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Document 52017DC0250

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Establecimiento de un pilar europeo de derechos sociales

COM/2017/0250 final

Bruselas, 26.4.2017

COM(2017) 250 final

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Establecimiento de un pilar europeo de derechos sociales

{SWD(2017) 200 final}
{SWD(2017) 201 final}
{SWD(2017) 206 final}


«Tenemos que redoblar los esfuerzos encaminados a conseguir un mercado laboral justo y verdaderamente paneuropeo. En el marco de estos esfuerzos, tengo la intención de desarrollar un pilar europeo de derechos sociales que tenga en cuenta las cambiantes realidades de las sociedades europeas y el mundo del trabajo, y que puede servir de guía para una convergencia renovada en la zona del euro. Este pilar europeo de los derechos sociales debería complementar lo que ya hemos conseguido conjuntamente en lo que respecta a la protección de los trabajadores en la UE. Creo que es acertado que pongamos en marcha esta iniciativa en la zona del euro, permitiendo que los otros Estados miembros de la UE que lo deseen se adhieran a ella posteriormente.»

Presidente Jean-Claude Juncker, Discurso sobre el estado de la Unión,

Parlamento Europeo, 9 de septiembre de 2015



1. Introducción

Construir una Unión más inclusiva y justa es una prioridad clave de esta Comisión 1 . Desde que el presidente Juncker anunciara el establecimiento de un pilar europeo de derechos sociales, la Comisión ha trabajado activamente con todas las partes interesadas pertinentes a todos los niveles. En marzo de 2016 presentó un esbozo preliminar del pilar europeo de derechos sociales e inició una amplia consulta pública para recabar puntos de vista 2 . En enero de 2017, teniendo en cuenta las actividades y contribuciones de las partes interesadas de toda Europa, se organizó una conferencia de alto nivel para finalizar la consulta 3 .

La Comisión presenta hoy los resultados de esta consulta pública, junto con su propuesta final de un pilar europeo de derechos sociales. El pilar establece varios principios y derechos clave con el fin de apoyar unos mercados de trabajo y sistemas de bienestar que sean justos y funcionen bien. Esto también es esencial para construir unas estructuras económicas más resistentes, como se subrayó en el Informe de los cinco presidentes sobre «Realizar la Unión Económica y Monetaria Europea» 4 . Es la razón por la que el pilar fue diseñado como una guía para un proceso renovado de convergencia entre los Estados miembros participantes hacia unas condiciones laborales y de vida mejoradas. Principalmente se destina a la zona del euro, aunque está abierto a todos los Estados miembros de la UE.

El cumplimiento de estos principios y derechos es una responsabilidad conjunta. La mayoría de los instrumentos necesarios para cumplir el pilar están en manos de las autoridades locales, regionales y nacionales, así como de los interlocutores sociales y la sociedad civil en general. La Unión Europea —y la Comisión Europea en particular— puede contribuir estableciendo el marco, definiendo la dirección y creando condiciones de competencia equitativas, que respeten plenamente las especificidades de las circunstancias nacionales y las estructuras institucionales. Si bien la actuación a nivel de la UE es fundamental, tiene que contar con respaldo y seguimiento a todos los niveles de responsabilidad.

El debate sobre la dimensión social de Europa es parte de un debate más amplio sobre el futuro de la Europa delos veintisiete. El Libro Blanco de la Comisión sobre el futuro de Europa 5 inició un amplio debate sobre el porvenir que queremos para nosotros, para nuestros hijos y para Europa. El documento de reflexión sobre la dimensión social de Europa 6 , publicado en paralelo al paquete sobre el pilar europeo de derechos sociales, se centra en las profundas transformaciones que experimentarán las sociedades europeas y el mundo del trabajo en la próxima década, y presenta varias opciones sobre la manera de responder colectivamente, construyendo una Europa que proteja, capacite y vele por la seguridad. La Declaración de Roma adoptada por los líderes de la Unión Europea el 25 de marzo de 2017 subrayó la importancia de una Europa social. La Cumbre Social en favor del empleo justo y el crecimiento, que se celebrará en Gotemburgo el 17 de noviembre de 2017, será una nueva ocasión para hacer avanzar estas ideas.

Esta Comunicación presenta el pilar europeo de derechos sociales y traza un camino a seguir para su aplicación. La Comunicación va acompañada de una serie de iniciativas legislativas y no legislativas relacionadas con la conciliación entre vida privada y vida profesional, la información de los trabajadores, el acceso a la protección social y el tiempo de trabajo. Según la lógica del pilar, estas propuestas, una vez adoptadas, actualizarán y completarán el acervo de la UE. El texto del propio pilar está respaldado por un documento de trabajo que proporciona explicaciones más detalladas sobre cada uno de los principios y derechos 7 . Además, se ha establecido un cuadro de indicadores sociales que permitirá supervisar los progresos sobre el terreno 8 y contribuirá a hacer el seguimiento de las tendencias y los resultados en todos los países y a aportar orientación política en el contexto del Semestre Europeo de coordinación de las políticas económicas. En relación con la UE en su conjunto, el cuadro de indicadores servirá también para evaluar los avances hacia su «triple A social».

2. Razonamiento en el que se basa el pilar europeo de derechos sociales

El pilar europeo de derechos sociales se presenta teniendo en mente las realidades de hoy y de mañana. A pesar de las recientes mejoras de las condiciones económicas y sociales en toda Europa, las consecuencias de la crisis de la última década siguen siendo importantes, desde el desempleo juvenil y el desempleo de larga duración hasta riesgos de pobreza en muchas partes de Europa. Al mismo tiempo, todos los Estados miembros se ven confrontados con los rápidos cambios que se están produciendo en nuestras sociedades y en el mundo del trabajo. Como se recuerda en el documento de reflexión sobre la dimensión social de Europa, hay tantos desafíos como oportunidades. La UE tiene los sistemas de protección social más avanzados del mundo y una gran variedad de buenas prácticas e innovaciones sociales, pero debe hacer frente a desafíos sociales sin precedentes y tiene que adaptarse.

En este contexto, el pilar europeo de derechos sociales ofrecerá a los ciudadanos derechos nuevos y más eficaces. Los veinte principios y derechos consagrados en el pilar se estructuran en tres categorías: igualdad de oportunidades y acceso al mercado laboral, condiciones de trabajo justas y protección e inclusión social. Su principal misión es cumplir la promesa contenida en los Tratados de una economía social de mercado altamente competitiva, que persiga el pleno empleo y el progreso social. Si bien los principios y derechos son compartidos, su realización no se llevaría a cabo necesariamente con un planteamiento único: el pilar reconoce la diversidad de situaciones y los variados medios disponibles para alcanzar estos objetivos comunes.

La propuesta final del pilar europeo de derechos sociales presentada hoy se ha beneficiado de las numerosas contribuciones recabadas durante la consulta pública (véase el recuadro 1). Tras la consulta, varios parámetros se concretaron más en comparación con el resumen previo de marzo de 2016.

Recuadro 1. La consulta pública sobre el pilar europeo de derechos sociales

De marzo a diciembre de 2016, la Comisión llevó a cabo una consulta pública para recabar opiniones sobre un esbozo preliminar del pilar. Esta fue también la ocasión para reflexionar sobre el futuro de los sistemas laborales y de bienestar, sobre si el acervo jurídico de la UE sigue siendo adecuado para su finalidad y sobre el posible papel del pilar en la gobernanza de la Unión Económica y Monetaria.

La consulta permitió un amplio debate con las demás instituciones de la UE, con gobiernos y parlamentos nacionales, con expertos y con la sociedad civil en general. Los interlocutores sociales desempeñaron un papel específico a través de audiencias en las que participaron la Unión Europea, organizaciones interprofesionales nacionales y federaciones sectoriales de la UE. Se celebraron más de sesenta actos en toda Europa, con más de 2 500 participantes. Se celebraron actos especiales relativos a la consulta a nivel nacional en veintisiete Estados miembros. Se recibieron más de 16 500 respuestas al cuestionario en línea. El 23 de enero de 2017 se celebró una conferencia de alto nivel para concluir el proceso de consulta.

El Parlamento Europeo adoptó una Resolución sobre el pilar el 19 de enero de 2017 9 . El Comité Europeo de las Regiones adoptó un dictamen el 11 de octubre de 2016 10 y el Comité Económico y Social Europeo hizo lo propio el 25 de enero de 2017 11 . Asimismo, la Comisión recibió contribuciones de veintiún gobiernos nacionales 12 y los Ministros debatieron el pilar en varias sesiones del Consejo.

La consulta señaló cuatro grandes tendencias que debe abordar el pilar: i) las consecuencias sociales de la crisis, incluido el aumento de la pobreza y la exclusión, las desigualdades, el desempleo y los bajos niveles de crecimiento y competitividad; ii) el futuro del trabajo y el mercado laboral digital emergente; iii) la evolución demográfica, teniendo en cuenta el envejecimiento de la población europea; y iv) la divergencia económica entre los Estados miembros. Estas preocupaciones han servido de guía para diseñar el pilar europeo de derechos sociales que hoy se presenta.

En general, la consulta puso de manifiesto el apoyo al pilar europeo de derechos sociales, como oportunidad para conseguir una Europa más social. Al mismo tiempo, confirmó que los desafíos económicos y sociales de Europa están interrelacionadas y exigen una actuación coherente a todos los niveles. En particular, muchos de los encuestados señalaron que el objetivo de este pilar no debe ser el de armonizar la política social en toda la UE.

En el documento de trabajo publicado junto con la presente Comunicación 13 se presenta un resumen más detallado de la consulta.



Estos desafíos tienen un significado específico para la realización de la Unión Económica y Monetaria de Europa, como se puso de relieve en el Informe de los cinco presidentes de junio de 2015 14 . No se trata solo de una necesidad social, sino también de un imperativo económico. El empleo y las condiciones sociales varían considerablemente dentro de la zona del euro, en parte como resultado de la crisis, pero también como consecuencia de los desequilibrios acumulados en los años anteriores. Como señala el informe, unos mercados de trabajo eficientes y resilientes, que promuevan un alto nivel de empleo y sean capaces de absorber choques sin generar desempleo, son esenciales para el buen funcionamiento de la Unión Económica y Monetaria. Con el tiempo, contribuyen también a la convergencia de resultados entre Estados miembros y a unas sociedades más inclusivas. Más allá de los mercados laborales, también es importante garantizar que todos losciudadanos tengan acceso a una educación adecuada y que exista un sistema de protección social eficaz que proteja a los más vulnerables de la sociedad, con la exigencia de un nivel mínimo de protección social. Por último, el informe destaca la necesidad de dar un paso más y aboga por una mayor integración de los mercados de trabajo nacionales facilitando la movilidad geográfica y profesional. Esto requiere una igualdad de condiciones justa y aplicable para las autoridades públicas, los trabajadores y las empresas.

Por tanto, el pilar se diseña ante todo para los Estados miembros de la zona del euro, aunque es aplicable a todos los Estados miembros que deseen formar parte de él.

3. Carácter político y jurídico del pilar

El pilar se inspira directamente en la plétora existente de prácticas en toda Europa, y se basa en el sólido corpus de Derecho existente en la Unión Europea y a nivel internacional. Muchos de estos valores, ya consagrados en los Tratados de Roma de 1957, han adquirido mayor reconocimiento mundial gracias a la labor de organismos internacionales como las Naciones Unidas, la Organización Internacional del Trabajo y el Consejo de Europa. En particular, el pilar se inspira en la Carta Social Europea, firmada en Turín el 18 de octubre de 1961, y en la Carta comunitaria de los derechos sociales fundamentales de los trabajadores de 1989, que establecieron derechos sociales esenciales. Al mismo tiempo, el acervo social de la UE también se ha desarrollado a lo largo de los últimos treinta años como resultado de las nuevas disposiciones de los Tratados, la adopción de la Carta Europea de los Derechos Fundamentales, nueva legislación y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Más recientemente, la adopción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas para 2030 ha definido una nueva agenda para abordar la erradicación de la pobreza y las dimensiones económicas, sociales y medioambientales del desarrollo sostenible de manera equilibrada e integrada.

El texto final tiene también plenamente en cuenta consideraciones políticas más amplias y limitaciones legales. Los Estados miembros, y en muchos aspectos los interlocutores sociales, tienen competencias primarias o incluso exclusivas en ámbitos como el Derecho laboral, el salario mínimo, la educación, la asistencia sanitaria y la organización de los sistemas de protección social. También asumen el grueso de la financiación en los ámbitos cubiertos por el pilar europeo de derechos sociales. Los principios y derechos establecidos por el pilar deberán aplicarse a nivel de la Unión y de los Estados miembros, respetando plenamente sus competencias respectivas. Esto también está en consonancia con los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, que prevén que la acción a nivel de la Unión Europea tenga lugar únicamente si los objetivos pueden alcanzarse mejor a ese nivel, y que dicha acción no exceda de lo necesario para alcanzar los objetivos de los Tratados. Estos principios son una garantía de que las decisiones se tomen lo más cerca posible de los ciudadanos de la Unión y las medidas propuestas a nivel europeo presenten un valor añadido demostrado. Esto es lo que los ciudadanos esperan y lo más eficaz y eficiente.

El pilar reafirma los derechos ya presentes en la UE y el acervo jurídico internacional, y los complementa para tener en cuenta las nuevas realidades. Como tal, el pilar no afecta a los principios y derechos ya contenidos en las disposiciones vinculantes del Derecho de la Unión: como compendio de derechos y principios establecidos en momentos diferentes, de diversas maneras y en distintas formas, tiene por objeto hacerlos más visibles, más comprensibles y más explícitos para los ciudadanos y los actores a todos los niveles.

De este modo, el pilar establece un marco para orientar la actuación futura de los Estados miembros participantes. Esta es la razón por la que se presenta en forma de Recomendación de la Comisión, junto con una propuesta de proclamación interinstitucional. La Comisión adopta hoy la Recomendación sobre la base del artículo 292 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Tal como se hizo para la Carta de los Derechos Fundamentales, la propuesta de proclamación interinstitucional se debatirá con el Parlamento Europeo y el Consejo.

La aplicación del pilar tendrá lugar en una diversidad de situaciones y en entornos socioeconómicos cambiantes. Al tiempo que establece un marco de referencia, el pilar está diseñado como un instrumento dinámico que deja margen de maniobra a los actores de todos los niveles para actuar conforme a sus competencias y actualizar sus instrumentos en función de las situaciones específicas. En particular, deben estimularse la experimentación política y las innovaciones sociales para abordar nuevos desafíos, ya que pueden ser beneficiosas para todos. Como se indica más adelante, hay una serie de acciones que van a iniciarse y reforzarse a nivel de la UE para dar seguimiento a los progresos.

Los principios y los derechos consagrados en el pilar son de interés para los ciudadanos, las autoridades públicas y los interlocutores sociales a todos los niveles. Dada la naturaleza jurídica del pilar, estos principios y derechos no son directamente aplicables: deben trasladarse a acciones específicas o legislación separada, al nivel adecuado. Esto se explica con más detalle en el documento de trabajo que acompaña al pilar 15 .

En muchos casos, el problema principal no es tanto el reconocimiento de los derechos, sino más bien su aplicación efectiva. Hay casos en los que los ciudadanos no pueden disfrutar plenamente de sus derechos por la falta de conocimiento, aplicación o ejecución de legislación ya existente. Por esta razón, la estrategia de seguimiento prestará la mayor atención a reforzar la ejecución de los derechos existentes. Un ejemplo de esta acción es la reciente evaluación del acervo en el ámbito de la salud y seguridad en el trabajo: se hizo una amplia consulta para evaluar la eficacia, la eficiencia, la pertinencia y la coherencia de la legislación existente y diseñar una estrategia que garantizara una protección más eficaz de la salud y la seguridad de los trabajadores, teniendo en cuenta las cargas administrativas y las necesidades específicas de las pymes 16 .

4. Seguimiento a nivel de la UE

Teniendo en cuenta las consideraciones jurídicas y políticas expuestas, la aplicación del pilar será principalmente responsabilidad de los gobiernos nacionales, de las autoridades públicas y de los interlocutores sociales a todos los niveles. En el documento de trabajo adjunto se explica con más detalle si la Unión tiene competencia jurídica para actuar 17 . El resto de la presente sección se centra en el seguimiento a nivel de la UE.

A escala europea, van a movilizarse todos los variados instrumentos disponibles: el Derecho de la UE, con especial atención a hacer cumplir el rico acervo ya existente, que debe actualizarse y completarse cuando sea necesario; el diálogo social, a fin de integrar y apoyar la labor de los interlocutores sociales de la UE; las orientaciones políticas y recomendaciones a través del Semestre Europeo de coordinación de la política económica; y el apoyo financiero, a través de los diversos fondos de la UE. Además, la aplicación del pilar contará con el apoyo de un nuevo cuadro de indicadores sociales que permitirá seguir los progresos en materia de resultados.

Aprobación del pilar europeo de derechos sociales

La Comisión propone que el pilar europeo de derechos sociales sea solemnemente proclamado de forma conjunta por las instituciones de la Unión Europea. Junto con el Parlamento Europeo y la Presidencia del Consejo, la Comisión facilitará el debate sobre la base de la propuesta de proclamación que hoy se presenta. La Cumbre social que se celebrará en Suecia el 17 de noviembre de este año será un momento idóneo para orientar el trabajo futuro, en consonancia con el debate más amplio sobre la dimensión social de Europa. Entretanto, la Recomendación adoptada hoy servirá de referencia, y la presente Comunicación ofrece el marco para futuras acciones de la Comisión. La Recomendación adoptada hoy será modificada a la vista de la proclamación conjunta final por las instituciones de la UE.

Actualizar y completar el Derecho de la Unión Europea cuando sea necesario

La legislación de la UE sigue siendo esencial para garantizar los derechos de los ciudadanos consagrados en los Tratados. Para que puedan ser eficaces algunos de los principios y derechos incluidos en el pilar, se precisarán iniciativas legislativas suplementarias. Una preocupación esencial y constante de la Comisión es asegurarse de que la legislación de la UE esté actualizada y sea adecuada a su propósito. Esto se refleja en varias iniciativas recientes, relativas a la coordinación de los sistemas de seguridad social, el desplazamiento de los trabajadores, la revisión del marco de la UE sobre salud y seguridad en el trabajo y el Acta Europea de Accesibilidad, que persigue mejorar el funcionamiento del mercado interior de los productos y servicios accesibles en beneficio de las personas con discapacidad y las personas de edad avanzada. El pilar ofrece una nueva manera de evaluar si la legislación vigente de la Unión se diseña y regula de modo que sea idónea para su propósito y responda a los nuevos desafíos. La puesta en marcha del pilar se acompaña de una primera serie de iniciativas legislativas relacionadas con la conciliación entre vida privada y vida profesional, el acceso a la protección social y la información de los trabajadores. En el futuro se adoptarán otras iniciativas en ámbitos cubiertos por los principios y derechos recogidos en el pilar, dentro del proceso de preparación y debate del programa de trabajo anual de la Comisión.

Hacer cumplir mejor el Derecho de la Unión

Además de las nuevas iniciativas legislativas, el pilar europeo de derechos sociales se centra en la aplicación eficaz de la legislación existente. La puesta en marcha del pilar ofrece una oportunidad para reforzar la aplicación y el cumplimiento del acervo existente, también a través de medidas no legislativas. Esta aplicación reforzada incluirá el apoyo a una mayor toma de conciencia de los derechos, mecanismos que garanticen su cumplimiento o mejores orientaciones interpretativas en caso necesario. La reciente Agenda Europea para la economía colaborativa 18 y la Comunicación interpretativa de la Directiva sobre el tiempo de trabajo publicada hoy son dos ejemplos claros de la forma que pueden adoptar tales orientaciones 19 . La Comisión también revisará, esencialmente sobre la base de las contribuciones de los interlocutores sociales, dónde hay deficiencias de aplicación, y decidirá cómo se ha de actuar.

Apoyar el diálogo social en la UE

Esta Comisión ha apoyado el relanzamiento del diálogo social a nivel de la Unión desde el comienzo de su mandato, dando un nuevo impulso a la participación de los interlocutores sociales en las políticas y la legislación de la UE y a la promoción del diálogo social a todos los niveles. La declaración conjunta «Un nuevo comienzo para el diálogo social», firmada en junio de 2016 por los interlocutores sociales de la UE, la Presidencia del Consejo y la Comisión, confirmó el compromiso compartido de mejorar el marco, la eficacia y la calidad del diálogo social a todos los niveles. La cooperación bilateral entre los empleadores y los sindicatos es clave para el buen funcionamiento del diálogo social. El Acuerdo Marco sobre el envejecimiento activo y un enfoque intergeneracional, firmado por los interlocutores sociales a nivel de la UE en marzo de 2017, es un buen ejemplo de cómo los interlocutores sociales pueden contribuir a una mejor gobernanza y a reformas sociales y económicas más eficaces.

Seguimiento de los progresos realizados en el marco del Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas

En el Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas se han integrado y consolidado consideraciones sociales desde el inicio del mandato de la presente Comisión. El análisis y las recomendaciones reflejarán y promoverán los principios consagrados en el pilar por medio de la evaluación, el seguimiento y la comparación de los progresos realizados en su aplicación. Se efectuará una evaluación comparativa y un intercambio de mejores prácticas en una serie de ámbitos, como la legislación en materia de protección del empleo, las prestaciones por desempleo, los salarios mínimos, la renta mínima y las capacidades 20 . El seguimiento de los progresos se respaldará con el nuevo cuadro de indicadores sociales, que consta de un número limitado de indicadores existentes de importancia para evaluar las tendencias sociales y del empleo 21 . El cuadro de indicadores se debatirá con los comités pertinentes del Consejo, con vistas a su incorporación al informe conjunto anual sobre el empleo, publicado cada otoño en el marco del Semestre Europeo. También podría convertirse en un punto de referencia para los esfuerzos realizados sobre la dimensión social de la zona del euro y de Europa en general.

Sacar conclusiones para la realización de la Unión Económica y Monetaria en Europa

El pilar europeo de derechos sociales se incluye entre los esfuerzos por poner en marcha un nuevo proceso de convergencia en el marco de la Unión Económica y Monetaria (UEM). Parte del convencimiento de que la convergencia hacia mejores resultados socioeconómicos, resiliencia social y equidad constituye los cimientos necesarios de una Europa más integrada y estable, y de que esto es urgente para la sostenibilidad de la UEM. De cara al futuro, el éxito de la zona del euro depende no poco de la eficacia de los mercados de trabajo y sistemas de bienestar nacionales y de la capacidad de la economía para absorber los choques y adaptarse rápidamente, combatiendo eficazmente sus consecuencias sociales. También depende de la capacidad de las economías nacionales para mejorar los niveles de vida y el potencial de crecimiento. Esto exige una educación y formación de gran calidad y un buen funcionamiento de los mercados laborales que permita asignar correctamente los recursos, pero también sistemas de protección social bien diseñados para proporcionar una estabilidad automática eficaz, prevenir y reducir la pobreza y apoyar la reintegración en el mercado laboral. En consonancia con el Informe de los cinco presidentes, algunos de los principios y derechos establecidos por el pilar podrían servir para alcanzar el objetivo de unas normas más vinculantes, en consonancia con el proceso de profundización de la UEM.

Apoyo financiero de la UE

Los fondos de la Unión, y en particular el Fondo Social Europeo, continuarán apoyando la aplicación del pilar europeo de derechos sociales. En particular, los programas operativos 2014-2020 en el marco de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, así como otros programas financieros esenciales, como la Iniciativa de Empleo Juvenil, Erasmus+, el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización y el Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas, tendrán un papel fundamental de apoyo a muchos de los principios del pilar. El pilar será también una referencia para el diseño del período de programación financiera de la UE en el período posterior a 2020. La Comisión colaborará estrechamente con los Estados miembros y las autoridades locales y regionales para garantizar que la futura financiación de la UE se oriente hacia las prioridades definidas y que los Estados miembros creen las estructuras precisas para que estos fondos puedan aprovecharse plenamente donde sean más necesarios.

5. Conclusión

La consulta sobre el pilar europeo de derechos sociales ha puesto de manifiesto la magnitud de los problemas sociales y económicos con los que se ve confrontada Europa, y la zona del euro en particular, pero también ha confirmado las similitudes entre los desafíos y la necesidad común de actuar, juntos y con urgencia, para volver a situar a Europa en el camino hacia un crecimiento económico más inclusivo y una mayor cohesión social. Estos esfuerzos forman parte integrante de una agenda política y económica más amplia iniciada a escala europea para responder a la crisis de la pasada década y superarla.

El pilar europeo de derechos sociales formula principios y derechos concretos que deben concretarse a nivel nacional y de la UE. Antepone a los ciudadanos y traza una vía común para la igualdad de oportunidades y de acceso al mercado de trabajo, condiciones de trabajo justas y la protección e inclusión sociales. Estos principios y derechos son también esenciales para el amplio debate sobre el futuro de la Europa de los veintisiete.

Los Estados miembros, sus autoridades públicas, los interlocutores sociales a todos los niveles y las instituciones de la Unión Europea tienen la responsabilidad común de trabajar por una Europa más próspera y justa, en la que la evolución económica y los cambios sociales vayan de la mano. El pilar establece las bases para futuras acciones; las iniciativas de la Unión Europea que hoy se presentan forman parte de este conjunto de medidas. La Comisión continuará trabajando en estrecha cooperación con el Parlamento Europeo y el Consejo para facilitar la proclamación del pilar, y con las partes interesadas para darle seguimiento a todos los niveles.

(1)

Véanse las Orientaciones políticas para la próxima Comisión Europea, de 15 de julio de 2014, «Un nuevo comienzo para Europa: mi Agenda en materia de empleo, crecimiento, equidad y cambio democrático».

(2)

 Véase COM(2016) 127, de 8 de marzo de 2016.

(3)

 Véanse los resultados de la consulta pública en el documento de acompañamiento SWD(2017) 206, de 26 de abril de 2017.

(4)

 Véase el Informe de los cinco presidentes sobre «Realizar la Unión Económica y Monetaria Europea», de 22 de junio de 2015.

(5)

Véase COM(2017) 2025, de 1 de marzo de 2017.

(6)

Véase COM(2017) 206, de 26 de abril de 2017.

(7)

 Véase SWD(2017) 201, de 26 de abril de 2017.

(8)

Véase SWD(2017) 200, de 26 de abril de 2017.

(9)

2016/2095(INI).

(10)

CDR 2868/2016.

(11)

SOC/542-01902-00-01-ac.

(12)

Alemania, Austria, Bélgica, Chequia, Dinamarca, Eslovaquia, Estonia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rumanía y Suecia.

(13)

Véase SWD(2017) 206, de 26 de abril de 2017.

(14)

Véase «Realizar la Unión Económica y Monetaria europea», Informe de Jean-Claude Juncker en cooperación con Donald Tusk, Jeroen Dijsselbloem, Mario Draghi y Martin Schulz, junio de 2015.

(15)

Véase SWD(2017) 201, de 26 de abril de 2017. Los principios consagrados en el pilar europeo de derechos sociales se refieren a los ciudadanos de la Unión y a los nacionales de terceros países con residencia legal.

(16)

Véase COM(2017) 12, de 10 de enero de 2017.

(17)

 Véase SWD(2017) 201, de 26 de abril de 2017.

(18)

COM(2016) 356, de 2 de junio de 2016.

(19)

C(2017) 2601, de 26 de abril de 2017.

(20)

Ya se está trabajando con los comités del Consejo sobre estos ámbitos específicos.

(21)

 Véase SWD(2017) 200, de 26 de abril de 2017.

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