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Estrategia global de prevención de la delincuencia organizada

La Unión Europea sugiere una serie de medidas de prevención de la delincuencia a escala internacional, para lo que anima a los Estados miembros a proseguir la aplicación de los programas de prevención.

ACTO

Resolución del Consejo, del 21 de diciembre de 1998, relativa a la prevención de la delincuencia organizada para el establecimiento de una estrategia global de lucha contra esta delincuencia [Diario Oficial C 408 de 29.12.1998].

SÍNTESIS

A raíz del programa de acción relativo a la delincuencia organizada adoptado por el Consejo el 28 de abril de 1997 y habida cuenta de los resultados de los seminarios en materia de lucha contra la delincuencia celebrados en distintas ciudades europeas (Zaragoza en febrero de 1996, Estocolmo en mayo de 1996, Noordwijk en mayo de 1997 y Londres en junio de 1998), el Consejo considera que la prevención es tan importante como la represión para hacer frente al crimen con eficacia. A escala internacional, el Consejo de Europa y las Naciones Unidas adoptaron recomendaciones y programas cuyo objetivo principal es el desarrollo de una estrategia global contra la delincuencia.

La responsabilidad en materia de prevención de la delincuencia incumbe a los servicios judiciales y de policía y también a la sociedad civil en su conjunto (escuelas, organizaciones no gubernamentales, estructuras sociales, etc.). Las medidas destinadas a luchar contra el desempleo y la exclusión social y las destinadas a garantizar una educación y una formación adecuadas pueden tener efectos positivos sobre los sectores de riesgo.

El Consejo anima a los Estados miembros a:

  • proseguir la aplicación de programas de prevención así como el desarrollo de una acción pedagógica;
  • desarrollar acciones para luchar contra el tráfico y el consumo de droga;
  • adoptar medidas (códigos de conducta, por ejemplo) para las profesiones expuestas a la corrupción;
  • garantizar la transparencia de los contratos públicos así como de los asuntos públicos (financiación de partidos y otras organizaciones políticas);
  • realizar acciones de sensibilización sobre las causas, los peligros y las consecuencias del aumento de la delincuencia;
  • a escala regional o local, crear estructuras dedicadas al estudio de las cuestiones vinculadas a la delincuencia;
  • informar a los otros Estados miembros de toda nueva información adquirida de la experiencia práctica así como de los trabajos científicos. Además, el Consejo prevé la posibilidad de institucionalizar este intercambio mediante la designación de puntos de contacto nacionales;
  • definir, en colaboración con la Comisión y Europol, métodos comunes de prevención.

La Comisión y Europol formularon conjuntamente un informe que incluye propuestas en materia de prevención de la delincuencia, en el que se determinan qué medidas pueden realizarse a escala comunitaria, así como la influencia de las medidas de prevención sobre el proceso de ampliación y sobre las relaciones con los terceros países.

Referencias

Acto

Entrada en vigor - Fecha de expiración

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Resolución del Consejo de 21 de diciembre de 1998

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DO C 408 de 29.12.1998

ACTOS CONEXOS

Decisión del Consejo, de 28 de mayo de 2001, por la que se crea una Red europea de prevención de la delincuencia [Diario Oficial L 153 de 8.6.2001].

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo. La prevención de la delincuencia en la Unión Europea. Reflexión sobre unas orientaciones comunes y propuestas en favor de un apoyo financiero comunitario [COM (2000) 786 final - no publicada en el Diario Oficial].

Prevención y control de la delincuencia organizada: estrategia para el próximo milenio [Diario Oficial C 124 de 3.5.2000].

Última modificación: 06.11.2006

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