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Diario Oficial de la Unión Europea, C 81, 20 de marzo de 2013


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ISSN 1977-0928

doi:10.3000/19770928.C_2013.081.spa

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 81

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

56o año
20 de marzo de 2013


Número de información

Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2013/C 081/01

Comunicación de la Comisión relativa a la cantidad disponible en el subperíodo de mayo de 2013 en el marco de determinados contingentes de productos del sector del arroz abiertos por la Unión Europea

1

2013/C 081/02

Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 1 )

2

2013/C 081/03

Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 2 )

3

2013/C 081/04

Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 2 )

8

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2013/C 081/05

Tipo de cambio del euro

12

 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2013/C 081/06

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.6841 — Goldman Sachs/TPG Lundy/Tulloch Homes Group Limited) ( 2 )

13

 

OTROS ACTOS

 

Comisión Europea

2013/C 081/07

Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) no 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios

14

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE excepto en lo referente a los productos contemplados en el anexo I del Tratado

 

(2)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

20.3.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 81/1


Comunicación de la Comisión relativa a la cantidad disponible en el subperíodo de mayo de 2013 en el marco de determinados contingentes de productos del sector del arroz abiertos por la Unión Europea

2013/C 81/01

El Reglamento (UE) no 1274/2009 de la Comisión (1) abrió contingentes arancelarios de importación de arroz originario de los países y territorios de ultramar (PTU). No se han presentado solicitudes de certificados de importación durante los primeros siete días de enero de 2013 al amparo de los contingentes con los números de orden 09.4189 y 09.4190.

De conformidad con el artículo 7, apartado 4, segunda frase, del Reglamento (CE) no 1301/2006 de la Comisión (2), las cantidades por las que no se hayan presentado solicitudes se añadirán al subperíodo siguiente.

De conformidad con el artículo 1, apartado 5, párrafo segundo, del Reglamento (UE) no 1274/2009 de la Comisión, las cantidades disponibles en el subperíodo siguiente serán comunicadas por la Comisión antes del vigésimo quinto día del último mes de un subperíodo dado.

En consecuencia, la cantidad disponible total para el subperíodo de mayo de 2013 al amparo de los contingentes con los números de orden 09.4189 y 09.4190 a que se refiere el Reglamento (UE) no 1274/2009 figuran en el anexo de la presente Comunicación.


(1)  DO L 344 de 23.12.2009, p. 3.

(2)  DO L 238 de 1.9.2006, p. 13.


ANEXO

Cantidades disponibles para el subperíodo siguiente de conformidad con el Reglamento (UE) no 1274/2009

Origen

Número de orden

Solicitudes de certificado de importación presentadas para el subperíodo de enero de 2013

Cantidad total disponible para el subperíodo de mayo de 2013 (en kg)

Antillas Neerlandesas y Aruba

09.4189

 (1)

16 667 000

PTU menos desarrollados

09.4190

 (1)

6 667 000


(1)  No se aplica ningún coeficiente de asignación para este subperíodo: la Comisión no tiene constancia de ninguna solicitud de certificado.


20.3.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 81/2


Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE

Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

(Texto pertinente a efectos del EEE excepto en lo referente a los productos contemplados en el anexo I del Tratado)

2013/C 81/02

Fecha de adopción de la decisión

21.2.2013

Número de referencia de ayuda estatal

SA.35985 (12/N)

Estado miembro

Bélgica

Región

Zonas mixtas

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Indemnisation des dommages agricoles causés par la sécheresse du printemps 2011

Base jurídica

Loi du 12 juillet 1976 relative à la réparation de certains dommages causés à des biens privés par des calamités naturelles

Arrêté du 7 avril 1978 fixant les taux variables par tranche du montant total net des dommages subis, de même que le montant de la franchise et de l'abattement pour le calcul de l'indemnité de réparation de certains dommages causés à des biens privés par des calamités agricoles

(projet) arrêté royal considérant comme une calamité agricole la sécheresse du printemps 2011, délimitant l'étendue géographique de cette calamité et déterminant l'indemnisation des dommages

(projet) arrêté ministériel déterminant les modalités d'introduction et le mode d'examen des demandes en exécution de l'arrêté royal du … considérant comme une calamité agricole la sécheresse du printemps 2011, délimitant l'étendue géographique de cette calamité et déterminant l'indemnisation des dommages

(projet) circulaire relative à la gestion des dommages causés par la sécheresse de 2011

Tipo de medida

Régimen

Objetivo

Condiciones climáticas adversas

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

 

Presupuesto total: 3 EUR (en millones)

 

Presupuesto anual: 3 EUR (en millones)

Intensidad

68 %

Duración

hasta el 31.12.2013

Sectores económicos

Cultivo de cereales (excepto arroz), leguminosas y semillas oleaginosas, Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos, Cultivo de plantas para fibras textiles

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

SPF Éonomie, PME, classes moyennes et énergie

City Atrium rue du Progrès 50

1210 Bruxelles

BELGIQUE

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm


20.3.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 81/3


Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE

Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2013/C 81/03

Fecha de adopción de la decisión

23.1.2013

Número de referencia de ayuda estatal

SA.29367 (12/NN)

Estado miembro

Francia

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Service d'intérêt économique général (SIEG) d'accessibilité bancaire du Livret A de la banque postale

Base jurídica

Article L. 221-1 et L. 518-25-1 du code monétaire et financier en vertu de la Loi de modernisation de l'économie (Loi 2008-776 du 4 août 2008)

Tipo de medida

ayuda ad hoc

Banque postale

Objetivo

Servicios de interés económico general

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

Presupuesto total: 1 505 EUR (en millones)

Intensidad

Duración

1.1.2009-31.12.2014

Sectores económicos

Actividades financieras y de seguros

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Ministère de l'économie et des finances

139 rue de Bercy

75572 Paris Cedex 12

FRANCE

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm

Fecha de adopción de la decisión

20.11.2012

Número de referencia de ayuda estatal

SA.33337 (12/NN)

Estado miembro

Polonia

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Potencjalna pomoc państwa dla Polskich Linii Lotniczych LOT

Base jurídica

Tipo de medida

ayuda ad hoc

LOT Airlines

Objetivo

Forma de la ayuda

Otras formas de participación en el capital

Presupuesto

Presupuesto total: 400 PLN (en millones)

Intensidad

Duración

Sectores económicos

Transporte aéreo

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm

Fecha de adopción de la decisión

20.12.2012

Número de referencia de ayuda estatal

SA.35033 (12/N)

Estado miembro

Italia

Región

Sicilia, Calabria

Artículo 107.3.a

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Aiuto al salvataggio dell'impresa G.D.M. SpA in A.S.

Base jurídica

A.

D.L. 30.1.1979, n. 26 (convertito in L. 3.4.1979, n. 95), provvedimenti urgenti per l'amministrazione straordinaria di grandi imprese in crisi (cfr. articolo 2-bis);

B.

D.M. 23.12.2004, n. 319, regolamento recante le condizioni e le modalità di prestazione della garanzia statale sui finanziamenti a favore delle grandi imprese in stato di insolvenza, ai sensi dell'articolo 101 del D. Lgs. 8 luglio 1999, n. 270;

C.

D.L. 23.12.2003, n. 347 (convertito in L. 18.2.2004, n. 39), misure urgenti per la ristrutturazione industriale di grandi imprese in stato di insolvenza;

D.

D. LGS. 8.7.1999, n. 270, nuova disciplina delle grandi imprese in stato di insolvenza, a norma dell'articolo 1 della legge 30 luglio 1998, n. 274

Tipo de medida

ayuda ad hoc

G.D.M. SpA in A.S.

Objetivo

Salvamento de empresas en crisis, Desarrollo regional, Empleo

Forma de la ayuda

Garantía

Presupuesto

Presupuesto total: 16,60 EUR (en millones)

Intensidad

100 %

Duración

6 meses

Sectores económicos

Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Ministero dello Sviluppo Economico

Via Veneto 33

00187 Roma RM

ITALIA

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm

Fecha de adopción de la decisión

20.2.2013

Número de referencia de ayuda estatal

SA.35697 (12/N)

Estado miembro

Grecia

Región

Thessalia

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Κρατικός Αερολιμένας Σκιάθου (Επέκταση Δαπέδου Στάθμευσης Αεροσκαφών και Νέος Συνδετήριος Τροχόδρομος)

Base jurídica

Νόμοι 3669/2008, 3614/2007, Οδηγία 2004/18/ΕΚ, Α.Π. 4053/ΕΥΣ1749/27.3.2008 και Α.Π. 1079/Φ.95/31.5.2011.

Tipo de medida

Ayuda individual

Υπηρεσία Πολιτικής Αεροπορίας (ΥΠΑ), Hellenic Civil Aviation Authority

Objetivo

Desarrollo sectorial

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

Presupuesto total: 16,30 EUR (en millones)

Intensidad

79,62 %

Duración

1.2.2013-13.12.2015

Sectores económicos

Transporte aéreo

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Ενδιάμεση Διαχειριστική Αρχή Μεταφορών

Άγιας Σόφιας

Ν. ΨΥΧΙΚΟ

154 51 Αθήνα/Athens

ΕΛΛΑΔΑ/GREECE

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm

Fecha de adopción de la decisión

4.12.2012

Número de referencia de ayuda estatal

SA.35703 (12/N)

Estado miembro

Austria

Región

Zonas mixtas

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Verlängerung der Beihilfenregelung „Übernahme von Haftungen für die Tourismus- und Freizeitwirtschaft 2011-2013”

Base jurídica

Richtlinie des Bundesministers für Wirtschaft und Arbeit für die Übernahme von Haftungen für die Tourismus- und Freizeitwirtschaft 2007-2013

Tipo de medida

Régimen

Objetivo

Reestructuración de empresas en crisis

Forma de la ayuda

Garantía

Presupuesto

Presupuesto total: 12 EUR (en millones)

Intensidad

Duración

10.10.2012-31.12.2013

Sectores económicos

Hostelería

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Bundesministerium für Wirtschaft, Familie und Jugend

Stubenring 1

1010 Wien

ÖSTERREICH

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm


20.3.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 81/8


Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE

Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2013/C 81/04

Fecha de adopción de la decisión

12.12.2012

Número de referencia de ayuda estatal

SA.35744 (12/N)

Estado miembro

Irlanda

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Prolongation of the Eligible Liabilities Guarantee Scheme until 30 June 2013

Base jurídica

 

The Credit Institutions (Financial Support) Act 2008

 

The Credit Institutions (Eligible Liabilities Guarantee) Scheme 2009

Tipo de medida

Régimen

Objetivo

Remedio de una perturbación grave en la economía

Forma de la ayuda

Garantía

Presupuesto

[…] (1)

Intensidad

Duración

1.1.2013-30.6.2013

Sectores económicos

Actividades financieras y de seguros

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Minister for Finance

Government Buildings.

Upper Merrion St.

Dublin 2

IRELAND

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm

Fecha de adopción de la decisión

29.1.2013

Número de referencia de ayuda estatal

SA.35944 (12/N)

Estado miembro

Polonia

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Siódme przedłużenie programu gwarancji na rzecz banków w Polsce

Base jurídica

 

Ustawa z dnia 12 lutego 2009 r. o udzielaniu przez Skarb Państwa wsparcia instytucjom finansowym (Dz.U. nr 39, poz. 308 ze zm.)

 

Ustawa z dnia 19 listopada 2009 r. o zmianie ustawy o udzielaniu przez Skarb Państwa wsparcia instytucjom finansowym (Dz.U. z 2010 r. nr 3, poz. 12)

Tipo de medida

Régimen

Objetivo

Remedio de una perturbación grave en la economía

Forma de la ayuda

Otras, Garantía — Aparte de las garantías del Estado para las emisiones de deuda de bancos, la ayuda puede concederse en forma de: i) préstamos de bonos del Tesoro; ii) venta de bonos del Tesoro con pago aplazado; iii) venta de bonos del Tesoro con pago fraccionado; iv) venta de bonos del Tesoro a entidades financieras específicas.

Presupuesto

Presupuesto total: 160 000 PLN (en millones)

Intensidad

Duración

hasta el 30.6.2013

Sectores económicos

Actividades financieras y de seguros

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Minister Finansów

ul. Świętokrzyska 12

00-916 Warszawa

POLSKA/POLAND

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm

Fecha de adopción de la decisión

4.2.2013

Número de referencia de ayuda estatal

SA.36051 (13/N)

Estado miembro

Austria

Región

Burgenland

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Verlängerung der staatlichen Beihilfe N 670/08 — Regelung für Rettungs- und Umstrukturierungsbeihilfen für KMU im Burgenland

Base jurídica

Gesetz vom 24. März 1994 über Maßnahmen zur Gewährleistung der wirtschaftlichen Entwicklung im Burgenland (Landes-Wirtschaftsförderungsgesetz 1994 — WiföG), LGBl. Nr. 33, in der Fassung des Gesetzes LBGL. Nr. 22/2008

Tipo de medida

Régimen

Objetivo

Salvamento de empresas en crisis

Forma de la ayuda

Otros

Presupuesto

Presupuesto total: 3 EUR (en millones)

Intensidad

Duración

10.10.2012-31.12.2013

Sectores económicos

Todos los sectores económicos elegibles para recibir la ayuda

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Amt der Burgenländischen Landesregierung

Europaplatz 1

7000 Eisenstadt

ÖSTERREICH

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm

Fecha de adopción de la decisión

13.2.2013

Número de referencia de ayuda estatal

SA.36063 (13/N)

Estado miembro

Francia

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Crédit d'impôt en faveur de la production phonographique

Base jurídica

 

Loi 2006-961 du 1er août 2006 relative au droit d’auteur et aux droits voisins dans la société de l’information

 

Loi 2012-1509 du 29 décembre 2012 de finances pour 2013 (article 28)

Tipo de medida

Régimen

Objetivo

Cultura

Forma de la ayuda

Reducción del tipo impositivo

Presupuesto

 

Presupuesto total: 48 EUR (en millones)

 

Presupuesto anual: 12 EUR (en millones)

Intensidad

30 %

Duración

1.1.2013-31.12.2016

Sectores económicos

Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento, Actividades de creación, artísticas y espectáculos

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Ministère de la culture et de la communication

3 rue de Valois

75033 Paris Cedex 01

FRANCE

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm


(1)  Información confidencial.


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

20.3.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 81/12


Tipo de cambio del euro (1)

19 de marzo de 2013

2013/C 81/05

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,2944

JPY

yen japonés

123,49

DKK

corona danesa

7,4555

GBP

libra esterlina

0,85585

SEK

corona sueca

8,3421

CHF

franco suizo

1,2218

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

7,5205

BGN

lev búlgaro

1,9558

CZK

corona checa

25,647

HUF

forint húngaro

305,20

LTL

litas lituana

3,4528

LVL

lats letón

0,7015

PLN

zloty polaco

4,1548

RON

leu rumano

4,4060

TRY

lira turca

2,3509

AUD

dólar australiano

1,2475

CAD

dólar canadiense

1,3265

HKD

dólar de Hong Kong

10,0455

NZD

dólar neozelandés

1,5712

SGD

dólar de Singapur

1,6179

KRW

won de Corea del Sur

1 440,51

ZAR

rand sudafricano

11,9332

CNY

yuan renminbi

8,0457

HRK

kuna croata

7,5887

IDR

rupia indonesia

12 580,16

MYR

ringgit malayo

4,0409

PHP

peso filipino

52,675

RUB

rublo ruso

39,9325

THB

baht tailandés

37,900

BRL

real brasileño

2,5637

MXN

peso mexicano

16,0453

INR

rupia india

70,3830


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

20.3.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 81/13


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.6841 — Goldman Sachs/TPG Lundy/Tulloch Homes Group Limited)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2013/C 81/06

1.

El 13 de marzo de 2013, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas The Goldman Sachs Group, Inc. («Goldman Sachs», EE.UU.) y TPG LundyCo, L.P. («TPG Lundy», Islas Caimán), bajo el control en última instancia del TPG Group (EE.UU.), adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de Tulloch Homes Group Limited («Tulloch Homes», Reino Unido) mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Goldman Sachs: presta servicios financieros como banco de inversiones y empresa de gestión de valores e inversiones a escala mundial,

TPG Group: sociedad de inversiones mundial que gestiona una familia de fondos que invierten en una serie de empresas mediante adquisiciones y reestructuraciones empresariales,

Tulloch Homes: desarrollo y construcción de casas residenciales y apartamentos en el Reino Unido.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.6841 — Goldman Sachs/TPG Lundy/Tulloch Homes Group Limited, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).


OTROS ACTOS

Comisión Europea

20.3.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 81/14


Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) no 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios

2013/C 81/07

La presente publicación otorga el derecho a oponerse a la solicitud, de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) no 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (1).

DOCUMENTO ÚNICO

REGLAMENTO (CE) No 510/2006 DEL CONSEJO

sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios  (2)

«LONZO DE CORSE»/«LONZO DE CORSE — LONZU»

No CE: FR-PDO-0005-0994-26.04.2012

IGP ( ) DOP ( X )

1.   Denominación:

«Lonzo de Corse»/«Lonzo de Corse — Lonzu»

2.   Estado miembro o tercer país:

Francia

3.   Descripción del producto agrícola o alimenticio:

3.1.   Tipo de producto:

Clase 1.2.

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

3.2.   Descripción del producto que se designa con la denominación indicada en el punto 1:

La denominación de origen «Lonzo de Corse»/«Lonzo de Corse — Lonzu» se elabora a partir del lomo de cerdo de raza local Nustrale, salado, secado y curado.

Las fases de salazón, secado y curado duran un mínimo de tres meses, de los cuales más de uno corresponden a la fase de curado (última fase de elaboración del producto, realizada exclusivamente en condiciones ambientales naturales y esencial para que el producto adquiera su textura y desarrolle los aromas).

Las características específicas del producto son las siguientes: forma alargada, loncha cilíndrica a oval, constituida por el filete de cerdo cortado rodeado de su grasa de cobertura. Su longitud varía entre 15 y 30 centímetros y su peso seco entre 0,5 y 1,1 kg.

El producto se presenta embutido en tripa de cerdo o cubierto con manteca de cerdo, atado con un cordel o una red.

La loncha, de aspecto a veces aceitoso, presenta una nuez de músculo único de color homogéneo rojo rosado a rojo, ligeramente entreverado y un tocino dorsal de color blanco a blanco rosado.

La proporción grasa/carne magra en el producto seco oscila entre el 25 % y el 35 %.

La grasa tiene una textura más bien blanda. La carne magra es firme y a la vez tierna.

Se caracteriza por la presencia de aromas (gusto a jamón seco, avellana, champiñón o madera), un sabor salado característico y por la presencia de una nota de pimienta.

A veces presenta un ligero olor y sabor a ahumado.

Las características fisicoquímicas y bioquímicas son las siguientes (% del producto seco):

lípidos totales de la grasa: ≥ 89 %,

porcentaje de sal: entre 6,5 % y 10 %,

lípido intramuscular: ≥ 5 %,

trazas de nitrito/nitrato,

grado de humedad en la parte magra: entre 35 y 50 %,

ácido oleico: ≥ 45 %.

El producto puede comercializarse entero, en lonchas o en trozos envasados al vacío, con un peso mínimo de 200 gramos.

3.3.   Materias primas (únicamente en el caso de los productos transformados):

Características de las canales

Para la elaboración del producto se utilizan canales de cerdos de la raza Nustrale con edades entre 12 y 36 meses en el momento del sacrificio y un peso en canal entre 85 y 140 kg. El tocino tiene un espesor de entre 2,5 y 6 cm.

Las características de la raza Nustrale, la avanzada edad en el momento del sacrificio, la cría en pasturajes y el periodo final de engorde, esencialmente a base de castañas y/o bellotas, confieren a la materia prima una calidad particular: color de la carne entre rojo y rojo intenso, carga lipídica importante y calidad específica de la grasa.

Características de la pieza fresca

Únicamente el filete y el chuletero de palo.

4 piezas por cerdo.

Acabado en forma paralelepipédica.

Desengrasado parcial eventual de la grasa de cobertura.

Peso fresco comprendido entre 0,7 kg y 1,5 kg.

Se prohíben todos los procesos que recurran a temperaturas negativas (congelación, ultracongelación, etc.).

3.4.   Piensos (únicamente en el caso de los productos de origen animal):

Después de su destete, los animales son criados en pasturajes: las piaras recorren los territorios silvo-pastorales cuyos elementos de gestión se basan, entre otras cosas, en la disponibilidad de los recursos forrajeros y las estaciones del año.

Los propios animales obtienen parte de la alimentación en los pasturajes (hierbas, raíces, tubérculos, etc.). El ganadero aporta a la piara las raciones de piensos complementarios en los territorios de cría sin rebasar el límite de 2 kilogramos por día y animal. Los piensos complementarios están compuestos, como mínimo, de un 90 % de cereales, oleaginosas, leguminosas y sus productos derivados, en peso de la composición de los piensos y, en media ponderada, con un mínimo del 60 % de cereales y sus productos derivados (trigo, cebada, maíz). Hasta cuarenta y cinco días antes de que comience el periodo final de engorde puede administrarse maíz como pienso complementario.

El periodo final de engorde tiene lugar entre octubre y marzo y dura, como mínimo, 45 días. Durante este periodo, los animales se alimentan exclusivamente de bellotas y castañas que obtienen mientras recorren los territorios de engorde (encinares y castañares), durante los 30 primeros días como mínimo. Después, se autoriza la administración de un complemento a base de cebaba, siempre y cuando la ración sea inferior a 4 kg/día/porcino. La acumulación de las raciones diarias de cebada aportadas por el ganadero no debe superar el 30 % de la alimentación a base de castañas y/o bellotas durante el periodo final de engorde.

3.5.   Fases específicas de la producción que deben llevarse a cabo en la zona geográfica definida:

Todas las fases de producción (nacimiento, cría, periodo final de engorde, sacrificio de los animales, transformación y curación de las piezas de charcutería) se realizan obligatoriamente en la zona geográfica.

3.6.   Normas especiales sobre el corte en lonchas, el rallado, el envasado, etc.:

El despiece, el corte en lonchas y el envasado deben efectuarse obligatoriamente en la zona geográfica por las razones siguientes:

pérdida de control de la calidad organoléptica en función de las condiciones de almacenamiento y manipulación de los productos,

pérdida de control del seguimiento de los productos, de la trazabilidad y del reetiquetado.

El corte en lonchas se realiza a mano, exclusivamente con cuchillo, para evitar el calentamiento de la carne y el riesgo de deterioro de las cualidades organolépticas específicas del producto. El material autorizado es el siguiente: un cuchillo trinchador y un soporte.

En el caso de los productos cortados en lonchas, se retira previamente la piel (tripa natural o manteca de cerdo).

Una vez cortado en trozos o en lonchas, el producto es inmediatamente envasado al vacío.

La carne magra se caracteriza por su color entre rojo y rojo intenso. La ausencia de conservantes (que permite limitar la oxidación y, por tanto, estabilizar el color del producto), salvo la sal, hace indispensable el envasado al vacío en el plazo más breve posible, con el fin de evitar el ennegrecimiento de la carne.

La grasa, que se caracteriza por un sabor, aroma, color y brillo específicos, se enrancia fácilmente si se expone al aire libre, lo que confirma la necesidad de un envasado al vacío a la mayor brevedad.

Por esta razón, las piezas son totalmente acondicionadas en un plazo de 12 horas.

Estas disposiciones tienen por objeto evitar cualquier desnaturalización del producto, sobre todo de sus características organolépticas.

3.7.   Normas especiales sobre el etiquetado:

Independientemente de las menciones reglamentarias aplicables a los productos de charcutería, el etiquetado de los productos que se beneficien de la denominación de origen «Lonzo de Corse»/«Lonzo de Corse — Lonzu» incluye las indicaciones siguientes:

nombre de la denominación de origen «Lonzo de Corse»/«Lonzo de Corse — Lonzu»,

símbolo DOP de la Unión Europea, a partir de la fecha del registro por parte de la Unión Europea.

Únicamente en el caso de los productos procedentes de animales que hayan tenido un periodo final de engorde a base de castañas y/o bellotas exclusivamente puede figurar en la etiqueta una de las menciones siguientes: «finition châtaigne et/ou gland» o «porcs finis à la châtaigne et/ou au gland» o «100 % châtaignes/glands».

4.   Descripción sucinta de la zona geográfica:

La delimitación de la zona geográfica de la denominación de origen «Lonzo de Corse»/«Lonzo de Corse — Lonzu» incluye los municipios cuyo medio físico satisface las condiciones de cría y transformación tradicionales del producto, es decir, todo el territorio de Córcega, excepto el litoral, no adaptado a las condiciones de producción del producto.

Así pues, la zona geográfica incluye los departamentos de Corse du Sud y Haute Corse, abarcando parte de los municipios siguientes:

 

Departamento de Corse du Sud: Afa, Ajacio, Alata, Albitreccia, Ambiegna, Appietto, Arbellara, Arbori, Arro, Bastelicaccia, Belvédère-Campomoro, Bonifacio, Calcatoggio, Cannelle, Cargèse, Casaglione, Casalabriva, Cauro, Coggia, Cognocoli-Monticchi, Conca, Coti-Chiavari, Cuttoli-Corticchiato, Eccica-Suarella, Figari, Fozzano, Grosseto-Prugna, Lecci, Lopigna, Loreto-di-Tallano, Marignana, Monacia-d'Aullène, Olmeto, Olmiccia, Osani, Ota, Partinello, Piana, Pianottoli-Caldarello, Pietrosella, Pila-Canale, Porto-Vecchio, Propriano, Sainte-Lucie-de-Tallano, San-Gavino-di-Carbini, Sant'Andréa-d'Orcino, Sari-Solenzara, Sarrola-Carcopino, Sartène, Serra-di-Ferro, Serriera, Sollacaro, Sotta, Vico, Viggianello, Villanova, Zonza.

 

Departamento de Haute-Corse: Aghione, Aléria, Algajola, Antisanti, Aregno, Barbaggio, Barrettali, Bastia, Belgodère, Biguglia, Borgo, Brando, Cagnano, Calenzana, Calvi, Canale-di-Verde, Canari, Castellare-di-Casinca, Centuri, Cervione, Chiatra, Corbara, Ersa, Farinole, Furiani, Galéria, Ghisonaccia, Giuncaggio, L'Ile-Rousse, Linguizzetta, Lucciana, Lugo-di-Nazza, Lumio, Luri, Meria, Monte, Montegrosso, Monticello, Morsiglia, Nonza, Novella, Occhiatana, Ogliastro, Oletta, Olmeta-di-Capocorso, Olmeta-di-Tuda, Olmo, Palasca, Pancheraccia, Patrimonio, Penta-di-Casinca, Pietracorbara, Pietroso, Piève, Pigna, Pino, Poggio-di-Nazza, Poggio-d'Oletta, Poggio-Mezzana, Prunelli-di-Casacconi, Prunelli-di-Fiumorbo, Pruno, Rapale, Rogliano, Rutali, Saint-Florent, San-Gavino-di-Tenda, San-Giuliano, San-Martino-di-Lota, San-Nicolao, Santa-Lucia-di-Moriani, Santa-Maria-di-Lota, Santa-Maria-Poggio, Santa-Reparata-di-Balagna, Santo-Pietro-di-Tenda, Serra-di-Fiumorbo, Sisco, Solaro, Sorbo-Ocagnano, Speloncato, Taglio-Isolaccio, Talasani, Tallone, Tomino, Tox, Urtaca, Vallecalle, Valle-di-Campoloro, Ventiseri, Venzolasca, Vescovato, Vignale, Ville-di-Paraso, Ville-di-Pietrabugno, Volpajola.

Un documento cartográfico que define los límites de la zona geográfica ha sido depositado en el ayuntamiento en el caso de los municipios que solo pueden producir en una parte de su territorio. Para estos municipios, la zonificación cartográfica puede consultarse en el sitio Internet de la autoridad competente nacional con arreglo a los requisitos de la Directiva INSPIRE.

5.   Vínculo con la zona geográfica:

5.1.   Carácter específico de la zona geográfica:

Córcega posee un entorno natural particularmente original, tanto desde el punto de vista climático, orográfico o edafológico, como desde el punto de vista del funcionamiento de los ecosistemas.

Geológicamente, puede distinguirse, al oeste, una Córcega herciniana donde predominan granitos, granulitos y pórfiros, que producen relieves muy escarpados y, al nordeste, una Córcega alpina con esquistos lustrados y terrenos sedimentarios diversos, donde las altitudes son menos elevadas y los relieves menos pronunciados. Combinados con los escalonamientos climáticos, los suelos permiten una cubierta vegetal importante y la implantación de vegetación útil para el pastoreo de la cabaña porcina específica.

Córcega está influenciada por el clima mediterráneo pero, a causa de su insularidad y de la diversidad de altitudes y de exposiciones derivadas de una topografía compleja, este clima es extremadamente variado, con contrastes a veces sorprendentes entre valles o incluso vertientes muy próximas.

La flora actual de Córcega es esencialmente paleomediterránea. El aislamiento ha favorecido la evolución de las especies y la flora corsa se caracteriza por una elevada proporción de especies endémicas.

Entre los diferentes niveles de vegetación, se encuentra el nivel mediterráneo subhúmedo, caracterizado por la presencia de alcornoques y encinas. En este nivel, el matorral es la formación predominante.

En el nivel mediterráneo húmedo impera el castaño. En este nivel, el olivo desaparece, cuyo límite máximo de altitud coincide con el límite mínimo de altitud del castaño.

Córcega es una región de vocación forestal, con unas condiciones edafoclimáticas, en conjunto, muy favorables al bosque. Los castaños y encinas están especialmente bien representados en toda la superficie de la isla.

Los productos de charcutería tienen un origen antiguo y, junto con los lácteos, constituyeron durante mucho tiempo una de las fuentes principales de proteínas animales en la dieta insular tradicional.

Los sistemas actuales de cría son herederos de una antigua tradición pastoral consistente en desplazar las piaras hacia los territorios silvopastorales de montaña o los prados de verano (pasturajes) en función de los recursos forrajeros espontáneos de la zona.

De raza local, el cerdo Nustrale es de tipo ibérico. Se trata de un animal rústico especialmente adaptado a este tipo de cría. Aprovecha bastante bien los recursos naturales que encuentra. Las cerdas conducen las piaras a los diferentes pasturajes, que presentan una cierta diversidad (zonas arboladas, prados de verano …). Los pasturajes también pueden evolucionar en función de las estaciones y de los recursos forrajeros presentes en la zona.

Desde el destete hasta el final de la fase de crecimiento, el ganadero aporta a los animales, en los pasturajes, la ración alimentaria indispensable para su crecimiento. Los cerdos también se alimentan de los recursos forrajeros presentes en los territorios (hierbas, raíces, tubérculos, etc.).

Durante el periodo final de engorde, los animales van a recorrer los encinares y los castañares en el momento de la producción de frutos, alimentándose principalmente de castañas y/o bellotas durante el otoño y el invierno. El único complemento alimentario autorizado es la cebada.

Esta etapa es una fase clave que tiene un efecto directo en el aumento de peso y la calidad de la grasa (alto porcentaje de ácidos grasos monoinsaturados y bajo porcentaje de ácidos grasos saturados).

Las condiciones climáticas de las zonas de cría condujeron a la necesidad de recurrir a procedimientos de conservación adaptados. Por tanto, se impuso la charcutería seca, que utiliza como principios de conservación la salazón y el secado.

A falta de frío industrial, que no apareció hasta finales del siglo XIX, los habitantes de la isla aprovecharon las capacidades que les ofrecía el entorno. De este modo, el sacrificio y la transformación eran, y siguen siendo, muy dependientes de las estaciones. Por este motivo, el consumo del «Lonzo de Corse»/«Lonzo de Corse — Lonzu» comienza en febrero y finaliza en septiembre. Es un producto de primera calidad en la categoría de las piezas de la charcutería seca, y será el primero en adornar las mesas, como entrada en las comidas. Este consumo, prioritariamente primaveral, lo convierte en un producto de consumo corriente y cotidiano.

La transformación recurre a procesos naturales. Los únicos ingredientes históricamente disponibles y que siguen utilizándose en la fabricación son la sal, la pimienta o el pimentón (ningún conservante). El secado se realiza con la ayuda del calor de las hogueras alimentadas con madera de frondosas locales.

La duración y las condiciones tradicionales de curación (en bodega natural y a temperatura ambiente) permiten obtener cualidades organolépticas específicas, particularmente en lo que atañe al desarrollo de los aromas y la textura.

5.2.   Carácter específico del producto:

Las características específicas del «Lonzo de Corse»/«Lonzo de Corse — Lonzu» son las siguientes:

loncha de carne magra, de color homogéneo rosado a rojo, vinculado a los porcentajes de pigmentos presentes en los músculos,

carne magra ligeramente entreverada, debido a un porcentaje lipídico intramuscular superior o igual al 5 %,

loncha de aspecto a veces aceitoso, debido a un porcentaje elevado de ácido oleico,

textura de la grasa más bien jugosa, debido a una lipólisis elevada,

loncha con ligera intensidad aromática (gusto a jamón seco, avellana, champiñón o madera), sabor salado característico debido a un porcentaje de sal comprendido entre el 6,5 y el 10 % y una nota de pimienta.

5.3.   Relación causal entre la zona geográfica y la calidad o las características del producto (en el caso de las DOP) o una cualidad específica, la reputación u otras características del producto (en el caso de las IGP):

La utilización de cerdos de raza Nustrale es un elemento esencial de la región. En efecto, la rusticidad de esta raza local, capaz de soportar fuertes variaciones climáticas y alimenticias y acumular rápidamente reservas de grasas cuando el alimento es abundante, así como las condiciones de su cría son originales y especialmente bien adaptadas al territorio: zona de montaña, cría en pasturajes, ciclo largo de producción (edad de sacrificio elevada para un peso en canal siempre inferior a 140 kg), alimentación basada en los recursos naturales, en particular durante el periodo final de engorde.

Las explotaciones porcinas extensivas disponen, en la práctica totalidad del territorio de Córcega, de un abundante recurso nutritivo: castaños y encinas se distribuyen tanto en espacios naturales forestales muy antropizados, como sobre superficies que pueden denominarse agroforestales.

La conjunción entre la adaptación de la raza y los recursos naturales disponibles permite obtener un producto cuya calidad se plasma en un color rosado a rojo, una fuerte adiposidad (elevada proporción grasa/carne magra y entreverada) y un peso del producto seco inferior a 1,1 kg.

Además, el periodo final de engorde tiene un efecto directo sobre:

el aumento de peso del animal, en particular, de la carga lipídica subcutánea (superior a 2,5 cm),

la calidad de la grasa (elevado porcentaje de ácidos grasos monoinsaturados y bajo porcentaje de ácidos grasos saturados).

La carne de porcino presenta, pues, una buena aptitud para la salazón. Las prácticas de salazón, especialmente la utilización exclusiva de sal marina como único agente conservante, explican el sabor salado del producto acabado claramente perceptible. Asimismo, al ser preparado, el producto adquiere un aspecto y forma peculiares (presencia parcial de tocino dorsal).

Esta carne de porcino también permite un periodo de curación largo en condiciones ambientales naturales. Esto se traduce en características organolépticas específicas como una textura seca y a veces blanda y una ligera intensidad aromática.

El porcentaje de sal relativamente elevado y el ciclo largo de producción (secado y curación) generan poca proteólisis y una lipólisis elevada lo que conduce a las especificidades organolépticas del producto, en particular su textura más bien blanda.

Referencia a la publicación del pliego de condiciones:

[Artículo 5, apartado 7, del Reglamento (CE) no 510/2006 (3)]

http://agriculture.gouv.fr/IMG/pdf/CDCLonzoDeCorse_cle0e6156.pdf


(1)  DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.

(2)  DO L 93 de 31.3.2006, p. 12.

(3)  Véase la nota a pie de página 2.


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