EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Colaboración público-privada para desarrollar aeronaves más limpias

El sector europeo de la aviación ha aunado fuerzas con la Comisión Europea y los centros de investigación para reducir la huella medioambiental de la aviación en el contexto de una colaboración público-privada (CPP) ejecutada actualmente por la Empresa Común Clean Sky 2 (EC CS2).

ACTO

Reglamento (UE) no 558/2014 del Consejo, de 6 de mayo de 2014, por el que se establece la Empresa Común Clean Sky 2.

SÍNTESIS

La EC CS2 tiene por objetivo mejorar el impacto medioambiental de las aeronaves velando por que sean más limpias, menos ruidosas y consuman menos combustible, así como ayudando a desarrollar una industria aeronáutica sólida y competitiva en Europa.

El Reglamento (UE) no 558/2014 abarca el período hasta 2024. Esta nueva fase toma el relevo del programa original e involucra a empresas, universidades, laboratorios públicos, pymes innovadoras y la Comisión Europea.

Los objetivos de CS2 son:

mejorar la eficiencia de combustible de las aeronaves para reducir las emisiones de CO2 entre un 20 y un 30 %, y

reducir las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx) y las emisiones sonoras entre un 20 y un 30 % con respecto a las aeronaves de última generación que entren en servicio a partir de 2014.

CS2 consta de:

1.

tres plataformas innovadoras de demostración de aeronaves (PIDA), para aeronaves comerciales de gran tamaño, aeronaves regionales y giroaviones rápidos (helicópteros avanzados), que desarrollan y prueban demostradores de vuelo a escala real de la aeronave/vehículo;

2.

tres demostradores tecnológicos integrados (DTI), que examinan fuselajes, motores y sistemas, utilizando demostradores a gran escala del sistema integrado;

3.

dos actividades transversales (transporte aéreo ligero y diseño ecológico), que integran los conocimientos de distintos DTI y PIDA para aplicaciones específicas y que permiten la explotación de las sinergias entre las distintas plataformas a través de proyectos y resultados compartidos;

4.

el evaluador de tecnologías (ET), que realiza el seguimiento y la evaluación del impacto medioambiental y social de los resultados tecnológicos derivados de las PIDA y los DTI.

Gestión

La EC CS2 es una entidad jurídica establecida de conformidad con el artículo 187 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (UE), que prevé las CPP a escala de la UE en el ámbito de la investigación industrial. Esta establece su propio programa estratégico de investigación y financia proyectos de los miembros y proyectos seleccionados en convocatorias de propuestas publicadas en el sitio web de la EC CS2. Como norma general, la EC aplica las normas de participación de Horizonte 2020.

Un director ejecutivo gestiona la EC CS2 con el apoyo del personal de Clean Sky. La EC tiene un consejo de administración, formado por representantes de la industria, centros de investigación y representantes de la Comisión Europea, que asume la responsabilidad general de las operaciones de la EC y recibe asesoramiento de un comité científico acerca de las prioridades científicas. Además, existe un grupo de representantes de los Estados de CS2 que representa a los países participantes, así como comités directores para los DTI y las PIDA. Las decisiones se toman de acuerdo con las normas de votación establecidas por la EC.

El artículo 209 del Reglamento financiero de la UE [Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012] prevé nuevas normas menos estrictas adaptadas a los organismos de las CPP de la UE.

Presupuesto

El presupuesto global de CS2 es de 4 000 millones de euros. Unos 1 800 millones de euros provienen del presupuesto del programa Horizonte 2020. Los socios industriales contribuyen con 2 200 millones de euros, de los cuales 1 000 millones provienen de actividades adicionales que no se incluyen en el plan de trabajo de la iniciativa tecnológica conjunta, pero que contribuyen a alcanzar sus objetivos. A fin de tener en cuenta la duración de Horizonte 2020, las convocatorias de propuestas de la EC Clean Sky 2 deben efectuarse a más tardar hasta el 31 de diciembre de 2020.

El 40 % del presupuesto se reserva para los miembros fundadores de CS2, responsables del programa técnico y comprometidos durante toda su existencia.

El 30 % se asigna a los socios principales, seleccionados a través de convocatorias abiertas al inicio del programa y que se convierten en miembros de pleno derecho de la EC.

El último 30 % de la financiación se distribuye por medio de convocatorias anuales abiertas de propuestas para apoyar tareas específicas.

Además, la EC busca desarrollar sinergias con los fondos estructurales y de inversión europeos.

REFERENCIAS

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Reglamento (UE) no 558/2014

27.6.2014

-

DO L 169 de 7.6.2014, pp. 77-107

ACTOS CONEXOS

Reglamento (UE) no 1291/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece Horizonte 2020, Programa Marco de Investigación e Innovación (2014-2020) y por el que se deroga la Decisión no 1982/2006/CE (DO L 347, 20.12.2013, pp. 104-173).

Última modificación: 10.08.2014

Top