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Document 52013DC0782
REPORT FROM THE COMMISSION TO THE EUROPEAN PARLIAMENT AND THE COUNCIL on the activities of the European Globalisation Adjustment Fund in 2012
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO relativo a las actividades del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en 2012
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO relativo a las actividades del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en 2012
/* COM/2013/0782 final */
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO relativo a las actividades del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en 2012 /* COM/2013/0782 final */
ÍNDICE 1........... Introducción................................................................................................................... 4 2........... Resumen de las actividades del
FEAG en 2012............................................................... 4 3........... Seguimiento del informe anual
de 2011 sobre las actividades del FEAG........................... 5 4........... Análisis de las actividades
del FEAG en 2012................................................................. 6 4.1........ Solicitudes recibidas....................................................................................................... 6 4.1.1..... Solicitudes recibidas,
desglosadas por sector................................................................... 6 4.1.2..... Solicitudes recibidas,
desglosadas por importe solicitado................................................. 6 4.1.3..... Solicitudes recibidas,
desglosadas por número de trabajadores destinatarios de la ayuda.. 7 4.1.4..... Solicitudes recibidas,
desglosadas por importe solicitado por trabajador.......................... 7 4.1.5..... Solicitudes recibidas,
desglosadas por criterio de intervención.......................................... 7 4.2........ Contribuciones concedidas............................................................................................. 7 4.2.1..... Acciones financiadas con la
ayuda del FEAG................................................................ 11 4.2.2..... Complementariedad con las
acciones financiadas por los Fondos Estructurales, en particular el Fondo
Social Europeo (FSE)............................................................................................................. 11 4.3........ Casos en los que no se cumplen
las condiciones para la concesión de una contribución financiera del FEAG 12 4.4........ Logros del FEAG......................................................................................................... 12 4.4.1..... Resumen de los resultados y las
buenas prácticas comunicados en 2012........................ 13 4.4.2..... Datos detallados de las medidas
aplicadas, tal como han sido notificadas en los informes finales recibidos en
2012.................................................................................................................................... 13 4.5........ Período de programación
2014-2020. Propuesta de la Comisión de nuevo Reglamento del FEAG 19 4.6........ Informe financiero......................................................................................................... 19 4.6.1..... Fondos aportados por el FEAG.................................................................................... 19 4.6.2..... Gastos en concepto de asistencia
técnica....................................................................... 19 4.6.3..... Irregularidades comunicadas o
resueltas........................................................................ 20 4.6.4..... Liquidación de las
contribuciones financieras del FEAG................................................. 20 4.6.5..... Otros reembolsos......................................................................................................... 23 4.7........ Actividades de asistencia
técnica realizadas por la Comisión.......................................... 23 4.7.1..... Información y publicidad............................................................................................... 23 4.7.2..... Reuniones con las autoridades
nacionales y las partes interesadas en el FEAG............... 23 4.7.3..... Creación de una base de
conocimientos. Base de datos del FEAG y procedimientos normalizados para la
presentación de solicitudes de ayuda del FEAG............................................................. 23 4.7.4..... Segundo Retrato Estadístico del
FEAG 2007-2011...................................................... 24 4.7.5..... Evaluación intermedia del FEAG................................................................................... 24 4.7.6..... Evaluación ex post
del FEAG: primera fase................................................................... 24 5........... Tendencias................................................................................................................... 25 6........... Conclusión................................................................................................................... 33 INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO
EUROPEO Y AL CONSEJO relativo a las
actividades del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en 2012 1. Introducción El Fondo Europeo de Adaptación a la
Globalización (FEAG) fue creado mediante el Reglamento (CE) nº 1927/2006[1] para ayudar a los
trabajadores despedidos a raíz de los grandes cambios estructurales en los
patrones del comercio mundial y solidarizarse con ellos. Está pensado para
conciliar los efectos positivos globales que la liberalización del comercio
tendrá a largo plazo en el crecimiento y el empleo con los efectos negativos
que la globalización puede tener a corto plazo, especialmente en el empleo de
los trabajadores más vulnerables y menos cualificados. El FEAG cofinancia
medidas activas del mercado laboral organizadas por los Estados miembros para
ayudar a los trabajadores despedidos a reubicarse en el mercado laboral y
encontrar un nuevo empleo. Sus normas fueron modificadas por el
Reglamento (CE) nº 546/2009[2],
de 18 de junio de 2009, para responder más eficazmente a la crisis financiera y
económica mundial. El artículo
16 del Reglamento (CE) nº 1927/2006 establece que la Comisión debe
presentar anualmente al Parlamento Europeo y al Consejo un informe cuantitativo
y cualitativo de las actividades realizadas por el FEAG durante el año
anterior. Dicho informe debe centrarse principalmente en los resultados
logrados por el FEAG y, en particular, ofrecer información sobre las
solicitudes presentadas, las decisiones de concesión adoptadas, las acciones
financiadas, incluida su complementariedad con las acciones financiadas con
cargo a los Fondos Estructurales, especialmente el FSE, y la liquidación de la
contribución financiera concedida. También debe ofrecer información sobre las
solicitudes rechazadas por falta de créditos suficientes o porque no eran
admisibles. 2. Resumen
de las actividades del FEAG en 2012 En 2012, la Comisión recibió once
solicitudes de contribución del FEAG por un importe de 58,5 millones EUR. En el
punto 4.1 y en el cuadro 1 se ofrece información detallada sobre las
solicitudes. En 2012, la Autoridad Presupuestaria
adoptó diecinueve decisiones de movilización del FEAG, cuyo importe total
ascendió a 73,5 millones EUR procedentes del
presupuesto del FEAG de 2012. En el punto 4.2 y en
los cuadros 2 y 3 se ofrece información detallada sobre las contribuciones
concedidas. En 2012, la Comisión recibió cuarenta y
un informes finales relativos a la ejecución de las contribuciones del FEAG. En
el punto 4.4 y en el cuadro 4 se ofrece información detallada sobre los
resultados. Se liquidaron once contribuciones del
FEAG concedidas en años anteriores (información detallada en el punto 4.6.4 y
en el cuadro 6). En el punto 4.6.2 y el cuadro 5 se ofrece información
detallada sobre la asistencia técnica prestada a iniciativa de la Comisión (artículo
8, apartado 1, del Reglamento del FEAG). La Comisión puso en marcha la primera
fase de la evaluación ex post mediante la firma de un contrato con una
empresa de servicios externa (más información en el punto 4.7.6). La propuesta de la Comisión relativa a un
futuro Reglamento del FEAG para el período 2014-2020, presentada al Parlamento
Europeo y al Consejo en 2011[3],
fue debatida en ambas instituciones (más información en el punto 4.5). 3. Seguimiento
del informe anual de 2011 sobre las actividades del FEAG Reglamento (CE) nº 546/2009, que
modifica el Reglamento (CE) nº 1927/2006, por el que se crea el Fondo
Europeo de Adaptación a la Globalización El Reglamento (CE) nº 546/2009, que
modifica el Reglamento (CE) nº 1927/2006, por el que se crea el Fondo Europeo
de Adaptación a la Globalización, se aplica a las solicitudes de contribución
del FEAG presentadas a partir del 1 de mayo de 2009. Dicho Reglamento establece
modificaciones temporales y permanentes del Reglamento del FEAG[4] original. El Reglamento de modificación introdujo
mejoras considerables en el FEAG, concretamente en las condiciones en que los
Estados miembros pueden solicitar cofinanciación del FEAG, especialmente para
las medidas que adopten para contrarrestar los efectos de la crisis financiera
y económica en el empleo. Dado que en 2011 no se alcanzó un acuerdo
político sobre la ampliación de la «excepción temporal por la crisis» en el
Consejo, dicha excepción expiró el 31 de diciembre de 2011. Durante el período
de vigencia restante del Reglamento del FEAG, es decir, hasta el 31 de
diciembre de 2013, la justificación de las solicitudes de contribución del FEAG
no podrá ser la crisis financiera y económica, sino que se limitará a los
cambios estructurales en los patrones del comercio mundial, y la tasa de
cofinanciación se reducirá al nivel original del 50 % de los costes
totales admisibles. Las modificaciones permanentes, como la reducción
del número mínimo de trabajadores despedidos de mil a quinientos y la
ampliación del período de ejecución de doce a veinticuatro meses a partir de la
fecha de solicitud, seguirán aplicándose hasta el 31 de diciembre de 2013. Facilitar la toma de decisiones sobre
las solicitudes de contribución del FEAG: procedimiento de presentación de
propuestas al Consejo y al Parlamento Europeo En 2012 continuaron los trabajos iniciados en 2010 para agilizar
la toma de decisiones de acuerdo con las disposiciones del Reglamento actual.
En marzo de 2012 se celebró un seminario específico destinado a representantes
de los Estados miembros para tratar diversas cuestiones relacionadas con la
aplicación eficiente del Fondo. 4. Análisis
de las actividades del FEAG en 2012 4.1. Solicitudes
recibidas Las once solicitudes[5] que la Comisión
recibió en 2012 (véase el cuadro 1), enviadas por nueve Estados miembros
(Bélgica, Dinamarca, Alemania, Irlanda, España, Italia, Rumanía, Finlandia y
Suecia), estaban destinadas a 10 403 trabajadores despedidos a raíz de los
cambios estructurales en los patrones del comercio mundial como consecuencia de
la globalización y pedían una contribución total del FEAG de
58 499 659 EUR. Los importes pendientes de aprobación son
indicativos porque aún pueden variar durante la fase de evaluación. Los nueve
Estados miembros habían solicitado anteriormente financiación del FEAG. El Reglamento (CE) nº 546/2009,
adoptado el 18 de junio de 2009, se aplica a todas estas solicitudes (tasa de
cofinanciación del 50 %, período de ejecución de veinticuatro meses a partir de
la fecha de solicitud, etc.). Cuadro 1. Solicitudes recibidas en 2012 4.1.1. Solicitudes
recibidas, desglosadas por sector Las once solicitudes correspondían a seis
sectores[6].
En el caso de dos sectores (actividades de los centros de llamadas y
electrónica de consumo), se presentó una solicitud de contribución del FEAG por
primera vez en 2012. 4.1.2. Solicitudes
recibidas, desglosadas por importe solicitado Cada Estado miembro que solicita ayuda
del FEAG debe diseñar un paquete coordinado de medidas adaptadas lo mejor
posible al perfil de los trabajadores destinatarios y decidir el importe de la
ayuda que pretende solicitar. El Reglamento del FEAG no recomienda ni limita el
importe total solicitado, pero la Comisión puede plantear cuestiones en su
evaluación de la solicitud que inciten al Estado miembro a revisar el paquete
de servicios personalizados propuesto, revisión que puede afectar al importe
solicitado. Las contribuciones solicitadas al FEAG en
2012 variaron entre 2 620 982 EUR y
12 536 454 EUR (el promedio fue de
5 318 151 EUR). 4.1.3. Solicitudes
recibidas, desglosadas por número de trabajadores destinatarios de la ayuda El número total de trabajadores
destinatarios de las medidas propuestas para su cofinanciación por el FEAG fue
de 10 403, en torno al 74 % del número total de trabajadores despedidos
(los nueve Estados miembros declararon en torno a 14 000 despidos en las
once solicitudes que presentaron). El número de trabajadores destinatarios
por solicitud osciló entre 295 y 2 103. Cinco solicitudes estaban
destinadas a más de mil trabajadores y dos, a menos de quinientos. El número
de trabajadores despedidos puede diferir del número de trabajadores
destinatarios de la ayuda del FEAG, dado que el Estado miembro solicitante
puede concentrar la ayuda del FEAG únicamente en grupos de trabajadores específicos,
como, por ejemplo, los que tienen dificultades excepcionales para mantenerse en
el mercado laboral o los más necesitados de ayuda. Algunos de los trabajadores
despedidos pueden recibir ayuda no procedente del FEAG, mientras que otros
pueden encontrar un nuevo puesto de trabajo por su propia cuenta o jubilarse
anticipadamente y, en consecuencia, no serían destinatarios de las medidas del
FEAG. 4.1.4. Solicitudes
recibidas, desglosadas por importe solicitado por trabajador El paquete de servicios personalizados
que el Estado miembro puede proponer para los trabajadores despedidos
destinatarios de la ayuda se deja a su discreción, de conformidad con lo
dispuesto en el Reglamento. Por consiguiente, el importe solicitado por
trabajador despedido puede variar en función de la gravedad del despido, la
situación del mercado laboral afectado, las circunstancias personales de los
trabajadores destinatarios de la ayuda, las medidas ya adoptadas por el Estado
miembro y el coste de los servicios en el Estado miembro o la región en
cuestión. En 2012, las cantidades solicitadas por trabajador variaron
ligeramente, de unos 2 500 EUR a algo más de 42 000 EUR, y
su promedio fue de 8 668 EUR por trabajador. 4.1.5. Solicitudes
recibidas, desglosadas por criterio de intervención Las once solicitudes presentadas estaban
destinadas a ayudar a trabajadores despedidos a raíz de importantes cambios
estructurales en los patrones del comercio mundial como consecuencia de la
globalización. Diez solicitudes se basaron en el artículo
2, letra a), del Reglamento del FEAG y una, en su artículo 2, letra c), sobre
circunstancias excepcionales. 4.2. Contribuciones concedidas En 2012, la
Autoridad Presupuestaria adoptó diecinueve decisiones de concesión de
cofinanciación del FEAG para medidas activas del mercado laboral en respuesta a
las solicitudes de los Estados miembros (los cuadros 2 y 3 ofrecen una visión
de conjunto y un desglose de los perfiles de los trabajadores). Cinco de ellas
correspondían a solicitudes presentadas en 2012, trece, a solicitudes recibidas
en 2011, y una, a una solicitud recibida en 2010. El Reglamento (CE)
nº 546/2009, adoptado el 18 de junio de 2009, se aplica a catorce de las
diecinueve contribuciones concedidas (tasa de cofinanciación del 65 %,
período de ejecución de veinticuatro meses a partir de la fecha de solicitud,
etc.). Respecto a las cinco solicitudes presentadas en 2012, la tasa de
cofinanciación fue del 50 %, mientras que el período de ejecución siguió
siendo de veinticuatro meses [modificación permanente introducida por el
Reglamento (CE) nº 546/2009]. Las diecinueve contribuciones del FEAG
concedidas, que suman un importe total de 73 536 222 EUR
(14,7 % de la cantidad anual máxima de que dispone el FEAG), estaban
destinadas a 15 700 trabajadores despedidos en once Estados miembros.
Siete de las diecinueve contribuciones del FEAG se aprobaron en diciembre de
2012 y se abonaron en el primer trimestre de 2013 (con cargo al presupuesto de
2012). La disminución de la financiación del
FEAG respecto a 2011 (año en el que se concedieron veintidós contribuciones que
sumaron un importe total de 128 167 758 EUR) se explica en parte por
la disminución de la tasa de cofinanciación del FEAG (del 65 al 50 %) y
por la disminución del número de nuevas solicitudes después de que expirara la
«excepción por la crisis» al final de 2011. Cuadro 2. Datos de las contribuciones concedidas en 2012
Cuadro 3. Contribuciones del FEAG concedidas en 2012: perfil de los
trabajadores 4.2.1. Acciones financiadas con la ayuda del FEAG El artículo 3 del Reglamento (CE)
nº 1927/2006 establece que el FEAG puede financiar únicamente medidas
activas del mercado laboral destinadas a contribuir a la reinserción laboral de
los trabajadores despedidos. Establece también que el FEAG puede financiar las
actividades de preparación, gestión, información, publicidad y control de la
aplicación del Fondo que lleve a cabo un Estado miembro («actividades de
aplicación»). Las medidas aprobadas en relación con las
diecinueve contribuciones del FEAG concedidas en 2012 estaban destinadas a
reinsertar en el mercado laboral a 15 700 trabajadores despedidos.
Consistían principalmente en ayuda intensiva y personalizada para la búsqueda
de empleo y la orientación profesional, diversas acciones de formación profesional,
medidas de cualificación y reconversión profesional, diversas asignaciones e
incentivos financieros temporales concedidos durante el período de aplicación
de las medidas activas de apoyo, hasta el momento de la reinserción laboral
efectiva, tutoría durante la fase inicial en el nuevo empleo, otros tipos de
actividades, como la promoción del emprendimiento y de la creación de empresas,
y la concesión de incentivos únicos para el empleo y la contratación. Al diseñar sus paquetes de apoyo, los
Estados miembros tuvieron en cuenta los antecedentes, las experiencias, los
niveles educativos y la capacidad de movilidad de los trabajadores, así como
las oportunidades de empleo que existían entonces o que se preveían en las
regiones afectadas. 4.2.2. Complementariedad con las acciones financiadas por los
Fondos Estructurales, en particular el Fondo Social Europeo (FSE) La finalidad del FEAG es aumentar la
empleabilidad y favorecer la rápida reinserción laboral de los trabajadores
despedidos mediante medidas activas del mercado laboral, complementando así al
FSE, que es el principal instrumento de fomento del empleo de la UE. Generalmente, la complementariedad de ambos fondos consiste en su
capacidad de abordar estas dos cuestiones desde dos perspectivas de tiempo
distintas: mientras que el FEAG proporciona ayuda personalizada a los
trabajadores afectados por un despido masivo concreto a gran escala, el FSE
persigue objetivos estratégicos a largo plazo (por ejemplo, la mejora del
capital humano o la gestión del cambio) mediante programas plurianuales
planificados, cuyos recursos no pueden normalmente reasignarse para hacer
frente a situaciones de crisis provocadas por despidos masivos. Las medidas del
FEAG y del FSE se utilizan a veces para complementarse entre sí y aportar
soluciones tanto a corto como a largo plazo. El criterio decisivo es el
potencial de los instrumentos disponibles para ayudar eficazmente a los
trabajadores, y corresponde a los Estados miembros seleccionar y programar las
acciones y los instrumentos más adecuados para alcanzar los objetivos
perseguidos. El contenido del «paquete coordinado de
servicios personalizados» que vaya a cofinanciar el FEAG debe guardar equilibrio
con otras acciones y complementarlas. Las medidas cofinanciadas por el FEAG
pueden ir mucho más allá de los cursos y acciones estándar, y la práctica ha
demostrado que con la contribución del FEAG los Estados miembros pueden ofrecer
a los trabajadores una ayuda más personalizada y en profundidad que sin dicha
contribución, por ejemplo con medidas a las que los trabajadores no tendrían
normalmente acceso (como formación secundaria o terciaria). El FEAG permite a
los Estados miembros centrarse más en las personas vulnerables, por ejemplo las
menos cualificadas o las de origen inmigrante, y prestarles ayuda aumentando la
proporción entre asesores y trabajadores y/o hacerlo durante un período de
tiempo más largo, ventajas que no serían posibles sin la contribución del FEAG.
Todo ello aumenta las perspectivas de los trabajadores de mejorar su situación. Todos los Estados miembros deben
establecer los mecanismos necesarios para evitar cualquier riesgo de doble
financiación por parte de los instrumentos financieros de la UE, tal como exige
el artículo 6, apartado 5, del Reglamento (CE) nº 1927/2006. 4.3. Casos
en los que no se cumplen las condiciones para la concesión de una contribución
financiera del FEAG Ni la Comisión ni la Autoridad Presupuestaria rechazaron ninguna
de las solicitudes de financiación del FEAG presentadas por los Estados
miembros. 4.4. Logros
del FEAG Los informes finales presentados por los
Estados miembros, de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (CE)
nº 1927/2006, constituyen la principal fuente de información sobre los
logros del FEAG. Dichos informes se complementan con información facilitada por
los Estados miembros en el marco de contactos directos con la Comisión y de las
reuniones y conferencias celebradas a lo largo del año. En 2012, la Comisión recibió informes
finales sobre cuarenta y una contribuciones del FEAG, ejecutadas por doce
Estados miembros hasta mediados de 2012. Las cuarenta y una contribuciones se
ejecutaron durante un período extendido de veinticuatro meses a partir de la
fecha de solicitud (tras el aumento del período de ejecución de doce a
veinticuatro meses a raíz de la modificación del Reglamento del FEAG en 2009),
y en todos los casos la tasa de cofinanciación del FEAG fue del 65 % (tras
su incremento temporal respecto a la anterior tasa del 50 %). Los principales resultados y datos
notificados por los Estados miembros en 2012 se resumen en el presente punto y
en el cuadro 4. Estas cuarenta y una contribuciones se analizan también en la
evaluación ex post del FEAG, cuyo objetivo es medir el valor añadido del
FEAG y su impacto en los trabajadores despedidos y los mercados laborales
(veintinueve contribuciones están siendo analizadas en la primera fase de la
evaluación, y las doce restantes se analizarán en la fase final; véase el
punto 4.7.6). En total, hasta el 31 de diciembre de 2012,
la Comisión recibió informes finales sobre sesenta contribuciones del FEAG, lo
que representa el 57 % del número total de solicitudes recibidas hasta esa
fecha (105)[7]. Sobre la base de la información que
contienen los informes finales de los Estados miembros, cabe concluir que el
FEAG aporta un valor añadido respecto a las medidas que los Estados miembros
hubieran podido adoptar sin su contribución para ayudar a los trabajadores
despedidos a encontrar un nuevo empleo y reubicarse en el mercado laboral. La
financiación del FEAG les permite ofrecer ayuda de más calidad y durante más
tiempo a un mayor número de trabajadores despedidos que sin dicha financiación. 4.4.1. Resumen
de los resultados y las buenas prácticas comunicados en 2012 Los informes finales presentados por los doce Estados miembros
revelan que al final del período de aplicación del FEAG, 14 333
trabajadores (el 50 % de los 28 662 trabajadores que se beneficiaron
de la ayuda del FEAG) habían encontrado un nuevo empleo o trabajaban por cuenta
propia. Es un buen resultado, sobre todo porque los trabajadores beneficiarios
de medidas cofinanciadas por el FEAG suelen encontrase entre los que más
dificultades tienen en el mercado laboral. Aproximadamente un 3,7 %
estaban aún estudiando o seguían una formación y el 44,7 % seguían
desempleados o estaban inactivos por motivos personales[8]. El cuadro 4 ofrece
información al respecto. De forma similar a lo ocurrido en 2010 y 2011, los resultados en
materia de reinserción laboral se vieron afectados por la baja capacidad de
absorción de los mercados de trabajo locales y regionales como consecuencia
directa de la crisis mundial. Cabe señalar también que la tasa de reinserción
registrada al final de los períodos de ejecución respectivos ofrece solo una
instantánea de la situación de empleo de los trabajadores en el momento de la
recogida de los datos. No aporta ninguna información sobre el tipo y la calidad
del empleo encontrado y puede variar considerablemente en poco tiempo. De
acuerdo con la información recibida de varios Estados miembros, las tasas de
reinserción tienden a aumentar incluso unos meses después de la presentación de
los informes finales y se incrementan aún más a medio plazo, especialmente en
los casos en que los trabajadores siguen recibiendo la ayuda personalizada, a
cargo de los Estados miembros o con la contribución del FSE, una vez
agotado el período de cofinanciación del FEAG. Ello demuestra que una ayuda
cofinanciada por el FEAG puede tener efectos positivos adicionales a largo plazo. 4.4.2. Datos
detallados de las medidas aplicadas, tal como han sido notificadas en los
informes finales recibidos en 2012 Los paquetes
de ayuda que los doce Estados miembros ofrecieron a los trabajadores despedidos
incluían un amplio abanico de medidas personalizadas de búsqueda de empleo,
recolocación y reconversión profesional. Las mayores cantidades se gastaron en
dos categorías de medidas: formación y reciclaje (en torno a 56,5
millones EUR, lo que supone un 32 % del total de los servicios
personalizados en los cuarenta y un casos de cofinanciación) y asignaciones
financieras abonadas a los trabajadores mientras participaban en las
medidas de las políticas activas del mercado laboral (en torno a 68,5 millones
EUR o un 38,8 % del total de los servicios personalizados correspondientes
a los cuarenta y un casos de cofinanciación). Los programas
de cualificación y formación se adaptaron a las necesidades y los deseos de los
trabajadores, tomando en consideración los requisitos de los mercados laborales
locales y regionales y el potencial de sectores prometedores de cara al futuro.
En determinados Estados miembros (por ejemplo, en Irlanda y Austria), se hizo
hincapié en algunos casos en la educación superior (terciaria), mientras que en
otros Estados miembros se optó por mejorar las capacidades técnicas de los
trabajadores. A veces (por ejemplo, en Dinamarca) el FEAG se utilizó como campo
de pruebas de acciones innovadoras que aún no estaban a disposición de todos
los trabajadores despedidos y que, después de la experiencia con el FEAG,
podrían utilizarse de forma más generalizada en el futuro. En la mayoría de los
casos, los trabajadores pudieron obtener la certificación de sus
cualificaciones o experiencias, lo que aumentó su valor para futuros
empleadores. Las medidas
comprendían también acciones para fomentar el emprendimiento y la creación de
empresas (acciones incluidas en la mayoría de los paquetes de ayuda), así como
asignaciones financieras destinadas a cubrir los gastos de transporte, de
formación y de manutención de los trabajadores que participaban en medidas
activas del mercado laboral organizadas para ellos. Los doce Estados
miembros notificaron una serie de datos interesantes e información alentadora
que pone de manifiesto una clara mejoría de la situación personal, la confianza
en sí mismos y la empleabilidad de los trabajadores beneficiarios de la ayuda y
de los servicios del FEAG, aunque no todos hayan encontrado rápidamente un
nuevo empleo. El FEAG ha
permitido a los Estados miembros actuar con más intensidad en las zonas
afectadas por los despidos, en cuanto a número de personas asistidas y duración
y calidad de la ayuda, de lo que habría sido posible sin la financiación del
FEAG. Los fondos de la UE les han permitido dar una respuesta más flexible e
incluir en sus paquetes acciones extremadamente personalizadas, y a veces
innovadoras, de gran calidad y, en consecuencia, dedicar más atención a grupos
específicos de la población, como los demandantes de empleo menos cualificados
y más difíciles de ayudar (personas de más de cincuenta años, personas de
origen inmigrante, personas con discapacidades, personas que solo tienen
estudios y capacidades básicas, etc.). Han resultado especialmente eficaces las
ferias de empleo en las que han participado los trabajadores despedidos y las
acciones en las que los organismos de ejecución se han puesto en contacto con
empresas locales para identificar sus vacantes aún no publicadas y poder formar
a los trabajadores beneficiarios de la ayuda de manera que adquiriesen las
capacidades que requerían esos puestos. La organización de períodos de
prácticas fue otra actividad que podía tener como resultado la oferta de
puestos de trabajo para los trabajadores destinatarios de la ayuda del FEAG. En algunos Estados miembros, la ayuda del FEAG influyó en sectores
industriales en su conjunto. Por ejemplo, en los Países Bajos el sector de la
impresión y las artes gráficas tomó mayor conciencia de las necesidades de los
trabajadores de más edad despedidos. En España, los contactos con las empresas
locales permitieron mejorar la comprensión del mercado laboral en lo
concerniente a los perfiles de trabajadores que se necesitan y los tipos y las
condiciones de los actuales contratos laborales. Los doce Estados miembros
también llevaron a cabo actividades de información y sensibilización dirigidas
a los trabajadores afectados y a los posibles empleadores, así como a otras
partes interesadas y al público informado en general. A este respecto, cabe
mencionar la publicación de artículos en los medios locales y sociales, la
difusión de folletos y vídeos publicitarios, los sitios web y las conferencias
que marcan el final de los proyectos cofinanciados por el FEAG. El FEAG está
considerado por las autoridades de los Estados miembros como un instrumento
útil que las ayuda a hacer frente a los actuales retos del mercado laboral, en
un momento de restricciones presupuestarias. La ayuda cofinanciada por el FEAG
supone un aumento de la inversión en capacidades, que también puede tener un
efecto positivo a medio y largo plazo a medida que los mercados se vayan
recuperando progresivamente de la crisis. Los doce Estados miembros han extraído también una serie de
enseñanzas y conclusiones que seguramente les resultarán útiles para preparar y
ejecutar futuras contribuciones del FEAG. El FEAG permite a los Estados
miembros prestar ayuda más rápidamente a los trabajadores despedidos: las
medidas pueden ponerse en marcha tan pronto como se anuncien los despidos. La
República Checa, Alemania, los Países Bajos y Austria han informado de
experiencias positivas tras la aplicación temprana de medidas. Revisar y volver a presupuestar las
medidas durante su aplicación ayuda a optimizar su composición para los
trabajadores y a mejorar la utilización del presupuesto. Dinamarca recomienda
recurrir al asesoramiento de un abogado sobre procedimientos de contratación
pública, dado que el tiempo disponible para estos procedimientos es limitado y
la seguridad jurídica es muy importante. Los Países Bajos recomiendan establecer
rápidamente una comunicación con los trabajadores afectados acerca de las
medidas propuestas como medio esencial para mantenerlos motivados e interesados
en posibles oportunidades laborales y profesionales. Cuadro 4. Informes finales recibidos en 2012: resumen de los
resultados 4.5. Período
de programación 2014-2020. Propuesta de la Comisión de nuevo Reglamento del
FEAG De conformidad con el artículo 20 del Reglamento del FEAG, dicho
Reglamento debe revisarse a más tardar el 31 de diciembre de 2013, fecha que
coincide con el final del marco financiero plurianual 2007-2013. Sobre la base
de la propuesta de la
Comisión, el Consejo Europeo, en su sesión de 7 y 8
de febrero de 2013, apoyó la continuación del FEAG durante el próximo marco
financiero plurianual, de 2014 a 2020, como instrumento para conceder ayudas
únicas específicas a los trabajadores despedidos a raíz de grandes cambios
estructurales causados por la globalización. Los detalles del futuro Reglamento
se conocerán una vez que el Consejo y el Parlamento Europeo lo hayan adoptado. 4.6. Informe
financiero 4.6.1. Fondos
aportados por el FEAG En 2012, la Autoridad Presupuestaria
concedió diecinueve contribuciones del FEAG, por un total de 73 536 222 EUR,
lo que representa un 14,7 % de la cantidad anual máxima disponible
(véase el cuadro 2). Los diecinueve pagos procedían del presupuesto de 2012, y
los siete últimos se abonaron a principios de 2013. De conformidad con el punto 28 del
Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006[9],
que establece el marco presupuestario del FEAG, el importe máximo anual de este
Fondo no puede exceder de 500 millones EUR, los cuales pueden proceder de
cualquier margen existente dentro del límite máximo total de gastos del
ejercicio anterior o de los créditos de compromiso cancelados en los dos
ejercicios anteriores con exclusión de los de la rúbrica 1B del marco
financiero. Por otra parte, el artículo 12 del Reglamento del FEAG establece
que al menos un cuarto del importe máximo anual del FEAG deberá seguir estando
disponible el 1 de septiembre de cada año para responder a las necesidades que
pudieran surgir hasta finales de año. Los créditos de compromiso de los
fondos concedidos en 2012 se transfirieron de la reserva del FEAG a la línea
presupuestaria del FEAG. La línea presupuestaria del FEAG recibió una cantidad
de 50 000 000 EUR al comienzo del año. Se añadió un importe de
17 657 535 EUR mediante un presupuesto rectificativo. Durante la
transferencia global se identificaron y transfirieron al FEAG
5 878 687 EUR. 4.6.2. Gastos
en concepto de asistencia técnica De conformidad con el artículo 8, apartado 1, del Reglamento (CE)
nº 1927/2006, a iniciativa de la Comisión, y hasta un límite máximo del
0,35 % de los recursos financieros disponibles para el año (1,75 millones
EUR), el FEAG podrá utilizarse para financiar las actividades de preparación,
seguimiento, información y creación de una base de conocimientos, de asistencia
administrativa y técnica y de auditoría, control y evaluación necesarias para
la aplicación del Reglamento del FEAG. El 4 de julio de 2012, la Autoridad
Presupuestaria aprobó una cantidad de 730 000 EUR para asistencia
técnica[10]
en relación con las actividades enumeradas en el cuadro 5. La cantidad restante
de 1 020 000 EUR potencialmente disponible para asistencia
técnica durante el año no se utilizó. La Autoridad Presupuestaria redujo la propuesta inicial de la
Comisión[11]
de 1 120 000 EUR a 730 000 EUR, reducción que afectó a
prácticamente todas las partidas. A la hora de prestar la asistencia técnica,
la Comisión decidió dar prioridad a las reuniones con los representantes de los
Estados miembros para garantizar la aplicación efectiva del Fondo e iniciar su
evaluación ex post según lo previsto. Cuadro 5. Gastos de asistencia técnica en 2012 Descripción || Importe presupuestado EUR *) || Importe real EUR Información (por ejemplo, actualización del sitio web del FEAG en todas las lenguas de la UE, publicaciones y actividades audiovisuales) || 130 000 || Ningún gasto (sitio web actualizado por los servicios de la Comisión) Apoyo administrativo y técnico: - Reuniones del Grupo de Expertos sobre Personas de Contacto del FEAG - Seminario sobre la aplicación del FEAG || 35 000 125 000 || 70 000 181 900 Recogida de datos de seguimiento y Retrato Estadístico del FEAG || 20 000 || Ningún gasto (trabajo realizado por los servicios de la Comisión) Creación de una base de conocimientos (procedimientos normalizados para las solicitudes de contribución del FEAG y su procesamiento; creación y racionalización de la base del FEAG que contiene los datos y las cifras de las contribuciones del FEAG) || 70 000 || Ningún gasto (trabajo en la base de datos realizado por los servicios de la Comisión) (los procedimientos normalizados se trasladaron al presupuesto de 2013) Evaluación || 350 000 || 476 203 **) Total || 730 000 || 728 103 *) Cantidades
resultantes de la Decisión de la Autoridad Presupuestaria de 4 de julio de 2012 **) 344 810
EUR para la primera fase de la evaluación ex post [artículo 17, apartado
1, letra b), del Reglamento del FEAG] y 131 393 EUR para el pago final de
la evaluación intermedia [artículo 17, apartado 1, letra a), del Reglamento del
FEAG]. 4.6.3. Irregularidades comunicadas o resueltas En 2012 no se comunicó
a la Comisión ninguna irregularidad de acuerdo con el Reglamento del FEAG. Tampoco se resolvió
irregularidad alguna de acuerdo con dicho Reglamento. 888 4.6.4. Liquidación
de las contribuciones financieras del FEAG El artículo 15, apartado 2, del
Reglamento del FEAG establece el procedimiento de liquidación de las contribuciones
financieras del FEAG. En 2012, se liquidaron once contribuciones (véase el
cuadro 6) ejecutadas en 2012 y los años previos (período de ejecución de
veinticuatro meses a partir de la fecha de solicitud; 65 % de la
cofinanciación del FEAG). La tasa de ejecución presupuestaria varió
entre un 1,9 % y más del 100 %. La cantidad total de los
fondos no gastados, y reembolsados a la Comisión, de estas once contribuciones
fue de aproximadamente 18,1 millones EUR (un 37,8 % de estas once
contribuciones del FEAG). Son varios los motivos por los que los
Estados miembros no utilizaron la totalidad de los importes concedidos. Si bien
se insta a los Estados miembros a hacer estimaciones
presupuestarias realistas del paquete coordinado de
servicios personalizados, a veces la planificación no se hace de forma precisa
y con conocimiento de causa. Es posible que en los cálculos iniciales se haya
adoptado un margen de seguridad excesivo que al final haya resultado
innecesario. El número de trabajadores dispuestos a participar en las medidas
propuestas puede haberse sobrestimado durante la fase de planificación o
algunos trabajadores pueden haber optado por medidas más baratas, o a más corto
plazo, o pueden haber encontrado un nuevo empleo antes de lo previsto inicialmente.
Un gasto inferior al previsto puede deberse también a retrasos en la puesta en
marcha de las medidas o a que no se haya aprovechado la flexibilidad que permite reasignar fondos entre las distintas partidas del
presupuesto al aplicar el paquete de servicios personalizados. La Comisión ha ayudado a los Estados
miembros con información periódica y seminarios específicos para fomentar una
gestión óptima de los fondos. Gracias a ello, el elevado porcentaje de
recuperación que caracterizó a las primeras contribuciones, superior al
60 %, se ha reducido considerablemente (37,8 %), pero aún debe
disminuir más. Se espera que la experiencia permita
mejorar la presupuestación de las medidas y las previsiones de participación de
los trabajadores durante el período ampliado de veinticuatro meses. También se
están mejorando la planificación de la llegada de la financiación del FEAG a la
zona afectada, las capacidades de las distintas estructuras de coordinación y
ejecución y la calidad de la comunicación entre los niveles nacional y
regional/local. Los Estados miembros están haciendo un mejor uso de la
posibilidad de revisar sus presupuestos y de redistribuir los gastos, incluidos
los gastos de ejecución, entre las distintas medidas. Por último, las
instituciones de la UE están trabajando intensamente para acelerar los
procedimientos de toma de decisiones y el pago de los fondos del FEAG, con
vistas a un aprovechamiento óptimo del tiempo y de los fondos proporcionados.
La Comisión organizó un seminario específico para los representantes de los
Estados miembros, celebrado en marzo de 2012, con objeto de tratar
diversas cuestiones en relación con el momento oportuno y la eficacia de la
aplicación del Fondo. Cuadro 6. Contribuciones liquidadas en 2012 4.6.5. Otros
reembolsos No se
produjeron otros reembolsos en 2012. 4.7. Actividades
de asistencia técnica realizadas por la Comisión 4.7.1. Información y
publicidad Sitio web El artículo 9 del Reglamento (CE)
nº 1927/2006 establece que la Comisión debe crear «un sitio web en
Internet, disponible en todas las lenguas comunitarias, para facilitar
información sobre el FEAG y orientaciones para la presentación de solicitudes,
así como información actualizada sobre las solicitudes admitidas y rechazadas,
en la que se destacará el cometido de la Autoridad Presupuestaria». De acuerdo con las disposiciones del
artículo 9, el sitio web de la Comisión relativo al FEAG[12] fue actualizado en
2012 con información de interés. Ese año, el sitio web registró 253 462
vistas de páginas, consultadas por 32 030 visitantes únicos (número total
de visitas: 44 630). 4.7.2. Reuniones
con las autoridades nacionales y las partes interesadas en el FEAG Las reuniones novena y décima del Grupo
de Expertos sobre Personas de Contacto del FEAG, formado por los representantes
del FEAG en los Estados miembros, se celebraron el 21 de marzo de 2012 y el 16
de octubre de 2012, respectivamente, en Bruselas. En cada reunión se dedicó
tiempo a debatir la revisión del actual Reglamento del FEAG, la propuesta de la
Comisión para su mantenimiento en el período 2014-2020 y las cuestiones
relativas a su futura aplicación, así como a informar a los miembros acerca de
los preparativos para la evaluación ex post del FEAG 2007-2013 y a
tratar otros puntos del orden del día. El 22 de marzo de 2012, tuvo lugar en Bruselas un
seminario de contacto destinado a debatir los plazos de aplicación del FEAG y a
compartir las mejores prácticas para acelerar la aplicación de medidas con
objeto de alcanzar la máxima eficacia y un gasto óptimo. El 17 de octubre de 2012, tuvo lugar en Bruselas un seminario
de contacto para debatir varias cuestiones relacionadas con la aplicación del
FEAG, incluidos los efectos de la crisis por sector y el éxito de las medidas
de creación de empresas en aplicación del FEAG. 4.7.3. Creación
de una base de conocimientos. Base de datos del FEAG y procedimientos
normalizados para la presentación de solicitudes de contribución del FEAG A fin de registrar los datos
cuantitativos de las contribuciones del FEAG con fines estadísticos, en 2012
los servicios de la Comisión mejoraron la base de datos del FEAG y elaboraron
varios formularios para facilitar la introducción en ella de los datos
relativos a las contribuciones. La creación de un nuevo formulario
electrónico está prevista para 2013-2014, teniendo en cuenta el trabajo
preparatorio realizado por expertos externos en 2011 (financiado con cargo
al presupuesto de asistencia técnica de 2011; el informe final se presentó en
abril de 2012). El nuevo formulario de solicitud normalizará
los procedimientos de solicitud y evaluación, por lo que es previsible que se
reduzca el plazo entre el momento en que un Estado miembro prepara una
solicitud y la adopción de la propuesta presentada por la Comisión al
Parlamento Europeo y al Consejo. Este formulario, en combinación con la base de
datos, facilitará también el trabajo de la Comisión a la hora de analizar,
agregar y comparar los datos y las cifras de las contribuciones del FEAG. Otras actividades de información
previstas para 2012 En su propuesta de asistencia técnica
para 2012, la Comisión tenía previsto elaborar un vídeo y varios folletos
informativos sobre las actividades del FEAG. Debido a los recortes
presupuestarios que la Autoridad Presupuestaria impuso en julio de 2012, estas
acciones no se pudieron llevar a cabo. 4.7.4. Segundo
Retrato Estadístico del FEAG 2007-2011 En el primer semestre de 2012, la Comisión publicó el segundo
Retrato Estadístico del FEAG (2007-2011), elaborado
por expertos externos y financiado con cargo al
presupuesto de asistencia técnica de 2011. 4.7.5. Evaluación
intermedia del FEAG Los resultados de la evaluación
intermedia del FEAG, realizada en 2011 de conformidad con el artículo 17, apartado 1, letra a), del Reglamento del FEAG, se presentaron a las partes interesadas
el 2 de febrero de 2012 en Bruselas[13].
Esta presentación supuso una oportunidad para debatir los principales
resultados de la fase inicial del FEAG (2007-2009) y las recomendaciones de los
evaluadores que, entretanto, se habían aplicado o se habían incluido en la
propuesta de nuevo Reglamento del FEAG (2014-2020). 4.7.6. Evaluación
ex post del FEAG: primera fase Las treinta y tres contribuciones que debían evaluarse
en la primera fase de la evaluación ex post [artículo 17,
apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG] son las que se enumeran a
continuación. Se seleccionaron estas contribuciones porque a fecha de 20 de
septiembre de 2012 la Comisión había recibido los informes de ejecución finales
correspondientes. Se analizará otro lote de contribuciones del FEAG durante la fase
final de la evaluación ex post (intervenciones cuyos informes
finales se habrán recibido antes del final de diciembre de 2013[14]). 5. Tendencias El progresivo aumento de las contribuciones del FEAG permite
disponer de más datos para determinar las tendencias de las solicitudes y
obtener una visión de conjunto de la dirección que siguen las actividades del
Fondo. Los datos de los gráficos que figuran a continuación y en los anexos se
refieren a las ciento diez solicitudes presentadas por los Estados miembros
entre enero de 2007 y el 12 de agosto de 2013[15].
Se solicitaron unos 471,2 millones EUR (ya se abonaron aproximadamente 416,3
millones EUR) para ayudar a 100 022 trabajadores (número de trabajadores
destinatarios estimado por los Estados miembros). Gráfico 1:
Número de solicitudes recibidas en 2007-2013 (hasta el 12 de agosto de 2013) La
modificación del Reglamento del FEAG en 2009, que comprende cambios temporales
y permanentes, tuvo un efecto considerable en el número de solicitudes
recibidas por la Comisión Europea, que aumentó notablemente entre mayo de 2009 (cuando empezó a aplicarse el Reglamento del FEAG modificado) y el final de 2011. En el período de
enero de 2007 a agosto de 2013, se presentaron sesenta y cinco solicitudes
relacionadas con la crisis y cuarenta y cinco solicitudes relacionadas con el
comercio (sin tener en cuenta las solicitudes retiradas por los Estados
miembros). El 82 % de las solicitudes recibidas entre mayo de 2009 y el
final de 2011 estaban relacionadas con la crisis financiera y económica
mundial. Como se puede apreciar en el anexo 2, España es el
Estado miembro que presentó mayor cantidad de solicitudes de financiación del
FEAG (dieciocho solicitudes), seguida de los Países Bajos (dieciséis
solicitudes), Italia (doce solicitudes) y Dinamarca (diez solicitudes). A 12 de
agosto de 2013, ocho Estados miembros aún no habían solicitado ayuda del FEAG:
Estonia, Chipre, Letonia, Luxemburgo, Hungría, Eslovaquia, el Reino Unido y
Croacia (que se adhirió a la UE el 1 de julio de 2013). Gráfico 2:
Cantidades solicitadas al FEAG por Estado miembro en 2007-2013 (hasta el 12
de agosto de 2013) Millones EUR En
el período de enero de 2007 a agosto de 2013, veinte Estados miembros
solicitaron un importe total de 471,2 millones EUR al FEAG (véase también el
cuadro general en el anexo 2). Dinamarca solicitó el mayor volumen de
cofinanciación del FEAG (63,7 millones EUR / diez solicitudes) seguida por
Irlanda (63,3 millones EUR / siete solicitudes), Italia (60,6 millones EUR /
doce solicitudes) y España (57,1 millones EUR / dieciocho solicitudes). Los
importes aún no aprobados son indicativos ya que todavía pueden variar durante
la fase de evaluación. Gráfico 3:
Número de trabajadores destinatarios por Estado miembro en 2007-2013 (hasta
el 12 de agosto de 2013) España
es el Estado miembro que ha solicitado ayuda del FEAG para el mayor número de
trabajadores despedidos (13 396, en dieciocho solicitudes), seguida
de Italia (12 759, en doce solicitudes), Alemania (11 349, en siete
solicitudes) e Irlanda (10 267, en siete solicitudes). En otros doce
países, el número de trabajadores destinatarios oscilaba entre algo más de 8 000,
en los Países Bajos, y algo menos de 1 800, en Polonia. En cada uno de los
cuatro Estados miembros restantes que presentaron solicitudes, el número de
trabajadores destinatarios era inferior a 1 000. Gráfico 4:
Número de solicitudes por sector (NACE Rev. 2) en 2007-2013 (hasta el 12 de
agosto de 2013) En el período de enero de 2007 a agosto
de 2013, el FEAG recibió solicitudes para trabajadores despedidos en un total
de treinta y cinco sectores de actividad (véase también el resumen del
anexo 1). En su mayoría se trataba de industrias manufactureras, pero
también de los sectores de la construcción y los servicios. Cuatro sectores
manufactureros fueron responsables de la mayor cantidad de solicitudes: la
industria de la automoción (diecinueve solicitudes o el 17 % del total),
seguida del sector de la maquinaria y los bienes de equipo (doce solicitudes o
el 11 % del total), el sector textil (diez solicitudes o el 9 % del
total) y la industria gráfica (nueve solicitudes o el 8 % del total). En torno al 8 % de las solicitudes
(nueve) estaban destinadas a los trabajadores de la industria de la
construcción en general, que abarca la construcción de edificios, actividades
de construcción especializadas y actividades de arquitectura e ingeniería (se
llegaría a la cifra de trece solicitudes —en torno al 12 %— si se
incluyeran también los sectores conexos como la carpintería y ebanistería y la cerámica).
El FEAG recibió una única solicitud de más de la mitad de los sectores (veinte
de los treinta y cinco). Gráfico 5:
Número de trabajadores destinatarios por sector (NACE Rev. 2) en 2007-2013
(hasta el 12 de agosto de 2013) Las ciento diez solicitudes de los veinte
Estados miembros estaban destinadas a un total de 100 022 trabajadores
despedidos. Los sectores afectados fueron sobre todo el de la automoción, con
más de 24 000 trabajadores destinatarios (23,8 % del total de las
solicitudes presentadas), seguido del sector textil (más de 11 000
trabajadores destinatarios o el 11,2 % del total de las solicitudes
presentadas), los teléfonos móviles (algo más de 10 000 trabajadores
destinatarios o el 10 % del total de las solicitudes presentadas) y el
sector de la maquinaria y los bienes de equipo (más de 9 000 trabajadores
destinatarios o el 9,1 % del total de las solicitudes presentadas). Gráfico 6:
Cantidad media solicitada al FEAG por trabajador destinatario por Estado
miembro en 2007-2013
(hasta el 12 de agosto de 2013) EUR Media El gráfico 6 ilustra la ayuda media del
FEAG por trabajador destinatario (4 711 EUR para un total de 100 022
trabajadores destinatarios de veinte Estados miembros). La mayor ayuda del FEAG
por trabajador corresponde a Austria y Dinamarca, con aproximadamente 14 000
EUR y 10 000 EUR, respectivamente. En cambio, en la República Checa,
Lituania y Eslovenia, la ayuda solicitada no llegó a 1 000 EUR por
trabajador. 6. Conclusión Las tendencias visibles hasta ahora
muestran que se han presentado solicitudes de ayuda del FEAG para trabajadores
de un número de sectores cada vez mayor. Los Estados miembros tienen ahora más
experiencia a la hora de seleccionar las medidas más apropiadas, programar
eficazmente su ayuda a los trabajadores despedidos y utilizar el FEAG para
probar nuevos planteamientos. También recurren cada vez más a la posibilidad de
reasignar fondos entre distintas medidas durante la ejecución del proyecto con
vistas a hacer el mejor uso de la contribución disponible. El hecho de que la «excepción temporal de
crisis» del FEAG no se haya prolongado más allá de 2011 (al no alcanzarse una
mayoría cualificada en el Consejo) ha limitado las posibilidades de ayuda de la
UE a los trabajadores, a pesar de que muchos siguen padeciendo gravemente los
efectos de la crisis. Desde 2012 hasta el final del período de
aplicación del actual Reglamento del FEAG (final de 2013), seguirán aplicándose
los cambios permanentes del Reglamento modificado (umbral reducido a quinientos
despidos y período de aplicación aumentado a veinticuatro meses a partir de la
fecha de solicitud) y los Estados miembros podrán seguir ayudando a los
trabajadores despedidos como consecuencia de los grandes cambios estructurales
en los patrones del comercio mundial. Si se aprovecha plenamente el potencial
del FEAG, utilizado en combinación con otros instrumentos disponibles y en
consulta con las principales partes interesadas, se podrá prestar ayuda personalizada
y adaptada a los trabajadores que tienen derecho a la ayuda del FEAG, lo cual
mejorará sus oportunidades en el mercado de trabajo a medio y más largo plazo a
medida que los mercados se vayan recuperando progresivamente de la crisis. [1] Reglamento (CE) nº 1927/2006, de 20 de
diciembre de 2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la
Globalización (DO L 406 de 30.12.2006, p. 1, corregido en el DO L 48 de
22.2.2008, p. 82, en todas las lenguas, y en el DO L 202 de 31.7.2008, p. 74,
únicamente en inglés). [2] Reglamento (CE) nº 546/2009 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, que modifica el Reglamento (CE)
nº 1927/2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la
Globalización (DO L 167 de 29.6.2009). [3] COM(2011) 608 final, de 6.10.2011. [4] La excepción temporal respecto al Reglamento del
FEAG, que permitía la presentación de solicitudes en respuesta a la crisis
financiera y económica mundial y el aumento de la tasa de cofinanciación del
FEAG del 50 al 65 %, fue aplicable del 1 de mayo de 2009 al 30 de
diciembre de 2011. [5] La
solicitud «EGF/2012/009 BE/Carsid» fue retirada posteriormente y se volvió a
presentar el 2 de abril de 2013. [6] Automoción (3), maquinaria y bienes de equipo (3),
metales de base (2), teléfonos móviles (1), electrónica de consumo (1) y
actividades de los centros de llamadas (1). [7] No está contabilizado el informe final de una
contribución cuya solicitud fue retirada posteriormente por el Estado miembro:
EGF 2007/002 FR Renault. [8] Ninis: personas que ni estudian ni trabajan. [9] DO C 139 de 14.6.2006, p. 1. [10] DO L 192 de 20.7.2012, p. 11. [11] COM(2012) 160, de 4.4.2012. [12] http://ec.europa.eu/egf, disponible en las
veintitrés lenguas de la UE, incluido el irlandés. [13] El informe de la evaluación intermedia está
disponible en el sitio web del FEAG (http://ec.europa.eu/egf). Véase también el
punto 4.7.5 del informe anual del FEAG de 2011. [14] El plazo de entrega del informe de la primera fase de
la evaluación ex post concluye el 31 de diciembre de 2013 y el del
informe relativo a la fase final concluye el 31 de diciembre de 2014 [artículo
17, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG]. [15] Si se tienen en cuenta las diez solicitudes retiradas
por los Estados miembros solicitantes, la cifra aumenta hasta ciento veinte.
Las solicitudes retiradas no están contabilizadas en las estadísticas.