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Inclusión activa de las personas excluidas del mercado laboral

La Comisión recomienda a los Estados miembros que definan una estrategia integrada y global para la inclusión activa de las personas excluidas del mercado laboral. La estrategia debe componerse de tres elementos coordinados que servirán como base de las políticas de inclusión activa que hay que aplicar: un apoyo a la renta adecuado, unos mercados de trabajo inclusivos y acceso a servicios de calidad.

ACTO

Recomendación de la Comisión 2008/867/CE, de 3 de octubre de 2008, sobre la inclusión activa de las personas excluidas del mercado laboral [Diario Oficial L 307 de 18.11.2008].

SÍNTESIS

Con esta Recomendación, la Comisión insta a los Estados miembros a adoptar medidas que faciliten la inclusión activa de las personas excluidas del mercado laboral. Con este fin, la Comisión recomienda a los Estados miembros que elaboren y apliquen una estrategia global integrada. Dicha estrategia debería combinar estos aspectos:

  • un apoyo a la renta adecuado;
  • unos mercados de trabajo inclusivos;
  • acceso a unos servicios de calidad.

Las acciones deberían respaldar el empleo de las personas capaces de trabajar, proporcionándoles los recursos necesarios para vivir con dignidad, y promover la participación social de las personas que no pueden hacerlo.

También se recomienda a los Estados miembros que garanticen la eficacia de las políticas de inclusión. Para ello deberían:

  • combinar de forma adecuada los tres aspectos de dicha estrategia;
  • aplicar de manera integrada los tres aspectos la estrategia;
  • coordinar las políticas entre las autoridades locales, regionales, nacionales y europeas;
  • incluir a todos los actores pertinentes en el desarrollo, la ejecución y la evaluación de la estrategia.

Concretamente, las políticas de inclusión deberían tener en cuenta los derechos fundamentales, la promoción de la igualdad de oportunidades para todos, las necesidades específicas de los grupos menos favorecidos y vulnerables, y los contextos locales y regionales. Además, las políticas de inclusión deberían contribuir a prevenir la transmisión intergeneracional de la pobreza.

La Comisión también recomienda a los Estados miembros que organicen y pongan en práctica políticas de inclusión activas aplicando rigurosamente todos los principios comunes y directrices prácticas indicados en el documento. Con respecto a:

  • un apoyo a la renta adecuado, los Estados miembros deberían reconocer y aplicar el derecho de los individuos a los recursos y la ayuda social suficientes como parte de un dispositivo global y coherente para combatir la exclusión social;
  • unos mercados de trabajo inclusivos, los Estados miembros deberían prestar ayuda a las personas aptas para el trabajo para que consigan un primer trabajo o un nuevo empleo acorde a su capacidad, y para que los conserven;
  • al acceso a unos servicios de calidad, los Estados miembros deberían garantizar que las personas que lo precisen reciban un apoyo social adecuado, al objeto de promover la inclusión social y económica.

También se recomienda a los Estados miembros que garanticen los recursos y las prestaciones pertinentes en el marco de acuerdos de protección social, teniendo en cuenta las restricciones económicas y presupuestarias. Los Fondos Estructurales también se pueden utilizar para financiar medidas de inclusión activa. Debe darse amplia difusión a los derechos y medidas de apoyo disponibles para todos y, si es posible, también a través de medios electrónicos.

Los Estados miembros también deberían simplificar los procedimientos administrativos. Al mismo tiempo, es preciso facilitar el acceso público a los sistemas de recurso.

Por último, la Comisión también recomienda a los Estados miembros que adopten medidas para mejorar los indicadores y la información estadística sobre las políticas de inclusión activa. El Método Abierto de Coordinación en materia de Protección Social e Inclusión Social debería utilizarse para supervisar y evaluar estas políticas basándose en la estrecha colaboración entre el Comité de Protección Social y el Comité de Empleo, y con el apoyo de las actividades financiadas con el programa Progress.

Las medidas de inclusión activa deberían adecuarse a los objetivos de cohesión social de la Estrategia de Lisboa.

Antecedentes

La pobreza y la exclusión social son problemas que se abordan específicamente en la Recomendación del Consejo 92/441/CEE de 24 de junio de 1992 sobre los criterios comunes relativos a recursos y prestaciones suficientes en los sistemas de protección social. A pesar de que esta Recomendación se sigue aplicando, es necesario adoptar medidas adicionales para llevarla plenamente a la práctica. Los instrumentos derivados de ella incluyen, entre otros, el Método Abierto de Coordinación en materia de Protección Social e Inclusión Social y la Estrategia Europea de Empleo. Además, la persistencia de determinados problemas, sobre todo referentes a la pobreza y el desempleo, requiere la modernización de los sistemas de protección social y la aplicación de políticas globales e integradas. Estos son los objetivos del enfoque de "inclusión activa" que complementa los beneficios de la asistencia social con la ayuda para introducirse en el mercado laboral y el acceso a servicios de calidad.

See also

Si desea más información, visite la página web sobre inclusión activa (EN) de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades de la Comisión Europea.

Última modificación: 03.12.2008

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