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Programa de acción Juventud 2000 - 2006

El programa Juventud ofrece a los jóvenes ocasiones de movilidad y la posibilidad de participar en la construcción de Europa, y contribuye al desarrollo de la política de la juventud, basada en la educación no formal. Está dirigido a promover los intercambios y los encuentros debate de jóvenes, el voluntariado, la participación y la ciudadanía activas, así como la innovación y la mejora de competencias en materia de formación internacional y de cooperación en el ámbito de la juventud.

ACTO

Decisión nº 1031/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2000, por la que se establece el programa de acción comunitario «Juventud».

SÍNTESIS

El programa de acción comunitario «Juventud» reúne en un solo instrumento varias actividades que existían ya en programas anteriores, como «La juventud con Europa» y el Servicio voluntario europeo, para el período 2000-2006. Se sustenta asimismo en los objetivos definidos por la Comisión en su Comunicación « Por una Europa del conocimiento » y está dirigido a facilitar la construcción de un espacio educativo europeo.

Los principales objetivos del programa son los siguientes:

  • permitir que los jóvenes adquieran conocimientos, competencias y aptitudes que les pueden ser útiles en su desarrollo ulterior;
  • fomentar la contribución activa de los jóvenes a la construcción europea a través de su participación en intercambios transnacionales;
  • fomentar la participación de los jóvenes en una ciudadanía activa y permitirles convertirse en ciudadanos responsables;
  • potenciar el espíritu de iniciativa y de empresa, así como la creatividad de los jóvenes para que puedan desempeñar un papel activo en la sociedad, favoreciendo al mismo tiempo el reconocimiento del valor de una educación no formal adquirida en un contexto europeo;
  • apoyar la lucha por el respeto de los derechos humanos y contra el racismo y la xenofobia;
  • reforzar la cooperación en el ámbito de la juventud.

La realización de estos objetivos en el ámbito europeo completa las acciones emprendidas por los Estados miembros y realizadas por ellos. La Comisión vela por que las acciones del programa sean coherentes con las demás acciones y políticas comunitarias.

En el marco del programa se realizan las siguientes acciones:

  • La Juventud con Europa: actividades de movilidad de grupos de jóvenes (de 15 a 25 años) de corta duración y sobre la base de asociaciones transnacionales;
  • Servicio voluntario europeo: participación de un joven voluntario (de 18 a 25 años), en un Estado miembro distinto de aquel en el que reside o en un tercer país, en una actividad limitada en el tiempo (12 meses como máximo), no lucrativa y que sea importante para la colectividad;
  • Iniciativas para los jóvenes: apoyo a proyectos innovadores y creativos, en el ámbito local, promovidos por jóvenes;
  • Acciones conjuntas: podrán recibir ayuda comunitaria las acciones realizadas conjuntamente con otras intervenciones comunitarias del ámbito de la política del conocimiento;
  • Medidas complementarias: actividades de cooperación, formación e información dirigidas a fomentar la innovación y las competencias en el ámbito de la juventud.

El programa está dirigido en particular a los jóvenes de edades comprendidas entre los 15 y los 25 años, así como a quienes trabajan en el ámbito de la juventud. Se velará por que todos los jóvenes, sin discriminación, tengan acceso a las actividades del programa.

La Comisión se encarga de la ejecución de las acciones comunitarias del programa, en cooperación con los Estados miembros. Los Estados miembros tratarán de adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el correcto funcionamiento del programa en el ámbito nacional.

En el marco de la instauración de una Europa del conocimiento, las medidas del presente programa podrán aplicarse en forma de acciones conjuntas con otras acciones comunitarias relativas a la política del conocimiento, en particular a los programas comunitarios en los ámbitos de la educación, la formación profesional y la juventud.

La Comisión es responsable de la gestión del programa, que está muy descentralizada, mediante agencias nacionales en 31 países europeos.

La Comisión está asistida por un comité compuesto por representantes de los Estados miembros y presidido por el representante de la Comisión.

La dotación financiera que la Comisión propone para la ejecución del programa es de 520 millones de euros para un período de siete años. Debido a la adhesión de los diez nuevos Estados miembros en 2004, el Parlamento Europeo ha emitido un dictamen favorable para incrementar dicha dotación en el período 2004-2006. Actualmente asciende a 615 millones de euros.

Además de la participación de los 25 Estados miembros de la Unión Europea, el programa está abierto a la participación de:

  • países candidatos a la adhesión a la Unión Europea en las condiciones establecidas en los acuerdos europeos o sus protocolos adicionales celebrados, relativos a la participación de dichos países en programas comunitarios (Bulgaria, Rumanía y Turquía);
  • Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) que son miembros del Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega y Liechtenstein).
  • Para algunas de las acciones anteriormente mencionadas, también pueden participar en el programa países de otras regiones del mundo, a saber: los países asociados mediterráneos, los países de Europa del Este y del Cáucaso, el Sudeste de Europa y Latinoamérica.

La Comisión refuerza la cooperación internacional y con las organizaciones internacionales competentes, en particular con el Consejo de Europa.

El programa es objeto de un control permanente, realizado por la Comisión en cooperación con los Estados miembros. Sobre la base de los informes transmitidos por los Estados miembros a más tardar el 31 de diciembre de 2002 y el 30 de junio de 2005, la Comisión presenta al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones:

  • un informe de evaluación intermedio sobre la aplicación del programa, a más tardar el 30 de junio de 2005 (véase a continuación);
  • un informe de evaluación ex post, no más tarde del 31 de diciembre de 2007.

Referencias

Acto

Entrada en vigor - Fecha de expiración

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión n° 1031/2000/CE

1.5.2004 - 31.12.2006

-

DO L 117 de 18.5.2000

ACTOS CONEXOS

Decisión nº 1719/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de noviembre de 2006, por la que se establece el programa « La juventud en acción » para el período 2007-2013 [Diario Oficial L 327 de 24.11.2006].

Informe de la Comisión. Evaluación intermedia del programa Juventud 2000-2006 (que abarca el período 2000-2003) [COM (2004) 158 final de 1.3.2004 - no publicado en el Diario Oficial].

En el informe se hace hincapié en que los objetivos del programa se han alcanzado en gran medida. Han participado en el proceso de evaluación todos los agentes del programa, a saber, las administraciones nacionales, las agencias nacionales, las organizaciones de jóvenes, las personas que trabajan con jóvenes y los investigadores. Sin embargo, para adaptar el programa a los cambios de contexto y responder a las recomendaciones formuladas por los distintos agentes en el terreno, la Comisión propone:

  • ampliar los límites de edad en el nuevo programa Juventud en 2007;
  • dirigir el programa a los jóvenes con menos oportunidades y a los que viven en zonas rurales aisladas;
  • asistir a las pequeñas organizaciones de jóvenes o a las que nunca han presentado proyectos;
  • crear puntos de enlace regionales y locales de información para aproximarse a los beneficiarios potenciales, aunque sin descentralizar la gestión financiera;
  • simplificar y flexibilizar en lo posible los procedimientos administrativos y hacer lo necesario para que el proceso de decisión sea más transparente, incluidos los motivos de rechazo de candidaturas;
  • organizar más reuniones de evaluación en el ámbito europeo y nacional, y fomentar una mayor difusión de buenas prácticas;
  • mejorar la visibilidad del programa y de cada una de sus acciones, y realzar los resultados obtenidos;
  • distribuir mejor las tareas en la cooperación con el Consejo de Europa (EN) en lo que respecta a la formación de jóvenes trabajadores.

La juventud con Europa

  • revisar la reducción de la duración de los proyectos en el nuevo programa Juventud;
  • reforzar la cooperación entre agencias nacionales responsables del programa Juventud.

Servicio voluntario europeo (SVE)

  • incrementar sistemáticamente la calidad y cantidad de las acciones de voluntariado; está previsto un número de 10 000 voluntarios al año;
  • introducir un SVE colectivo, con objeto de que grupos de voluntarios puedan efectuar su SVE juntos en acontecimientos importantes;
  • reformar y descentralizar el procedimiento de acreditación de las organizaciones de acogida, así como la emisión de los certificados para los voluntarios;
  • establecer un apoyo más duradero de las estructuras de antiguos voluntarios.

Iniciativas en favor de los jóvenes

  • conectar el Capital de Futuro (acción que permite a los jóvenes realizar un proyecto individual a raíz de su servicio voluntario) al SVE y apoyar la creación de proyectos de puesta en red mediante la continuación de la organización de seminarios de contacto;
  • utilizar ese instrumento para fomentar la participación activa de los jóvenes y la inclusión social.

Acciones conjuntas

  • seguir centrándose en las cuestiones que afectan específicamente a los jóvenes, como la ciudadanía activa;
  • limitar la exigencia de compatibilidad a dos de los tres ámbitos, a saber, educación, formación y juventud, y explotar mejor el efecto multiplicador de las acciones conjuntas.

Medidas complementarias

  • incrementar la calidad de la animación de jóvenes. Les Centros de recursos SALTO (EN) y la cooperación entre el Consejo de Europa y la Comisión sobre la formación europea de los monitores de juventud se utilizarán para alcanzar ese objetivo;
  • utilizar mejor el pleno potencial de los intercambios verbales cara a cara y de la tecnología de la información para llegar a un abanico más amplio de jóvenes y para darles una información exhaustiva sobre el programa JUVENTUD y sus prioridades.
  • lanzar -hasta 2006- convocatorias anuales para proyectos de gran envergadura a fin de apoyar la formación y la cooperación internacionales en el ámbito de la animación de la juventud.

Por lo que respecta a la cooperación entre el Consejo de Europa y la Comisión sobre la formación europea de los monitores de jóvenes, la Comisión propone que se vele por que las competencias y los instrumentos de que se dispone para la cooperación se utilicen eficazmente, por ejemplo reforzando la red de formadores que participan en la formación, y explotar más las sinergias entre los tres ámbitos de cooperación (formación, investigación y Euromed) con el Consejo de Europa.

Además, la Comisión podría facilitar el acceso al programa de las organizaciones situadas en terceros países y dar a las organizaciones procedentes de países asociados la posibilidad de presentar su candidatura y de convertirse en socios de referencia en los proyectos. Prevé asimismo la transposición del modelo de programa euromediterráneo de acción Juventud en los Balcanes y en Europa del Este y el Cáucaso.

Última modificación: 20.02.2007

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