - los objetivos científicos y tecnológicos del proyecto; - las líneas principales y el calendario del plan de ejecución, destacando la articulación de los diversos componentes; - las fases de ejecución y los resultados previstos en cada una de ellas; - la función de los participantes dentro del consorcio y los conocimientos específicos de cada uno de ellos; - la realización y gestión del proyecto; - el plan de difusión de conocimientos y explotación de resultados; - el presupuesto global y el de las diferentes actividades, incluido un plan financiero que especifique las diferentes aportaciones y su origen. La asociación podrá evolucionar cuando sea necesario, dentro del límite de la contribución inicial de la Comunidad, sustituyendo a participantes o añadiendo otros nuevos. En la mayor parte de los casos, esta modificación se efectuará mediante la publicación de una convocatoria competitiva El plan de ejecución será actualizado anualmente. Esta actualización podrá incluir la reorientación de algunas actividades y el inicio de otras nuevas. En esta última hipótesis, y en caso de resultar necesaria una contribución comunitaria complementaria, la Comisión determinará estas actividades y los participantes encargados de llevarlas a cabo a través de una convocatoria de propuestas. La contribución comunitaria adoptará la forma de subvención al presupuesto, calculada en porcentaje del presupuesto asignado por los participantes para llevar a cabo el proyecto y adaptada según el tipo de actividad. A.3 Iniciativas integradas de infraestructura Estas iniciativas agruparán en una única acción varias actividades esenciales para reforzar y desarrollar infraestructuras de investigación, a fin de prestar servicios a nivel europeo. Con este fin, combinarán la puesta en red de las actividades con una actividad de apoyo (como las relativas al acceso transnacional) o actividades de investigación necesarias para mejorar la eficacia de la infraestructura, excluyendo, sin embargo, la financiación de inversiones para nuevas infraestructuras, que sólo pueden financiarse como acciones específicas de apoyo. Asimismo, incluirán un elemento de difusión del conocimiento a usuarios potenciales, incluida la industria y en particular las PYME. B Otros instrumentos A fin de ejecutar el programa, podrán utilizarse otros instrumentos: (B1) Proyectos específicos focalizados de investigación o de formación I. Los proyectos específicos focalizados de investigación tendrán por objetivo mejorar la competitividad europea. Deberán estar rigurosamente focalizados y adoptarán una de las dos formas siguientes o una combinación de las dos: a) proyecto de investigación y desarrollo tecnológico destinado a obtener nuevos conocimientos, bien para mejorar considerablemente o desarrollar nuevos productos, procesos o servicios o bien para satisfacer otras necesidades de la sociedad y las políticas comunitarias b) proyecto de demostración destinado a probar la viabilidad de nuevas tecnologías que ofrezcan posibles ventajas económicas pero que no puedan comercializarse directamente. II. Los proyectos específicos focalizados de formación están pensados para facilitar la difusión en el momento oportuno de los nuevos conocimientos a escala europea y para integrar mejor las actividades nacionales. (B2) Acciones de fomento y desarrollo de los recursos humanos y de la movilidad Estas actividades estarán orientadas a la formación, el desarrollo de los conocimientos o la transferencia de saberes. Incluirán el apoyo a acciones llevadas a cabo por personas físicas, estructuras de acogida, incluidas las redes de formación, y también por equipos de investigación europeos. (B3) Acciones de coordinación Las acciones de coordinación tienen por objeto fomentar y apoyar las iniciativas coordinadas de toda una gama de protagonistas de la investigación y la innovación con el objetivo de mejorar su integración. Abarcarán actividades tales como la organización de congresos, reuniones, estudios, intercambios de personal, intercambio y propagación de buenas prácticas, creación de sistemas de información y de grupos de expertos; y podrán, si es necesario, incluir el apoyo a la definición, organización y gestión de iniciativas conjuntas o comunes. (B4) Acciones específicas de apoyo Las acciones específicas de apoyo complementarán la ejecución del Programa Marco y podrán utilizarse para ayudar a la preparación de futuras actividades de la Comunidad en materia de investigación y desarrollo tecnológico, incluidas las actividades de seguimiento y evaluación. En particular, incluirán acceso transnacional a infraestructuras, congresos, seminarios, estudios y análisis, grupos de trabajo y grupos de expertos, apoyo operativo y actividades de difusión, información y comunicación o una combinación de éstas según convenga en cada caso. Acciones de IDTF y contribución financiera de la Comunidad según el tipo de instrumento >SITIO PARA UN CUADRO> (1) Como principio general, la contribución financiera de la Comunidad no podrá cubrir el 100% de los gastos de las acciones indirectas, con excepción de las propuestas que incluyan precios de compra regulados por las normas aplicables a los procedimientos de contratación pública o que adopten la forma de un importe a tanto alzado, predefinido y previamente establecido por la Comisión. Con todo, la contribución financiera de la Comunidad podrá llegar al 100% como máximo de los gastos correspondientes a las acciones indirectas cuando éstos tengan carácter complementario de los gastos sufragados de otro modo por los participantes. En el caso concreto de las acciones de coordinación, cubrirá hasta el 100% del presupuesto necesario para la coordinación de las acciones financiadas por los propios participantes. (2) En casos debidamente justificados. (3) Este porcentaje es variable según los distintos ámbitos. (4) Sin perjuicio de determinadas condiciones específicas, algunas entidades jurídicas concretas, especialmente los organismos públicos, recibirán una financiación máxima del 100% de sus costes marginales o adicionales. (5) Los porcentajes de ayuda podrán ser distintos según las normas del encuadramiento comunitario sobre ayudas de Estado de investigación y desarrollo, dependiendo de si las acciones están relacionadas con la investigación (el 50% como máximo), la demostración (35% como máximo) u otras acciones realizadas como la formación de investigadores (100% como máximo) o la gestión del consorcio (100% como máximo). (6) Las actividades de las iniciativas integradas de infraestructuras deberán incluir una actividad de red (acción de coordinación: como máximo el 100% del presupuesto) y por lo menos una de las actividades siguientes: actividades de investigación (como máximo el 50%) o actividades específicas de servicio (acción específica de apoyo, por ejemplo acceso transnacional a las infraestructuras de investigación: como máximo el 100% del presupuesto). (7) Para las acciones de apoyo a las infraestructuras de investigación relacionadas con trabajos técnicos preparatorios (incluidos los estudios de viabilidad) y con la creación de nuevas infraestructuras, la participación del Sexto Programa Marco está limitada a un máximo del 50% y del 10% del presupuesto, respectivamente. FICHA DE FINANCIACIÓN Ámbito(s) político(s): Investigación Actividad(es): Actividades de investigación y formación con arreglo al Tratado Euratom Denominación de la medida Propuesta de Decisión del Consejo por la que se aprueba un programa específico de investigación y formación sobre energía nuclear. 1. LÍNEA(S) PRESUPUESTARIA(S) + DENOMINACIÓN Subsección B6 6 Acciones indirectas; estas líneas serán precisadas al inicio del procedimiento presupuestario 2003, teniendo en cuenta la nomenclatura ABB, que se encuentra, a su vez, en fase de elaboración 2. DATOS GLOBALES EN CIFRAS 2.1. Dotación total de la medida (Parte B): EUR 940 millones de EUR en CC 2.2. Período de aplicación: 2002-2006 2.3. Estimación global plurianual de los gastos: a) Calendario de créditos de compromiso/créditos de pago (intervención financiera) (véase el punto 6.1.1) En millones de EUR (cifra aproximada al 3er decimal) >SITIO PARA UN CUADRO> b) Asistencia técnica y administrativa (ATA) y gastos de apoyo (GA) (véase el punto 6.1.2) Esta categoría presupuestaria no se aplica en este campo. c) Incidencia financiera global de los recursos humanos y otros gastos de funcionamiento (véanse los puntos 7.2 y 7.3) >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> 2.4. Compatibilidad con la programación financiera y las perspectivas financieras x |X| Propuesta compatible con la programación financiera existente | | Esta propuesta requiere una reprogramación de la rúbrica correspondiente de las perspectivas financieras. | | Esto podría incluir, en su caso, un recurso a las disposiciones del acuerdo interinstitucional. 2.5 Incidencia financiera en los ingresos | | Ninguna implicación financiera (se refiere a aspectos técnicos relacionados con la aplicación de una medida) O bien |X| Incidencia financiera. El efecto en los ingresos es el siguiente: Algunos Estados asociados contribuirán a la financiación de este programa específico. Los acuerdos de asociación están vinculados a un Programa Marco, motivo por el cual su renovación se negociará tras la adopción del nuevo Programa Marco. Por consiguiente, es imposible estimar a priori el importe de sus ingresos. Con arreglo a los acuerdos de asociación del actual Programa Marco y en relación con su renovación, los ingresos no utilizados al término del actual Programa Marco (31/12/2002) se transferirán al nuevo Programa Marco. Conforme al artículo 27 del Reglamento financiero algunos ingresos pueden ser rechazados. 3. CARACTERÍSTICAS PRESUPUESTARIAS >SITIO PARA UN CUADRO> 4. FUNDAMENTO JURÍDICO Artículo 7 del Tratado Euratom. Propuesta de Decisión del Consejo relativa al Programa Marco plurianual de la Comunidad Europea de la Energía Atómica 2002-2006 de actividades de investigación y formación, destinado a facilitar la creación del Espacio Europeo de la Investigación. 5. DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN 5.1. Necesidad de una intervención comunitaria 5.1.1 Objetivos perseguidos Como ya se ha reconocido al más alto nivel político en los Consejos Europeos celebrados en Lisboa, Feira, Niza y, más recientemente, Estocolmo, la investigación se consolida como componente central de la economía y de la sociedad del conocimiento, en plena expansión a escala mundial. En Lisboa la Unión se fijó, para la década próxima, el objetivo de convertirse en la economía del conocimiento más competitiva y más dinámica del mundo, capaz de un crecimiento económico sostenible acompañado de una mejora cuantitativa y cualitativa del empleo y de una mayor cohesión social. Más que nunca, la investigación aparece como uno de los motores fundamentales de progreso económico y social y como factor clave de la competitividad de las empresas, el empleo y la calidad de vida. Además, la ciencia y la tecnología constituyen un elemento central de los procesos de decisión política, tanto a escala comunitaria como a nivel nacional. Sin embargo, siguen manteniéndose las debilidades estructurales de Europa en materia de investigación, especialmente por lo que respecta a cuatro aspectos esenciales: I. Inversiones excesivamente reducidas y dispersas en el ámbito de la investigación y el desarrollo tecnológico y de los conocimientos en general (IDT, educación y programas informáticos), lo que provoca un retraso en comparación con nuestros competidores. En 1999 la Unión Europea invirtió 76 mil millones de euros menos que los EE UU en investigación y desarrollo. En la actualidad nuestro porcentaje de PIB destinado a gastos de investigación se sitúa por debajo del de nuestros competidores (en 1999, el 1,9% de la Unión Europea contrastaba con el 2,6% de los EE. UU. o el 2,9% de Japón) [15]. En 1999, los Estados Unidos invirtieron en torno al 9% en conocimientos, por delante de la UE (7,6%) y Japón (6,9%). Desde entonces, la diferencia se ha hecho cada vez mayor. [15] Cifra correspondiente a 1998 II. Recursos humanos insuficientes en el ámbito de la investigación. Los investigadores representan el 5,3 por mil de la población activa en la Unión (1998), frente al 7,4 por mil en Estados Unidos (1993) y el 8,9 por mil en Japón (1998), donde el número de investigadores en la industria es el doble que en la Unión. El gasto público directo destinado a la educación superior representa el 0,9% del PIB en la Unión Europea, el 1,4% en los EE. UU. y el 0,5% en Japón (1997) III. Capacidad limitada para transformar los hallazgos científicos en productos y servicios innovadores y competitivos, lo cual contrasta con la calidad de la producción científica. El total de patentes concedidas al mismo tiempo en las tres oficinas correspondientes (europea, estadounidense y japonesa) por millón de habitantes es de 32 en la Unión Europea, 49 en los EE UU y 88 en Japón. En 1998 la balanza comercial de productos de alta tecnología arrojó para la Unión un déficit de 28 mil millones de euros (tendencia confirmada a lo largo de la década). Ese mismo año los EE. UU. y Japón registraron, respectivamente, un déficit de 8 mil millones y un superávit de 39 mil millones de euros. Las inversiones de capital riesgo en los sectores avanzados representan el 80% en los EE. UU., mientras que se sitúan, a pesar del crecimiento registrado, en un mero 26% en la Unión y en el 23% en Japón. IV. Fragmentación de las políticas de investigación en Europa. Hasta la fecha, la Unión no ha adoptado una política de investigación de envergadura. Las quince políticas nacionales coexisten entre sí y con el Programa Marco comunitario, sin que exista una coordinación suficiente para lograr una organización y un aprovechamiento eficaces. Esta falta de coordinación también se hace notar por lo que respecta a la creación y explotación eficaces de infraestructuras de investigación. Para mejorar esta situación, la Comisión propuso la creación de un Espacio Europeo de la Investigación. Su construcción será necesariamente el fruto de un esfuerzo común de la Unión, sus Estados miembros y los protagonistas de la investigación. Los programas marco comunitarios de investigación (2002-2006) y los programas específicos contribuirán a ese objetivo gracias, principalmente, al importante efecto multiplicador que pueden provocar al integrar, coordinar y estructurar la investigación en la Unión y al reforzar las bases del Espacio Europeo de la Investigación. La transformación estructural del tejido científico y tecnológico de la Unión que permitirá colmar las lagunas señaladas requiere unos recursos a la altura de sus objetivos. La Comisión ha propuesto para el Programa Marco una financiación del orden de 17,5 mil millones de euros, cifra con la que se mantiene el nivel de financiación anterior habida cuenta de la inflación y el crecimiento registrados (pero que sigue representando un mero 5 o 6% del gasto público en IDT). La Comisión considera que el importe propuesto tendrá una repercusión apreciable para el sistema de investigación y podrá mejorar, cuando menos, algunos de los indicadores globales de la investigación y desencadenar unos efectos significativos en los campos prioritarios del Programa Marco, que actuarán como motores de crecimiento para la Unión. Considerado globalmente, este nivel de financiación permitirá mantener el esfuerzo comunitario en materia de IDT, expresado como porcentaje del PIB, a su nivel actual durante el período 2003-2006. Se ha previsto que la realización de los programas marco se haga a través de cinco programas específicos, de los que tres tendrán como base el Tratado de la Comunidad Europea y dos tendrán como base el Tratado de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom). Cada programa específico se caracteriza por la naturaleza de los instrumentos utilizados y corresponde a los objetivos y la organización del Programa Marco: - Un programa de "Integración y fortalecimiento del Espacio Europeo de la Investigación", que comprende las acciones indirectas contempladas bajo los epígrafes "Integración de la investigación" y "Fortalecimiento de las bases del Espacio Europeo de la Investigación", agrupando así las actividades de investigación y coordinación. - Un programa de "Estructuración del Espacio Europeo de la Investigación", que comprende actividades de carácter horizontal, de apoyo y de naturaleza estructuradora. - Dos programas del Centro Común de Investigación (CCI), que incluyen, respectivamente, las acciones directas realizadas por el CCI en los sectores no nuclear y nuclear. - Un programa sobre energía nuclear, que incluye las acciones indirectas realizadas en ese ámbito. A continuación se exponen los objetivos del programa específico sobre energía nuclear por campos de actuación, junto con su justificación y el valor añadido europeo que pueden aportar. 1. Gestión de residuos radiactivos El objetivo que se persigue es desarrollar y probar tecnologías para depósitos, investigar emplazamientos adecuados, fomentar la comprensión científica básica sobre seguridad y métodos de evaluación de la seguridad, investigar posibles maneras de reducir el impacto de los residuos radiactivos y desarrollar procesos de toma de decisiones que los interesados consideren justos y equitativos. Justificación y valor añadido europeo - La ausencia de un amplio consenso sobre la gestión y eliminación de residuos de alta actividad es un impedimento importante para la clausura de instalaciones antiguas, así como para la continuación del uso de la energía nuclear. - Un planteamiento consensuado tendría repercusiones positivas en el coste, la seguridad operacional y la seguridad física del abastecimiento de energía. - Es necesario gestionar los residuos radiactivos existentes. 2. Investigación sobre la energía de fusión La energía de fusión podría contribuir a la producción sin emisiones y a gran escala de carga de base. Los avances logrados en la investigación sobre la energía de fusión justifican la continuación de un trabajo intenso teniendo como objetivo a largo plazo la construcción de una central eléctrica de fusión. Justificación y valor añadido europeo - Es necesario avanzar hacia la comprensión de los plasmas de fusión en condiciones adecuadas para un futuro reactor. - La explotación de las instalaciones, especialmente el JET, que se han construido con apoyo preferente, no podría hacerse adecuadamente a escala nacional. Hasta que el ITER esté en funcionamiento, el JET es la herramienta más potente que existe en el mundo para avanzar en el estudio de los plasmas de fusión. - La Unión Europea, al presentarse como entidad única, está en mejor posición que los Estados miembros para participar en un proyecto internacional como el ITER. - Es necesario llevar a cabo más estudios fundamentales y organizar más formación para jóvenes científicos en el campo de la fusión. - Una misión importante es asegurar la difusión de resultados en los Estados miembros. 3. Protección contra las radiaciones El principal objetivo es resolver incertidumbres en cuanto a los peligros que ofrece la exposición a los niveles que afectan normalmente a la población y que se encuentran en el puesto de trabajo, cuestión que sigue siendo polémica desde el punto de vista científico y político y que tiene consecuencias importantes para el uso de las radiaciones en la medicina y la industria. Justificación y valor añadido europeo La radiación se usa ampliamente en la medicina y la industria y su seguridad se basa en una política solvente de protección. Deben mantenerse, y, en su caso, mejorarse, los altos niveles de protección contra las radiaciones en la UE mediante una investigación concentrada y coordinada, 4. Otras actividades en el ámbito de las tecnologías y la seguridad nucleares Los objetivos que se persiguen son apoyar las políticas comunitarias en los campos de la salud, , la energía y el medio ambiente, para asegurar que las competencias europeas se mantengan a un alto nivel en campos importantes no cubiertos por las prioridades temáticas y para contribuir a la creación del Espacio Europeo de la Investigación. Justificación y valor añadido europeo - Una integración más profunda es esencial para mantener la capacidad existente, teniendo en cuenta el contexto general de una industria nuclear madura o en decadencia. - Necesidad de hacer frente a importantes competidores. - El número de estudiantes y centros de enseñanza que ofrecen formación nuclear está disminuyendo. - Debe manternerse o mejorarse la seguridad de las actuales instalaciones nucleares. 5.1.2 Disposiciones adoptadas a raíz de la evaluación ex ante A raíz de la preparación de las propuestas de programas específicos los servicios de la Comisión han llevado a cabo una evaluación ex ante. Sus resultados recogen en particular: - las recomendaciones de la evaluación quinquenal de los programas marco y de los programas específicos, llevada a cabo por expertos independientes durante el año 2000; - la revisión intermedia del Quinto Programa Marco (1998-2002) de la Comisión, presentada en el documento COM(2000) 612 de 4.10.2000, cuyo contenido más pormenorizado figura en el documento de trabajo de los servicios de la Comisión SEC(2000)1780, de 23.10.2000; - las amplias consultas efectuadas en el año 2000 [16] entre los agentes protagonistas en relación con las dos Comunicaciones sobre el Espacio Europeo de la Investigación y la relativa a la propuesta de Programa Marco efectuada a principios de 2001; [16] COM (2000) 6, 18 January 2000 COM (2000) 612, 4 October 2000. - una serie de estudios internos y externos efectuados o encargados por la Comisión, relativos a los aspectos económico y político de las actividades de IDT, así como a su prospectiva e impacto. Los resultados de la evaluación ex ante han quedado recogidos, principalmente, en las opciones elegidas a la hora de establecer la estructura de los programas, sus objetivos y prioridades y los instrumentos de ejecución. El establecimiento de los objetivos y prioridades se ha llevado a cabo mediante una aplicación rigurosa del criterio del valor añadido europeo. Los temas prioritarios y las actividades que han sido seleccionados (cuya justificación y valor añadido europeo se describen con más detalle en el punto 5.1. y cuyos resultados previstos figuran en el punto 5.2.) responden a dicho criterio en los siguientes aspectos: - Coste y amplitud de las investigaciones que superan las posibilidades de un solo país y necesidad de acumular una "masa crítica" de recursos financieros y humanos. - Importancia de la colaboración en términos económicos (economías de escala) y debido a sus efectos benéficos sobre el esfuerzo privado de investigación y la competitividad industrial. - Mantenimiento o desarrollo de la posición que ocupa la Unión en ámbitos de IDT de importancia estratégica para la UE. - Necesidad de combinar las competencias complementarias presentes en los distintos países, en particular frente a problemas de carácter interdisciplinario y necesidad de recurrir a estudios comparativos a escala europea. - Relación con los intereses prioritarios de la Unión, así como con la legislación y las políticas comunitarias. - Carácter necesariamente transnacional de las investigaciones, ya sea debido a la escala a la que se plantean los problemas o por razones de carácter científico. Por lo que se refiere a los instrumentos de ejecución, se aplicarán tres nuevos instrumentos principales en el contexto del programa Euratom, que, debido a su naturaleza, sólo pueden aplicarse a escala comunitaria. Estos instrumentos están pensados para contribuir al establecimiento de: - la masa crítica necesaria y la integración de la investigación - vínculos más estrechos entre los programas y las actividades de los Estados miembros y coordinación de los programas nacionales - cooperación en áreas estratégicas para la UE y soluciones para los grandes retos que ésta tiene planteados - la excelencia y el atractivo de la C+T en Europa - la difusión y explotación de los resultados C+T en toda la UE. Estos instrumentos son los siguientes: a) Redes de excelencia El objetivo de este instrumento es reforzar la calidad científica y tecnológica europea. Se pretende que cada red haga progresar los conocimientos en un campo determinado, mediante el agrupamiento de una masa crítica de competencias. Estas actividades, orientadas en función de objetivos a largo plazo y a menudo multidisciplinarias, no pretenden obtener resultados precisos definidos de antemano en forma de productos, procesos o servicios, sino una integración progresiva y duradera de las capacidades de investigación presentes en Europa, tanto a nivel nacional como regional. A tal efecto, con el fin de crear un centro de excelencia virtual, los miembros de la red ejecutarán un programa conjunto de actividades que integrará una parte importante de sus actividades, o incluso la totalidad, en el campo correspondiente. b) Proyectos integrados El propósito de este instrumento es reforzar la competitividad europea o ayudar a la resolución de problemas sociales importantes mediante la movilización de una masa crítica de recursos y competencias de investigación y desarrollo tecnológico presentes en Europa. Por consiguiente, cada proyecto integrado tendrá por objetivo la obtención de cierto número de resultados científicos y tecnológicos precisos, en cuanto a productos, procesos o servicios. Por definición, las actividades realizadas en el marco de un proyecto integrado deberán estar focalizadas, incluso en el caso de la investigación "de riesgo". El conjunto de las actividades realizadas en el marco de un proyecto integrado deberá inscribirse en el marco general de un "plan de aplicación". c) Iniciativas integradas de infraestructura Estas iniciativas agruparán en una única acción varias actividades esenciales para reforzar y desarrollar infraestructuras de investigación, a fin de prestar servicios a nivel europeo. Con este fin, combinarán la puesta en red de las actividades con una actividad de apoyo (como las relativas al acceso transnacional) o actividades de investigación necesarias para mejorar la eficacia de la infraestructura, excluyendo, sin embargo, la financiación de inversiones para nuevas infraestructuras, que sólo pueden financiarse como acciones específicas de apoyo. Asimismo, incluirán un componente de difusión del conocimiento a usuarios potenciales, incluida la industria y en particular las PYME. Para la ejecución del programa, la Comisión podrá recurrir asimismo a: d) Proyectos específicos focalizados de investigación o de formación i) Los proyectos específicos focalizados de investigación tendrán por objetivo mejorar la competitividad europea. Deberán estar rigurosamente focalizados y adoptarán una de las dos formas siguientes o una combinación de las dos: - proyecto de investigación y desarrollo tecnológico destinado a obtener nuevos conocimientos, bien para mejorar considerablemente o desarrollar nuevos productos, procesos o servicios o bien para satisfacer otras necesidades de la sociedad y las políticas comunitarias - proyecto de demostración destinado a probar la viabilidad de nuevas tecnologías que ofrezcan posibles ventajas económicas pero que no puedan comercializarse directamente. ii) Los proyectos específicos focalizados de formación están pensados para facilitar la difusión en el momento oportuno de los nuevos conocimientos a escala europea y para integrar mejor las actividades nacionales. e) Acciones de fomento y desarrollo de los recursos humanos y de la movilidad Estas actividades estarán orientadas a la formación, el desarrollo de los conocimientos o la transferencia de saberes. Incluirán el apoyo a acciones llevadas a cabo por personas físicas, estructuras de acogida, incluidas las redes de formación, y también por equipos de investigación europeos. f) Acciones de coordinación Las acciones de coordinación tienen por objeto fomentar y apoyar las iniciativas coordinadas de toda una gama de protagonistas de la investigación y la innovación con el objetivo de mejorar su integración. Abarcarán actividades tales como la organización de congresos, reuniones, estudios, intercambios de personal, intercambio y propagación de buenas prácticas, creación de sistemas de información y de grupos de expertos; y podrán, si es necesario, incluir el apoyo a la definición, organización y gestión de iniciativas conjuntas o comunes. g) Acciones específicas de apoyo Las acciones específicas de apoyo complementarán la ejecución del Programa Marco y podrán utilizarse para ayudar a la preparación de futuras actividades de la Comunidad en materia de investigación y desarrollo tecnológico, incluidas las actividades de seguimiento y evaluación. En particular, incluirán acceso transnacional a infraestructuras, congresos, seminarios, estudios y análisis, grupos de trabajo y grupos de expertos, apoyo operativo y actividades de difusión, información y comunicación o una combinación de éstas según convenga en cada caso. 5.1.3 Disposiciones adoptadas a raíz de la evaluación ex post Al elaborar las propuestas de programas específicos se han tenido en cuenta, en particular, las recomendaciones de la evaluación quinquenal de los programas marco y de los programas específicos realizada en 2000, a saber: - la necesidad de recuperar el marcado retraso que acusa Europa en el ámbito de la IDT en relación con sus competidores; - la necesidad de complementariedad y coherencia entre las políticas nacionales y comunitarias de IDT y el papel esencial de la Comisión en la consecución de ese objetivo; - el efecto beneficioso del Programa Marco, que viene a "colmar una verdadera laguna en Europa, permitiendo que investigadores de los mundos académico e industrial efectúen conjuntamente trabajos de carácter aplicado"; - la necesidad de reducir la complejidad de los procedimientos adoptados para la gestión del programa 1998-2002 y la necesidad de "replantear las estructuras y procedimientos de gestión del Programa Marco"; - la inserción de las actividades de investigación de la Comunidad en el contexto más amplio de una auténtica política de investigación europea; - la intensificación de la concentración de los programas; - la continuación de las investigaciones necesarias para alcanzar los objetivos de las políticas de la Comunidad; - la conveniencia de una evolución hacia una gama mejor adaptada de instrumentos más flexibles, teniendo en cuenta todas las posibilidades que ofrece el Tratado. Por otra parte, la revisión intermedia del Quinto Programa Marco también permitió efectuar diversos ajustes en los programas de trabajo anuales de los programas específicos, al objeto de lograr una concentración de esfuerzos aún mayor y de poner en marcha proyectos piloto pertinentes para las medidas que ya se preveían para el próximo Programa Marco (redes, agrupaciones ("clusters"), plataformas industriales, proyectos de mayor envergadura, etc.) 5.2. Acciones previstas y modalidades de intervención presupuestaria A continuación se ofrece una presentación pormenorizada, organizada por ámbitos, de las acciones previstas en el programa específico de energía nuclear. Esta presentación permite poner de relieve las estimaciones en cuanto a resultados previstos y las contribuciones a los objetivos globales del Programa Marco o de la Comunidad, así como los parámetros potenciales de rendimiento correspondientes. Tales indicaciones se formulan a título orientativo, sin que constituyan objetivos definitivamente establecidos. Más abajo se ofrece un cuadro de correspondencia entre los ámbitos de acción y los tipos de instrumentos utilizados. 1. Gestión de residuos radiactivos i) Investigación sobre depósitos geológicos (Mejora de conocimientos fundamentales desarrollando y probando tecnologías, herramientas nuevas y perfeccionadas) ii) Separación y transmutación y otros conceptos para producir menos residuos en la generación de energía nuclear (Separación y transmutación. Nuevos conceptos de reactores) Resultados previstos, contribución a objetivos globales o parámetros potenciales de rendimiento - Establecer una base técnica sólida para demostrar la seguridad del depósito de residuos radiactivos de alta actividad en formaciones geológicas - Evaluación de la viabilidad de la separación y la transmutación a escala industrial - Conceptos para un uso más eficiente del material fisible con un potencial de explotación comercial. 2. Investigación sobre la energía de fusión i) Programa de las asociaciones sobre física y tecnología (I+D sobre física de la fusión e ingeniería del plasma, actividades de I+D estructuradas sobre tecnología de la fusión, investigación de aspectos socioeconómicos) ii) Explotación de las instalaciones del JET iii) Next Step/ITER Resultados previstos, contribución a objetivos globales o parámetros potenciales de rendimiento - Establecimiento de un marco para la construcción y el funcionamiento del ITER, - Inicio de la construcción del Next Step / ITER, - Plena explotación de las instalaciones del JET - Puesta en servicio del Stellarator W-7-X. - Evaluación más a fondo de configuraciones de fusión semejantes al Tokamak. - Comprensión más profunda del trasfondo socioeconómico de la fusión como fuente de energía. - Ulterior desarrollo de la base de conocimientos físicos y tecnológicos (especialmente sobre materiales) para la energía de fusión. 3. Protección contra las radiaciones - Cuantificación de los riesgos relacionados con las exposiciones prolongadas a dosis bajas - Exposiciones médicas y fuentes naturales de radiación - Protección del medio ambiente y radioecología - Gestión de riesgos y emergencias - Protección en el puesto de trabajo Resultados previstos, contribución a objetivos globales o parámetros potenciales de rendimiento - Mejora de la cuantificación de riesgos en exposiciones a dosis bajas - Base conceptual y metodológica para la protección del medio ambiente - Mejora de la efectividad y la coherencia de la respuesta a emergencias en Europa - Mayor integración de la investigación europea sobre protección contra las radiaciones 4. Otras actividades en el ámbito de las tecnologías y la seguridad nucleares i) Conceptos innovadores ii) Educación y formación iii) Seguridad de las actuales instalaciones nucleares Resultados previstos, contribución a objetivos globales o parámetros potenciales de rendimiento - Desarrollo de formas innovadoras de producir energía nuclear y evaluación de sus posibilidades; - Desarrollo de un programa europeo de cooperación sobre educación y formación en el campo de la energía nuclear; - Seguridad de las actuales instalaciones nucleares En función de los objetivos, las modalidades de intervención y la participación financiera del Programa Marco serán las siguientes: >SITIO PARA UN CUADRO> (1) Investigación sobre la energía de fusión. Los proyectos comprendidos dentro de acciones de investigación y desarrollo tecnológico de costes compartidos se llevarán a cabo basándose en los procedimientos establecidos en: - los contratos de asociación con los Estados miembros y los Estados asociados o las organizaciones de dichos Estados, - el Acuerdo Europeo para el Desarrollo de la Fusión (European Fusion Development Agreement (EFDA), - cualquier otro acuerdo multilateral suscrito entre la Comunidad y organizaciones asociadas (como el acuerdo sobre el fomento de la movilidad) o entidades jurídicas que puedan crearse previo dictamen del comité consultivo competente, - otros contratos de duración limitada, especialmente los celebrados con organizaciones de los Estados miembros o los Estados asociados que no cuenten con una asociación, - los acuerdos internacionales que cubran proyectos realizados en el marco de la cooperación con terceros países, como el ITER, y por entidades jurídicas creadas en el marco de dichos acuerdos. Se fomentará la creación de consorcios para proyectos integrados con un objetivo común. La intervención presupuestaria de la Comunidad está destinada a las empresas, los centros de investigación, las universidades y las organizaciones nacionales o europeas que financian actividades de investigación. Estas últimas también pueden actuar como intermediarias de la intervención presupuestaria de la Comunidad. Cuando resulte necesario para la consecución de los objetivos del programa, también podrán obtener financiación comunitaria, a título excepcional, las organizaciones internacionales y los organismos de los Estados miembros de la CEI. Esta financiación deberá tener carácter esencial para la consecución de los objetivos del programa. 5.3. Modalidades de ejecución La Comisión asumirá la ejecución de las actividades. En casos debidamente justificados, podrá recurrir a la asistencia de organismos externos. 6. INCIDENCIA FINANCIERA 6.1. Incidencia financiera total en la Parte B (para todo el período de programación) Como información, téngase en cuenta que la dotación de referencia prevista para el Programa Marco de la Comunidad Europea asciende a 16.275 millones de euros y el total de los Programas Marco 2002-2006 es de 17.500 millones de euros 6.1.1 Intervención financiera: CC en millones de EUR (cifra aproximada al 3er decimal) >SITIO PARA UN CUADRO> A este nivel no sería significativo un calendario anual para cada uno de los objetivos, ya que sólo podría establecerse en términos estrictamente proporcionales al del conjunto del programa específico, el cual responde, a su vez, al presupuesto del Programa Marco. La distribución anual interna quedará definida posteriormente en los programas de trabajo. 6.1.2 Asistencia técnica y administrativa (ATA), gastos de apoyo (GA) y gastos de TI (créditos de compromiso) Esta categoría presupuestaria no se aplica en este campo. 6.2. Cálculo de los costes por medida prevista en la Parte B (para todo el período de programación) Tampoco aquí puede darse en esta fase un desglose por objetivos y tipos de medidas, ya que los resultados de las acciones indirectas de investigación son proyectos de investigación derivados de convocatorias de propuestas tras una evaluación, lo cual dificulta cuantificar estas acciones de antemano. 7. INCIDENCIA EN LOS EFECTIVOS Y LOS GASTOS ADMINISTRATIVOS El límite para los gastos administrativos de este programa es el 16,5% de los 940 millones de euros previstos para esta acción en su conjunto. Esta situación particular se debe a que el programa tiene 224 puestos de investigación a su disposición, a los que se destina , para todo el período, el 85% del límite solicitado. Este elevado número de puestos está motivado por el sistema de funcionamiento del programa. De hecho, 115 funcionarios de la Comisión se ceden a laboratorios nacionales de los distintos Estados miembros o al proyecto ITER, Se han llevado a cabo varias reestructuraciones sucesivas a lo largo del V Programa Marco a fin de reducir el personal del programa y equilibrar mejor el personal y el presupuesto para el período 1999-2002. Estas reestructuraciones continuarán y se estudiará especialmente la situación del personal de la Comisión que trabaja fuera de ésta. Los demás gastos del programa son bastante bajos debido principalmente al pequeño número de contratos gestionados. Hay que tener en cuenta que un tercio de estos otros gastos corresponden también al proyecto ITER. 7.1. Incidencia en los recursos humanos >SITIO PARA UN CUADRO> Las acciones indirectas de investigación cuentan con una plantilla propia que comprende un total de 954 puestos A, 273 puestos B y 427 puestos C, lo que representa un total de 1.654 puestos (CE y EURATOM, incluido el PRS 3/2001). A esta plantilla se añaden otros 156 puestos del presupuesto de funcionamiento (sin incidencia financiera sobre el presupuesto de estos programas), con cargo a la participación en la definición y la aplicación de la política de investigación. Incidencia financiera global de los recursos humanos >SITIO PARA UN CUADRO> Los importes corresponden a los gastos totales para el período de duración del programa. 7.3 Otros gastos administrativos que se derivan de la acción >SITIO PARA UN CUADRO> Los importes corresponden a los gastos totales de la acción durante los cuatro años de ejecución de este programa específico, lo que equivale a un gasto total anual del orden de 38,750 millones de euros. >SITIO PARA UN CUADRO> 8. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN 8.1 Sistema de seguimiento Los programas específicos están concebidos para contribuir a la realización del Espacio Europeo de la Investigación y su ejecución se efectúa en paralelo y en estrecha colaboración con otras acciones comunitarias y nacionales que persiguen los mismos objetivos. La naturaleza misma de la investigación y los distintos tipos de acciones y participantes a distintos niveles dificultan la determinación de causas y efectos. Además, el control y la evaluación de los resultados y su impacto son complejos. Tomando como base la experiencia de los programas previos y los estudios metodológicos en curso, se han creado o se hallan en fase de creación diversos instrumentos que permitirán desarrollar los objetivos establecidos y evaluar los resultados y el impacto del Programa Marco y de los programas adoptados para su realización, así como las actividades relacionadas con el establecimiento del EEI. La Comisión analizará la evolución de estos instrumentos a su debido tiempo, antes de dar inicio a la ejecución de los programas. De esta manera, se establecerá gradualmente un sistema estructurado de recogida de información y estadísticas. Dentro de este contexto, se elaborarán indicadores generales adaptados al Programa Marco que permitirá evaluar, en particular, la contribución de los programas en relación con los retos para la Unión descritos en el punto 5.1 (inversión en el campo de la IDT y de los conocimientos, en conjunto y en los ámbitos prioritarios de la Unión, recursos humanos en el ámbito de la IDT, explotación de los resultados de IDT, concordancia de las políticas de investigación nacionales y comunitarias y de las políticas en materia de infraestructuras de investigación) Asimismo, se elaborarán indicadores más específicos para los distintos objetivos de los programas, especialmente sobre la producción, la gestión y la conexión en red, así como acerca de la explotación de los conocimientos resultantes de las actividades realizadas dentro de los programas y su impacto. En el punto 5.2 ya se han señalado unas primeras líneas de reflexión en ese sentido dentro del epígrafe de resultados previstos, contribución a objetivos globales o parámetros potenciales de rendimiento. 8.2 Modalidades y periodicidad de la evaluación prevista - Control anual: La Comisión, recurriendo, en su caso, al asesoramiento adecuado, estudiará de manera continua la situación del Programa Marco y de los programas específicos en relación con los objetivos fijados. En particular, valorará si los objetivos, las prioridades, los instrumentos, los medios financieros y la gestión se adecuan a la evolución de la situación. El objetivo que se persigue es reforzar y mejorar tanto la recopilación sistemática de datos básicos como la coherencia y calidad de estos, para hacer posible un análisis y seguimiento eficaces de los que se derive una contribución sustancial a la evaluación quinquenal. También se prevé la elaboración de un modelo común de autoevaluación, al objeto de sensibilizar a los gestores de la investigación comunitaria en relación con el seguimiento de la realización, los resultados y el impacto de los programas. Además, se adoptarán diversas medidas para garantizar una mayor coherencia entre el seguimiento del Programa Marco, los programas específicos y los avances del Espacio Europeo de la Investigación. Informe anual: En virtud del artículo 173 del Tratado, la Comisión publicará anualmente un informe, destinado al Parlamento Europeo y al Consejo, en el que se presentará el estado en que se encuentre la ejecución del Programa Marco y de los programas específicos. Dicho informe describirá, en particular, los resultados del control anual, las actividades realizadas en materia de investigación y desarrollo tecnológico, la realización del Espacio Europeo de la Investigación y la difusión de resultados durante el año anterior, así como el programa de trabajo del año en curso. - Evaluación quinquenal: Antes de presentar su propuesta para el Programa Marco siguiente, la Comisión se encargará de que expertos independientes de alto nivel lleven a cabo una evaluación externa de la ejecución de las acciones comunitarias de los cinco años anteriores a dicha evaluación, así como del grado en que se han conseguido los objetivos fijados y del impacto de las actividades realizadas, teniendo en cuenta los objetivos aplicables a los períodos correspondientes. La Comisión comunicará las conclusiones de esta evaluación, acompañadas de sus observaciones, al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social, y al Comité de las Regiones. 9. MEDIDAS ANTIFRAUDE Al presentar los informes que pueden dar lugar a la consolidación de los ingresos en la contabilidad de los participantes, el coordinador financiero deberá poner la totalidad de la documentación financiera a disposición de la Comisión para que ésta pueda efectuar sus controles financieros, indicando el calendario y la consolidación de las cuentas de los participantes. La Comisión procederá a tales controles financieros, en particular cuando le quepan dudas sobre la veracidad de las cuentas en relación con el estado de los trabajos descritos en los informes de actividad. Los controles financieros de la Comunidad serán efectuados por su propio personal o por expertos contables autorizados con arreglo a la legislación del participante sometido a auditoría. La Comunidad elegirá libremente dichos expertos, evitando no obstante todo riesgo de conflicto de intereses que pudiera señalarle el participante objeto del control. Además, la Comisión velará para que, al llevarse a cabo las actividades de investigación, queden protegidos los intereses financieros de las Comunidades Europeas, mediante la realización de comprobaciones eficaces y la adopción, en caso de apreciación de irregularidades, de sanciones disuasorias y proporcionales. Para alcanzar este objetivo, a todos los instrumentos jurídicos utilizados en la ejecución de los programas, incluidos los contratos concretos y los modelos de contrato, se incorporarán normas sobre controles, medidas y sanciones con arreglo a los Reglamentos nº 2988/95, 02185/96, 1073/99 y 1074/99. En particular, en los contratos figurarán disposiciones por las que : - se introduzcan cláusulas de protección de los intereses financieros de la CE en la realización de controles y comprobaciones sobre las ayudas; - con arreglo a los Reglamentos nº 02185/96, 1073/99 y 1074/99. - se apliquen sanciones administrativas a todas las irregularidades intencionales o por negligencia en la ejecución de los contratos, con arreglo al Reglamento Marco nº 2988/95, incluido un mecanismo de listas negras; - se especifique la posibilidad de devolución forzosa de los pagos en caso de fraudes o irregularidades conforme al artículo 164 del Tratado Euratom.