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Doiciméad C:2012:193:FULL

    Diario Oficial de la Unión Europea, C 193, 30 de junio de 2012


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    ISSN 1977-0928

    doi:10.3000/19770928.C_2012.193.spa

    Diario Oficial

    de la Unión Europea

    C 193

    European flag  

    Edición en lengua española

    Comunicaciones e informaciones

    55o año
    30 de junio de 2012


    Número de información

    Sumario

    Página

     

    IV   Información

     

    INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

     

    Consejo

    2012/C 193/01

    Conclusiones del Consejo, de 18 de junio de 2012, sobre la cooperación de innovación europea Productividad y sostenibilidad agrícolas

    1

    ES

     


    IV Información

    INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

    Consejo

    30.6.2012   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 193/1


    Conclusiones del Consejo de 18 de junio de 2012 sobre la cooperación de innovación europea «Productividad y sostenibilidad agrícolas»

    2012/C 193/01

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    RECORDANDO

    las Conclusiones del Consejo Europeo de 17 de junio de 2010 sobre «Europa 2020 - Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador»,

    las Conclusiones del Consejo de 26 de noviembre de 2010 tituladas « Iniciativa emblemática de Europa2020 "Unión por la Innovación": Acelerar la transformación de Europa mediante la innovación en un mundo en rápida transformación»,

    las Conclusiones del Consejo Europeo de 4 de febrero de 2011, en las que se abogaba por fomentar las sinergias entre la UE y los Estados miembros a fin de asegurar que las innovaciones que ofrecen beneficios sociales lleguen más rápidamente al mercado,

    las Conclusiones del Consejo de 6 de diciembre de 2011 sobre «Las asociaciones en la investigación y la innovación»,

    las Conclusiones del Consejo de 19 de diciembre de 2011 sobre la «Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos»,

    las Conclusiones del Consejo «Competitividad» de 30 y 31 de mayo de 2012 sobre Cooperaciones de innovación europea,

    la Comunicación de la Comisión sobre «La innovación al servicio del crecimiento sostenible: una bioeconomía para Europa», y la Declaración de Copenhague de marzo de 2012 sobre Bioeconomía en Acción,

    la Comunicación de la Comisión sobre el «Horizonte 2020, Programa Marco de Investigación e Innovación»,

    1.

    SALUDA la Comunicación de la Comisión sobre la cooperación de innovación europea «Productividad y sostenibilidad agrícolas», encaminada a fomentar una agricultura y una silvicultura competitivas y sostenibles;

    2.

    ES CONSCIENTE de los retos y las posibilidades que representa el aumento de la demanda mundial de productos agrícolas, y del consiguiente incremento de la producción agrícola, ASÍ COMO del reto de mejorar la sostenibilidad y la utilización eficiente de los recursos al tiempo que se hace frente a los problemas medioambientales por lo que atañe a la producción agrícola en general;

    3.

    SUBRAYA el potencial de los sectores agroalimentario y forestal europeos de contribuir activamente a hacer frente a tales desafíos, así como el potencial de nuevos ingresos para los productores agrarios europeos en la bioeconomía en crecimiento;

    4.

    DESTACA la necesidad de desbloquear el potencial del sector agroalimentario europeo y de los sectores que le anteceden y le suceden en la cadena de producción, por medio del fomento de la innovación en los productos, proceso y servicios en la totalidad de la cadena de abastecimiento alimentario, creando así un entorno en el que es posible convertir las ideas con más facilidad en éxitos comerciales, y reforzando con ello la competitividad del sector agrícola y creando nuevas fuentes de ingresos para los productores agrarios;

    5.

    RECALCA la necesidad de colmar la brecha existente entre la investigación y la innovación y sus aplicaciones prácticas en la agricultura, lo que redundará en un aumento sostenible de la producción con un aprovechamiento más sostenible de los recursos;

    6.

    CONCUERDA con el objetivo de la CEI de agilizar el intercambio de conocimientos y transferencia tecnológica de la ciencia a las prácticas agrícolas, así como proporcionar una mayor sistemática sobre necesidades prácticas desde la actividad agraria a la ciencia y crear así una interrelación operativa entre agricultura, bioeconomía, ciencia y demás ámbitos a escala de la Unión nacional, regional y local;

    7.

    RECONOCE que una buena forma de lograr el objetivo de la CIE es reunir a todos los interlocutores pertinentes en los planos de la Unión, nacional, regional y local y brindar a los Estados miembros nuevas ideas sobre el modo de agilizar, simplificar y coordinar mejor los instrumentos e iniciativas existentes;

    8.

    SUBRAYA que el concepto de innovación tiene significados diferentes en los distintos Estados miembros, y que la innovación puede ser tecnológica, no tecnológica, o social, y puede basarse en prácticas nuevas o tradicionales, por lo que las acciones innovadoras deberán tener en cuenta estas diferencias;

    9.

    RECONOCE el valor añadido que aporta el planteamiento ascendente previsto por la Comisión, que se basa en la racionalización eficaz de las actuales políticas de la Unión y en la participación de los Estados miembros y de las partes interesadas;

    10.

    HACE HINCAPIÉ en el hecho de que la CIE se asentará fundamentalmente en mecanismos ya establecidos, evitando así la creación de nuevas estructuras, pero reforzará la eficiencia de las estructuras existentes para la política de desarrollo rural y para el marco de investigación e innovación de la UE, soslayando con ello toda carga administrativa innecesaria, y REITERA que la ejecución de la CIE deberá llevarse a acabo a través de los cauces políticos y administrativos adecuados, que incluyen los comités de programa;

    11.

    OBSERVA que el Comité de dirección de alto nivel, compuesto por representantes de los Estados miembros y de las partes interesadas seleccionados de forma transparente, proporcionará asesoramiento y orientación estratégica a través de un plan de aplicación estratégica, Y RECONOCE la experiencia de la CIE piloto «Envejecimiento activo y saludable» mencionada en la Comunicación, que indica que la estructura de gestión de la CIE debe mantenerse ágil;

    12.

    INVITA a la Comisión a que tome medidas concretas encaminadas a contar con un plan de aplicación estratégica de la CIE, preparado con el objetivo de implicar a todas las partes interesadas en la consecución de resultados concretos y de innovación en el sector agroalimentario, y ESPERA CON INTERÉS refrendar el plan de aplicación estratégica «Productividad y sostenibilidad agrícolas», que proporcionará asesoramiento estratégico a la CIE.


    Barr