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Official Journal of the European Union, C 274, 18 July 2022
Diario Oficial de la Unión Europea, C 274, 18 de julio de 2022
Diario Oficial de la Unión Europea, C 274, 18 de julio de 2022
ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 274 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
65.° año |
Sumario |
Página |
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II Comunicaciones |
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COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2022/C 274/01 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.10506 — PARKER / MEGGITT) ( 1 ) |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2022/C 274/02 |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS |
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2022/C 274/03 |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE. |
ES |
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II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
18.7.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 274/1 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.10506 — PARKER / MEGGITT)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2022/C 274/01)
El 11 de abril de 2022, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b, leído en relación con el artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
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en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
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en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32022M10506. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. |
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
18.7.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 274/2 |
Tipo de cambio del euro (1)
15 de julio de 2022
(2022/C 274/02)
1 euro =
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Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,0059 |
JPY |
yen japonés |
139,49 |
DKK |
corona danesa |
7,4430 |
GBP |
libra esterlina |
0,84988 |
SEK |
corona sueca |
10,5943 |
CHF |
franco suizo |
0,9849 |
ISK |
corona islandesa |
138,90 |
NOK |
corona noruega |
10,2763 |
BGN |
leva búlgara |
1,9558 |
CZK |
corona checa |
24,561 |
HUF |
forinto húngaro |
403,73 |
PLN |
esloti polaco |
4,7953 |
RON |
leu rumano |
4,9407 |
TRY |
lira turca |
17,5451 |
AUD |
dólar australiano |
1,4886 |
CAD |
dólar canadiense |
1,3147 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
7,8963 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,6377 |
SGD |
dólar de Singapur |
1,4113 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 333,79 |
ZAR |
rand sudafricano |
17,2875 |
CNY |
yuan renminbi |
6,7943 |
HRK |
kuna croata |
7,5160 |
IDR |
rupia indonesia |
15 081,58 |
MYR |
ringit malayo |
4,4752 |
PHP |
peso filipino |
56,678 |
RUB |
rublo ruso |
|
THB |
bat tailandés |
36,866 |
BRL |
real brasileño |
5,4434 |
MXN |
peso mexicano |
20,9209 |
INR |
rupia india |
80,3160 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS
18.7.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 274/3 |
Actualización de los modelos de tarjetas que expiden los Ministerios de Asuntos Exteriores de los Estados miembros a los miembros acreditados de las representaciones diplomáticas y oficinas consulares y a los miembros de sus familias, tal como se establece en el artículo 20, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) (1)
(2022/C 274/03)
La publicación de los modelos de tarjetas que expiden los Ministerios de Asuntos Exteriores de los Estados miembros a los miembros acreditados de las representaciones diplomáticas y oficinas consulares y a los miembros de sus familias, tal como se establece en el artículo 20, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) (2), se basa en la información notificada por los Estados miembros a la Comisión de conformidad con el artículo 39 del Código de fronteras Schengen.
Además de la publicación en el Diario Oficial, la información se actualiza mensualmente en el sitio de internet de la Dirección General de Migración y Asuntos de Interior.
MODELOS DE TARJETAS EXPEDIDAS POR LOS MINISTERIOS DE ASUNTOS EXTERIORES DE LOS ESTADOS MIEMBROS
ITALIA
Sustitución de la lista publicada en el DO C 153 de 6.7.2007, p. 15.
Carta d’identità M.A.E.
(Documento de identidad expedido por el Ministerio de Asuntos Exteriores)
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Mod. 1 (blu) Corpo diplomatico accreditato e consorti titolari di passaporto diplomatico [Modelo 1 (color azul) Miembros del cuerpo diplomático acreditados y sus cónyuges titulares de un pasaporte diplomático]
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Mod. 2 (verde) Corpo consolare titolare di passaporto diplomatico e consorti titolari di passaporto diplomatico. [Modelo 2 (color gris) Miembros del cuerpo consular titulares de un pasaporte diplomático y sus cónyuges titulares de un pasaporte de diplomático]
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Mod. 3 (orange) Funzionari II^ FAO titolari di passaporto diplomatico, di servizio o ordinario [Modelo 3 (color naranja) Funcionarios de la FAO de categoría II, titulares de un pasaporte diplomático, de servicio u ordinario]
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Mod. 4 (orange) Impiegati tecnico-amministrativi presso Rappresentanze diplomatiche titolari di passaporto di servizio e consorti titolari di passaporto di servizio. [Modelo 4 (color naranja) Miembros del personal técnico y administrativo de las representaciones diplomáticas titulares de un pasaporte de servicio y sus cónyuges titulares de un pasaporte servicio]
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Mod. 5 (orange) Impiegati consolari titolari di passaporto di servizio e consorti titolari di passaporto di servizio. [Modelo 5 (color naranja) Miembros del personal consular titulares de un pasaporte de servicio y sus cónyuges titulares de un pasaporte de servicio]
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Mod. 7 (grigio) Personale di servizio presso Rappresentanze diplomatiche titolare di passaporto di servizio e consorti titolari di passaporto di servizio. [Modelo 7 (color gris) Miembros del personal de servicio de las representaciones diplomáticas titulares de un pasaporte de servicio y sus cónyuges titulares de un pasaporte de servicio]
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Mod. 8 (grigio) Personale di servizio presso Rappresentanze Consolari titolare di passaporto di servizio e consorti titolari di passaporto di servizio. [Modelo 8 (color gris) Miembros del personal de servicio de las representaciones consulares titulares de un pasaporte de servicio y sus cónyuges titulares de un pasaporte de servicio]
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Mod. 11 (beige) Funzionari delle Organizzazioni internazionali, Consoli Onorari, impiegati locali, personale di servizio assunto all’estero e venuto al seguito, familiari Corpo Diplomatico e Organizzazioni Internazionali titolari di passaporto ordinario [Modelo 11 (color beige) Funcionarios de organismos internacionales, cónsules honorarios, empleados locales, personal de servicio contratado en el extranjero y que acompaña a su empleador, familiares de miembros del cuerpo diplomático y de funcionarios de organismos internacionales que son titulares de un pasaporte ordinario]
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NOTA: Los modelos 6 (color naranja) y 9 (color verde), para el personal de organismos internacionales que no goza de inmunidad alguna y para los cónsules honorarios, respectivamente, han dejado de expedirse y han sido sustituidos por el modelo 11. No obstante, estos documentos siguen siendo válidos hasta su fecha de caducidad.
En el reverso de la tarjeta de identificación se indica que la tarjeta exime al titular de la obligación de poseer un permiso de residencia y, junto con un documento de viaje válido, le autoriza a entrar en el territorio de cualquier Estado Schengen.
Lista de publicaciones anteriores
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(1) Véase la lista de publicaciones anteriores al final de la presente actualización.