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Document C:2022:270:FULL

Diario Oficial de la Unión Europea, C 270, 13 de julio de 2022


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ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 270

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

65.° año
13 de julio de 2022


Sumario

Página

 

I   Resoluciones, recomendaciones y dictámenes

 

RESOLUCIONES

 

Comité de las Regiones

 

Interactio — Reunión exclusivamente a distancia — 148.o pleno del CDR, 26.1.2022 – 27.1.2022

2022/C 270/01

Resolución del Comité Europeo de las Regiones sobre la contribución de los entes regionales y locales a la Conferencia sobre el Futuro de Europa

1

 

DICTÁMENES

 

Comité de las Regiones

 

Interactio — Reunión exclusivamente a distancia — 148.o pleno del CDR, 26.1.2022 – 27.1.2022

2022/C 270/02

Dictamen del Comité de las Regiones — Marco estratégico de la Unión Europea en materia de salud y seguridad en el trabajo 2021-2027

8

2022/C 270/03

Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Etapas concretas para la aplicación de la Agenda Urbana de la UE

13

2022/C 270/04

Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Una visión a largo plazo para las zonas rurales de la UE

18

2022/C 270/05

Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Igualdad de género y cambio climático: hacia la integración de la perspectiva de género en el Pacto Verde Europeo

25

2022/C 270/06

Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Plan de Acción de la UE: Contaminación cero para el aire, el agua y el suelo

31


 

III   Actos preparatorios

 

Comité de las Regiones

 

Interactio — Reunión exclusivamente a distancia — 148.o pleno del CDR, 26.1.2022 – 27.1.2022

2022/C 270/07

Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Hacia un transporte por carretera sin emisiones: implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos y refuerzo de las normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2

38


ES

 


I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes

RESOLUCIONES

Comité de las Regiones

Interactio — Reunión exclusivamente a distancia — 148.o pleno del CDR, 26.1.2022 – 27.1.2022

13.7.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 270/1


Resolución del Comité Europeo de las Regiones sobre la contribución de los entes regionales y locales a la Conferencia sobre el Futuro de Europa

(2022/C 270/01)

El COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES (CDR),

Vistos

la Resolución sobre las prioridades del Comité Europeo de las Regiones para 2020-2025 (1),

las Resoluciones del Comité Europeo de las Regiones relativas a la Conferencia sobre el Futuro de Europa de 12 de febrero de 2020 (2) y de 7 de mayo de 2021 (3),

la Resolución del Comité Europeo de las Regiones sobre el programa de trabajo de la Comisión Europea para 2022, de 2 de diciembre de 2021 (4),

el informe del Grupo de Alto Nivel sobre la Democracia Europea del Comité Europeo de las Regiones;

Considerando lo siguiente:

a.

la UE está integrada por 27 Estados miembros, 280 regiones y cerca de 90 000 municipios, y el lema «Unida en la diversidad» debe ser un principio rector del funcionamiento de la UE;

b.

los ciudadanos y ciudadanas y sus delegados regionales y locales en la Conferencia sobre el Futuro de Europa esperan resultados tangibles que mejoren el funcionamiento de las instituciones de la UE y conduzcan a una reforma de la gobernanza de la Unión Europea centrada en la proximidad y la participación, con el fin de aumentar la confianza de la ciudadanía en la UE y su legitimidad democrática;

c.

la inclusión, con una presencia sólida en el pleno de la Conferencia, de una delegación de representantes políticos regionales y locales contribuyó a acercar los debates a las preocupaciones de la ciudadanía, con el fin de aportar una dimensión territorial a los resultados futuros de la Conferencia;

d.

las principales propuestas planteadas por los delegados locales y regionales en la Conferencia han recabado una aprobación general en el pleno de la Conferencia, los grupos de trabajo, los grupos de familias políticas y la plataforma digital multilingüe;

Democracia europea

1.

considera que la democracia es un valor fundamental de la UE respaldado por el Estado de Derecho y expresado por la confianza de la ciudadanía en las elecciones europeas, nacionales, regionales y locales; estima que las democracias europeas, nacionales, locales y regionales, construidas sobre la base de sus Parlamentos regionales, gobiernos regionales, ayuntamientos y alcaldes legitimados por el voto, son plenamente complementarias y se refuerzan mutuamente, y que la democracia debe respetarse como valor universal en toda la UE;

2.

considera que, para hacer frente a la creciente demanda de la ciudadanía de hacer frente al déficit democrático, la UE debe promover un modelo de «Casa de la Democracia Europea» basado en una legitimidad tridimensional: europea, nacional y regional y local, como corresponde al voto emitido por la ciudadanía en cada nivel; los Parlamentos regionales con competencias legislativas, con su papel de intermediarios entre la ciudadanía y el nivel supranacional, tienen un papel especial que desempeñar a este respecto;

3.

está convencido de que la democracia europea representativa y participativa debe funcionar de forma complementaria para garantizar que la democracia ofrezca resultados a los ciudadanos y ciudadanas en los lugares en los que viven;

4.

señala que la democracia se orienta hacia la participación de todos y que la legitimidad en Europa se basa principalmente en la existencia de la subsidiariedad; considera, por tanto, que la Europa de la ciudadanía tiene un futuro prometedor; la participación activa de los representantes locales y regionales a escala europea es especialmente importante a este respecto;

5.

destaca la necesidad de una mayor participación y compromiso de la ciudadanía en las políticas de la Unión mediante una representación electoral más sólida en todos los niveles de gobernanza, y considera que ello contribuirá a la europeización del espacio público; pide al Parlamento Europeo, a la Comisión y al Consejo que impulsen la democracia representativa aumentando la financiación disponible para los partidos políticos, los grupos y las fundaciones presentes a escala de la UE, incluidos los que representan a los niveles nacional, regional y local;

6.

considera que hay margen para aprovechar mejor el actual marco que representan los Tratados impulsando mejores sinergias entre los distintos niveles de gobernanza; no obstante, no deben excluirse posibles modificaciones de los Tratados si están debidamente justificadas;

7.

pide que se aproveche la experiencia de la Conferencia para desarrollar un diálogo permanente y de base local con la ciudadanía como mecanismo participativo para que la UE esté mejor vinculada con las realidades a escala local, provincial, regional y nacional; considera que este diálogo permanente con la ciudadanía demostraría su valor añadido en el contexto de las elecciones europeas, nacionales, regionales, provinciales y locales; en este sentido es destacable la labor de los centros pertenecientes a la Red Europe Direct de la Comisión Europea y sus estructuras de acogida como elementos dinamizadores de la difusión de los valores europeos y del debate sobre el proyecto europeo. En la misma línea, las entidades locales y regionales deberían impulsar foros permanentes de diálogo y debate europeo con los distintos agentes de su región, con el fin de acercar más el proyecto de construcción europea a la ciudadanía;

8.

pide la institucionalización de nuevas formas de participación ciudadana a escala de la Unión Europea a través de diálogos ciudadanos sobre temas específicos con ciudadanos y ciudadanas seleccionados aleatoriamente;

9.

destaca que las regiones, provincias y ciudades de la UE poseen conocimientos técnicos tangibles relacionados con la participación de la ciudadanía y recuerda que han organizado la mayoría de los casi 5 000 diálogos y actos con la ciudadanía celebrados en el contexto de la Conferencia; reitera su disposición a seguir organizando diálogos locales destinados a reducir la brecha entre las instituciones europeas y la ciudadanía mediante el compromiso a escala local, provincial y regional;

Subsidiariedad activa y proporcionalidad en el proceso decisorio europeo

10.

recomienda que los principios de gobernanza multinivel y asociación se amplíen e incorporen a las disposiciones legislativas y reglamentarias de todas las políticas de la UE que tengan un impacto regional o local; reitera su llamamiento en favor de que los principios de gobernanza multinivel y asociación se codifiquen, más allá de los Fondos EIE, en un código de conducta interinstitucional, y se integren en el Acuerdo Interinstitucional sobre la Mejora de la Legislación;

11.

hace hincapié en que las misiones europeas, un instrumento nuevo y vital para hacer frente a desafíos sociales candentes, constituyen una verdadera prueba para el impacto y la credibilidad de la UE. Necesitan contar con una legitimidad y aceptación generalizadas. Como ha destacado la Comisión Europea, las ciudades y regiones, con todas sus partes interesadas y toda su ciudadanía, desempeñan un papel fundamental para alcanzar los ambiciosos objetivos de las misiones de la UE. Pide asimismo que en cada misión de la UE se definan hojas de ruta claras y se cree un enfoque sistémico de multigobernanza y metodologías sobre experimentación, creación de prototipos, seguimiento y ampliación de las actividades en todos los niveles de gobernanza;

12.

pide que se refuerce el principio de subsidiariedad activa mediante enmiendas al Protocolo n.o 2 del Tratado de Lisboa sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad; insta a que en tales enmiendas se amplíe a doce semanas el plazo para el examen de la subsidiariedad en el marco del «mecanismo de alerta temprana», se introduzca una consulta sistemática de la «red» de subsidiariedad desarrollada por el CDR y se introduzca un procedimiento de «tarjeta verde» que permita a un número significativo de Parlamentos nacionales o regionales proponer legislación de la UE;

13.

propone que las evaluaciones de impacto incluyan una dimensión territorial y que el principio de proporcionalidad reciba la misma consideración jurídica que el principio de subsidiariedad;

14.

pide que el CDR pase gradualmente de ser un órgano consultivo a un órgano de codecisión de la Unión Europea en ámbitos políticos clave con impacto territorial;

15.

con relación a la subsidiariedad y a la mejora de la legislación europea, deben ponerse en valor las experiencias impulsadas en este campo por el Comité Europeo de las Regiones; no solo la red de subsidiariedad, sino también RegHub, cuyo papel tiende a ser creciente y resulta de mucha utilidad para la Comisión Europea;

16.

llama la atención sobre el hecho de que el CDR representa una dimensión de la política europea que otras instituciones de la UE no pueden aprovechar y que, por lo tanto, la perspectiva regional y local del CDR supone una contribución indispensable a la elaboración de políticas y a la legitimidad dentro de la Unión Europea;

17.

considera esencial que el CDR centre su trabajo en las políticas con impacto territorial y que, por lo tanto, se centre predominantemente en asuntos en cuya aplicación participen los entes locales y regionales o cuando estos últimos se vean afectados de forma significativa;

18.

pide que el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Consejo de la UE tengan la obligación de debatir los dictámenes del CDR aprobados tras una consulta obligatoria, y que justifiquen los motivos en caso de que no se tengan en cuenta dichos dictámenes;

19.

pide que se conceda al CDR acceso a los diálogos tripartitos y documentos conexos siempre que haya emitido un dictamen sobre la propuesta en cuestión con arreglo al artículo 307 del TFUE; pide que se atribuya al CDR la capacidad de proponer soluciones transaccionales a los colegisladores, lo que les permitirá recibir aportaciones valiosas sobre la realidad de la aplicación sobre el terreno;

20.

pide que se mejoren las sinergias interinstitucionales, por ejemplo, mediante la participación del CDR en el trabajo de las estructuras del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea (por ejemplo, comisiones, comités y grupos de trabajo) y en el procedimiento de comitología;

21.

recuerda que el 70 % de la legislación se aplica a nivel regional y local, y pide que se le consulte en la planificación anual y plurianual, la programación y los procesos de establecimiento de prioridades de la UE, como los previstos en el Acuerdo Interinstitucional sobre la Mejora de la Legislación; señala, a este respecto, el valor añadido de la red RegHub y pide que se refuerce la misma;

22.

tiene el firme convencimiento de que una mayor consideración de las experiencias específicas de los entes locales y regionales en la aplicación del Derecho de la UE conducirá a una mejora de la legislación en la Unión Europea;

23.

subraya que toda evolución de la ley electoral europea, incluida la posible introducción de listas transnacionales, debe respetar el principio de representación territorial y garantizar la conexión con las dimensiones local y regional de las políticas de la UE, así como la proximidad de los diputados al Parlamento Europeo a la ciudadanía;

Valores europeos y Estado de Derecho

24.

señala que los entes locales y regionales tienen un importante papel que desempeñar en el refuerzo del Estado de Derecho, por lo que condena cualquier intento de atacar al Estado de Derecho, instrumentalizar el sistema judicial y socavar los valores y derechos europeos y la primacía del Derecho de la Unión sobre el Derecho nacional; subraya que los entes locales y regionales deben participar en el seguimiento y evaluación del Estado de Derecho sobre la base de los criterios desarrollados por la Comisión de Venecia;

25.

reitera su llamamiento a que se adopten medidas para reforzar la autoridad de la UE y de sus Estados miembros, la credibilidad de las instituciones públicas basadas en el Estado de Derecho y el papel de los entes regionales como viveros de democracia;

26.

considera que las vulneraciones del principio del Estado de Derecho deben dar lugar a la suspensión de los pagos o a correcciones financieras y que, en caso de que se adopten tales medidas, los beneficiarios de la financiación de la UE —incluidos los entes locales y regionales— que no sean responsables de las citadas vulneraciones deben seguir recibiendo apoyo financiero del Estado miembro de que se trate;

27.

reconoce que la crisis de la COVID-19 ha exacerbado las disparidades existentes en las regiones europeas; pide, por tanto, a los componentes de la Conferencia que refuercen la solidaridad europea y reconozcan la cohesión como un valor europeo fundamental;

28.

propone la creación de un programa Erasmus para los políticos locales y regionales con el fin de contribuir a desarrollar sus conocimientos sobre la UE, aumentar la ejecución de los fondos y mejorar la calidad de la aplicación de las políticas;

Juventud, educación y cultura

29.

señala que la Conferencia sobre el Futuro de Europa debería servir para liderar los esfuerzos por lograr la Unión de la Igualdad, atajando eficazmente todas las formas de discriminación; considera esencial garantizar en mayor medida que los principios de igualdad de género se incorporen a toda la legislación de la UE y que se presenten «evaluaciones del impacto de género» para toda nueva propuesta de acto legislativo de la Unión;

30.

considera que la Conferencia sobre el Futuro de Europa debe presentar propuestas para la protección y promoción sostenibles de las minorías en la Unión, basándose en las propuestas de la exitosa iniciativa ciudadana «Minority SafePack»;

31.

subraya la necesidad de abordar las amenazas de la desinformación en Europa y pide que se introduzca un plan de estudios a escala europea para la educación cívica, la promoción de los valores democráticos europeos, el pensamiento crítico, las competencias digitales y la alfabetización mediática, que se desarrolle y aplique en colaboración con los entes locales y regionales;

32.

pide que se adopten medidas enérgicas a escala de la UE para reducir las disparidades regionales en materia de educación, en particular en las zonas remotas, transfronterizas, rurales y urbanas pobres; pide que la Unión apoye los esfuerzos nacionales y regionales en favor de una educación preparada para el futuro mediante el desarrollo de nuevas herramientas de enseñanza, como las plataformas digitales multilingües paneuropeas destinadas a una amplia difusión de contenidos educativos;

33.

destaca la importancia de seguir ampliando los destinatarios, posibilidades y fondos del Programa Erasmus +, que es el instrumento más importante con el que cuenta la Unión Europea para la creación de una conciencia europea. En particular, se deberían aumentar sus recursos y posibilidades en el ámbito escolar más allá de los existentes, así como en los ámbitos de las administraciones públicas para, en este caso, constituirse en un programa de intercambio de buenas prácticas, más amplio que el Erasmus para Administraciones Públicas existente en la actualidad;

34.

considera que la lucha contra el desempleo juvenil y la pobreza juvenil e infantil debe convertirse en una prioridad en todas las regiones, ciudades y zonas rurales europeas;

35.

considera que el acceso universal a la cultura y a las actividades deportivas es la clave para permitir el desarrollo económico y social y aumentar el número total de personas, especialmente jóvenes, que participan en dichas actividades, facilitando así la promoción de los valores europeos comunes;

Clima, medio ambiente y resiliencia

36.

recuerda que las regiones y ciudades tienen una función decisiva en la aplicación de la mayoría de las acciones de mitigación y adaptación para responder a catástrofes climáticas y para garantizar el compromiso activo de las comunidades locales con la transición ecológica; reclama, por ello, una clara participación institucional de los entes locales y regionales en el diseño y la aplicación de las políticas en materia de clima, energía y medio ambiente, el acceso directo a la financiación de la UE, la reducción de las trabas burocráticas al mínimo estrictamente necesario y la elaboración de programas coordinados en todos los niveles de gobernanza y, en particular, los planes de inversión en apoyo del Pacto Verde Europeo y los planes de recuperación y resiliencia;

37.

destaca la dimensión territorial del Pacto Verde Europeo y la interacción con la transformación digital y las políticas sociales; pide que el seguimiento de las medidas climáticas en los planes de recuperación y resiliencia tenga en cuenta los pactos verdes locales; propone que se elabore un cuadro europeo de indicadores regionales que cuente con indicadores claros, específicos y fáciles de utilizar para medir y supervisar el impacto del Pacto Verde Europeo a escala de las regiones NUTS 2;

38.

reitera su petición de que haya una organización sistemática de plataformas y diálogos multinivel para lograr una participación estructurada e inclusiva de los entes locales y regionales en la planificación y aplicación de las iniciativas del Pacto Verde, que también contribuirá a la resiliencia de las comunidades locales; hace hincapié en que el éxito del Pacto Verde exige un rápido proceso de transformación hacia energías renovables, sus tecnologías y la adaptación de las infraestructuras correspondientes;

39.

subraya el papel cada vez más importante de los entes locales y regionales a escala mundial y europea para garantizar una transición climática justa; señala que el Acuerdo de París y la Declaración de Edimburgo sobre el marco mundial de la biodiversidad posterior a 2020 reconocen la importancia de la gobernanza multinivel para lograr la neutralidad climática, la biodiversidad y el desarrollo sostenible conforme a los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas; reitera su apoyo a un sistema de contribuciones determinadas a nivel regional y local para reconocer, supervisar y fomentar de manera formal la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero;

40.

recomienda que se preste atención a la transformación sostenible del sector del transporte, que debe ser justa y equitativa, velando por que ninguna región se quede atrás y por que la movilidad sostenible y basada en combustibles alternativos sea asequible y accesible para el conjunto de la ciudadanía de todas las regiones; propone un Mecanismo para una Transición Justa para las regiones que dependen de la industria del automóvil con el fin de gestionar los cambios en el sector, teniendo en cuenta que el sector del automóvil —que proporciona puestos de trabajo directos e indirectos a 13,8 millones de europeos, lo que representa el 6,1 % del empleo total de la Unión— está experimentando un proceso de transformación fundamental en su senda hacia vehículos de cero emisiones, con enormes repercusiones en el crecimiento y el empleo regionales;

Unión de la Salud

41.

reitera su compromiso de trabajar en favor de la creación de una verdadera Unión Europea de la Salud que respete el principio de subsidiariedad y las competencias jurídicas en materia de salud; pide que los entes regionales, en particular las regiones con competencias legislativas en materia de salud, y los entes locales desempeñen un papel más claro en la futura Autoridad Europea de Preparación y Respuesta ante Emergencias Sanitarias, junto con las autoridades nacionales y las instituciones de la UE;

42.

apoya que todos los ciudadanos y ciudadanas de la UE puedan acceder a la sanidad electrónica; pide que se profundicen las competencias de la UE en el ámbito de la salud, también mediante cambios en los Tratados, en particular para que la Comisión pueda reconocer formalmente una emergencia de salud pública a escala de la Unión; apoya la petición de reforzar la protección sanitaria, las capacidades de fabricación de la Unión y el aumento de la cooperación en el sector de los medicamentos;

43.

anima a desarrollar la cooperación transfronteriza en materia de asistencia sanitaria, incluida la financiación a largo plazo de la Unión, y permitiendo el libre paso a través de las fronteras del personal y los vehículos que trabajan en los servicios de emergencia y la asistencia sanitaria. Las actuales trabas burocráticas a la asistencia sanitaria transfronteriza y a los servicios de emergencia deben eliminarse a corto plazo y de forma ágil en beneficio de la ciudadanía;

Economía, justicia social y empleo

44.

está convencido de que la Conferencia sobre el Futuro de Europa representa un verdadero impulso para que el pilar europeo de derechos sociales se convierta en el nuevo «código normativo social», facilitando la transición a una economía sostenible y el acceso al empleo, y mejorando al mismo tiempo la cohesión social;

45.

pide una revisión de la gobernanza económica europea, que debe apoyar mejor la inversión pública, sostenible, a largo plazo y de calidad en todos los niveles de gobierno mediante la revisión de las normas presupuestarias, y que se potencie la responsabilidad democrática y la eficiencia mediante una mayor participación de los entes locales y regionales en el Semestre Europeo por medio de un código de conducta basado en la colaboración. Reitera su posición a favor del abandono de la toma de decisiones unánime en materia fiscal, a fin de que la Unión Europea pueda tomar las decisiones necesarias por mayoría cualificada, como en otros ámbitos de actuación;

46.

pide que se utilicen los fondos disponibles para la recuperación y para las transiciones ecológica y digital a fin de facilitar la transición en el mercado laboral, el reciclaje profesional y la mejora de las capacidades, garantizando al mismo tiempo que el nivel de protección de las personas que trabajan para plataformas digitales o en la economía de pequeños encargos sea el mismo que disfrutan las personas en la economía fuera de línea;

47.

subraya el papel de la innovación para desarrollar una economía más fuerte y garantizar un crecimiento competitivo y sostenible; opina que la innovación europea requiere inversiones en las capacidades necesarias (infraestructuras de investigación, redes de banda ancha, supercomputación, inteligencia artificial y conjuntos de datos abiertos) y debe atraer a académicos y especialistas en todos los territorios europeos;

Transformación digital

48.

considera que la transformación digital deberá garantizar el pleno aprovechamiento de la tecnología, en beneficio de todos los sectores de la sociedad, dentro de un marco ético que respete los derechos de los ciudadanos, especialmente en el uso de tecnologías disruptivas y, en particular, de la inteligencia artificial, al tiempo que se cierra la brecha digital y se garantiza que la alfabetización y la conectividad digitales se hagan realidad en todas las partes de Europa;

49.

hace hincapié en la necesidad de seguridad, interoperabilidad y almacenamiento de los datos y espera con interés la propuesta de la Comisión Europea de una ley europea de resiliencia en materia de ciberseguridad; considera que, para garantizar el acceso a la información y los servicios digitales, incluida la prestación eficiente de servicios públicos, es necesario invertir en infraestructuras seguras y de alta capacidad para proporcionar acceso a internet tanto a las personas como a las organizaciones;

50.

señala que la transformación digital depende de una visión a largo plazo de la educación, la investigación y el intercambio sobre cuestiones digitales, conforme a la cual la Unión debe ser innovadora y líder en el descubrimiento de nuevas tecnologías y servicios digitales y en el establecimiento de normas digitales adecuadas y coherentes;

51.

considera, por tanto, que el debate sobre el futuro de Europa debe incluir la «cohesión digital» como una importante dimensión adicional del concepto tradicional de cohesión económica, social y territorial definido en el Tratado de la UE;

52.

pide que se adopten medidas inmediatas para abordar la brecha digital entre los Estados miembros de la Unión y entre las zonas urbanas y rurales en lo que respecta a la conectividad y la infraestructura digital, las competencias digitales, el acceso y el uso de los servicios de administración electrónica; pide, por tanto, que se introduzca una «tarjeta digital de servicios transfronterizos de la UE» para simplificar el acceso de la ciudadanía y el sector empresarial a los servicios públicos y de emergencia en las regiones transfronterizas;

Migración

53.

pide que se adopte un enfoque europeo a la hora de abordar las causas profundas de la migración como un fenómeno impulsado por la inestabilidad y los conflictos mundiales, la fragilidad de los Estados, las tendencias demográficas y la migración climática; insta a un desarrollo eficaz de las capacidades para mejorar la eficiencia y la gestión eficaz de la migración por parte de todos los niveles de gobernanza;

54.

toma nota del reconocimiento por parte de los ciudadanos y ciudadanas y de los delegados del papel fundamental que desempeñan los entes locales y regionales en la integración y la inclusión de los migrantes y refugiados en las zonas especialmente afectadas; pide, por tanto, que se incluya a los entes locales y regionales en el diseño de las políticas de integración; demanda que se elabore un conjunto de instrumentos políticos más flexibles que permita a los entes subnacionales dirigir la integración y medir el éxito de las políticas de integración e inclusión a escala regional y local; y pide que se aproveche el enorme potencial de la solidaridad voluntaria que existe en nuestros municipios y regiones con la idea de una capacidad de acogida voluntaria integrada en una política global y a largo plazo en materia de migración;

55.

recomienda que se establezcan metodologías que sirvan para replicar modelos sostenibles de acogida e integración, como el patrocinio comunitario;

Conferencia sobre el Futuro de Europa: resultados y seguimiento

56.

considera que la Conferencia sobre el Futuro de Europa constituye un punto de partida para un proceso democrático plenamente empoderador a escala europea, nacional, regional y local; reitera la necesidad de un debate continuo, verdaderamente inclusivo, transparente, descentralizado y equilibrado a nivel geográfico y político sobre el futuro de la Unión Europea; considera que la Conferencia debe seguir un enfoque abierto, también en lo que respecta a la reforma de las políticas y las instituciones, y que debe allanar el camino para reformas duraderas que vayan más allá de lo que dure la Conferencia;

57.

reafirma su pleno compromiso de contribuir al seguimiento de la Conferencia, convirtiendo las iniciativas y propuestas políticas en acciones que respondan a las expectativas de la ciudadanía; señala que el éxito de la Conferencia también depende de que los resultados al final reflejen de forma concreta las recomendaciones formuladas por la ciudadanía. Si sus recomendaciones no se adoptan o solo se adoptan de forma modificada, los motivos deben explicarse de manera transparente y comprensible;

58.

subraya que, a la hora de iniciar acciones de seguimiento, por ejemplo, nuevas propuestas legislativas para la aplicación de los resultados de la Conferencia, es necesario respetar el reparto de competencias y, en particular, los principios de subsidiariedad y proporcionalidad consagrados en los Tratados;

59.

encarga a su presidente que transmita la presente Resolución a la presidencia de la Conferencia sobre el Futuro de Europa, así como al Parlamento Europeo, a las Presidencias francesa, checa y sueca del Consejo de la UE, al presidente del Consejo Europeo y a la presidenta de la Comisión Europea;

60.

aboga por que se agote la duración inicial de dos años de la Conferencia, a contar desde su inauguración el 9 de mayo de 2021, para garantizar que las ideas y propuestas de la ciudadanía se abordan de forma adecuada y exhaustiva. En la primavera de 2022 únicamente debería presentarse un informe provisional.

Bruselas, 27 de enero de 2022

El Presidente del Comité Europeo de las Regiones

Apostolos TZITZIKOSTAS


(1)  DO C 324 de 1.10.2020, p. 8.

(2)  DO C 141 de 29.4.2020, p. 5.

(3)  DO C 300 de 27.7.2021, p. 1.

(4)  DO C 97 de 28.2.2022, p. 1.


DICTÁMENES

Comité de las Regiones

Interactio — Reunión exclusivamente a distancia — 148.o pleno del CDR, 26.1.2022 – 27.1.2022

13.7.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 270/8


Dictamen del Comité de las Regiones — Marco estratégico de la Unión Europea en materia de salud y seguridad en el trabajo 2021-2027

(2022/C 270/02)

Ponente:

Sergio Caci (IT/PPE), alcalde de Montalto di Castro

Documento de referencia:

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Marco estratégico de la UE en materia de salud y seguridad en el trabajo 2021-2027 — La seguridad y la salud en el trabajo en un mundo laboral en constante transformación

COM(2021) 323 final

RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES

1.

acoge con satisfacción el marco estratégico de la Unión en materia de salud y seguridad en el trabajo 2021-2027 (el nuevo marco estratégico de la UE) de la Comisión Europea, que aspira a proteger la salud de las personas trabajadoras y reducir las muertes relacionadas con el trabajo de aquí a 2030 (el denominado objetivo «visión cero»), garantizando al mismo tiempo un entorno de trabajo más seguro y en consonancia con las nuevas necesidades derivadas, en particular, de la pandemia de COVID-19, entre otras. Asimismo, considera que una estrategia, y no un marco estratégico, daría una señal política más firme en relación con los objetivos previstos y las acciones propuestas para alcanzarlos;

2.

está convencido de que el marco político establecido por la Unión Europea en materia de salud y seguridad en el trabajo ha dado lugar hasta ahora a importantes mejoras en la elevación de las normas al respecto en toda la UE. Junto con el objetivo «visión cero», el marco pone de relieve que las ambiciones de la UE avanzan en la dirección correcta, aunque se requiere una mayor inclusión de todas las categorías de trabajadores, algo que aún no se ha producido en la propuesta presentada;

3.

subraya la necesidad del papel de la UE a la hora de proporcionar una dirección estratégica unificada en este ámbito. Esta necesidad ha quedado claramente demostrada tanto por los estudios como por los resultados prácticos de las últimas décadas. Los puntos destacados de la legislación en materia de salud y seguridad en el trabajo muestran que las acciones de la UE y de los Estados miembros con otros agentes (por ejemplo, los interlocutores sociales y las distintas partes interesadas en los diferentes niveles de gobernanza) pueden tener un impacto positivo y directo en la vida laboral respecto de las dos dimensiones de la salud y la seguridad;

4.

apoya sin reservas los tres objetivos transversales del marco estratégico que establece la Comisión Europea en el contexto de la elaboración de la estrategia de la UE para los próximos cinco años: anticipar y gestionar el cambio en el nuevo mundo del trabajo tras la pandemia durante las transiciones ecológica, digital y demográfica; mejorar la prevención de los accidentes y las enfermedades en el lugar de trabajo; y, por último, aumentar la preparación frente a posibles crisis sanitarias el futuro;

5.

acoge con satisfacción la idea de que, para alcanzar sus objetivos, la Comisión tiene la intención de revisar el contenido de la Directiva sobre los lugares de trabajo y la Directiva sobre los equipos que incluyen pantallas de visualización, así como actualizar las normas de la UE sobre sustancias químicas peligrosas para combatir el cáncer y las enfermedades reproductivas y respiratorias, además de los valores límite de protección para el amianto y el plomo;

6.

asimismo, recomienda a la Comisión que proceda con la mayor rapidez posible a elaborar y aplicar una iniciativa a escala de la UE sobre salud mental en el lugar de trabajo para evaluar las nuevas cuestiones relacionadas con este tema. La iniciativa debería poder servir de inspiración en los Estados miembros y sectores respectivos o en los lugares de trabajo correspondientes, en función de las necesidades;

7.

en relación con los dos puntos anteriores, se muestra firmemente convencido de que deben aplicarse a todas las categorías de trabajadores, incluidos los que actualmente están excluidos del marco estratégico;

8.

destaca el reto que supone el envejecimiento de la mano de obra para la salud y seguridad en el trabajo; es necesario respetar el principio de que los lugares de trabajo se adapten a las personas y avanzar así hacia una vida laboral inclusiva para los trabajadores de todas las edades;

9.

toma nota con satisfacción de que, a partir de las lecciones extraídas de la pandemia de COVID-19, la Comisión Europea tiene la intención de desarrollar procedimientos de emergencia y orientaciones para un rápido despliegue, ejecución y supervisión de las medidas frente a posibles crisis sanitarias futuras, en estrecha cooperación con los agentes de la salud pública;

10.

lamenta que, aunque todos los Estados miembros ya hayan incorporado, al menos parcialmente, la letra y el espíritu del marco estratégico de la UE en sus sistemas nacionales, ninguno de ellos lo siga en su integridad. Ello se debe a que algunos países no han revisado ni actualizado sus estrategias nacionales de salud y seguridad en el trabajo para armonizarlas plenamente con el marco estratégico de la UE para 2014-2020 debido a una deficiente planificación en sus calendarios o a la escasa consecución de objetivos clave, como destaca la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA), por ejemplo, respecto del envejecimiento de la población empleada, la simplificación de los procedimientos y una aplicación más eficaz y oportuna de la legislación;

Salud y seguridad en el trabajo y cultura de la prevención

11.

señala que el número de accidentes de trabajo ha disminuido en los últimos cuarenta años gracias a tres factores: mejoras científicas y tecnológicas, legislación en materia de salud y seguridad en el trabajo y sistemas de gestión de la salud y seguridad en el trabajo. Por lo tanto, considera necesario que el legislador europeo y nacional, a lo largo de todo el proceso de elaboración, adopción y aplicación de la estrategia, y en colaboración con los interlocutores sociales, haga referencia a una cultura de prevención sólida como método principal, aunque no exclusivo, para alcanzar el objetivo «visión cero», en interés común de los trabajadores y las empresas; incide en la importancia del diálogo social y de la participación y cooperación de todas las partes interesadas, Gobiernos y Administraciones, empresarios y trabajadores, en las políticas de prevención;

12.

llama la atención sobre un estudio de la Asociación Internacional de la Seguridad Social (ISSA)) (1) que muestra que invertir en una buena estrategia en materia de salud y seguridad en el trabajo y en la prevención de riesgos en el lugar de trabajo puede aportar un beneficio de más del doble (2,2 EUR) para las empresas por cada euro que gasten por empleado y año. Todo ello sin olvidar la pérdida incalculable de horas de trabajo, el daño para el estado de ánimo en el lugar de trabajo y el consiguiente impacto en la productividad y competitividad de las empresas;

13.

coincide con la Comisión Europea en que el escaso respeto de los principios de prevención también implica una publicidad negativa para las empresas afectadas por accidentes laborales, lo que repercute de forma graves en su reputación y en las perspectivas laborales de su mano de obra;

14.

recomienda que los empresarios integren la prevención de riesgos laborales en la empresa mediante modelos de gestión interna, trabajadores designados y servicios de prevención propios, y se fomente la formación en prevención entre los trabajadores;

Salud y seguridad en el trabajo y transición ecológica, digital y demográfica

15.

considera que el progreso tecnológico está cambiando constantemente el panorama de un lugar de trabajo. Por lo tanto, es positivo que la UE presente propuestas que sigan la evolución de la tecnología en el lugar de trabajo, tal como se establece en el primer objetivo de la Comisión del nuevo marco estratégico de la UE;

16.

considera que, a pesar del carácter positivo de la propuesta de establecer normas armonizadas sobre inteligencia artificial (IA), también debe abordar los problemas que pueden surgir en relación con una permanencia saludable y segura en el lugar de trabajo;

17.

comparte las observaciones relativas al Libro Blanco sobre la IA (2) en el sentido de que los trabajadores y los empresarios se verán directamente afectados por el diseño y el uso de los sistemas de IA en el lugar de trabajo, y de que la participación de los interlocutores sociales será un factor esencial para garantizar un enfoque centrado en el ser humano respecto de la IA en el lugar de trabajo;

18.

a este respecto, reitera la pertinencia respecto de la salud y seguridad en el trabajo del contenido del Dictamen del CDR Libro Blanco sobre la Inteligencia artificial: un enfoque europeo orientado a la excelencia y la confianza (3), que considera que la utilización de las tecnologías de IA también tiene gran importancia en lo que se refiere a las condiciones de trabajo y el bienestar de los trabajadores. En este contexto, hace suyo el llamamiento de los interlocutores sociales europeos a favor de la minimización y la transparencia de los datos, junto con normas claras sobre el tratamiento de los datos personales para limitar el riesgo de vigilancia intrusiva y de uso indebido de los datos personales, a fin de garantizar el respeto de la dignidad humana;

19.

asimismo, reitera que es fundamental «permitir a los representantes de los trabajadores abordar las cuestiones relacionadas con los datos, el consentimiento, la protección y la vigilancia de la vida privada, vinculando la recopilación de datos a un fin concreto y transparente, y garantizando la transparencia cuando los sistemas de IA se utilizan en procedimientos de recursos humanos» (4);

20.

llama la atención sobre el reto que supone el cambio demográfico para la seguridad y salud en el trabajo; son necesarias políticas que fomenten la gestión de la edad en las empresas y organizaciones y procesos innovadores para adaptar los puestos de trabajo a esta realidad, teniendo en cuenta la variedad de grupos de edad y que los trabajadores de más edad no constituyen un grupo homogéneo;

Importancia regional y local de la estrategia

21.

subraya que el marco estratégico de la UE 2021-2027 —con su enfoque «visión cero»— exigirá a los entes locales y regionales que aborden los problemas y apliquen los objetivos del marco directamente «sobre el terreno», y que la manera en que deben hacerlo es por medio de la supervisión, la formación, la construcción de una cultura de prevención y protección de los trabajadores, la colaboración mediante el intercambio de experiencias y buenas prácticas, la determinación de los problemas y la evaluación (seguida de la transmisión de información) de las soluciones más adecuadas para resolverlos;

22.

considera que la supervisión de la aplicación de la legislación en materia de salud y seguridad en el trabajo y de la gestión de los objetivos al respecto implica un papel clave para las regiones y ciudades con el fin de alcanzar los ambiciosos objetivos de la estrategia;

23.

considera que las regiones y ciudades deben seguir fomentando y facilitando formación y educación para los inspectores de trabajo, los empleadores y los trabajadores, con el fin de que se adapten a los cambios laborales avanzados inducidos por la transición ecológica y digital, pero también por las nuevas condiciones derivadas de la pandemia de COVID-19 y del envejecimiento de la mano de obra;

24.

considera que la cooperación, tan pronto como sea posible, de los entes locales y regionales con la UE y con las autoridades nacionales competentes, pero también con otras ciudades y regiones, así como el intercambio de experiencias y buenas prácticas, fomentará el progreso en materia de salud y seguridad en el trabajo y ayudará a construir una cultura de prevención;

25.

destaca la importancia de la investigación y el intercambio de conocimientos y buenas prácticas a escala europea, nacional, regional y local para favorecer la detección y evaluación de los nuevos riesgos y su prevención, sobre la base de la colaboración entre autoridades públicas en la elaboración de políticas avanzadas en esta materia;

26.

subraya que es necesaria una participación adecuada de las regiones y ciudades para seguir desarrollando la estrategia en materia de salud y seguridad en el trabajo. Por lo tanto, considera esencial que participen en las fases de evaluación del lugar de trabajo desde el punto de vista de la salud y la seguridad en el trabajo. Asimismo, deben poder enviar observaciones a la UE para ayudarla a crear una imagen clara de la situación sobre el terreno a fin de corregir sobre la marcha la situación actual y ayudar a configurar la próxima estrategia posterior a 2030;

27.

con tal fin, pide a la Comisión que cree un instrumento digital específico (por ejemplo, un portal) al que las regiones y ciudades puedan recurrir cuando consideren adecuado o necesario proporcionar orientación al legislador europeo en materia de salud y seguridad en el trabajo, que complete la Encuesta europea de empresas sobre riesgos nuevos y emergentes (ESENER) de la EU-OSHA;

Recomendaciones políticas finales

28.

está firmemente convencido que los entes locales y regionales, en su calidad de empleadores, deben dar ejemplo a la hora de aplicar plenamente las medidas propuestas en el marco estratégico;

29.

reitera su convicción de que «los procedimientos de contratación pública pueden ayudar a evitar el dumping social y medioambiental mediante la inclusión en los criterios de adjudicación de contratos de aspectos cualitativos, medioambientales y sociales» (5). Por lo tanto, pide a los entes locales y regionales que, al adjudicar contratos públicos, presten especial atención a las condiciones de trabajo, incluida la salud y la seguridad en el trabajo, que ofrecen los contratistas y sus cadenas de subcontratación;

30.

acoge con satisfacción la creación del enfoque «visión cero» y su objetivo de acabar con las muertes relacionadas con el trabajo de aquí a 2030; considera importante seguir reforzando las medidas preventivas en el entorno laboral en lo que respecta a los accidentes laborales y las enfermedades profesionales; no obstante, sostiene que la «visión cero» no debe limitarse únicamente a la mortalidad, sino que debe extenderse a los accidentes laborales y las enfermedades profesionales, así como a la prevención y eliminación de riesgos de conformidad con los principios de la Directiva marco (6);

31.

recuerda que, por sí mismo, el trabajo es un factor importante en la promoción de la salud. Para maximizar la eficacia de la estrategia en materia de salud y seguridad en el trabajo, es importante adoptar un enfoque holístico que aborde el vínculo que existe entre un buen entorno de trabajo, la salud física y mental, la eficiencia, la calidad y los beneficios de la actividad; en ese sentido, señala los beneficios de llevar a cabo en los lugares de trabajo políticas de promoción de la salud y fomento de hábitos de vida seguros y saludables, que incluyan, entre otros, aspectos como la alimentación o el ejercicio físico;

32.

expresa su apoyo al marco de referencia estratégico sobre violencia, acoso y discriminación en el lugar de trabajo y acoge con satisfacción la atención prestada a la perspectiva de género. No obstante, el Comité preferiría que este marco estuviera en consonancia con el Convenio n.o 190 de la OIT sobre la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, que ofrece una definición exhaustiva de la violencia y el acoso y tiene un ámbito de aplicación más amplio, que abarca a los trabajadores y otras personas en el mundo laboral (7);

33.

reitera su respaldo a los progresos continuados y a las tres actualizaciones sucesivas de la Directiva relativa a agentes carcinógenos y mutágenos; apoya la propuesta de la Comisión de revisar y completar la lista de sustancias y los valores límite de exposición profesional en el marco de la Directiva sobre agentes carcinógenos y mutágenos (DCM), que se ha elaborado siguiendo un procedimiento establecido basado en la cooperación tripartita (representantes de los trabajadores, los empresarios y los gobiernos), en el que han participado todos los Estados miembros. La cooperación tripartita tiene lugar en el marco del Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (CCSS) de la Comisión. Teniendo esto presente, el Comité espera con interés que se siga trabajando para establecer límites de exposición profesional vinculantes, basados en pruebas y actualizados científicamente, que cubran los 50 carcinógenos prioritarios (en comparación con los 27 actuales) e incluir las sustancias tóxicas para la reproducción y los medicamentos peligrosos;

34.

apoya la inclusión de la exposición combinada a sustancias químicas peligrosas y a alteradores endocrinos y la revisión del valor límite de exposición profesional para la sílice cristalina respirable en el apartado sobre exposición a sustancias químicas del marco estratégico en materia de salud y seguridad en el trabajo;

35.

apoya la necesidad de que se faciliten orientaciones relacionadas con el marco europeo para la gestión de los riesgos psicosociales que vayan más allá de un enfoque individual, que no puede abordar los efectos de la organización del trabajo en la salud mental, y pide a la Comisión que siga colaborando con los Estados miembros y los entes locales y regionales en la prevención de los riesgos psicosociales en el lugar de trabajo y que examine la necesidad de elaborar una Comunicación al respecto, con el fin de preparar la presentación de una Directiva sobre el mismo tema;

36.

espera que los Estados miembros respeten la recomendación de la OIT de un inspector de trabajo por cada 10 000 trabajadores; asimismo, destaca la necesidad de seguir reforzando los mecanismos de sanción, así como la recogida de datos y su difusión por parte de las inspecciones de trabajo;

37.

pide que se incluya la salud y la seguridad en el trabajo en la Ley de Inteligencia Artificial, dado que la evaluación exhaustiva de su repercusión en la organización del trabajo, así como en la salud física y mental y la seguridad de los trabajadores ya se recoge en los estudios de los distintos Estados miembros;

38.

considera que el marco estratégico en materia de salud y seguridad en el trabajo debe abarcar a toda la población ocupada; toma nota de que el ámbito de aplicación del marco estratégico en materia de salud y seguridad en el trabajo excluye a los trabajadores autónomos (incluidos los trabajadores con contratos atípicos y los trabajadores de plataformas) y considera que la iniciativa de la Unión para mejorar las condiciones de trabajo de los trabajadores de plataformas debería brindar la posibilidad de incorporar también una referencia en materia de salud y seguridad en el trabajo;

39.

por tanto, subraya la necesidad de una revisión exhaustiva de este marco y pide al legislador europeo que demuestre una mayor ambición y una visión a más largo plazo en este contexto;

40.

insta a la Comisión Europea a que revise las condiciones laborales del teletrabajo, que abarcan tanto la salud física y mental como la seguridad. Esto debe hacerse en colaboración con los interlocutores sociales europeos que en la actualidad están llevando a cabo negociaciones sobre la digitalización. Se trata de una cuestión urgente, dado el auge sin precedentes de esta forma de trabajo en «la nueva normalidad»;

41.

acoge con satisfacción la firme recomendación de la Comisión Europea a los Estados miembros para que reconozcan la COVID-19 como enfermedad profesional y reitera la importancia de las obligaciones de los empleadores de garantizar unas condiciones de vida y de trabajo dignas para los trabajadores móviles y migrantes, incluidos los temporeros;

42.

acoge con satisfacción el que la Comisión, mediante su propuesta, esté anticipando los cambios en el nuevo mundo laboral debidos a la transición ecológica, además de a la transición digital, pero también, de manera más general, a la prevención de enfermedades relacionadas con el trabajo.

Bruselas, 26 de enero de 2022.

El Presidente del Comité Europeo de las Regiones

Apostolos TZITZIKOSTAS


(1)  The return on prevention: Calculating the costs and benefits of investments in occupational safety and health in companies, ISSA, Ginebra, 2011

(2)  COM(2020) 65 final.

(3)  DO C 440 de 18.12.2020, p. 79.

(4)  Ibid.

(5)  DO C 440 de 18.12.2020, p. 42.

(6)  Directiva 89/391/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo (DO L 183 de 29.6.1989, p. 1).

(7)  Artículos 1 y 2 del Convenio C190 — Convenio sobre la violencia y el acoso, 2019 (n.o 190)


13.7.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 270/13


Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Etapas concretas para la aplicación de la Agenda Urbana de la UE

(2022/C 270/03)

Ponente:

Frida Nilsson (SE/RE), miembro de una asamblea local: municipio de Lidköping

Documento de referencia:

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Avances en la aplicación de la Iniciativa de la UE sobre los polinizadores

COM(2021) 261 final

RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES

1.

subraya la importancia de los polinizadores para la sostenibilidad de nuestras sociedades y de la naturaleza. Los polinizadores desempeñan un papel clave tanto en los sistemas alimentarios como en el mantenimiento de la biodiversidad y los paisajes. Por consiguiente, no solo los polinizadores domésticos necesitan apoyo; también han de proporcionarse hábitats viables para los polinizadores silvestres, ya que forman parte de la biodiversidad de la naturaleza. Los polinizadores domésticos deben considerarse un complemento de los polinizadores silvestres, y no a la inversa;

2.

manifiesta su preocupación por la falta de concienciación sobre lo que son los polinizadores, hasta qué punto son fundamentales para el funcionamiento de nuestros ecosistemas, así como las repercusiones que su declive y extinción podrían tener en nuestras vidas;

3.

destaca el importante vínculo existente entre la biodiversidad y el cambio climático, que están interrelacionados y se influyen mutuamente. Las diferencias de temperatura, las condiciones meteorológicas cambiantes, la pérdida de hábitat y otros factores provocados por el cambio climático están teniendo un impacto directo en el declive de los polinizadores. A su vez, la protección y la restauración de la biodiversidad desempeñan un papel importante en la adaptación al cambio climático;

4.

valora positivamente la oportunidad de contribuir al marco de la Unión Europea para apoyar y mantener poblaciones de polinizadores viables y diversas y, por lo tanto, acoge con satisfacción la revisión por parte de la Comisión Europea de la Iniciativa de la UE sobre los polinizadores, así como la Resolución del Parlamento Europeo y las Conclusiones del Consejo al respecto (1);

5.

acoge con satisfacción la orientación positiva adoptada por la Iniciativa de la UE sobre los polinizadores cuando se introdujo en 2018. Observa con preocupación, no obstante, que desde entonces se ha mantenido la tendencia a la disminución de la población de polinizadores. Agradece que en su Informe de Evaluación Mundial sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas la IPBES infiera la conclusión de que, pese a una actuación insuficiente, no es demasiado tarde para el clima y la biodiversidad, sino que es necesaria una acción transformadora a todos los niveles;

6.

apoya, por tanto, las conclusiones que expone el Tribunal de Cuentas Europeo en su Informe Especial n.o 15/2020 (2) y aguarda grandes expectativas en cuanto a la revisión de la Iniciativa de la UE sobre los polinizadores;

7.

valora positivamente la inclusión de objetivos para la biodiversidad y los polinizadores en varias estrategias y políticas de la UE, como la nueva PAC, la Estrategia de la UE sobre la Biodiversidad y la Estrategia «De la Granja a la Mesa»;

8.

pide que se establezcan objetivos jurídicamente vinculantes cuyo alcance abarque a los polinizadores inscritos en la futura iniciativa de la Comisión Europea sobre los objetivos en materia de recuperación de la naturaleza enmarcada a su vez por la Estrategia de la Unión sobre la Biodiversidad; en este sentido, ofrece su apoyo en aras de la ejecución de una nueva iniciativa de la Unión Europea sobre los polinizadores, relativa en particular a las actividades de ejecución y seguimiento;

9.

los objetivos expuestos para ayudar a los polinizadores también deben estar orientados a ayudar a la Unión Europea a alcanzar las metas establecidas en la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas (3), en particular los referidos al apoyo a la biodiversidad y los hábitats importantes para los polinizadores silvestres;

10.

está convencido de que la detención del declive de los polinizadores requiere coordinación y estrategias integradas, con la participación de todos los sectores y esferas políticos. Es importante hacer partícipes a todos los agentes pertinentes y mejorar la eficiencia de las iniciativas ya existentes, aunque fragmentadas. La actual Iniciativa sobre los polinizadores sentó las bases, pero ahora es preciso seguir trabajando;

11.

aboga por que los tres pilares de la sostenibilidad se tengan en cuenta en el proceso de garantizar la sostenibilidad de las poblaciones de polinizadores silvestres. Esto significa que las medidas de ejecución deben abordar suficientemente la sostenibilidad social, económica y biológica;

Polinizadores como parte de la brecha entre el mundo rural y urbano

12.

destaca la importancia de ir más allá de las políticas agrícolas a la hora de detener el declive de los polinizadores, ya que el sector agrícola y su contribución a la disminución de las poblaciones de polinizadores silvestres ya están regulados y aplicados de diversas maneras en varias políticas de la Unión;

13.

pide que se preste especial atención a los agricultores convencionales en sus esfuerzos por reducir su impacto en los polinizadores, puesto que la agricultura ecológica y las prácticas agroecológicas ya protegen y alimentan a los polinizadores de muchas maneras. La investigación, la innovación y un sistema flexible de aplicación son fundamentales para superar los retos, pero también para permitir la existencia un sector agrícola diversificado;

14.

hace hincapié en la necesidad de examinar el alcance real y de luchar contra los contaminantes medioambientales que van más allá de los plaguicidas, como la contaminación lumínica, cuyas graves repercusiones en los polinizadores han quedado demostradas, aunque siguen sin abordarse;

15.

señala que las zonas urbanas pueden contribuir al desarrollo positivo de la biodiversidad, a través de jardines botánicos, huertos y jardines residenciales —además de los solares urbanos—, lo que puede tener un impacto directo en las colonias de abejas silvestres (4);

16.

advierte de que, en un mundo de ciudades en expansión, la inclusión de la conservación de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos en la planificación y las prácticas urbanas es indispensable para proteger a las poblaciones de polinizadores, contribuir a su diversidad y crear nuevos hábitats;

17.

pide a las autoridades competentes que lleven a cabo evaluaciones de impacto que tengan en cuenta el desarrollo que limita los derechos de propiedad y que, por otra parte, altera la posibilidad de disponer de unos medios de subsistencia sostenibles. Estas evaluaciones de impacto deben tener en cuenta no solo los beneficios biológicos, sino también el posible impacto negativo en los medios de subsistencia y en la vida de la población;

Actuación a escala de la UE

18.

pide a la Comisión Europea, al Parlamento Europeo y a los Estados miembros de la Unión que velen por que las políticas, los programas y los planes de recuperación tras la pandemia contribuyan a la gestión sostenible de la biodiversidad, incluida la detención del preocupante declive de los polinizadores silvestres y domésticos;

19.

pide que se apoye a escala local y regional un régimen ecológico para los polinizadores que prevea: la práctica de cultivos anuales atractivos para los polinizadores en al menos el 10 % de las tierras agrícolas; aparte del período de floración de los cultivos perennes, la plantación de al menos dos especies vegetales de interés para los polinizadores entre hileras de plantas en producción, que florezcan en otras temporadas del año, para garantizar una disponibilidad máxima de recursos para los polinizadores; formación para agricultores sobre insectos beneficiosos y prácticas de gestión integrada de plagas; y medidas en favor de las explotaciones que garanticen la presencia de polinizadores en zonas que carezcan de biodiversidad;

20.

pide que se tengan en cuenta las consideraciones medioambientales en todos los niveles de la toma de decisiones públicas y en todas las políticas, ya que la mayor parte de la interacción humana con la naturaleza afecta en cierta medida a los ecosistemas. Por lo que se refiere a los polinizadores, debe prestarse especial atención a este aspecto en el desarrollo de las zonas urbanas, las infraestructuras y otras transformaciones del uso de la tierra;

21.

advierte de que, aunque los entes regionales y locales actúan como enlaces directos con la ciudadanía europea, la responsabilidad de la consecución y el desarrollo de los objetivos para los polinizadores no recae solo en ellos. Los gobiernos nacionales y la UE deben contribuir a este trabajo apoyando, alentando y coordinando soluciones que puedan aplicarse fácilmente a escala local y regional;

22.

pide a la Comisión Europea que apoye activamente las campañas de sensibilización a escala nacional, regional y local —dirigidas a los sectores industriales y a la ciudadanía— a través de canales ya existentes o nuevos;

23.

lamenta que las plataformas instauradas para la creación de conocimientos y el intercambio de buenas prácticas en el marco de la Iniciativa sobre los polinizadores, como la Red de Información sobre polinizadores de la UE, no hayan podido llegar a todos los agentes y aún no sean suficientemente conocidas; pide, por tanto, que la financiación, el conocimiento y el desarrollo de capacidades, así como las mejores prácticas, como parte de las próximas iniciativas de la Comisión se diseñen y comuniquen de manera transparente, de modo que la ciudadanía no solo se inspire, sino también sepa cómo contribuir a la tarea de crear hábitats sostenibles para los polinizadores;

24.

insta a que la Iniciativa sobre los polinizadores revisada investigue cómo aprovechar las redes y organizaciones existentes para compartir conocimientos y mejores prácticas con los entes locales y regionales situados dentro y fuera de la UE;

25.

propone, por consiguiente, trabajar con la Comisión Europea para que la Iniciativa sobre los polinizadores se compagine con otras iniciativas de la UE, como la Plataforma Europea para la Ecologización de las Ciudades y el Acuerdo de Ciudad Verde;

26.

reitera que el seguimiento y la elaboración de informes sobre el desarrollo de los polinizadores desempeñan un papel importante en el análisis de la eficiencia de cualquier medida que se introduzca. Pide, por tanto, a la Comisión Europea que comparta un marco de notificación y seguimiento que las autoridades subnacionales puedan utilizar a tal fin. Para garantizar una aplicación rápida y apoyo a la instauración de programas normalizados de seguimiento de los polinizadores a nivel local y regional, los esfuerzos deben seguir las mejores prácticas existentes;

27.

señala el estrecho vínculo entre las especies autóctonas de flores y las especies autóctonas o las variaciones de los polinizadores y solicita, por tanto, que se invierta en el conocimiento, la preservación y la producción de estas especies como forma de apoyar a los polinizadores;

28.

pide, por tanto, a la Comisión Europea que evalúe cómo podría ampliarse el compromiso de plantar al menos tres mil millones de árboles adicionales en zonas urbanas de la UE de aquí a 2030 y vincularse a la plantación de más especies autóctonas de flores;

29.

desearía que los esfuerzos para garantizar la salud de las poblaciones de polinizadores silvestres y la adopción de medidas de bioseguridad eficaces relativas a los polinizadores, así como los incentivos para utilizar plantas locales, se incluyeran como objetivos en los planes estratégicos nacionales de la PAC cuya aprobación está prevista en 2022, a fin de impulsar nuevas medidas. En aras de su aplicación fácil y adecuada, esta responsabilidad debe recaer en los Estados miembros;

Acción a escala local y regional y participación del CDR

30.

destaca las posibilidades y responsabilidades de los entes locales y regionales a la hora de acelerar la puesta en práctica de la Iniciativa sobre los polinizadores, actualmente y aún más en el futuro;

31.

está convencido de la necesidad de cooperación, tanto nacional como transfronteriza, entre los entes locales y regionales a la hora de adoptar y aplicar medidas medioambientales. En el caso de los polinizadores, los corredores biológicos son esenciales para apoyar la sostenibilidad y la resiliencia de las poblaciones. Las tareas de este tipo están bien adaptadas a los entes locales y regionales, que, mediante la cooperación, pueden aplicar fácilmente medidas que contribuyan a la sostenibilidad de las poblaciones de polinizadores;

32.

señala, asimismo, la importancia de hacer partícipes, además de a los entes locales y regionales, también a la sociedad civil, a centros de conocimiento, a los agricultores locales y al sector privado. Para aprovechar al máximo estos agentes, su labor y su innovación en sus respectivos sectores, la nueva Iniciativa sobre los polinizadores debe crear un marco eficaz para las iniciativas voluntarias, los conocimientos así como los objetivos e informes comunes. Esto permitiría a estos agentes no solo contribuir a alcanzar los objetivos establecidos en la Iniciativa, sino también ir más allá;

33.

se compromete, cuando trabaje en cuestiones medioambientales —en particular las relativas a la biodiversidad—, a sensibilizar y subrayar la importancia de los objetivos de apoyo a los polinizadores, así como a asignar funciones claras a los distintos gobiernos nacionales o regionales y autoridades locales para contribuir a invertir la pérdida de polinizadores y a apoyar el desarrollo de planes de acción de alcance nacional y local sobre los polinizadores, igualmente en el marco de la campaña «El Pacto Verde se hace local»;

34.

insiste en la importancia de reconocer también los beneficios socioeconómicos de los programas de polinizadores. Hacer hincapié en estos programas desvela oportunidades económicas y de inclusión social;

35.

expresa su intención de proseguir su estrecha cooperación con la Comisión Europea, especialmente en referente a la revisión y la consecución de los objetivos en materia de biodiversidad relativos a los polinizadores;

36.

se ofrece a poner en marcha una red de polinizadores como proyecto piloto, en la que los entes locales puedan compartir conocimientos y mejores prácticas entre sí, con especial atención a los centros urbanos;

37.

pide a los entes locales y regionales que supervisen e informen sobre la situación en la que se encuentran los polinizadores, ya que el conocimiento de las especies autóctonas así como de la flora y la fauna locales es fundamental para comprender las condiciones locales de los polinizadores tanto silvestres como domesticados, y los entes locales y regionales ya están familiarizados con sus condiciones locales y regionales respectivamente;

38.

pide a los miembros del CDR que den ejemplo y organicen diálogos y reuniones abiertas a escala local y regional, garantizando la inclusión de la sociedad civil y las ONG, ya que la localización y subsanación de las lagunas de conocimiento figuran entre los aspectos fundamentales de la Iniciativa sobre los polinizadores;

39.

pide a los representantes de las comunidades locales y regionales que evalúen hasta qué punto puede lograrse la rehabilitación de sus lugares industriales e históricos en combinación con soluciones basadas en la naturaleza destinadas a aumentar la población de polinizadores;

40.

está firmemente convencido de que la inclusión de las generaciones más jóvenes en el debate y en la búsqueda de soluciones es fundamental, ya que la consecución de los objetivos medioambientales y el refuerzo de las poblaciones silvestres de polinizadores en particular son tareas que llevarán varias generaciones. Acoge con satisfacción, en este sentido, los ejemplos existentes, como la participación de los jóvenes en el proyecto STING (5), pero pide a los miembros del CDR y a la comunidad más amplia de entes locales y regionales que se basen en este ejemplo y propongan actividades de participación ciudadana en sus ciudades y regiones, dirigidas en particular a los niños y los jóvenes. La sensibilización sobre los polinizadores podría integrarse en el Año Europeo de la Juventud 2022;

Participación europea a escala mundial

41.

acoge con satisfacción la señal positiva enviada por la COP15 del CDB de las Naciones Unidas y su compromiso de invertir el proceso de pérdida de especies animales y vegetales de aquí a 2030;

42.

destaca la importancia fundamental de la Declaración de Edimburgo sobre el marco político mundial de la diversidad posterior a 2020 destinada a los gobiernos subnacionales, las ciudades y los entes locales (6), y se compromete, asimismo, a promoverlo en el ámbito del debate sobre los polinizadores a escala europea e internacional;

43.

pide a la Comisión que aborde el declive de los polinizadores a escala internacional y que defienda medidas enérgicas para proteger a los polinizadores y sus hábitats durante la segunda parte de la COP15 del CDB, cuya celebración está prevista entre el 25 de abril y el 8 de mayo de 2022 en Kunming (China);

44.

está dispuesto a formar parte de la delegación de la UE en la COP15 y las futuras COP del CDB de las Naciones Unidas para compartir los puntos de vista de los entes locales y regionales de la UE y las medidas que han aplicado ya, así como para ayudar a basarse en el éxito de la Declaración de Edimburgo en el ámbito de la protección de los polinizadores y sus hábitats.

Bruselas, 26 de enero de 2022.

El Presidente del Comité Europeo de las Regiones

Apostolos TZITZIKOSTAS


(1)  Resolución del Parlamento Europeo 2019/2803(RSP) y Conclusiones del Consejo adoptadas por el Consejo en su sesión n.o 3782 celebrada el 17 de diciembre de 2020 (14168/20).

(2)  https://op.europa.eu/webpub/eca/special-reports/pollinators-15-2020/es/

(3)  Agenda 2030 de las Naciones Unidas (https://sdgs.un.org/2030agenda).

(4)  Baldock, K. C. R. y otros. Where is the UK’s pollinator biodiversity? The importance of urban areas for flower-visiting insects. Proc. R. Soc. B Biol. Sci. 282, 20142849 (2015), Theodorou, P. y otros. The structure of flower visitor networks in relation to pollination across an agricultural to urban gradient. Funct. Ecol. 31, 838–847 (2017).

(5)  STING (siglas en inglés de Ciencia y Tecnología para Insectos Polinizadores) es un proyecto de la Comisión.

(6)  https://www.gov.scot/publications/edinburgh-declaration-on-post-2020-biodiversity-framework/


13.7.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 270/18


Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Una visión a largo plazo para las zonas rurales de la UE

(2022/C 270/04)

Ponente:

Juan Manuel MORENO BONILLA (ES/PPE), presidente de la Junta de Andalucía

RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES

1.

acoge favorablemente la visión a largo plazo como un paso crucial hacia un desarrollo sostenible de las zonas rurales y una verdadera cohesión territorial en toda la UE y lamenta que la publicación de esta visión a largo plazo se produzca tras la conclusión de las negociaciones sobre la política agrícola común (PAC) 2021-2027, ya que esta política podría haber contribuido a la aplicación de esta estrategia, en particular mediante un mejor equilibrio financiero entre el primer y el segundo pilar de la PAC;

2.

lamenta, a este respecto, que los instrumentos de convergencia entre la política de cohesión y las políticas de desarrollo rural se hayan abandonado en la reciente reforma de la PAC y lamenta, en particular, el abandono de la integración del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el Reglamento sobre disposiciones comunes de la política de cohesión 2021-2027;

3.

destaca la necesidad de que la Conferencia sobre el Futuro de Europa tenga en cuenta a la población de las zonas rurales para reflejar sus ideas, necesidades y potencial y garantizar su implicación en el proyecto europeo: recomienda incorporar técnicas de comunicación y publicitarias destinadas a mejorar la imagen colectiva de las formas de vida rurales destacando las ventajas culturales y sociales de la vida rural;

4.

hace hincapié en la necesidad de garantizar que los vínculos mutuamente beneficiosos entre las zonas rurales y urbanas se integren en todas las políticas de la UE de acuerdo con los objetivos de cohesión territorial, aprovechando al máximo las grandes interdependencias entre las zonas rurales y urbanas;

5.

recomienda modificar el modelo territorial actual basado en la ciudad-región por otro basado en una relación común y equilibrada rural-urbana. Este modelo debe incorporar mecanismos de compensación para permitir sinergias mutuas y reequilibrar la relación rural-urbana. Además, un modelo urbano y rural común mejora la protección de la biodiversidad y fomenta la diversidad biocultural de las zonas rurales;

6.

lamenta que las orientaciones relativas a un refuerzo de las actuaciones de apoyo y a la financiación de las zonas rurales a escala de la UE solo vayan a prepararse de cara al período de programación de 2028-2034;

7.

destaca la urgencia de poner en práctica una Agenda Rural Europea que defina las propuestas concretas de acción inmediata que acompañan a la visión a largo plazo y recomienda que estas propuestas concretas vayan acompañadas de recursos, instrumentos financieros y objetivos cuantitativos para garantizar la aplicación efectiva de la visión a largo plazo;

8.

propone, a este respecto, que se establezca una asignación mínima de los fondos europeos en las zonas rurales a proyectos no agrícolas, tanto en los programas operativos de la política de cohesión como en los demás programas europeos de intervención directa (Horizonte Europa, Mecanismo «Conectar Europa» o Europa Creativa);

9.

acoge con satisfacción la intención de la Comisión de incluir la perspectiva rural en todas las políticas de la UE. Las evaluaciones de impacto territorial de los proyectos europeos conjuntos son un requisito previo para una política eficaz y adecuada para sus objetivos. En este contexto, el Comité señala que las evaluaciones de impacto deben tener en cuenta también la biodiversidad y las características bioculturales;

10.

subraya que debe garantizarse una financiación suficiente para hacer realidad la visión para las zonas rurales de la UE. La política de la UE para las zonas rurales debe integrarse en la mayor medida posible en la política de cohesión para crear así una política de desarrollo convincente. Además de la agricultura, el desarrollo de las zonas rurales concierne también a otros sectores de la economía. Por consiguiente, su financiación no debe limitarse únicamente al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural. Las condiciones y necesidades locales específicas deben ser el punto de partida de la política europea para las zonas rurales, como lo son para la política de cohesión;

11.

pide a los Estados miembros y a los entes locales y regionales que apliquen el enfoque de la comprobación de las repercusiones en las zonas rurales (rural proofing) respecto a sus estrategias e inversiones en el actual período de programación de 2021-2027 para la PAC, los fondos de cohesión y los planes nacionales de recuperación y resiliencia;

12.

hace hincapié en que la generalización rápida y rentable de las energías renovables y sus infraestructuras y tecnologías que requiere el Pacto Verde solo puede producirse contando con las zonas rurales. A este respecto, hay que prestar atención a las limitaciones de la red energética y del almacenamiento de energía, sobre todo a escala transfronteriza. La capacidad de la red de alta tensión está (en algunos lugares) al límite, por lo que se necesitan inversiones para seguir garantizando el transporte de energías renovables. Para ello es esencial hacerlas partícipes del éxito económico;

13.

recuerda la importancia del diálogo entre todas las partes implicadas en el futuro de las zonas rurales, desde los distintos niveles de gobierno y administración a los principales sectores económicos, empresas, ciudadanía o mundo académico; iniciativas como foros, consejos o mesas de diálogo en las que participen todos los agentes son una excelente herramienta para discutir los principales retos de las zonas rurales y buscar soluciones que tengan en cuenta todas las voces;

14.

confirma el compromiso del CDR de colaborar con la Comisión Europea para poner en marcha el Pacto Rural este año y desarrollar un modelo de gobernanza que permita a todas las partes interesadas materializar con éxito la visión a largo plazo; reitera que la implicación de los agentes locales y regionales en esta estructura de gobernanza será clave para adaptar las acciones a los requerimientos y necesidades de las áreas rurales, con especial atención a aquellas despobladas o en riesgo demográfico;

15.

considera que los ámbitos más estratégicos que habrían de dotar de contenido a la cooperación local y comarcal en el marco del Pacto Rural deberían ser la agricultura, la movilidad, la conectividad digital y las energías renovables, por su potencial para frenar el despoblamiento y para generar oportunidades sociales y económicas ligadas al Pacto Verde; considera que las zonas rurales están en condiciones de acelerar la transición ecológica europea;

16.

considera que hay que avanzar más en relación con la valoración de los servicios ecosistémicos que presta la naturaleza (agua, nutrientes, acuíferos, regulación de temperaturas, biodiversidad, etc.), cuyos beneficios podrían ser destinados en parte a los municipios rurales para apoyar la organización y el desarrollo de su territorio;

17.

insta a la Comisión a facilitar que la financiación pública para las zonas rurales pueda complementar a la iniciativa privada cuando la provisión de bienes públicos no sea comercialmente viable, y a considerar ayudas estatales e incentivos fiscales cuando sean apropiados;

18.

recuerda que la Comunicación reconoce el estatuto específico de las regiones ultraperiféricas, tal como se establece en el artículo 349 del TFUE, y coincide en que es preciso prestar servicios de interés general en las zonas rurales de las regiones ultraperiféricas con una calidad comparable a la de las zonas urbanas.

19.

llama la atención sobre los retos particulares a los que se enfrentan las regiones rurales afectadas por un cambio estructural o por procesos de transformación necesarios para la transición ecológica, por ejemplo en la producción de energía o en la industria automovilística; entre ellas cabe incluir también a las regiones turísticas rurales que han de afrontar los cambios en los patrones de viaje debidos a la pandemia de COVID-19 y al cambio climático;

20.

propone que se elaboren criterios, referencias comparativas y objetivos transparentes con los que supervisar el impacto de las acciones y los avances realizados en la realización de la visión.

21.

finalmente, insta a que se instauren indicadores que sean especialmente pertinentes para las zonas rurales, por ejemplo el porcentaje de población que tiene acceso al transporte público y a servicios digitales, de empleo, sanitarios o culturales, en el contexto del Semestre Europeo, para asegurar que la visión para el futuro de las áreas rurales de la UE, en particular en las zonas escasamente pobladas, forme parte de todos los instrumentos que la UE establece para la revisión económica periódica de objetivos y metas;

22.

subraya que, para que la agenda rural tenga éxito, no se puede construir sobre la base de un enfoque único para todos; considera por tanto que es necesaria una categorización precisa de los territorios y el reconocimiento de las especificidades locales, sustentado en parámetros e indicadores transparentes y objetivos que otorguen un verdadero valor al desarrollo rural;

23.

recuerda que entre los objetivos del Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión (1), figura el de apoyar a las zonas urbanas y rurales con desventajas geográficas o demográficas. También prevé que los Estados miembros asignen ayuda financiera de la UE a proyectos que promuevan un desarrollo económico sostenible desde el punto de vista medioambiental y socialmente integrador en las regiones de que se trate;

24.

recuerda, a este respecto, que debe prestarse especial apoyo a las zonas del nivel NUTS 3 o a zonas muy escasamente pobladas, o con una disminución media de la población de más del 1 % entre 2007 y 2017;

25.

pide a la Comisión Europea que, de acuerdo con los Estados miembros y las autoridades locales y regiones, garantice que la iniciativa sobre la visión a largo plazo para las zonas rurales incluya soluciones prácticas y medios de apoyo para hacer frente a los cambios demográficos que sufren las áreas rurales, así como reitera la necesidad de poner en práctica proyectos integrados basados en los programas operativos de la política de cohesión, los planes estratégicos nacionales de la política agrícola común y los instrumentos de los planes estratégicos nacionales de recuperación; En particular, los proyectos de cooperación territorial europea (Interreg) desarrollan buenas prácticas transfronterizas que permiten plantear enfoques innovadores y proyectos piloto para el desarrollo territorial integrado de las zonas funcionales urbano-rurales;

26.

pide normas de aplicación más simples para los fondos europeos y para las ayudas estatales en las zonas rurales, mejoras en la forma en que se combinan y un cambio a un modelo de fondos múltiples que asegure la integración de las zonas rurales en todas las políticas;

27.

considera que las orientaciones que publicará la Comisión en su informe de 2024 para mejorar el apoyo y la financiación a las zonas rurales deberían abarcar un período más amplio de programación, y no estar limitadas al marco 2028-2034;

28.

llama la atención de la Comisión sobre la necesidad de que el diseño del futuro de las zonas rurales incorpore metodologías de sistemas que aseguren visiones de desarrollo sistémicas y no parciales ni lineales;

29.

señala la importancia de que el análisis de los problemas de las zonas rurales de partida sea completo, ya que basándose en él se establecen las áreas de acción del futuro Plan. En ese sentido, cabe añadir otros problemas económicos a los ya analizados, como la competencia externa, la inestabilidad de precios, o el reparto del valor añadido bruto entre los diferentes agentes de la cadena de producción y comercialización del sector agropecuario y agroalimentario;

30.

considera que, en relación con las oportunidades, se alude insuficientemente y solo de forma tangencial a sectores como el turismo rural sostenible o las actividades de ocio y culturales, que, sin embargo, juegan un papel muy relevante en la construcción de economías rurales diversificadas, fuertes y sostenibles. Existen muchas posibles actividades complementarias relacionadas con las zonas rurales más allá del sector agrícola, tales como el cicloturismo, la actividad cinegética, el senderismo, la micología, el turismo de bienestar, la gastronomía, las actividades artísticas basadas en la comunidad, los talleres artísticos y centros de exposiciones, etc.;

31.

El CDR desea subrayar la importancia de un desarrollo económico adecuado y equilibrado que se centre en los nuevos modelos de negocio. Algunas zonas rurales, específicamente las zonas fronterizas que sufren declive demográfico o están desiertas, se encuentran cada vez más expuestas a actividades delictivas que las desestabilizan, lo que hace que las normas sean difusas y reduce el sentimiento de seguridad y de calidad de vida;

32.

en ese sentido, recuerda que el futuro de las zonas rurales pasa por la retención y atracción de jóvenes que decidan desarrollar su proyecto de vida en las áreas rurales; en la búsqueda de soluciones a los retos de las zonas rurales es por lo tanto fundamental contar con los jóvenes de forma activa, facilitar foros para que aporten ideas y apostar por iniciativas juveniles en las zonas rurales;

33.

pone de relieve que, en el contexto actual, con poblaciones cada vez más envejecidas, resulta urgente desarrollar una economía de servicios esenciales que garantice la accesibilidad universal a todos los bienes y servicios en los entornos rurales, con especial atención a la tercera edad; asimismo, acoge con satisfacción el Año Europeo de la Juventud 2022, puesto que dará la posibilidad de facilitar oportunidades y apoyar a la juventud rural a fin de que se conviertan en ciudadanos activos e impulsores de un cambio positivo;

34.

insta a la Comisión a que considere, entre sus propuestas en este ámbito, la contribución que pueden aportar los sistemas de prestación de servicios distribuida, en ámbitos como guarderías, centros de asistencia para mayores, escuelas y centros postescolares, comercios o asistencia sociosanitaria (un ámbito en el que tecnologías como la telemedicina y la teleasistencia pueden aportar contribuciones clave) y, en este sentido, anima a la Comisión Europea a que establezca objetivos cuantitativos mínimos para los Estados miembros con el fin de aumentar la accesibilidad a los servicios en general y a los servicios públicos básicos en particular en las zonas rurales;

35.

subraya la necesidad de incluir todos los datos sobre los dispositivos tanto sociales como sanitarios y socio-sanitarios en el enfoque armonizado propuesto sobre el uso de sistemas de información geoespacial, así como la necesidad de impulsar la interoperabilidad del sistema de servicios sociales, y de este con otros sistemas de protección social;

36.

resalta, igualmente, la importancia de incorporar indicadores sobre la facilidad de acceso a los servicios sociales de atención y a servicios de proximidad en materia de protección social;

37.

hace hincapié en la importancia de aprovechar al máximo las interdependencias entre el campo y las ciudades en un contexto de equidad territorial. Las inversiones intermunicipales deberían beneficiar a todos y cada uno de los entes locales y regionales, de modo que, en el mejor de los casos, las zonas urbanas y rurales se beneficien por igual;

38.

insta a que ese efecto positivo se refleje suficientemente en los cálculos de inversión per cápita por tipo de región (urbana, intermedia, rural), y por ello pide que se revisen los mecanismos de elaboración de los indicadores de beneficio de esas inversiones, con especial atención a las pequeñas ciudades y pueblos en las áreas rurales;

39.

destaca que la producción de energías renovables es una oportunidad para que las áreas rurales combatan la pobreza energética y generen autosuficiencia energética en áreas funcionales (que incluyan el ámbito rural-urbano de su influencia). Señala además la aceptación de las instalaciones de producción de energías renovables puede incrementarse si una parte de los ingresos generados se mantiene en las comunidades rurales;

40.

propone considerar, cuando proceda, las posibilidades de promover la relocalización, lo que crea oportunidades para las sinergias rurales entre la agricultura, la fabricación y el comercio, contribuyendo así a reforzar la economía local mediante la creación de puestos de trabajo y la reducción del desempleo;

41.

destaca la importancia que el marco ofrecido por la visión reviste para el desarrollo de infraestructuras físicas que mejoren la conectividad de los territorios rurales y faciliten su dinamización socioeconómica, y sugiere incluir en el mismo las agendas urbanas;

42.

reitera la importancia de que la mejora de la conexión de transporte con las zonas periurbanas y rurales se canalice principalmente a través de los entes regionales y sus programas operativos para garantizar una actuación coordinada, eficaz y eficiente. En este ámbito, las estrategias de transporte urbano (2) deben integrarse plenamente con las zonas rurales y periurbanas;

43.

señala que la disponibilidad de terrenos industriales desempeña un papel importante para el desarrollo adecuado y sostenible de la economía regional así como para el establecimiento o la ampliación de empresas en las zonas rurales; esto es particularmente cierto en el caso de las regiones que están experimentando cambios estructurales; los entes locales necesitan apoyo para determinar, designar o reclasificar de manera proactiva los terrenos adecuados; el alcance y los costes de los servicios de planificación que deben prestarse para ello suelen plantear problemas;

44.

señala que debe prestarse especial atención a las infraestructuras y la cooperación transfronteriza en las regiones rurales fronterizas; incide en la necesidad de mejorar el sistema de infraestructuras y servicios de transporte público de las zonas rurales, garantizando el desarrollo de soluciones de movilidad sostenibles que reduzcan los tiempos de desplazamiento y mejoren las comunicaciones entre las zonas urbanas y periurbanas y las rurales;

45.

subraya que el objetivo fundamental de la política de ordenación territorial y transportes debe garantizar las máximas posibilidades de satisfacción de las necesidades con el mínimo transporte; y por ello es importante racionalizarlo;

46.

recomienda que en esa oferta de movilidad multimodal se considere también la aportación que pueden hacer los modelos de movilidad como servicio (MaaS por su sigla en inglés) para transitar hacia una conectividad física más sostenible energética y climáticamente; por ejemplo, la movilidad compartida y los servicios a la demanda que conectan las comunidades rurales con los nodos de transporte, en particular estaciones de autobuses y ferrocarril, pueden impulsar el uso del transporte sostenible;

47.

coincide con la Comisión en que la digitalización desempeña un papel clave en el desarrollo de las zonas rurales, ya que les permite utilizar soluciones innovadoras para mejorar su resiliencia y aprovechar su potencial; pide por tanto que se preste especial atención a la promoción de marcos que permitan complementar la acción pública con financiación privada para infraestructuras digitales. Aunque estas no sean suficientemente competitivas desde el punto de vista de la inversión privada, resultan muy competitivas desde el punto de vista social y regional. La banda ancha es vital para que las zonas rurales accedan a los distintos servicios y resuelvan los problemas derivados de la brecha digital a la que se enfrentan varias comunidades;

48.

pone de relieve que la inversión en infraestructuras digitales no es suficiente si no va acompañada de una oferta suficiente de formación y mejora de competencias digitales, especialmente urgente en el ámbito rural. Esta observación es también de gran importancia a la luz del aumento de la ciberdelincuencia mundial y, en particular, de la necesidad de «ciberproteger» suficientemente a las empresas locales que son eslabones de la cadena de suministro de alimentos;

49.

recuerda que las áreas rurales han sido particularmente vulnerables a la pandemia de COVID-19 al contar con una economía mucho menos diversificada, una gran proporción de trabajadores en trabajos esenciales y una infraestructura de internet deficiente. Sin embargo, los efectos de la pandemia en el aumento del teletrabajo ofrecen oportunidades para contrarrestar a largo plazo la despoblación rural y generar actividades sociales y económicas rurales innovadoras, y por ello, sugiere considerar, entre otras medidas, la promoción de espacios de trabajo compartidos (co-working) de alta calidad en las comunidades rurales; o la creación de incentivos fiscales para alentar a las empresas privadas a permitir que los empleados trabajen en ubicaciones geográficas de su elección;

50.

considera que, en la línea de pensamiento de «no dejar a nadie atrás» que ha marcado la presidenta von der Leyen, necesitamos contar con herramientas que permitan asegurar la existencia de «ecosistemas de innovación» en cada territorio que ofrezcan oportunidades para todos los emprendedores y todas las microempresas y pymes rurales, potenciando estas pequeñas empresas rurales, así como una oferta adecuada de formación y capacitación en competencias digitales o en otras habilidades «blandas» (soft skills) relacionadas con la innovación abierta, con la cooperación interregional e internacional y con la comunicación intercultural;

51.

acoge favorablemente el mayor apoyo prestado a iniciativas planteadas desde la base como Leader/DLP —que define el papel de los Grupos de Acción Local— o «Pueblos Inteligentes» y anima a seguir aprovechando las lecciones aprendidas en el marco de estos programas y enfoques; en este contexto, llama la atención sobre los beneficios de un desarrollo regional basado en la innovación, que se apoye en las capacidades y el compromiso sobre el terreno; los organismos competentes a nivel regional y nacional deberían hacer gala de sensibilidad y apoyar, en la medida de lo posible, las ideas innovadoras de los agentes locales;

52.

pide que se incluya también la aportación del patrimonio cultural y de los agentes culturales, artísticos y creativos para construir un futuro sostenible y próspero y para mejorar el atractivo turístico de las zonas rurales, lo que también mejorará el bienestar económico de estos asentamientos;

53.

considera de enorme valor el reconocimiento que hace la Comunicación al papel que juega la gestión agrícola y forestal sostenible en la resiliencia frente a la emergencia climática y los riesgos asociados a ella y en la protección de la biodiversidad;

54.

recuerda que las transiciones verde y digital deben también asegurar sociedades más resilientes y justas que tengan en cuenta las necesidades de todos los miembros de la comunidad rural, incluidas las de los colectivos desfavorecidos y de quienes viven en zonas menos desarrolladas y en situación de pobreza extrema. Por ello, se debe hacer hincapié en que las transiciones verde y digital han de ser justas e inclusivas;

55.

considera que la agricultura debe poder seguir desempeñando un papel central en las zonas rurales; pide a la Comisión que tutele el buen desarrollo de los planes estratégicos que cada Estado miembro deberá desarrollar en el ámbito de la nueva política agrícola común (PAC) para asegurar que el sector primario europeo camine en la dirección que indican el Pacto Verde, la Estrategia «De la Granja a la Mesa» o la Estrategia de Biodiversidad y que permitan una estrategia local basada en las características de cada región y en la promoción de los productos locales típicos;

56.

pone de relieve la necesidad de impulsar procesos de autosuficiencia y seguridad alimentaria basados en productos de proximidad, de calidad y de producción ecológica, en el marco de cadenas de valor innovadoras y generadoras de organización territorial; toma nota del establecimiento de un porcentaje del 25 % para la agricultura ecológica en los próximos años, para lo que se consideran necesarias medidas de apoyo y acompañamiento y políticas de incentivación del consumo alineadas con ese objetivo;

57.

subraya que el relevo generacional agrícola sigue siendo urgente y por ello es relevante el apoyo a la incorporación tanto de jóvenes como de mujeres rurales en la agricultura y en la propiedad de las explotaciones agrícolas; coincide por ello con la Comisión en que se debe prestar una atención especial a las necesidades de los jóvenes para animarlos a que se queden en las zonas rurales. Considera fundamental el refuerzo en políticas públicas de fomento de la modernización de las explotaciones que propicien la incorporación de jóvenes agricultores y agricultoras para afrontar la problemática del relevo generacional, facilitándoles el acceso a programas de inserción sociolaboral así como a opciones educativas y de capacitación y reciclaje impartidas a escala local y a ofertas culturales. También coincide en la importancia de una atención específica a las mujeres, ampliando la oferta laboral y formativa e impulsando medidas de conciliación de la vida profesional y la familiar;

58.

destaca el hecho de que un número significativo de trabajadores cualificados ha tenido que hacer frente a cambios en las condiciones de trabajo y la normativa desde el Brexit, y que la Unión debería considerar marcos de apoyo para estas categorías de trabajadores migrantes. Asimismo, y lo más importante, la UE debería considerar la posibilidad de poner en marcha programas que ayuden y animen a la mano de obra cualificada emigrada a regresar a su país de origen.

59.

considera que son necesarios unos precios y unos ingresos justos para los agricultores, por lo que se debe luchar contra una evolución del mercado ruinosa para las explotaciones. La política agrícola común (PAC) de la UE debería contrarrestarla con instrumentos como la adaptación general de la producción a las necesidades del mercado en épocas de crisis y normas para un acceso condicionado al mercado;

60.

señala que una gran parte del trabajo en la agricultura y la industria alimentaria de la UE lo realizan trabajadores migrantes, lo que a menudo se une a las condiciones precarias de este grupo de población. Por ello, la agenda social de la UE debe reforzarse para conseguir salarios mínimos más altos, buenas condiciones de trabajo y una integración social;

61.

pone de relieve que la transición ecológica planteará numerosos retos para muchos de los agricultores y ganaderos europeos. A fin de poder aprovechar con éxito las nuevas oportunidades se requiere un esfuerzo especial en comunicación, sensibilización y formación que permita, por una parte, transmitir el mensaje sobre la nueva agricultura sostenible y verde y, por otra, ofrecer las competencias para ponerla en práctica;

62.

destaca la importancia de prevenir el abandono de la tierra, así como de facilitar el acceso a la misma, para lo cual es necesario desarrollar un marco normativo adecuado, diseñar nuevos instrumentos de gestión de tierras y proporcionar los incentivos fiscales y la financiación necesaria;

63.

señala que la presencia creciente de grandes depredadores y el aumento que conlleva de las pérdidas de ganado en pastos de alta montaña están causando cada vez más problemas para la agricultura de montaña y, en muchos casos, el abandono de la explotación de esos pastos, que en las regiones montañosas contribuyen de forma decisiva a que el bosque no cubra regiones enteras y constituyen una aportación esencial a la protección de la naturaleza y contra la erosión y al impagable capital que supone la protección del paisaje en las zonas rurales, por lo que pide a la Comisión Europea que:

establecer un sistema común europeo de gestión del lobo y de los grandes carnívoros, especialmente el oso;

estudie una modificación de los anexos de la Directiva sobre los hábitats con el fin de adaptarse más rápidamente a la evolución de determinadas poblaciones y relajar o reforzar el estatuto de protección por país o unidad territorial cuando así lo justifique la evolución positiva o negativa de las poblaciones de las especies protegidas y la amenaza para las actividades de pastoreo;

amplíe las posibilidades de adaptación de la legislación europea y de las medidas necesarias a las condiciones locales, con el fin de gestionar mejor las poblaciones de depredadores, en particular las de lobos y osos;

64.

destaca el importante papel que desempeñan las infraestructuras agrícolas en la organización y la cohesión de las zonas rurales, y pide a la Comisión que incluya en sus propuestas medidas que garanticen su estado de conservación y mantenimiento como caminos fundamentalmente permeables (no asfaltados);

65.

pide que se incluyan las zonas inundables en las iniciativas emblemáticas sobre zonas resilientes, dada su enorme contribución al aumento de la resiliencia frente al cambio climático, al desarrollo de una agricultura hipocarbónica y a la prevención y gestión de inundaciones. A este respecto, hay que tener en cuenta que numerosos ríos y llanuras aluviales son de naturaleza transfronteriza y, por lo tanto, plantean un reto transfronterizo, además de formar parte de la vasta problemática del agua. Por ello, es necesaria la cooperación internacional;

66.

subraya que una visión a largo plazo para las zonas rurales debe consolidar el papel de las regiones en la identificación de sus prioridades. Considera, en ese sentido, que en la elaboración de la legislación sobre la PAC, sus planes estratégicos nacionales y los planes nacionales de recuperación se ha perdido una oportunidad para asegurar que los futuros proyectos de inversión en las zonas rurales estén verdaderamente anclados en las necesidades de cada territorio, tal como han sido identificadas por sus propias partes interesadas;

67.

pide que las estrategias regionales de especialización inteligente existentes en cada región de la UE, elaboradas a partir de un proceso de participación con múltiples agentes, sean más tenidas en cuenta en el futuro en el desarrollo de los procesos planificadores con impacto en las áreas rurales;

68.

pide que se contemple el apoyo técnico suficiente para la creación de capacidades a los entes rurales, que son más débiles en cuanto a sus competencias en relación con la programación —especialmente de estrategias a largo plazo— y el gasto de fondos de la UE; solicita igualmente unos requisitos más simples, facilidades o iniciativas específicas para que los municipios de menos población, que cuentan con menos personal en sus administraciones, puedan también participar en proyectos europeos;

69.

resalta la importancia de la economía social como herramienta esencial para el desarrollo, presente y futuro, de las zonas rurales de la UE, al desempeñar un rol estratégico en el reto demográfico y el envejecimiento de la población, mediante la creación de empresas más resilientes y fuertemente vinculadas a su comunidad, anclando población al territorio, e impulsar la creación de puestos de trabajo de calidad, la formación de sus trabajadores, el emprendimiento femenino, la incorporación de los jóvenes al mercado laboral y el relevo generacional.

Bruselas, 26 de enero de 2022.

El Presidente del Comité Europeo de las Regiones

Apostolos TZITZIKOSTAS


(1)  DO L 231 de 30.6.2021, p. 60.

(2)  COM (2021) 811, Comunicación de la Comisión Europea al Consejo y al Parlamento Europeo — El Nuevo Marco de Movilidad Urbana de la UE.


13.7.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 270/25


Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Igualdad de género y cambio climático: hacia la integración de la perspectiva de género en el Pacto Verde Europeo

(2022/C 270/05)

Ponente:

Kata TÜTTŐ (HU/PSE), miembro de la Asamblea General de Budapest (Hungría)

RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES

1.

reitera que la igualdad de género es un valor europeo esencial y un principio fundamental de la Unión Europea consagrado en los Tratados y reconocido en el artículo 23 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. El artículo 8 del TFUE dispone que la Unión, en todas sus acciones, se fijará el objetivo de eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer y promover su igualdad;

2.

recuerda que en los principios 2, 5 y 9 del pilar europeo de derechos sociales, proclamado por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión el 17 de noviembre de 2017, se reafirman la igualdad de género, el empleo seguro y adaptable, así como el equilibrio entre la vida profesional y la vida privada;

3.

reconoce que las políticas en materia de cambio climático tienen repercusiones diferenciadas por género y que debe promoverse la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres para una acción por el clima eficaz (1); subraya que, en este contexto, reviste una importancia fundamental que las mujeres participen en el diseño de las estrategias y acciones de respuesta a las crisis en aras de una Europa más democrática e inclusiva;

Un enfoque de género para el cambio climático

4.

observa que los peligros debidos al cambio climático, al calentamiento global, a la pérdida de biodiversidad y a la degradación del medio ambiente tienen un mayor impacto en los segmentos más pobres y vulnerables de la población de los países del Sur Global y de la UE; señala que el cambio climático conlleva riesgos complejos que agravan las disparidades socioeconómicas de larga duración y los desequilibrios existentes, como los relacionados con la falta de igualdad de género; destaca, por tanto, que es probable que las políticas y medidas climáticas que ignoran un análisis y una perspectiva de género agraven las desigualdades sociales;

5.

reconoce que, a escala mundial, las mujeres y niñas son más vulnerables a las repercusiones del cambio climático y el deterioro del entorno natural, al tiempo que son agentes poderosos que pueden desempeñar un papel clave en el camino hacia la neutralidad climática y la adaptación a los impactos del cambio climático; subraya que, dadas sus experiencias y perspectivas concretas, los hombres y las mujeres pueden tener a menudo un pensamiento innovador y unas ideas creativas que resultan complementarios, y que la integración de los análisis de género en la política climática y el reconocimiento de diversas identidades de género amplían la aplicación de estos enfoques en el conjunto de la sociedad. Apoya, en este sentido, la declaración conjunta publicada por el Gobierno escocés y las Naciones Unidas Mujeres en la COP26, en la que se pide que se promueva el papel de las mujeres y niñas a la hora de abordar el cambio climático (2);

6.

considera que se debe fomentar un mayor empoderamiento de las mujeres en relación con el cambio climático; para ello se debe mejorar su formación y sensibilización en materia de tecnologías, medidas y acciones climáticas y potenciar su papel en los procesos de decisión relacionados con dichos ámbitos;

7.

destaca que existen vínculos importantes entre las cuestiones de género, el cambio climático y otros retos medioambientales; señala que las mujeres y los hombres pueden probablemente acusar de manera diferente los efectos del cambio climático en función de sus circunstancias vitales específicas y sus distintas capacidades para mitigar el cambio climático y adaptarse al mismo a nivel individual, difieren en cuanto a sus percepciones y actitudes con respecto a las opciones de mitigación del cambio climático y se ven afectados de manera diferente por las repercusiones socioeconómicas de la política climática; considera que las mujeres y las niñas pueden actuar como catalizadoras del cambio de comportamiento;

Integración de la perspectiva de género

8.

destaca que la integración de la perspectiva de género, entendida como la incorporación de la perspectiva de género en la elaboración, el diseño, la ejecución, el seguimiento y la evaluación de las políticas, las medidas reglamentarias y los programas de gasto, es una herramienta valiosa para lograr la igualdad de género, y lamenta su desuso;

9.

observa que, si bien la Estrategia para la Igualdad de Género 2020-2025 (3) reconoce que los programas y políticas del Pacto Verde Europeo pueden afectar a las mujeres de forma diferente a la de los hombres, la anunciada integración de la perspectiva de género en todas las iniciativas importantes de la Comisión no es explícita (4); se remite a la Resolución del Parlamento Europeo sobre el Pacto Verde Europeo, que «hace hincapié en la necesidad de aplicar una perspectiva de género a las acciones y los objetivos del Pacto Verde, incluida la integración de la perspectiva de género y unas acciones con perspectiva de género» (5);

10.

hace hincapié en que las evaluaciones de impacto de género son un elemento clave del conjunto de herramientas de la Unión para la integración de la perspectiva de género, que no están plenamente desarrolladas, ya que, con demasiada frecuencia, faltan datos, estadísticas e información desglosados por sexo; pide a la Comisión que aplique la Guía del Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE) sobre la evaluación del impacto de género (6); insiste en que los datos recopilados en los Estados miembros de la UE deben incluir indicadores de género más completos, sin incrementar la carga administrativa para los entes locales y regionales;

11.

acoge con satisfacción la creación de un Grupo de Trabajo sobre la Igualdad (7) para garantizar la integración de la igualdad, en particular la igualdad de género y la diversidad de género, en todas las políticas de la Unión, desde su diseño hasta su aplicación, y pide a la UE que fomente el intercambio de buenas prácticas entre las autoridades nacionales, regionales y locales evitando un enfoque descendente;

12.

afirma que la participación de las mujeres en la toma de decisiones sobre el cambio climático es otro factor importante para dotarse de unos programas y políticas más eficaces y con mayor perspectiva de género en materia de cambio climático; pide que se refuerce la participación de las mujeres en acciones en todas las instituciones de la UE, organismos gubernamentales y autoridades públicas en todos los niveles de gobernanza; pide al Consejo que desbloquee la Directiva sobre las mujeres en los consejos de administración (8);

13.

destaca que la recuperación de la pandemia es una oportunidad para construir una nueva normalidad y reorientar los recursos hacia una sociedad climáticamente neutra y equilibrada desde el punto de vista del género; alienta el uso de herramientas de integración de la perspectiva de género para ejecutar los planes de recuperación y resiliencia, dado que deben constituir la base no solo de la recuperación, sino también de una sociedad sostenible, justa e igualitaria;

14.

pide que se intensifique la investigación para identificar los escollos a la participación en la toma de decisiones, así como para explorar cómo afectan los estereotipos de género al consumo y al estilo de vida de las personas; alienta el uso de modelos como GAMMA (por sus siglas en inglés, método de evaluación de género para la mitigación y la adaptación) con el fin de obtener mejores datos;

15.

considera que un enfoque que tenga en cuenta las cuestiones de género puede responder mejor a las necesidades y capacidades de toda la ciudadanía. Los entes locales y regionales son los mejor situados para integrar las cuestiones sociales en la acción por el clima, ya que son el nivel de gobernanza más próximo a la ciudadanía y desempeñan un papel clave en la aplicación de la legislación; subraya que la participación de las mujeres debe promoverse a todos los niveles institucionales, empezando por la UE;

16.

pide que el Pacto Europeo por el Clima refleje este enfoque de género para influir en las acciones y políticas climáticas, mediante la inclusión de actividades específicas de información centradas en la sensibilización, la formación y el intercambio de conocimientos sobre las perspectivas de género;

17.

subraya la importancia de la cooperación transversal entre ONG y organizaciones civiles dedicadas a cuestiones medioambientales y de género, así como de la instauración de campañas de sensibilización y programas de formación comunes;

Empleos «verdes»

18.

acoge con satisfacción el hecho de que una recuperación ecológica, digital e integradora ofrecerá oportunidades para crear nuevos puestos de trabajo o reincorporar desempleadas de larga duración a la economía digital; sostiene que el camino hacia una economía sostenible e hipocarbónica permitirá la inclusión de una perspectiva de género para evitar la perpetuación de las desigualdades existentes;

19.

destaca que la contribución de las mujeres a las actividades económicas ecológicas es esencial para lograr un desarrollo sostenible equitativo y debe visibilizarse y valorarse; las mujeres y las niñas también pueden beneficiarse de las oportunidades en el ámbito del emprendimiento ecológico y convertirse en empresarias ecológicas en lugar de en empleadas, siempre que ello no suponga la precarización de las trabajadoras asalariadas abocadas al autoempleo;

20.

reconoce que la tecnología desempeñará un papel más importante en todas nuestras vidas y que es esencial que el sector tecnológico se asemeje a la sociedad a la que sirve; pide que se creen y doten económicamente programas formativos de conocimiento digital y tecnológico especializado destinados a mujeres y niñas, como oportunidad clave para acelerar la innovación en el ámbito de la transición climática y energética, mejorando las cuotas de género en estos sectores y garantizando la igualdad de acceso a las oportunidades profesionales (9);

21.

pide a la Comisión y a los Estados miembros que incorporen la igualdad de género como elemento importante de la transición digital, incluida la perspectiva de género, en el desarrollo de las políticas sobre educación digital, promoviendo programas de tutoría con modelos de referencia femeninos en las TIC, eliminando los sesgos discriminatorios de género conscientes e inconscientes de los algoritmos, previniendo la ciberviolencia, aprovechando las iniciativas y los programas de Erasmus+, impulsando el concepto de enfoque de aprendizaje permanente en la educación de personas adultas, en particular en zonas remotas, y evitando la exclusión digital;

22.

considera que el teletrabajo puede conducir a un mejor equilibrio entre la vida profesional y la vida privada, especialmente para las mujeres, siempre que las familias tengan acceso a servicios de atención a la infancia asequibles y de calidad, también para el cuidado de los hijos mayores, durante todo el horario de trabajo, y teniendo en cuenta, en particular, que las mujeres están más expuestas a la violencia doméstica (10); destaca la importancia de poder acceder a los equipos tecnológicos más avanzados y a la internet de alta velocidad para poder teletrabajar a un coste asequible, y de ampliar la iniciativa WIFI4EU a las zonas remotas; insta a que se proceda rápidamente a una aplicación ambiciosa de la Directiva de 2019 relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional;

Transportes públicos y movilidad sostenibles

23.

hace hincapié en que el diseño y la planificación de los sistemas de transporte en las ciudades deben tener más en cuenta el desequilibrio de género, ya que las mujeres tienden a utilizar el transporte público con mayor frecuencia; subraya que la protección y la sensación de seguridad constituyen aspectos esenciales que deben mejorarse; hace hincapié en que los modelos de movilidad (incluidos los horarios) y las decisiones sobre la conveniencia de las rutas deben tener en cuenta los diferentes usos desglosados por género (más desplazamientos entre el domicilio y el lugar de trabajo para los hombres y trayectos cortos y con varias etapas para las mujeres), así como el reparto de funciones en el mercado laboral y en la economía de la prestación de cuidados; subraya que la capacidad fuera de las horas punta, la fiabilidad y la flexibilidad de los servicios de transporte público deben adaptarse mejor a las pautas de movilidad de las personas de todos los géneros y edades, sin olvidar que cada municipio, región o país debe organizar sus servicios de transporte público en consonancia con sus propias necesidades y capacidades, tanto en entornos urbanos como rurales;

24.

considera que iniciativas sencillas, rentables y reproducibles, como permitir que los autobuses nocturnos hagan paradas facultativas o trazar carriles para bicicletas e itinerarios peatonales bien iluminados y totalmente separados del tráfico, podrían contribuir a una movilidad más sostenible, segura e inclusiva;

25.

considera que iniciativas como «Mujeres en el transporte: Plataforma de la UE para el cambio» pueden contribuir a reforzar el empleo de las mujeres en el sector del transporte y proporcionar un foro adecuado para el intercambio de buenas prácticas; pide que se haga un seguimiento a través de los embajadores en favor de la diversidad en el transporte;

26.

insta a la Comisión a que planifique cómo conectar las ciudades con zonas remotas y cómo garantizar la accesibilidad y la conectividad, además de impulsar el uso de vehículos, trenes y autobuses eléctricos híbridos limpios para distancias más largas; apuesta por soluciones digitales para la venta de billetes con itinerario fijo mediante diferentes aplicaciones; reconoce los esfuerzos enmarcados en la nueva Agenda Urbana de la UE;

Pobreza energética

27.

expresa su profunda preocupación por la escalada de los precios de la electricidad y el gas, que han alcanzado sus niveles más elevados en décadas en todos los Estados miembros y abocan a muchos hombres y mujeres a la pobreza energética y de movilidad; pide a la UE que adopte contramedidas a largo plazo, y en particular que analice las causas del aumento de los precios de la energía;

28.

reconoce que la pobreza energética afecta de manera desproporcionada a las mujeres debido a las desigualdades estructurales en la distribución de la renta, a su situación socioeconómica y a la brecha de género en materia de prestación de cuidados;

29.

se remite a la Resolución del Parlamento Europeo (11) en la que se pide que la UE incluya una dimensión de género en todas sus políticas y programas energéticos, centrándose especialmente en las mujeres y las niñas que se enfrentan a la pobreza, a la exclusión social y a la marginación;

30.

anima al Energy Poverty Advisory Hub (centro de asesoramiento sobre la pobreza energética — EPAH, por sus siglas en inglés) a que aplique una perspectiva de género a sus indicadores, así como a la recogida y el tratamiento de datos;

31.

reitera que la pobreza energética es un reto social de primer orden, con consecuencias sociales, económicas y medioambientales que deben abordarse urgentemente en todos los niveles de gobernanza; por lo tanto, destaca que para luchar contra la pobreza energética es necesario utilizar diversos instrumentos de política pública, teniendo en cuenta tanto la eficiencia energética como las cuestiones de protección social;

32.

acoge con satisfacción iniciativas como la Plataforma de la UE para el cambio y el premio «Women in Energy» como medio para promover la igualdad de género; se congratula también por la propuesta de crear el Fondo Social para el Clima para compensar los efectos desequilibrados desde el punto de vista socioeconómico de la ampliación del régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE) al transporte y los edificios, en la que se menciona la necesidad de tener en cuenta perspectivas de género; acoge con satisfacción el futuro despliegue de la Plataforma para la Igualdad en el Sector de la Energía por parte de la Dirección General de Energía de la Comisión Europea;

Presupuestación con perspectiva de género

33.

recuerda que la presupuestación con perspectiva de género implica la integración de la perspectiva de género en todo el proceso presupuestario con vistas a incorporar una perspectiva de igualdad de género en todas las decisiones sobre ingresos y gastos;

34.

reconoce con preocupación las conclusiones de dos estudios recientes llevados a cabo por el Parlamento Europeo en 2015 y 2017, que ponen de relieve la insuficiente puesta en práctica de la presupuestación con perspectiva de género y la ausencia de avances en términos de presupuestación con perspectiva de género entre 2015 y 2017 (12);

35.

manifiesta su preocupación por que la integración de la perspectiva de género no figure entre los once criterios de evaluación establecidos en el Reglamento sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia; en términos más generales, el Tribunal de Cuentas Europeo (13) considera que el presupuesto de la UE no integra la perspectiva de género, ya que se echa a faltar en gran medida elementos clave, como por ejemplo el análisis de género o los objetivos, indicadores y rendición de cuentas mediante la presentación de informes relacionados con el género;

36.

lamenta que la reciente Comunicación «Estrategia para financiar la transición a una economía sostenible» (14) no incluya una perspectiva de género, especialmente teniendo en cuenta que la inclusión figura entre los cuatro ámbitos principales especificados en los que se considera necesario adoptar medidas adicionales para que el sistema financiero apoye plenamente la transición de la economía hacia la sostenibilidad;

37.

pide a la Comisión y al Consejo que se comprometan con la presupuestación con perspectiva de género, a fin de garantizar que se aplique a todo el presupuesto de la Unión y que se sigan plenamente las recomendaciones del Tribunal de Cuentas Europeo, en particular en cuanto a la revisión intermedia del actual marco financiero plurianual (MFP) y la ejecución del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia;

38.

se remite al Dictamen del CDR «Una Unión de la igualdad: Estrategia para la Igualdad de Género 2020-2025» (15), en el que se insta a que se vincule de forma más clara la Estrategia con las principales prioridades políticas y estrategias de la Unión, en especial, en las transiciones hacia una economía climáticamente neutra; acoge con satisfacción el Dictamen del CDR sobre «La dimensión de género de los Fondos Estructurales y de Cohesión 2021-2027, con especial atención a la preparación de los programas operativos» (16), en el que se subraya la necesidad de entender la igualdad de género como un criterio horizontal para elaborar los programas de la política de cohesión, un objetivo que deben perseguir los programas y un poderoso factor necesario que contribuye a lograr de manera sostenible y equilibrada los objetivos de la política de cohesión;

Escena internacional

39.

acoge con satisfacción la decisión del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (GIECC) de adoptar su política de género (17) con su correspondiente plan de ejecución para integrar la perspectiva de género en su labor;

40.

acoge con satisfacción el establecimiento de una agenda específica dentro del proceso de la CMNUCC —a saber, la versión mejorada del programa de trabajo de Lima sobre el género y su plan de acción sobre el género— para abordar la falta de perspectiva de género y de sensibilidad a las cuestiones de género a la hora de ejecutar las políticas climáticas y para garantizar que las mujeres tengan voz en el debate mundial y en las negociaciones internacionales sobre el cambio climático; por otra parte, acoge con especial satisfacción el nombramiento, para cada parte, de centros de coordinación en materia de género y cambio climático (national gender & climate change focal points — NGCCFP, por sus siglas en inglés);

41.

toma nota del reconocimiento en los Convenios de Río (18) de los importantes vínculos entre las cuestiones de género; evoca la Declaración de Pekín y su correspondiente Plataforma de Acción como las fuentes más completas de orientación e inspiración para lograr la igualdad de género, cuyo epígrafe K (19), en particular, destaca los riesgos agravados que corren las mujeres y las niñas que habitan en ecosistemas frágiles y la degradación del estado del entorno natural, exacerbado todo ello por los efectos del cambio climático antropógeno;

42.

pide que se garantice que las contribuciones determinadas a nivel nacional y las contribuciones determinadas a nivel regional y local tengan en cuenta factores sociales, así como la perspectiva de género;

43.

acoge con satisfacción el preámbulo del Acuerdo de París, en el que se pide que se logre la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres para contribuir a limitar el calentamiento global; acoge con satisfacción el reconocimiento formalizado en el Acuerdo de París de la necesidad de adoptar enfoques con perspectiva de género para la adaptación (artículo 7, apartado 5) y el fomento de capacidades (artículo 11, apartado 2), pero lamenta la inacción a este respecto y la inexistencia de un nuevo Plan de Ejecución.

Bruselas, 27 de enero de 2022.

El Presidente del Comité Europeo de las Regiones

Apostolos TZITZIKOSTAS


(1)  Conclusiones del Consejo — Preparativos para las reuniones de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) (Glasgow, 31 de octubre — 12 de noviembre de 2021).

(2)  https://www.gov.scot/publications/glasgow-womens-leadership-statement-gender-equality-climate-change/.

(3)  https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/PDF/?uri=CELEX:52020DC0152&from=EN.

(4)  Véanse las Comunicaciones tituladas «El Pacto Verde Europeo» [COM(2019) 640 final], «Intensificar la ambición climática de Europa para 2030» [COM(2020) 562 final] y «Un marco estratégico en materia de clima y energía» [COM(2014) 15 final]; la Comunicación «Un planeta limpio para todos» [COM(2018) 773 final] no hace mención alguna al género; el Programa de Acción en materia de Medio Ambiente (Decisión n. o  1386/2014/UE) menciona a las mujeres embarazadas como colectivo vulnerable, todo ello pese a que la integración de la perspectiva de género es una obligación impuesta por el Tratado; por otra parte, la Estrategia para la Igualdad de Género [COM(2020) 152 final] establece un marco europeo para la política de igualdad de género y para la integración de la perspectiva de género y la UE se ha comprometido a cumplir los ODS (2015) y el Plan de Acción de Género de la CMNUCC (2019). https://onlinelibrary.wiley.com/doi/full/10.1111/jcms.13082.

(5)  DO C 270 de 7.7.2021, p. 2.

(6)  https://eige.europa.eu/gender-mainstreaming/toolkits/gender-impact-assessment/guide-gender-impact-assessment.

(7)  Union of equality: the first year of actions and achievements | European Commission (europa.eu).

(8)  Esta Directiva garantizaría que al menos el 40 % de los miembros de los consejos de administración de las empresas no ejecutivas fueran mujeres.

(9)  Ejemplos de éxito: Foro «Women and Girls in STEM», organizado en el marco de la iniciativa «Girls Go Circular» (eit.girlsgocircular.eu); la creación del cuadro de indicadores «Women in Digital» (Mujeres en el ámbito digital) como parte integrante del Índice de la Economía y la Sociedad Digitales (DESI, por sus siglas en inglés).

(10)  https://www.unwomen.org/en/news/in-focus/in-focus-gender-equality-in-covid-19-response/violence-against-women-during-covid-19.

(11)  DO C 76 de 28.2.2018, p. 93.

(12)  https://www.europarl.europa.eu/RegData/etudes/BRIE/2020/660058/IPOL_BRI(2020)660058_EN.pdf.

(13)  https://www.eca.europa.eu/Lists/ECADocuments/SR21_10/SR_Gender_mainstreaming_ES.pdf

(14)  https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX:52021DC0390&qid=1635262292392&from=ES

(15)  CDR 2016/2020.

(16)  CDR 2503/2021.

(17)  https://www.ipcc.ch/site/assets/uploads/2020/05/IPCC_Gender_Policy_and_Implementation_Plan.pdf.

(18)  Concretamente, el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y la Convención de Lucha contra la Desertificación (CLD).

(19)  https://beijing20.unwomen.org/sites/default/files/Headquarters/Attachments/Sections/CSW/PFA_E_Final_WEB.pdf


13.7.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 270/31


Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Plan de Acción de la UE: «Contaminación cero para el aire, el agua y el suelo»

(2022/C 270/06)

Ponente:

Marieke SCHOUTEN (NL/Verdes), concejala de Nieuwegein

Documento de referencia:

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — La senda hacia un planeta sano para todos — Plan de Acción de la UE: «Contaminación cero para el aire, el agua y el suelo»

COM(2021) 400 final

RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES

Observaciones generales

1.

acoge con satisfacción la Comunicación de la Comisión Europea sobre el Plan de Acción de la UE: «Contaminación cero para el aire, el agua y el suelo», dado su énfasis en la salud y su enfoque transversal. El CDR espera con interés las acciones y propuestas anunciadas y pide que sean coherentes y uniformes entre sí y con otras iniciativas del Pacto Verde;

2.

destaca la necesidad de aplicar plenamente la legislación de la UE de conformidad con los principios del TFUE establecidos en su artículo 191, apartado 2, a saber, los principios de cautela y de acción preventiva, el principio de que los atentados al medio ambiente deben evitarse en la medida de lo posible en la fuente misma y el principio de quien contamina paga;

3.

hace hincapié en que la contaminación es un problema importante que debe abordarse mediante una gobernanza multinivel y un enfoque transfronterizo eficaces: cada parte interesada desempeña una función y es necesario intervenir en todos los niveles para evitar que los entes locales y regionales afronten los efectos negativos al final de la cadena;

4.

está firmemente convencido de que la contaminación es un síntoma de un sistema de producción y consumo insostenibles, que se basa en un crecimiento y un extractivismo ilimitados y que solo puede combatirse si pasamos a una economía circular;

5.

acoge con satisfacción las seis metas principales para 2030 como punto de partida, pero lamenta que la mayoría no sean nuevas. El CDR considera que se necesitan más ambición y medidas adicionales, y anima a la Comisión a que inicie un proceso continuo de revisión y ajuste de los objetivos hacia la visión para 2050 y a que incluya al CDR en este proceso;

6.

subraya que estos objetivos a escala europea requerirán un enfoque ambicioso e integrado (para abordar de forma sistemática las consideraciones medioambientales en todos los ámbitos políticos) que conecte las ambiciones, los plazos, los procedimientos y las herramientas de las diversas políticas medioambientales;

7.

celebra que la salud sea uno de los principales aspectos del Plan de Acción «Contaminación cero». Es fundamental integrar las preocupaciones medioambientales en materia de salud para lograr los cambios necesarios que permitan reducir la exposición a los factores de estrés medioambientales, en particular para las personas que viven en condiciones de vulnerabilidad (1), ya que la contaminación es la principal causa de enfermedad y muerte prematura relacionada con el medio ambiente en todo el mundo;

8.

reitera la necesidad de que el Parlamento, el Consejo y la Comisión tengan en cuenta las propuestas de los ciudadanos en el marco de la Conferencia sobre el Futuro de Europa en relación con la cuestión de la contaminación cero, garantizando la aplicación de nuevas normas ambiciosas a este respecto;

9.

señala que la recuperación tras la pandemia debe centrarse en «Una sola salud», reconociendo la interconexión entre la salud humana, el medio ambiente y la sanidad animal. El concepto de «Una sola salud» debe desempeñar un papel director en los objetivos y la legislación si queremos lograr la sostenibilidad y la salud de las regiones;

Aumentar la prevención en origen

10.

acoge con satisfacción la nueva jerarquía de contaminación cero basada en una «pirámide invertida», pero lamenta que se preste escasa atención a «la remediación y compensación del daño relacionado con la contaminación»;

11.

subraya que los entes locales y regionales deben desempeñar un papel clave a la hora de convertir este Plan de Acción en actuaciones sobre el terreno, pero que solo pueden ejercerlo si se aplica un enfoque preventivo con políticas eficaces basadas en la fuente a escala de la UE;

12.

acoge con satisfacción la revisión de la Directiva sobre emisiones industriales y el enfoque más ambicioso destinado a reducir las emisiones en la fuente. Esta Directiva debe contribuir a la consecución de los objetivos de la economía circular;

13.

reitera que las normas sobre emisiones constituyen un planteamiento especialmente eficaz; por tanto, recomienda que se preste más atención a su endurecimiento como la forma más adecuada de reducir las emisiones en la fuente;

14.

apoya la labor a nivel internacional en el ámbito de las mejores técnicas disponibles (MTD), en particular tecnologías emergentes, para reducir las emisiones industriales mediante la reducción de la gama de niveles de emisión, de modo que se creen condiciones de competencia equitativas a escala internacional;

15.

pide que se acelere la revisión y verificación del cumplimiento de los requisitos de los documentos de referencia (BREF) de las MTD para diversos contaminadores industriales y que se apliquen requisitos más estrictos en materia de emisiones en el marco de la revisión del proceso de prevención y control integrados de la contaminación (PCIC);

16.

destaca la importancia de la iniciativa sobre productos sostenibles anunciada en el Plan de Acción para la Economía Circular con respecto a la contaminación ambiental procedente de los productos durante todo el ciclo de vida de los mismos, desde la extracción y la producción de los materiales hasta su uso y reciclado. Considera que la posible contribución de la iniciativa al Plan de Acción podría especificarse en términos más concretos;

Reforzar el principio de «quien contamina paga»

17.

subraya que la actuación no debe dejarse solo a los gobiernos: todos los sectores deben desempeñar un papel importante para controlar la contaminación y corregir los daños ambientales en la fuente;

18.

pide que los productos y mercancías que entren en la UE cumplan las mismas normas medioambientales vigentes en la UE. En su defecto, debería aplicarse el principio europeo de «quien contamina paga»;

19.

hace hincapié en que el principio de «quien contamina paga» sustenta la política medioambiental de la UE y exige que los contaminadores corran con los costes de las medidas adoptadas para prevenir, controlar y remediar la contaminación;

20.

destaca el informe del Tribunal de Cuentas Europeo (2), en el que se señala que la cobertura y la aplicación del principio de «quien contamina paga» son incompletas y que, en la actualidad, los gobiernos a menudo soportan los costes de la limpieza de la contaminación;

21.

pide que el principio de «quien contamina paga» se integre mejor en la legislación medioambiental, en particular bajando los límites de emisiones para seguir reduciendo la contaminación residual y abordando la contaminación difusa procedente de todas las fuentes, incluida la agricultura;

22.

subraya que los productores deben ser responsables desde el punto de vista jurídico y financiero de las medidas de mitigación necesarias para hacer frente a la contaminación a lo largo de toda la cadena de valor, mediante una responsabilidad ampliada del productor por los costes medioambientales y de eliminación de todos los bienes de consumo y los materiales de envasado;

Mejor aplicación y supervisión

23.

señala que los costes y los beneficios perdidos por la UE al no alcanzar los objetivos medioambientales especificados en la legislación medioambiental de la UE ascienden a unos 55 000 millones de euros al año (3);

24.

destaca que no todos los contaminantes son igualmente perjudiciales para la salud humana y el medio ambiente, por lo que un análisis basado en el riesgo puede permitir una mejor coordinación de los aspectos ecológicos y económicos;

25.

destaca que los entes locales y regionales desempeñan un papel fundamental en la aplicación de las políticas medioambientales e industriales y tienen amplias competencias para ejercer el control de la contaminación, y acoge con satisfacción, a este respecto, la iniciativa emblemática 5: «Garantizar juntos el cumplimiento de la ambición de una contaminación cero»;

26.

llama la atención sobre el análisis de la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA) (4), que muestra que la aplicación deficiente de la legislación medioambiental suele deberse a una coordinación ineficaz entre las autoridades, a una falta de capacidad administrativa, a una financiación insuficiente, a la escasez de conocimientos y datos, a la insuficiencia de los mecanismos de cumplimiento y a la falta de integración de las políticas. La Plataforma de Partes Interesadas de la Contaminación Cero debe fomentar una mejor coordinación entre todos los niveles de gobierno y entre los distintos ámbitos políticos. El CDR apoya firmemente la nueva Plataforma y acoge favorablemente su propio papel en la misma como reconocimiento de la gran importancia de los entes locales y regionales para la ambición de una contaminación cero;

27.

lamenta que el apartado 3.1 de este Plan de Acción no mencione la dimensión local y regional, pide que se incluya en mayor medida el papel de los entes locales y regionales y reitera que estos necesitan apoyo financiero y técnico para alcanzar los objetivos sobre el terreno;

28.

subraya que los problemas en la aplicación de la legislación no pueden resolverse exclusivamente con más leyes. Los mecanismos de apoyo, el desarrollo de capacidades para los entes locales y regionales, el intercambio de conocimientos y la innovación son esenciales para cumplir los valores objetivo y las normas;

29.

destaca que pueden utilizarse iniciativas de la UE como las Asociaciones de la Agenda Urbana de la UE, y que debe estudiarse la creación activa de nuevas asociaciones transversales en materia de medio ambiente para apoyar su aplicación;

30.

acoge con satisfacción el desarrollo de un Marco integrado de Seguimiento y Perspectivas en relación con la Contaminación Cero y pide recopilar todos los datos pertinentes, armonizarlos y ponerlos a disposición de todos. El CDR subraya la importancia de que este Marco sea coherente con el nuevo marco de seguimiento previsto por el Programa de Acción en materia de Medio Ambiente;

Apoyar la acción «contaminación cero» a nivel local y regional

31.

acoge con satisfacción los esfuerzos de la Comisión por colaborar con las ciudades y regiones en el marco del Acuerdo de Ciudad Verde, los premios Capital Verde y Hoja Verde y el Año Europeo por unas Ciudades más Verdes, ya que ofrecen incentivos para mejorar;

32.

señala la necesidad de un enfoque orientado por zonas. No deben planificarse políticas específicas solo para las comunidades urbanas, sino también para otros tipos de comunidades, en función de las circunstancias geográficas específicas;

33.

hace hincapié en que la mejora del medio ambiente a través del diseño territorial, como la ampliación de espacios verdes y azules de alta calidad en las zonas urbanas, ofrece una «triple ventaja» al mitigar la contaminación medioambiental y apoyar la biodiversidad, mejorar la salud y el bienestar de las poblaciones urbanas y fomentar la cohesión y la integración sociales (5);

34.

destaca la importancia de las soluciones basadas en la naturaleza, ya que pueden ser sostenibles y rentables y crear oportunidades económicas, empleo y beneficios para la salud y el bienestar públicos. Debería ofrecerse apoyo técnico, intercambio de conocimientos y desarrollo de capacidades a los entes locales y regionales para que puedan tener en cuenta los beneficios colaterales en sus contrataciones públicas;

35.

reitera el enfoque global de combinar mejor en los municipios los planes de acción contra el ruido y los planes de calidad del aire con planes de movilidad urbana sostenible, con el fin de mejorar la protección contra el ruido y la calidad del aire mediante un transporte público atractivo y una promoción eficaz de los desplazamientos en bicicleta y a pie;

36.

apoya la puesta en marcha y el apoyo continuo de los laboratorios vivientes para soluciones digitales ecológicas y una contaminación cero inteligente. Los gemelos digitales locales pueden ayudar a desarrollar acciones locales y regionales para la transformación ecológica y digital. El control gubernamental de la digitalización es indispensable porque el desarrollo sostenible está ahora inextricablemente ligado al mundo digital;

37.

pide que el espacio europeo de datos incluya el intercambio de datos sobre sostenibilidad para que las cadenas de valor puedan contribuir a la ecologización de las industrias. Además, el establecimiento de normas a escala de la UE para el almacenamiento y el intercambio de datos garantizará la disponibilidad de datos que puedan utilizarse para las transiciones hacia una contaminación cero;

38.

acoge con satisfacción la propuesta de cooperación entre la Comisión Europea y el CDR para la creación del Cuadro de indicadores del comportamiento ecológico de las regiones de la UE, que servirá de base para el nuevo premio a la Región Verde del Año;

Temas específicos

Aire

39.

señala que la contaminación atmosférica es el mayor riesgo para la salud ambiental de la UE, a la que se pueden atribuir 400 000 muertes prematuras al año (6);

40.

reitera (7) que la eficacia de las políticas de calidad del aire exige la adopción de medidas y el fomento de la cooperación a nivel mundial, europeo, nacional, regional y local. En consonancia con el principio de subsidiariedad, su aplicación se basa en gran medida en medidas nacionales, regionales y locales adaptadas a necesidades y circunstancias específicas;

41.

acoge con satisfacción la ambición de la Comisión de ajustar en mayor medida las normas sobre la calidad del aire de la UE con las recomendaciones más recientes de la OMS y de reforzar las disposiciones sobre supervisión, modelización y planes de calidad del aire para ayudar a los entes locales y regionales; en particular, es necesario armonizar mejor las disposiciones en materia de supervisión, modelización y planes de calidad;

42.

propone que se utilicen los valores objetivo de la OMS para 2021 como meta que debe alcanzarse de aquí a 2050, pero sin utilizar los valores recomendados como valores límite, ya que muchos Estados miembros aún no cumplen los actuales;

43.

recomienda que se tengan en cuenta las conclusiones de la consulta de los centros regionales del CDR, que abordó la aplicación de las Directivas sobre la calidad del aire ambiente y los compromisos nacionales de reducción de emisiones, así como el informe del Parlamento Europeo (8) sobre su aplicación, que describe las Directivas sobre la calidad del aire ambiente como «un instrumento parcialmente eficaz que debe mejorarse»;

44.

señala que la pandemia ha supuesto un revulsivo al estimular un cambio modal y la recuperación de espacio vial para peatones y ciclistas, así como más espacios verdes, evitando así la vuelta a unas ciudades dominadas por el automóvil con altos niveles de contaminación atmosférica;

45.

señala que son necesarios esfuerzos adicionales para reducir los niveles de contaminación por olor y considera que la Directiva sobre las emisiones industriales (DEI) es la principal herramienta para combatirla, ya que abarca todas las formas de emisión. El CDR subraya la importancia de la ciencia ciudadana y la participación pública para hacer frente a los retos de la contaminación por olor. Un enfoque multinivel que incluya diferentes aportaciones de diversas partes interesadas puede capacitar a los ciudadanos para que participen en las decisiones adoptadas sobre su medio ambiente y puede ayudar a los responsables políticos y a las empresas que emiten olores a tomar decisiones con conocimiento de causa y gestionar mejor el problema de la contaminación por olor;

Agua

46.

acoge con satisfacción el objetivo de reducir en un 30 % los microplásticos vertidos al medio ambiente y anima a la Comisión Europea a que establezca definiciones claras de microplásticos, pero también a que trabaje para evitar la liberación en origen de microplásticos y materiales no tejidos proponiendo medidas más estrictas sobre los microplásticos liberados de forma intencionada;

47.

acoge con satisfacción la revisión de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas y apoya la iniciativa de utilizar esta Directiva para trabajar en la recuperación de nutrientes valiosos y la iniciativa de prestar atención a las sustancias emergentes como los residuos farmacéuticos y los microplásticos;

48.

recomienda que se evalúe la eficacia de estas medidas y se tengan en cuenta las inversiones necesarias en relación con los productos farmacéuticos y los microplásticos, centrándose en los puntos críticos en los que existan riesgos para la ecología o las fuentes de agua potable;

49.

aboga por el control de las sustancias en las aguas superficiales y subterráneas utilizando técnicas innovadoras de control y evaluación, e incluyéndolo en la revisión de la Directiva sobre sustancias prioritarias y de la Directiva sobre las aguas subterráneas. Señala la necesidad de intercambiar información sobre los vertidos en las zonas de captación, ya que las emisiones de contaminantes tienen efectos aguas abajo;

50.

expresa su preocupación por que la reutilización del agua en la UE sigue siendo limitada y considera que podría apoyarse ampliando el ámbito de aplicación del Reglamento de la UE sobre los requisitos mínimos para la reutilización del agua, para incluir el uso de agua para el riego de espacios verdes en zonas urbanas, parques, jardines y zonas de uso público (por ejemplo, para actividades recreativas o deportivas);

Ruido

51.

señala que cada año se pierden un millón de años de vida sanos debido a los efectos del ruido en la salud (9). Es esencial reducir la contaminación acústica de las carreteras para abordar este problema creciente de salud pública;

52.

defiende que es necesario actuar a escala europea para apoyar los esfuerzos locales y regionales destinados a reducir la contaminación acústica de las carreteras, los ferrocarriles y los aeropuertos garantizando una mejor aplicación y cumplimiento de los requisitos de cartografía y notificación en virtud de la Directiva sobre el ruido ambiental;

53.

anima a la Comisión a que evalúe la oportunidad de revisar la Directiva sobre el ruido ambiental para establecer objetivos vinculantes ambiciosos de reducción del ruido con el fin de aproximarse a los límites recomendados por la OMS, y pide una hoja de ruta para la actuación de todas las partes interesadas;

54.

aboga por que la atención se desplace de las medidas que mitigan el ruido excesivo a las que lo eliminan totalmente, por ejemplo apoyando modos de transporte sostenibles, como los desplazamientos a pie y en bicicleta, para lograr una reducción del ruido significativa y a largo plazo;

Suelo

55.

destaca la importancia de un cumplimiento efectivo sobre la calidad y el origen del suelo. En este sentido, una prueba uniforme de origen y calidad del suelo en todos los Estados miembros de la UE es esencial para que los entes locales y regionales detengan el transporte y el uso de suelos contaminados en todas las regiones, lo que impide que el contaminador sea considerado responsable;

56.

destaca la importancia vital de un suelo sano para el bienestar y la prosperidad y está a favor de un enfoque preventivo y basado en el riesgo respecto de la contaminación del suelo. Debe prestarse atención no solo a la calidad química, sino también a las condiciones físicas y biológicas del suelo;

57.

considera que, cuando se eliminan en vertederos, los plásticos filtran sustancias químicas tóxicas al suelo y a las aguas subterráneas. Si se gestionan mal, los plásticos contaminan la tierra, las vías navegables y los océanos. El reciclado, el vertido o la incineración no pueden eliminar los aditivos tóxicos y los microplásticos contenidos en la lluvia, el suelo, las vías navegables, los océanos y las cumbres de montañas. El establecimiento de unos límites jurídicamente vinculantes a la producción mundial de plásticos para usos esenciales es lo único que puede marcar la diferencia;

58.

acoge con satisfacción la Estrategia de la UE para la Protección del Suelo y el anuncio de la Ley sobre la Salud del Suelo de la UE, ya que el apoyo a la protección del suelo a través de un marco europeo es un paso fundamental hacia la neutralidad climática, la recuperación de la biodiversidad, la contaminación cero y un sistema alimentario saludable y sostenible. Aboga al mismo tiempo por la flexibilidad en la aplicación nacional de las medidas dentro del marco del Plan de Acción y la nueva estrategia para la protección del suelo, ya que existen importantes diferencias regionales en cuanto a ordenación territorial, paisaje, suelo (composición) y uso del suelo;

59.

acoge con satisfacción los esfuerzos de la Comisión por asesorar a los agricultores para que adopten prácticas menos contaminantes, con el fin de reducir las emisiones de amoníaco y nitratos. También son importantes otras emisiones del sector agrícola, como fosfatos, metales, plaguicidas y productos farmacéuticos;

60.

pide que se preste especial atención a las emisiones difusas históricas. A veces es imposible cumplir las nuevas normas, lo que da lugar a restricciones en el uso de zonas contaminadas. Por lo tanto, todo enfoque basado en la fuente debe combinarse con una estrategia para eliminar estas fuentes de contaminación existentes;

Sustancias peligrosas

61.

aboga por medidas proactivas de limitación de las sustancias químicas antes de su entrada en la cadena; esto también incluye normativas para el uso seguro de las sustancias comercializadas. La UE debería regular las sustancias químicas sobre la base de sus propiedades nocivas intrínsecas para los seres humanos y el medio ambiente, incluso en caso de incertidumbre científica, teniendo también en cuenta el riesgo de exposición y los beneficios que puedan aportar a la sociedad, así como detectar y excluir riesgos específicos e inaceptables;

62.

considera que REACH es el instrumento clave para controlar las sustancias peligrosas que entran en el medio ambiente. Es esencial que se utilicen con mayor frecuencia los procesos de autorización y restricción de REACH y que se determinen más sustancias extremadamente preocupantes para la lista de sustancias candidatas;

63.

solicita restricciones a escala de la UE para los usos problemáticos de las sustancias peligrosas perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS) y sus emisiones, que generan una honda preocupación, ya que son extremadamente persistentes y tienen efectos adversos para la salud humana y el medio ambiente;

64.

señala que en la actualidad no se conocen los efectos (eco)toxicológicos de muchas sustancias peligrosas para el medio ambiente o que se absorben a través de este. Las pruebas científicas sobre las repercusiones ecológicas y para la salud de las sustancias químicas deben actualizarse y tenerse en cuenta continuamente, y hacerse públicas, especialmente en lo que se refiere a los riesgos para las personas y el medio ambiente.

Bruselas, 27 de enero de 2022.

El Presidente del Comité Europeo de las Regiones

Apostolos TZITZIKOSTAS


(1)  Informe de la AEMA n.o 22/2018: Unequal exposure and unequal impacts (Exposición desigual e impactos desiguales).

(2)  Informe Especial 12/2021: Principio de «quien contamina paga»: Aplicación incoherente entre las políticas y acciones medioambientales de la UE.

(3)  Estudio de 2019: «The costs of not implementing EU environmental law».

(4)  AEMA, Informe de indicadores medioambientales 21/2017.

(5)  Healthy environment, healthy lives: how the environment influences health and well-being in Europe.

(6)  AEMA, Air Quality in Europe — 2020 report.

(7)  El futuro de la política de aire limpio de la UE en el marco de la ambición de reducir al máximo la contaminación.

(8)  Resolución del Parlamento Europeo, de 25 de marzo de 2021, sobre la aplicación de las Directivas sobre la calidad del aire ambiente: Directiva 2004/107/CE y Directiva 2008/50/CE (2020/2091(INI)) (DO C 494 de 8.12.2021, p. 64).

(9)  https://www.eea.europa.eu/publications/health-risks-caused-by-environmental.


III Actos preparatorios

Comité de las Regiones

Interactio — Reunión exclusivamente a distancia — 148.o pleno del CDR, 26.1.2022 – 27.1.2022

13.7.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 270/38


Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Hacia un transporte por carretera sin emisiones: implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos y refuerzo de las normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2

(2022/C 270/07)

Ponente:

Adrian Teban (RO/PPE), Alcalde de Cugir, provincia de Alba

Documentos de referencia:

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos y por el que se deroga la Directiva 2014/94/UE del Parlamento Europeo y del Consejo

COM(2021)559 final

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/631 en lo que respecta al refuerzo de las normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 de los turismos nuevos y de los vehículos comerciales ligeros nuevos, en consonancia con la mayor ambición climática de la Unión

COM(2021) 556 final

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Plan de despliegue estratégico que presenta un conjunto de medidas complementarias para contribuir a la rápida implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos

COM(2021) 560 final

I.   RECOMENDACIONES DE ENMIENDA

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/631 en lo que respecta al refuerzo de las normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 de los turismos nuevos y de los vehículos comerciales ligeros nuevos, en consonancia con la mayor ambición climática de la Unión

COM(2021) 556 final

Enmienda 1

Considerando 9

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

(9)

[…] Las normas reforzadas de reducción de las emisiones de CO2 son tecnológicamente neutras a la hora de alcanzar los objetivos que establecen para todo el parque. Existen, y siguen estando disponibles, diferentes tecnologías para lograr el objetivo de cero emisiones de todo el parque de vehículos. En la actualidad, los vehículos de emisión cero incluyen a los vehículos eléctricos con batería, los de pila de combustible y otros propulsados con hidrógeno, y las innovaciones tecnológicas continúan. Los vehículos de emisión cero y de baja emisión, que también incluyen vehículos híbridos eléctricos enchufables de buen rendimiento, pueden seguir desempeñando un papel en la vía de transición.

(9)

[…] Las normas reforzadas de reducción de las emisiones de CO2 solo son tecnológicamente neutras a la hora de alcanzar los objetivos que establecen para todo el parque si tienen en cuenta las emisiones de CO2 del combustible que utilizan, incluidas las correspondientes a su producción . Existen, y siguen estando disponibles, diferentes tecnologías para lograr el objetivo de cero emisiones de todo el parque de vehículos. En la actualidad, los vehículos de emisión cero incluyen a los vehículos eléctricos con batería, los de pila de combustible y otros propulsados con hidrógeno, y las innovaciones tecnológicas continúan. Los vehículos de emisión cero y de baja emisión, que también incluyen vehículos híbridos eléctricos enchufables de buen rendimiento y vehículos propulsados por electrocombustibles renovables o biocombustibles y biogás avanzados , pueden seguir desempeñando un papel en la vía de transición.

Exposición de motivos

Los vehículos y los combustibles de baja emisión, como los biocombustibles avanzados, deben considerarse en un contexto regional en el que es difícil desplegar vehículos eléctricos de emisión cero. Véase la enmienda a continuación.

Enmienda 2

Propuesta de un nuevo considerando después del considerando 9

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

 

(9 bis)

Las características específicas de algunas regiones (como la situación geográfica y las condiciones climáticas) pueden dificultar la electrificación total de los turismos y los vehículos ligeros de transporte por carretera. En estas regiones, aunque no cumplan el criterio de cero emisiones de gases de escape, los vehículos propulsados por electrocombustibles renovables o biocombustibles y los vehículos híbridos podrían tener un comportamiento global de emisiones de CO2 más ventajoso y flexible que los vehículos de cero emisiones de gases de escape y, por lo tanto, no deben excluirse del mercado único a partir de 2035. Por consiguiente, la Comisión Europea debe buscar una posibilidad de tener en cuenta los vehículos que usan electrocombustibles renovables o biocombustibles y los híbridos a la hora de definir los objetivos del parque automovilístico que los fabricantes de vehículos deben cumplir a su debido tiempo antes de que estos objetivos sean obligatorios. Deben proporcionarse orientaciones específicas para las regiones de los tipos antes mencionados sobre el modo de alcanzar el objetivo de una movilidad climáticamente neutra. Además, estas regiones deben recibir apoyo específico de los distintos fondos de la UE.

Exposición de motivos

Las regiones en las que las condiciones geográficas o climáticas dificultan la electrificación total de los vehículos de transporte por carretera deben recibir apoyo.

Enmienda 3

Considerando 11

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

(11)

Los objetivos de las normas de comportamiento en materia de CO2 revisadas deben ir acompañados de una estrategia europea para abordar los retos que plantea el aumento de la fabricación de vehículos de emisión cero y las tecnologías asociadas, así como la necesidad de mejoras de las competencias y reciclaje profesional de los trabajadores del sector, la diversificación económica y la reconversión de las actividades. En su caso, debe considerarse la posibilidad de prestar apoyo financiero a escala de la UE y de los Estados miembros para atraer inversión privada, en particular a través del Fondo Social Europeo Plus, el Fondo de Transición Justa, el Fondo de Innovación, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros instrumentos del marco financiero plurianual, y el Instrumento de Recuperación de la UE, en consonancia con las normas sobre ayudas estatales. Las normas revisadas sobre ayudas estatales en materia de medio ambiente y energía permitirán que los Estados miembros apoyen a las empresas para descarbonizar sus procesos de producción y adoptar tecnologías más ecológicas en el contexto del nuevo modelo de industria.

(11)

Los objetivos de las normas de comportamiento en materia de CO2 revisadas deben ir acompañados de un mecanismo europeo para una transición justa del sector y las regiones de la automoción que permita abordar los retos que plantea el aumento de la fabricación de vehículos de emisión cero , la transición ecológica en el sector del automóvil, la industria de proveedores automovilísticos y las tecnologías asociadas, así como la necesidad de mejoras de las competencias y reciclaje profesional de los trabajadores del sector, la diversificación económica y la reconversión de las actividades. Este mecanismo europeo para una transición justa del sector y las regiones de la automoción debe prestar apoyo financiero a escala de la UE , en el futuro con fondos adicionales y actualmente mediante un uso coordinado de fondos, como el Fondo Social para el Clima, el Fondo Social Europeo Plus, el Fondo de Transición Justa, el Fondo de Innovación, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros instrumentos del marco financiero plurianual, y el Instrumento de Recuperación de la UE o el régimen de «transición justa» de InvestEU , en consonancia con las normas sobre ayudas estatales y complementado a través de programas en los Estados miembros . Las normas revisadas sobre ayudas estatales en materia de medio ambiente y energía permitirán que los Estados miembros apoyen a las empresas para descarbonizar sus procesos de producción y adoptar tecnologías más ecológicas en el contexto del nuevo modelo de industria.

Exposición de motivos

Una propuesta legislativa con consecuencias tan amplias para los trabajadores, la industria y las regiones debe prever un «mecanismo para una transición justa» concreto cuyos destinatarios sean la industria europea del automóvil y la industria de proveedores y las regiones en que se ubican. El impacto se hará sentir sobre todo en el plano regional, donde el reciclaje de los trabajadores debe tener lugar en cooperación con la industria. Este mecanismo ha de ser inclusivo para todo el sector del automóvil y basarse en datos que describan claramente el impacto territorial de la legislación.

La presente enmienda se refiere a las enmiendas 4 y 6.

Enmienda 4

Considerando 24

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

(24)

La posibilidad de asignar los ingresos procedentes de las primas por exceso de emisiones a un fondo específico o a un programa pertinente se ha evaluado de conformidad con el artículo 15, apartado 5, del Reglamento (UE) 2019/631, con la conclusión de que esto aumentaría significativamente la carga administrativa, sin aportar beneficios directos al sector del automóvil en su transición. Por consiguiente, los ingresos procedentes de las primas por exceso de emisiones se deben seguir considerando ingresos del presupuesto general de la Unión, de conformidad con el artículo 8, apartado 4, del Reglamento (UE) 2019/631.

(24)

La posibilidad de asignar los ingresos procedentes de las primas por exceso de emisiones a un fondo específico o a un programa pertinente se ha evaluado de conformidad con el artículo 15, apartado 5, del Reglamento (UE) 2019/631, con la conclusión de que esto aumentaría significativamente la carga administrativa, sin aportar beneficios directos al sector del automóvil en su transición. Por consiguiente, los ingresos procedentes de las primas por exceso de emisiones se deben seguir considerando ingresos del presupuesto general de la Unión, de conformidad con el artículo 8, apartado 4, del Reglamento (UE) 2019/631. Sin embargo, un «mecanismo europeo para una transición justa del sector y las regiones de la automoción» debe proporcionar financiación específica a las regiones con cargo a los fondos existentes (como se indica en el considerando 11), sobre la base de un inventario detallado del impacto territorial de esta legislación. La evaluación intermedia del marco financiero plurianual examinará con carácter prioritario la manera de agrupar en el «mecanismo europeo para una transición justa del sector y las regiones de la automoción» los fondos disponibles procedentes de las fuentes antes mencionadas.

Exposición de motivos

Es necesario contar con un «mecanismo europeo para una transición justa del sector y las regiones de la automoción» que apoye a la industria de los proveedores automovilísticos, ya que esta representa un importante sector económico en muchas regiones europeas. Los fabricantes de equipos originales pueden estar mejor equipados para los cambios que se avecinan, pero la cadena de suministro (compuesta principalmente por pymes) en conjunto puede carecer de la capacidad estratégica y financiera interna para adaptar sus capacidades y su producción a los cambios en la cadena de valor del automóvil. Podrían ser necesarios fondos adicionales para el FTJ en comparación con los 17 500 millones EUR acordados actualmente, a fin de que el FTJ pueda abordar de manera suficiente los profundos cambios que traerá consigo el paquete de medidas «Objetivo 55».

La presente enmienda se refiere a las enmiendas 3 y 6.

Enmienda 5

Artículo 1, punto 9

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

9)

Se inserta el artículo 14 bis siguiente:

«Artículo 14 bis

Informe de situación

A más tardar el 31 de diciembre de 2025 , y posteriormente cada dos años, la Comisión informará sobre los avances hacia la movilidad por carretera sin emisiones. El informe supervisará y evaluará, en particular, la necesidad de posibles medidas adicionales para facilitar la transición, en particular mediante recursos financieros.

9)

Se inserta el artículo 14 bis siguiente:

«Artículo 14 bis

Informe de situación

A más tardar el 31 de diciembre de 2023 , y posteriormente cada dos años, la Comisión informará sobre los avances hacia la movilidad por carretera sin emisiones. El informe supervisará y evaluará, en particular, la necesidad de posibles medidas adicionales para facilitar la transición, en particular mediante recursos financieros. Esta evaluación se basará en una evaluación de impacto territorial que determine, en el nivel NUTS 2, los retos para cada región y la manera de mitigar los riesgos asociados a estos retos.

 

En el informe, la Comisión tendrá en cuenta todos los factores que contribuyen a un progreso rentable hacia la neutralidad climática para 2050. Esto incluye el despliegue de vehículos de emisión cero y de baja emisión, los avances en la consecución de los objetivos para la implantación de infraestructura de recarga y repostaje, tal como se establece en el Reglamento sobre la infraestructura para los combustibles alternativos, la posible contribución de las tecnologías de innovación y los combustibles alternativos sostenibles para alcanzar una movilidad climáticamente neutra, el impacto en los consumidores, los avances en el diálogo social, así como los aspectos que sigan facilitando una transición económicamente viable y socialmente justa hacia una movilidad por carretera sin emisiones.»

 

En el informe, la Comisión tendrá en cuenta todos los factores que contribuyen a un progreso rentable hacia la neutralidad climática para 2050. Esto incluye el despliegue de vehículos de emisión cero y de baja emisión, los avances en la consecución de los objetivos para la implantación de infraestructura de recarga y repostaje, tal como se establece en el Reglamento sobre la infraestructura para los combustibles alternativos, la posible contribución de las tecnologías de innovación y los combustibles alternativos sostenibles para alcanzar una movilidad climáticamente neutra, el progreso y el impacto a escala regional (NUTS 2), el impacto en los consumidores, incluidos los consumidores de grupos vulnerables, los avances en el diálogo social, así como los aspectos que sigan facilitando una transición económicamente viable y socialmente justa hacia una movilidad por carretera sin emisiones».

Exposición de motivos

El impacto de la legislación se dejará sentir principalmente a escala regional y la Comisión abordará, mediante un inventario detallado del impacto territorial, los retos y riesgos asociados a esta transición.

Enmienda 6

Artículo 1, punto 10, letra b)

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

10)

El artículo 15 se modifica como sigue:

b)

se suprimen los apartados 2 a 5 ;

(10)

El artículo 15 se modifica como sigue:

b)

se suprimen los apartados 2 a 4 ;

c)

el apartado 5 se sustituye por el texto siguiente:

Con el fin de garantizar que nadie se quede atrás y que esta transición sea socialmente justa, la Comisión propondrá un «mecanismo para una transición justa» dirigido al sector de la automoción que incluya un diálogo multinivel con los entes locales y regionales afectados, teniendo en cuenta el impacto territorial del presente Reglamento en lo que respecta a la transformación de la industria de producción de automóviles y la industria de proveedores y el impacto en las estructuras económicas regionales y la mano de obra del sector automovilístico.

Exposición de motivos

Si bien el Reglamento en vigor prevé la posible introducción de un programa de ayuda financiera para impulsar la transición justa, este aspecto debe suprimirse a causa de la propuesta legislativa. La idea original de financiar una transición justa a través de los ingresos procedentes de las primas por exceso de emisiones podría no ser suficiente para garantizar una transición justa de todas las regiones de la automoción y podría no garantizar la disponibilidad presupuestaria constante de recursos financieros.

El FTJ, con los 17 500 millones EUR acordados actualmente, también podría no ser suficiente para hacer frente a los retos del paquete de medidas «Objetivo 55» Por consiguiente, se propone crear un mecanismo de coordinación para una transición justa del sector y las regiones de la automoción, aprovechando el potencial de los fondos existentes.

La presente enmienda se refiere a las enmiendas 3 y 4.

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos y por el que se deroga la Directiva 2014/94/UE del Parlamento Europeo y del Consejo

COM(2021)559 final

Enmienda 7

Considerando 9

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

[…] Los objetivos basados en la distancia para la red RTE-T deben garantizar la plena cobertura de puntos de recarga eléctrica a lo largo de las principales redes de carreteras de la Unión y asegurar así los desplazamientos fáciles y sin interrupciones por toda la Unión.

[…] Los objetivos basados en la distancia para la red RTE-T deben garantizar la plena cobertura de puntos de recarga eléctrica a lo largo de las principales redes de carreteras de la Unión y asegurar así los desplazamientos fáciles y sin interrupciones por toda la Unión. Cuando, debido a factores regionales como la ubicación geográfica o la densidad de población, resulte difícil invertir en una infraestructura accesible al público, deberá preverse la posibilidad de un apoyo financiero de la UE.

Exposición de motivos

Para ajustarse al carácter transregional de la red RTE-T y no impedir la cohesión europea, el enfoque basado en la distancia debe mantenerse, pero con el apoyo financiero necesario procedente de cualquier fondo de la UE disponible, tanto para puntos de recarga privados como públicos.

Enmienda 8

Considerando 10

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

(10)

Los objetivos nacionales basados en el parque automovilístico deben establecerse sobre la base del número total de vehículos eléctricos matriculados en el Estado miembro en cuestión, siguiendo una metodología común que tenga en cuenta los avances tecnológicos, como el aumento de la autonomía de los vehículos eléctricos o la penetración cada vez mayor en el mercado de puntos de recarga rápida que puedan abastecer a un número mayor de vehículos por punto de recarga que un punto de recarga normal. Dicha metodología también ha de tener en cuenta los diferentes patrones de recarga de los vehículos eléctricos de batería e híbridos enchufables. Una metodología que determine los objetivos nacionales basados en el parque automovilístico en función de la potencia disponible máxima total de la infraestructura de recarga de acceso público debe ser flexible en cuanto a la introducción de diferentes tecnologías de recarga en los Estados miembros.

(10)

Los objetivos nacionales basados en el parque automovilístico deben establecerse sobre la base del número total de vehículos eléctricos matriculados en el Estado miembro en cuestión , con un margen por determinar, situado aproximadamente entre el 10 y el 20 % , siguiendo una metodología común que tenga en cuenta los avances tecnológicos, como el aumento de la autonomía de los vehículos eléctricos o la penetración cada vez mayor en el mercado de puntos de recarga rápida que puedan abastecer a un número mayor de vehículos por punto de recarga que un punto de recarga normal. Dicha metodología también ha de tener en cuenta los diferentes patrones de recarga de los vehículos eléctricos de batería e híbridos enchufables. Una metodología que determine los objetivos nacionales basados en el parque automovilístico en función de la potencia disponible máxima total de la infraestructura de recarga de acceso público debe ser flexible en cuanto a la introducción de diferentes tecnologías de recarga en los Estados miembros.

Exposición de motivos

El número total de vehículos eléctricos matriculados en un Estado miembro no es suficiente, ya que no tiene en cuenta, por ejemplo, los vehículos de otros países, especialmente durante los períodos de vacaciones o en otras circunstancias, como grandes eventos, ferias, etc.

Enmienda 9

Considerando 34

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

(34)

Estos objetivos deben tener en cuenta los tipos de buques a los que se abastece y sus respectivos volúmenes de tráfico. Los puertos marítimos con escasos volúmenes de tráfico de determinadas categorías de buques deben quedar exentos de los requisitos obligatorios para las categorías de buques correspondientes, sobre la base de un nivel mínimo de volumen tráfico, a fin de evitar la instalación de capacidad infrautilizada. Del mismo modo, los objetivos obligatorios no deben tener como finalidad la demanda máxima, sino un volumen suficientemente elevado, a fin de evitar una capacidad infrautilizada y tener en cuenta las características operativas de los puertos. El transporte marítimo es un vínculo importante para la cohesión y el desarrollo económico de las islas de la Unión. Es posible que la capacidad de producción de energía en esas islas no siempre sea suficiente para satisfacer la demanda de energía necesaria para el suministro de electricidad en puerto. En tal caso, las islas deben quedar exentas de este requisito, a menos que se haya completado, y hasta que se haya completado, la conexión eléctrica con el continente, o a menos que se haya completado, y hasta que se haya completado, o exista suficiente capacidad generada localmente a partir de fuentes de energía limpias.

(34)

Estos objetivos deben tener en cuenta los tipos de buques a los que se abastece y sus respectivos volúmenes de tráfico. Los puertos marítimos con escasos volúmenes de tráfico de determinadas categorías de buques deben quedar exentos de los requisitos obligatorios para las categorías de buques correspondientes, sobre la base de un nivel mínimo de volumen tráfico, a fin de evitar la instalación de capacidad infrautilizada. Del mismo modo, los objetivos obligatorios no deben tener como finalidad la demanda máxima, sino un volumen suficientemente elevado, a fin de evitar una capacidad infrautilizada y tener en cuenta las características operativas de los puertos. El transporte marítimo es un vínculo importante para la cohesión y el desarrollo económico de las islas y las regiones ultraperiféricas de la Unión. Es posible que la capacidad de producción de energía en esas islas y regiones ultraperiféricas no siempre sea suficiente para satisfacer la demanda de energía necesaria para el suministro de electricidad en puerto. En tal caso, las islas y las regiones ultraperiféricas deben quedar exentas de este requisito, a menos que se haya completado, y hasta que se haya completado, la conexión eléctrica con el continente o los países vecinos , o a menos que se haya completado, y hasta que se haya completado, o exista suficiente capacidad generada localmente a partir de fuentes de energía limpias.

Exposición de motivos

Se considera innecesaria.

Enmienda 10

Considerando 37

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

[…] Deben revisarse los marcos de acción nacionales vigentes para describir claramente cómo los Estados miembros van a satisfacer la necesidad mucho mayor de infraestructura de recarga y repostaje de acceso público que expresan los objetivos obligatorios. Los marcos revisados deben abarcar por igual todos los modos de transporte, incluidos aquellos para los que no existen objetivos de implantación obligatorios.

[…] Deben revisarse los marcos de acción nacionales vigentes para describir claramente cómo los Estados miembros van a satisfacer la necesidad mucho mayor de infraestructura de recarga y repostaje de acceso público que expresan los objetivos obligatorios. La revisión debe basarse en un análisis territorial en el que se determinen las diferentes necesidades de las distintas entidades subnacionales y tener en cuenta los conocimientos técnicos locales y regionales y las estrategias de implantación de infraestructuras de repostaje que ya han sido desarrolladas por los entes locales y regionales. Los marcos revisados deben abarcar por igual todos los modos de transporte, incluidos aquellos para los que no existen objetivos de implantación obligatorios.

Exposición de motivos

La definición de marcos de acción nacionales para la implantación de combustibles alternativos debe basarse en un verdadero enfoque de gobernanza multinivel a fin de tener plenamente en cuenta los intereses de los entes locales y regionales y sus estrategias destinadas a implantar una infraestructura para los combustibles alternativos, que ya existe en varios «planes de movilidad urbana sostenible» u otras estrategias de movilidad regional.

Enmienda 11

Considerando 39

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

(39)

La Comisión debe facilitar el desarrollo y la ejecución de los marcos de acción nacionales revisados de los Estados miembros por medio del intercambio de información y de las mejores prácticas entre los Estados miembros.

(39)

La Comisión debe facilitar el desarrollo y la ejecución de los marcos de acción nacionales revisados de los Estados miembros por medio del intercambio de información y de las mejores prácticas entre los Estados miembros y los entes locales y regionales .

Exposición de motivos

Es necesario incorporar un marco de gobernanza multinivel a la propuesta de implantación de la infraestructura para los combustibles alternativos. Este marco podría coordinar la implantación en los Estados miembros y colmar las posibles lagunas.

Enmienda 12

Considerando 42

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

[…] Los Estados miembros deben establecer y mantener instrumentos adecuados para promover la implantación de infraestructura de recarga y repostaje también para las flotas cautivas, en particular para los autobuses limpios y de emisión cero a nivel local.

[…] Los Estados miembros deben establecer y mantener instrumentos adecuados para promover la implantación de infraestructura de recarga y repostaje también para las flotas cautivas, en particular para los autobuses limpios y de emisión cero a nivel local , y brindar la posibilidad de realizar recargas rápidas y recargas nocturnas que estén a disposición de todos los operadores de transporte público .

Exposición de motivos

Los operadores de transporte público necesitan la posibilidad de repostaje para su flota, ya sea recarga nocturna o recarga rápida en el caso del transporte de larga distancia. Tales opciones deben ser accesibles al público. Se necesitan estímulos e incentivos políticos para proporcionar una infraestructura de acceso público.

Enmienda 13

Propuesta de un nuevo considerando después del considerando 45

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

 

(45 bis)

Los manuales de servicio de los puntos de recarga deben ser lo más sencillos posible para los consumidores, los procedimientos deben estar normalizados y la utilización ser intuitiva y fácil de deducir por medio de iconos; debe ofrecerse una selección de idiomas. Debe garantizarse la compatibilidad con los sistemas operativos de los dispositivos electrónicos de uso común (por ejemplo, teléfonos inteligentes o tabletas).

Exposición de motivos

A fin de facilitar que el uso de los puntos de recarga para los consumidores sea lo más simple y rápido posible, los procedimientos deben ser sencillos y, en su caso, estar normalizados, teniendo en cuenta, por ejemplo, a los usuarios que no dominan la lengua local.

Enmienda 14

Considerando 47

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

(47)

Es fundamental que todas las partes del ecosistema de la electromovilidad puedan interactuar fácilmente a través de medios digitales, para ofrecer la mejor calidad de servicio al usuario final. Para ello, son necesarios identificadores únicos de los agentes pertinentes de la cadena de valor. A tal fin, los Estados miembros deben designar una organización para el registro de identificaciones que expida y gestione códigos de identificación únicos, con el fin de identificar, como mínimo, a los operadores de puntos de recarga y a los proveedores de servicios de movilidad. La organización para el registro de identificaciones debe recopilar información sobre los códigos de identificación de la movilidad electrónica que ya se utilizan en el Estado miembro correspondiente; expedir nuevos códigos de movilidad electrónica, cuando sea necesario, para los operadores de puntos de recarga y los proveedores de servicios de movilidad con arreglo a una lógica común acordada a escala de la Unión en la que se formateen los códigos de identificación de la electromovilidad; permitir el intercambio y la verificación de la unicidad de estos códigos de movilidad electrónica a través de un posible futuro repositorio para el registro de identificaciones común. La Comisión debe publicar orientaciones técnicas sobre la creación de dicha organización basándose en la acción de apoyo al programa sobre la recogida de datos relativos a los puntos de recarga/repostaje de combustibles alternativos y los códigos de identificación únicos relacionados con los agentes de la movilidad electrónica.

(47)

Es fundamental que todas las partes del ecosistema de la electromovilidad puedan interactuar fácilmente a través de medios digitales, para ofrecer la mejor calidad de servicio al usuario final. Para ello, son necesarios identificadores únicos de los agentes pertinentes de la cadena de valor. El círculo de agentes debe ser lo más amplio posible, incluidos, en particular, los productores y distribuidores de energía.  A tal fin, los Estados miembros deben designar una organización para el registro de identificaciones que expida y gestione códigos de identificación únicos, con el fin de identificar, como mínimo, a los operadores de puntos de recarga y a los proveedores de servicios de movilidad. La organización para el registro de identificaciones debe recopilar información sobre los códigos de identificación de la movilidad electrónica que ya se utilizan en el Estado miembro correspondiente; expedir nuevos códigos de movilidad electrónica, cuando sea necesario, para los operadores de puntos de recarga y los proveedores de servicios de movilidad con arreglo a una lógica común acordada a escala de la Unión en la que se formateen los códigos de identificación de la electromovilidad; permitir el intercambio y la verificación de la unicidad de estos códigos de movilidad electrónica a través de un posible futuro repositorio para el registro de identificaciones común. La Comisión debe publicar orientaciones técnicas sobre la creación de dicha organización basándose en la acción de apoyo al programa sobre la recogida de datos relativos a los puntos de recarga/repostaje de combustibles alternativos y los códigos de identificación únicos relacionados con los agentes de la movilidad electrónica. El principal objetivo debe ser la cooperación intersectorial, con objeto de maximizar las sinergias.

Exposición de motivos

Debe garantizarse que todos los agentes implicados cooperen y perciban su contribución respectiva al servicio general a los clientes y al funcionamiento de los puntos de recarga.

Enmienda 15

Considerando 54

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

[…] Por consiguiente, la Comisión debe reexaminar el presente Reglamento a más tardar a finales de 2026, en particular por lo que respecta a la fijación de objetivos para los puntos de recarga eléctrica para vehículos pesados, así como a los objetivos relativos a la infraestructura para los combustibles alternativos destinados a buques y aeronaves de emisión cero en el transporte acuático y aéreo.

[…] La Comisión debe evaluar el impacto del presente Reglamento a más tardar dos años después de su entrada en vigor, utilizando los objetivos concretos fijados. Para ello, tendrá en cuenta todo el ciclo de vida de las emisiones de los vehículos para cada tecnología y sus respectivos impactos en las emisiones de CO2 del transporte por carretera, así como el impacto de cada tecnología en los consumidores (coste total de propiedad). La Comisión también debe reexaminar el presente Reglamento a más tardar a finales de 2026, en particular por lo que respecta a la fijación de objetivos para los puntos de recarga eléctrica para vehículos pesados, así como a los objetivos relativos a la infraestructura para los combustibles alternativos destinados a buques y aeronaves de emisión cero en el transporte acuático y aéreo.

Exposición de motivos

La evaluación del Reglamento debe basarse en criterios específicos, por lo que debe hacerse referencia a los objetivos concretos fijados.

Enmienda 16

Artículo 1, apartado 3

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

3.   El presente Reglamento establece un mecanismo de información para estimular la cooperación y garantiza un estrecho seguimiento de los avances. Dicho mecanismo consistirá en un proceso estructurado, transparente e iterativo entre la Comisión y los Estados miembros para la finalización de los marcos de acción nacionales y su posterior ejecución y la correspondiente acción de la Comisión.

3.   El presente Reglamento establece un mecanismo de información para estimular la cooperación y garantiza un estrecho seguimiento de los avances. Dicho mecanismo consistirá en un proceso de gobernanza estructurado, transparente, iterativo y multinivel entre la Comisión y los Estados miembros para la finalización de los marcos de acción nacionales (teniendo en cuenta las estrategias locales y regionales de implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos que ya hayan sido desarrolladas por los entes locales y regionales) y su posterior ejecución y la correspondiente acción de la Comisión.

Exposición de motivos

La definición de marcos de acción nacionales para la implantación de combustibles alternativos debe basarse en un verdadero enfoque de gobernanza multinivel a fin de tener plenamente en cuenta los intereses de los entes locales y regionales y sus estrategias destinadas a implantar una infraestructura para los combustibles alternativos, que ya existe en varios «planes de movilidad urbana sostenible» u otras estrategias de movilidad regional.

Enmienda 17

Artículo 3

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

1.   Los Estados miembros garantizarán:

1.   Los Estados miembros garantizarán:

la implantación de estaciones de recarga de acceso público para vehículos ligeros proporcional a la adopción de los vehículos eléctricos ligeros,

la implantación de estaciones de recarga de acceso público para vehículos ligeros proporcional a la adopción de los vehículos eléctricos ligeros,

en su territorio, la implantación de estaciones de recarga de acceso público destinadas a vehículos ligeros con suficiente potencia disponible para dichos vehículos.

en su territorio, la implantación de forma geográficamente equilibrada de estaciones de recarga de acceso público destinadas a vehículos ligeros con suficiente potencia disponible para dichos vehículos.

Para ello, los Estados miembros velarán por que, al final de cada año, a partir de la fecha contemplada en el artículo 24, se cumplan los dos objetivos de potencia disponible siguientes:

Para ello, los Estados miembros velarán por que, al final de cada año, a partir de la fecha contemplada en el artículo 24, se cumplan los dos objetivos de potencia disponible siguientes:

a)

que para cada vehículo eléctrico de batería ligero matriculado en su territorio se suministre una potencia disponible total de al menos 1 kW a través de estaciones de recarga de acceso público; y

a)

que para cada vehículo eléctrico de batería ligero matriculado en su territorio se suministre una potencia disponible total de al menos 1 kW a través de estaciones de recarga de acceso público; y

b)

que para cada vehículo híbrido enchufable ligero matriculado en su territorio se suministre una potencia disponible total de al menos 0,66  kW a través de estaciones de recarga de acceso público.

b)

que para cada vehículo híbrido enchufable ligero matriculado en su territorio se suministre una potencia disponible total de al menos 0,66  kW a través de estaciones de recarga de acceso público.

2.   […]

2.   […]

3.   Los Estados miembros vecinos velarán por que no se superen las distancias máximas establecidas en las letras a) y b) en los tramos transfronterizos de las redes básica y global de la RTE-T.

3.    Los Estados miembros también tendrán en cuenta los objetivos del artículo 174 del TFUE a la hora de implantar y promover infraestructuras de recarga en el sentido del apartado 2 y garantizarán su disponibilidad en las zonas menos densamente pobladas.

 

4.    Los Estados miembros vecinos velarán por que no se superen las distancias máximas establecidas en las letras a) y b) en los tramos transfronterizos de las redes básica y global de la RTE-T.

Exposición de motivos

Con el fin de impulsar sistemas de propulsión alternativos, la infraestructura de recarga necesaria también debe estar disponible fuera de las redes RTE-T en zonas en las que el número de usuarios sea menor debido a una menor densidad de población y en las que el despliegue privado sea menos rentable.

Enmienda 18

Artículo 3, apartado 2

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

2.   Los Estados miembros garantizarán una cobertura mínima de puntos de recarga de acceso público destinados a los vehículos ligeros en la red de carreteras de su territorio. Para ello, los Estados miembros velarán por que:

2.   Los Estados miembros garantizarán una cobertura mínima de puntos de recarga de acceso público destinados a los vehículos ligeros en la red de carreteras de su territorio. Para ello, los Estados miembros velarán por que:

a)

a lo largo de la red básica de la RTE-T se implanten en cada sentido de desplazamiento, con una distancia máxima de 60 km entre sí, grupos de recarga de acceso público destinados a vehículos ligeros que cumplan los requisitos siguientes:

a)

a lo largo de la red básica de la RTE-T se implanten en cada sentido de desplazamiento, con una distancia máxima de 60 km entre sí, grupos de recarga de acceso público destinados a vehículos ligeros que cumplan los requisitos siguientes:

 

i)

a más tardar el 31 de diciembre de 2025, cada grupo de recarga deberá ofrecer una potencia disponible de al menos 300  kW e incluir al menos una estación de recarga con una potencia disponible individual de al menos 150  kW;

 

i)

a más tardar el 31 de diciembre de 2025, cada grupo de recarga deberá ofrecer una potencia disponible de al menos 500  kW e incluir al menos una estación de recarga con una potencia disponible individual de al menos 250  kW;

 

ii)

a más tardar el 31 de diciembre de 2030, cada grupo de recarga deberá ofrecer una potencia disponible de al menos 600  kW e incluir al menos dos estaciones de recarga con una potencia disponible individual de al menos 150  kW.

 

ii)

a más tardar el 31 de diciembre de 2030, cada grupo de recarga deberá ofrecer una potencia disponible de al menos 900  kW e incluir al menos dos estaciones de recarga con una potencia disponible individual de al menos 250  kW.

b)

a lo largo de la red global de la RTE-T se implanten en cada sentido de desplazamiento, con una distancia máxima de 60 km entre sí, grupos de recarga de acceso público destinados a vehículos ligeros que cumplan los requisitos siguientes:

b)

a lo largo de la red global de la RTE-T se implanten en cada sentido de desplazamiento, con una distancia máxima de 60 km entre sí, grupos de recarga de acceso público destinados a vehículos ligeros que cumplan los requisitos siguientes:

 

i)

a más tardar el 31 de diciembre de 2030, cada grupo de recarga deberá ofrecer una potencia disponible de al menos 300  kW e incluir al menos una estación de recarga con una potencia disponible individual de al menos 150  kW;

 

i)

a más tardar el 31 de diciembre de 2030, cada grupo de recarga deberá ofrecer una potencia disponible de al menos 500  kW e incluir al menos una estación de recarga con una potencia disponible individual de al menos 250  kW;

 

ii)

a más tardar el 31 de diciembre de 2035, cada grupo de recarga deberá ofrecer una potencia disponible de al menos 600  kW e incluir al menos dos estaciones de recarga con una potencia disponible individual de al menos 150  kW.

 

i)

a más tardar el 31 de diciembre de 2035, cada grupo de recarga deberá ofrecer una potencia disponible de al menos 900  kW e incluir al menos dos estaciones de recarga con una potencia disponible individual de al menos 250  kW.

 

c)

en casos debidamente justificados debidos a las características específicas de determinadas regiones (como la ubicación geográfica, la orografía difícil o la densidad de población) y en los que sea difícilmente justificable un requisito basado en la distancia desde la perspectiva de la rentabilidad socioeconómica, podrán instalarse potencias disponibles menores, si bien cada grupo de recarga deberá ofrecer una potencia disponible de al menos 300 kW e incluir al menos una estación de recarga con una potencia disponible individual de al menos 150 kW. Los Estados miembros notificarán dichas exenciones a la Comisión Europea.

Exposición de motivos

Un reciente estudio del Parlamento Europeo (1) ha llegado a la conclusión de que la potencia de recarga propuesta para los puntos de recarga de la RTE-T y los nodos urbanos es demasiado baja, lo que podría dificultar la aceptación de los vehículos eléctricos.

Por lo que respecta a las exenciones, estas son necesarias, ya que un enfoque basado exclusivamente en la distancia de la infraestructura de recarga no es coherente con las necesidades locales y regionales de una infraestructura de repostaje. Fijar que los objetivos basados en la distancia y los objetivos de carga sean iguales para toda la Unión no tiene en cuenta las diferencias regionales (densidad de población, situación geográfica).

Enmienda n.o 19

Artículo 4, apartado 1

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

[…]

[…]

d)

a más tardar el 31 de diciembre de 2025, se implanten en cada nodo urbano puntos de recarga de acceso público destinados a vehículos pesados que suministren una potencia disponible agregada de al menos 600  kW, proporcionada por estaciones de recarga con una potencia disponible individual de al menos 150  kW;

d)

a más tardar el 31 de diciembre de 2025, se implanten en cada nodo urbano puntos de recarga de acceso público destinados a vehículos pesados que suministren una potencia disponible agregada de al menos 900  kW, proporcionada por estaciones de recarga con una potencia disponible individual de al menos 300  kW;

e)

a más tardar el 31 de diciembre de 2030, se implanten en cada nodo urbano puntos de recarga de acceso público destinados a vehículos pesados que suministren una potencia agregada de al menos 1 200  kW, proporcionada por estaciones de recarga con una potencia disponible individual de al menos 150  kW.

e)

a más tardar el 31 de diciembre de 2030, se implanten en cada nodo urbano puntos de recarga de acceso público destinados a vehículos pesados que suministren una potencia agregada de al menos 2 000  kW, proporcionada por estaciones de recarga con una potencia disponible individual de al menos 300  kW.

 

f)

en casos debidamente justificados debidos a las características específicas de determinadas regiones (como la ubicación geográfica, la orografía difícil o la densidad de población) y en los que sea difícilmente justificable un requisito basado en la distancia desde la perspectiva de la rentabilidad socioeconómica, podrán instalarse potencias disponibles menores, si bien deberá existir una potencia agregada de al menos 600 kW para vehículos pesados y una potencia disponible individual de al menos 150 kW. Los Estados miembros notificarán dichas exenciones a la Comisión Europea.

Exposición de motivos

Idéntica a la de la enmienda 18.

Enmienda 20

Artículo 6, apartado 1

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

1.   Los Estados miembros velarán por que, a más tardar el 31 de diciembre de 2030 , haya instalado en su territorio un número mínimo de estaciones de repostaje de hidrógeno de acceso público.

1.   Los Estados miembros velarán por que, a más tardar el 31 de diciembre de 2027 , haya instalado en su territorio un número mínimo de estaciones de repostaje de hidrógeno de acceso público.

Para ello, los Estados miembros velarán por que, a más tardar el 31 de diciembre de 2030 , haya implantadas estaciones de repostaje de hidrógeno de acceso público con una capacidad mínima de 2 t/día y equipadas con al menos un dispensador de 700 bares, situadas a una distancia máxima de 150 km entre ellas, a lo largo de las redes básica y global de la RTE-T. […]

Para ello, los Estados miembros velarán por que, a más tardar el 31 de diciembre de 2027 , haya implantadas estaciones de repostaje de hidrógeno de acceso público con una capacidad mínima de 4 t/día y equipadas con al menos un dispensador de 700 bares, situadas a una distancia máxima de 150 km entre ellas, a lo largo de las redes básica y global de la RTE-T. […]

Exposición de motivos

Ya existen proyectos de camiones de hidrógeno en muchos Estados miembros y regiones. Estos necesitan de una planificación rápida y estable. Por lo tanto, habría que prever un horizonte temporal más precoz y una mayor eficiencia.

Enmienda 21

Artículo 13, apartado 3

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

3.   Los Estados miembros se asegurarán de que los marcos de acción nacionales tengan en cuenta , según proceda, los intereses de las autoridades regionales y locales, en particular cuando se trate de infraestructura de recarga y repostaje para el transporte público, así como los intereses de las partes interesadas.

3.   Los Estados miembros se asegurarán de que los marcos de acción nacionales tengan en cuenta los intereses de las autoridades regionales y locales, en particular cuando se trate de infraestructura de recarga y repostaje para el transporte público, así como los intereses de las partes interesadas. Los marcos de acción nacionales incluirán un mecanismo de consulta del nivel subnacional que permitirá incorporar de forma permanente la información procedente del nivel local en las estrategias de los respectivos Estados miembros destinadas a implantar una infraestructura para los combustibles alternativos. En todas las regiones debe estar disponible una infraestructura para los combustibles alternativos. Por ello, para garantizar la cohesión de la Unión es preciso incluir objetivos de implantación de una infraestructura regional (en el nivel NUTS 2) para los combustibles alternativos.

Exposición de motivos

Si bien los considerandos 16 y 38 señalan la necesidad de incluir un enfoque multinivel en los marcos de acción nacionales, esto no se define con más detalle en el artículo correspondiente, lo que representa una oportunidad perdida de integrar en esos marcos un mecanismo de consulta de los entes locales y regionales. Tal mecanismo permitiría que una valiosa información procedente del nivel regional se incorporara en las estrategias de los Estados miembros destinadas a implantar una infraestructuras para los combustibles alternativos y aumentaría su coherencia global.

Enmienda 22

Artículo 13, apartado 4

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

4.    Cuando sea necesario, los Estados miembros cooperarán, a través de consultas o de marcos estratégicos conjuntos, para garantizar la coherencia y la coordinación de las medidas necesarias para la consecución de los objetivos del presente Reglamento. […]

4.   Los Estados miembros cooperarán, a través de consultas o de marcos estratégicos conjuntos, para garantizar que las medidas necesarias para la consecución de los objetivos del presente Reglamento estén coordinadas de manera coherente con el nivel subnacional y respeten los principios de subsidiariedad y de gobernanza multinivel . […]

Exposición de motivos

Idéntica a la de la enmienda 21.

II.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES

Transición justa

1.

destaca que es preciso investigar y determinar las consecuencias y tendencias en materia de empleo que conllevará la transición hacia una industria del automóvil climáticamente neutra. Por consiguiente, la Comisión debe evaluar el impacto territorial del Reglamento en la industria, la mano de obra y las regiones de la automoción;

2.

destaca que la transformación de la industria automovilística europea hacia vehículos de cero emisiones supone el cambio estructural de mayor calado del sector hasta la fecha, con múltiples repercusiones para los trabajadores, los proveedores y los grupos automovilísticos de Europa. En vista de esta importante transformación de uno de los sectores europeos clave, el CDR pide a la Comisión Europea que entable un diálogo estratégico integral y a largo plazo sobre la transformación de la industria automovilística en la UE con todas las partes interesadas pertinentes (fabricantes de equipos originales, proveedores, sindicatos, universidades, asociaciones medioambientales, ONG, sociedad civil, regiones y ciudades, etc.), con el fin de analizar las necesidades del sector y acompañarlo con las políticas y el apoyo adecuados. El Comité apoya las formas de cooperación existentes a nivel de la UE con participación de los entes locales y regionales, como la Alianza de capacidades del sector automovilístico, centrada en la mejora de capacidades y el reciclaje profesional de los trabajadores de dicho sector, la obtención de información y el fomento del diálogo entre todos los asociados y partes interesadas del sector;

3.

apoya la elaboración de planes específicos para impulsar el reciclaje, el perfeccionamiento, la formación y la redistribución de los trabajadores en el sector del automóvil de la UE, en particular en las regiones más afectadas por la transición;

4.

apoya la puesta a disposición de recursos públicos para impulsar un programa de transición justa en el ecosistema del automóvil. Su modelo debe ser la actual Plataforma de Transición Justa. La financiación de los planes regionales a través del Mecanismo para una Transición Justa presta servicio hoy en día a millones de trabajadores de zonas industriales con elevadas emisiones de carbono, como la minería del carbón, incluido un Fondo de Transición Justa específico;

5.

insta a la Comisión a que cree un «mecanismo europeo para una transición justa del sector y las regiones de la automoción», que debe aprovechar los fondos europeos, velar por que se aborden los retos en las regiones más afectadas por la transformación y llegar a todas las pymes de la cadena de suministro para que se adapten a los cambios en la cadena de valor del automóvil;

6.

este Mecanismo para una Transición Justa debe basarse en los siguientes principios:

a)

recursos adecuados;

b)

apoyo político e intercambios de buenas prácticas;

c)

planificación de la transición y diálogo social.

Los fondos asignados en el marco del Mecanismo deben destinarse directamente a la mano de obra afectada y distribuirse de forma transparente a través de las regiones y ciudades, en estrecha cooperación con las autoridades públicas competentes en materia de formación y aprendizaje permanente. No deben constituir un rescate de las empresas del sector del automóvil, sino una inversión pública en el perfeccionamiento de las capacidades, la diversificación y la formación de la mano de obra;

7.

acoge favorablemente la iniciativa en favor de una «Alianza de regiones en favor de una transición justa y equitativa en la industria del automóvil y la industria de los suministros europeas». Estas regiones, que tienen un sector de la automoción consolidado, desean desempeñar un papel activo a la hora de garantizar que ninguna región se quede atrás y que el nuevo sistema de movilidad sostenible y basado en combustibles alternativos sea asequible y accesible para el conjunto de la ciudadanía de todas las regiones. El CDR apoya plenamente la petición formulada por la Alianza de que se cree un mecanismo de transición justa para las regiones que dependen de la industria del automóvil a fin de gestionar los cambios en el sector;

8.

subraya que es preciso invertir a escala local y regional en la formación profesional y en la formación de alta tecnología necesarias para las nuevas competencias en electromovilidad;

9.

apoya que se mantengan en el mismo territorio las nuevas operaciones de la misma empresa automovilística en el ámbito de la movilidad alternativa, dando prioridad a las instalaciones existentes;

Infraestructura para los combustibles alternativos

10.

considera que el desarrollo de infraestructuras de recarga y repostaje para sistemas de propulsión alternativos es, junto con las nuevas normas sobre emisiones de CO2 y, sobre todo, el fomento de la electromovilidad, una condición previa para alcanzar los objetivos climáticos a escala europea, nacional y regional. Las obligaciones de la UE en materia de necesidades de infraestructura de recarga y repostaje hasta la fecha no son suficientes a este respecto;

11.

acoge con satisfacción el hecho de que, al transformar la Directiva sobre la creación de una infraestructura para los combustibles alternativos en un Reglamento, la Comisión proponga por primera vez unos requisitos mínimos obligatorios a escala de la UE, uniformes y, sobre todo, aplicables a todos los modos de transporte en los Estados miembros;

12.

apoya la descarbonización total del sector del transporte por carretera de aquí a 2050;

13.

subraya que, en principio, los fabricantes deben estar abiertos a diferentes tipos de propulsión y soluciones técnicas para alcanzar el objetivo de que a partir de 2035 solo se matriculen en la UE vehículos de cero emisiones;

14.

siguiendo el principio de neutralidad tecnológica, la Comisión debe garantizar la competencia tecnológica y alternativas para las zonas rurales y remotas, por ejemplo, los biocombustibles avanzados (véanse los criterios de sostenibilidad para los biocombustibles en el anexo IX de la Directiva sobre fuentes de energía renovables);

15.

pide que se evalúe la intensidad de las emisiones de biocombustibles (2); tal evaluación debe tener en cuenta todo el ciclo de vida de los biocombustibles y sus repercusiones en el cambio del uso de la tierra, los factores indirectos del cambio del uso de la tierra, la biodiversidad y la seguridad alimentaria;

16.

se prestará especial atención a los siguientes aspectos:

puntos de recarga públicos en zonas urbanas en las que un número creciente de vehículos eléctricos no tendrá acceso a aparcamiento privado;

puntos de recarga públicos en zonas remotas y rurales;

17.

pide que se impulse el desarrollo del uso del hidrógeno para el transporte por carretera, que se encuentra en una fase dinámica, y que se creen las condiciones necesarias para una red suficientemente amplia de estaciones de repostaje de hidrógeno en cuanto se disponga de las soluciones técnicas necesarias y se conozca la demanda. Los años 2025 y 2035 se prestan como hitos naturales para una hoja de ruta con las medidas correspondientes. Entre estas medidas también se incluye la preparación de las leyes y decisiones necesarias. No obstante, cuando las características específicas de la región (por ejemplo, la situación geográfica o la densidad de población) dificulten la justificación de los requisitos establecidos desde la perspectiva de los beneficios económicos globales, debería ser posible conceder exenciones en casos debidamente motivados;

18.

subraya la necesidad de contar con una infraestructura específica para los vehículos pesados, sobre todo para el transporte público;

19.

es esencial facilitar el acceso a una recarga inteligente y rápida y proporcionar información sobre la disponibilidad de estaciones de recarga, métodos de pago, tarifas de recarga (transparencia de precios), etc.;

20.

pide que, a la hora de sopesar inversiones en sistemas alternativos de propulsión por carretera, se dé prioridad a las medidas que favorezcan el cambio modal al ferrocarril para el transporte de mercancías;

Consideraciones generales

21.

acoge con satisfacción la intención de abordar las normas sobre emisiones de los vehículos a fin de alcanzar el objetivo de neutralidad en carbono. Los turismos y las furgonetas representan la mayor parte de las emisiones de CO2 en el transporte y las emisiones medias de los vehículos de motor de combustión interna están aumentando;

22.

subraya el problema de los mercados de segunda mano de turismos contaminantes en los Estados miembros de Europa Central y Oriental, lo que traslada los problemas de contaminación tóxica y de «fuga de carbono» a las regiones menos desarrolladas. Esto impide la cohesión de la UE y actúa en contra del valor fundamental de que todos los ciudadanos de la UE tengan el mismo derecho a un aire limpio. Por consiguiente, la Comisión debe garantizar límites al flujo de vehículos antiguos contaminantes de una manera que proteja el medio ambiente y la salud pública y se ajuste al mercado único;

23.

propone que se diseñe una nueva norma Euro 7/VII adaptada a las posibilidades técnicas existentes de reducción de la contaminación. En principio, los requisitos de la norma Euro 7/VII no deberían poner en cuestión los costes —necesariamente elevados— de innovación del sector en nuevos sistemas de propulsión para alcanzar los objetivos climáticos;

24.

habida cuenta del impacto potencial de este Reglamento en los entes locales y regionales, el CDR subraya la importancia de ser informado por los colegisladores sobre cualquier modificación de la propuesta inicial en cada fase del procedimiento legislativo, incluidas las negociaciones tripartitas, en consonancia con el principio de cooperación leal, permitiendo así al CDR ejercer adecuadamente sus prerrogativas en virtud del Tratado (artículo 91 del TFUE);

25.

considera que ambos proyectos de Reglamento se ajustan a los principios de subsidiariedad y proporcionalidad. El valor añadido de la actuación de la UE en este ámbito y los fundamentos jurídicos pertinentes que ha elegido la Comisión son claros y coherentes. No obstante, lamenta que, a diferencia de otras propuestas presentadas en el marco del paquete de medidas «Objetivo 55», la propuesta de Reglamento relativo a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos [COM(2021) 559] no fuera acompañada de una plantilla de evaluación de la subsidiariedad y señala que dos Parlamentos nacionales han emitido dictámenes motivados sobre el incumplimiento del principio de subsidiariedad dentro del plazo fijado, que expiró el 8 de noviembre de 2021.

Bruselas, 26 de enero de 2022.

El Presidente del Comité Europeo de las Regiones

Apostolos TZITZIKOSTAS


(1)  https://www.europarl.europa.eu/thinktank/en/document/IPOL_STU(2021)690901

(2)  The land use change impact of biofuels consumed in the EU Quantification of area and greenhouse gas impact https://ec.europa.eu/energy/sites/ener/files/documents/Final%20Report_GLOBIOM_publication.pdf.


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