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Document 52013DC0782

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO relativo a las actividades del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en 2012

/* COM/2013/0782 final */

52013DC0782

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO relativo a las actividades del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en 2012 /* COM/2013/0782 final */


ÍNDICE

1........... Introducción................................................................................................................... 4

2........... Resumen de las actividades del FEAG en 2012............................................................... 4

3........... Seguimiento del informe anual de 2011 sobre las actividades del FEAG........................... 5

4........... Análisis de las actividades del FEAG en 2012................................................................. 6

4.1........ Solicitudes recibidas....................................................................................................... 6

4.1.1..... Solicitudes recibidas, desglosadas por sector................................................................... 6

4.1.2..... Solicitudes recibidas, desglosadas por importe solicitado................................................. 6

4.1.3..... Solicitudes recibidas, desglosadas por número de trabajadores destinatarios de la ayuda.. 7

4.1.4..... Solicitudes recibidas, desglosadas por importe solicitado por trabajador.......................... 7

4.1.5..... Solicitudes recibidas, desglosadas por criterio de intervención.......................................... 7

4.2........ Contribuciones concedidas............................................................................................. 7

4.2.1..... Acciones financiadas con la ayuda del FEAG................................................................ 11

4.2.2..... Complementariedad con las acciones financiadas por los Fondos Estructurales, en particular el Fondo Social Europeo (FSE)............................................................................................................. 11

4.3........ Casos en los que no se cumplen las condiciones para la concesión de una contribución financiera del FEAG    12

4.4........ Logros del FEAG......................................................................................................... 12

4.4.1..... Resumen de los resultados y las buenas prácticas comunicados en 2012........................ 13

4.4.2..... Datos detallados de las medidas aplicadas, tal como han sido notificadas en los informes finales recibidos en 2012.................................................................................................................................... 13

4.5........ Período de programación 2014-2020. Propuesta de la Comisión de nuevo Reglamento del FEAG      19

4.6........ Informe financiero......................................................................................................... 19

4.6.1..... Fondos aportados por el FEAG.................................................................................... 19

4.6.2..... Gastos en concepto de asistencia técnica....................................................................... 19

4.6.3..... Irregularidades comunicadas o resueltas........................................................................ 20

4.6.4..... Liquidación de las contribuciones financieras del FEAG................................................. 20

4.6.5..... Otros reembolsos......................................................................................................... 23

4.7........ Actividades de asistencia técnica realizadas por la Comisión.......................................... 23

4.7.1..... Información y publicidad............................................................................................... 23

4.7.2..... Reuniones con las autoridades nacionales y las partes interesadas en el FEAG............... 23

4.7.3..... Creación de una base de conocimientos. Base de datos del FEAG y procedimientos normalizados para la presentación de solicitudes de ayuda del FEAG............................................................. 23

4.7.4..... Segundo Retrato Estadístico del FEAG 2007-2011...................................................... 24

4.7.5..... Evaluación intermedia del FEAG................................................................................... 24

4.7.6..... Evaluación ex post del FEAG: primera fase................................................................... 24

5........... Tendencias................................................................................................................... 25

6........... Conclusión................................................................................................................... 33

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

relativo a las actividades del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en 2012

1.           Introducción

El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) fue creado mediante el Reglamento (CE) nº 1927/2006[1] para ayudar a los trabajadores despedidos a raíz de los grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial y solidarizarse con ellos. Está pensado para conciliar los efectos positivos globales que la liberalización del comercio tendrá a largo plazo en el crecimiento y el empleo con los efectos negativos que la globalización puede tener a corto plazo, especialmente en el empleo de los trabajadores más vulnerables y menos cualificados. El FEAG cofinancia medidas activas del mercado laboral organizadas por los Estados miembros para ayudar a los trabajadores despedidos a reubicarse en el mercado laboral y encontrar un nuevo empleo.

Sus normas fueron modificadas por el Reglamento (CE) nº 546/2009[2], de 18 de junio de 2009, para responder más eficazmente a la crisis financiera y económica mundial.

El artículo 16 del Reglamento (CE) nº 1927/2006 establece que la Comisión debe presentar anualmente al Parlamento Europeo y al Consejo un informe cuantitativo y cualitativo de las actividades realizadas por el FEAG durante el año anterior. Dicho informe debe centrarse principalmente en los resultados logrados por el FEAG y, en particular, ofrecer información sobre las solicitudes presentadas, las decisiones de concesión adoptadas, las acciones financiadas, incluida su complementariedad con las acciones financiadas con cargo a los Fondos Estructurales, especialmente el FSE, y la liquidación de la contribución financiera concedida. También debe ofrecer información sobre las solicitudes rechazadas por falta de créditos suficientes o porque no eran admisibles.

2.           Resumen de las actividades del FEAG en 2012

En 2012, la Comisión recibió once solicitudes de contribución del FEAG por un importe de 58,5 millones EUR. En el punto 4.1 y en el cuadro 1 se ofrece información detallada sobre las solicitudes.

En 2012, la Autoridad Presupuestaria adoptó diecinueve decisiones de movilización del FEAG, cuyo importe total ascendió a  73,5 millones EUR procedentes del presupuesto del FEAG de 2012. En el punto 4.2 y en los cuadros 2 y 3 se ofrece información detallada sobre las contribuciones concedidas.

En 2012, la Comisión recibió cuarenta y un informes finales relativos a la ejecución de las contribuciones del FEAG. En el punto 4.4 y en el cuadro 4 se ofrece información detallada sobre los resultados.

Se liquidaron once contribuciones del FEAG concedidas en años anteriores (información detallada en el punto 4.6.4 y en el cuadro 6). En el punto 4.6.2 y el cuadro 5 se ofrece información detallada sobre la asistencia técnica prestada a iniciativa de la Comisión (artículo 8, apartado 1, del Reglamento del FEAG).

La Comisión puso en marcha la primera fase de la evaluación ex post mediante la firma de un contrato con una empresa de servicios externa (más información en el punto 4.7.6).

La propuesta de la Comisión relativa a un futuro Reglamento del FEAG para el período 2014-2020, presentada al Parlamento Europeo y al Consejo en 2011[3], fue debatida en ambas instituciones (más información en el punto 4.5).

3.           Seguimiento del informe anual de 2011 sobre las actividades del FEAG

Reglamento (CE) nº 546/2009, que modifica el Reglamento (CE) nº 1927/2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización

El Reglamento (CE) nº 546/2009, que modifica el Reglamento (CE) nº 1927/2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, se aplica a las solicitudes de contribución del FEAG presentadas a partir del 1 de mayo de 2009. Dicho Reglamento establece modificaciones temporales y permanentes del Reglamento del FEAG[4] original.

El Reglamento de modificación introdujo mejoras considerables en el FEAG, concretamente en las condiciones en que los Estados miembros pueden solicitar cofinanciación del FEAG, especialmente para las medidas que adopten para contrarrestar los efectos de la crisis financiera y económica en el empleo.

Dado que en 2011 no se alcanzó un acuerdo político sobre la ampliación de la «excepción temporal por la crisis» en el Consejo, dicha excepción expiró el 31 de diciembre de 2011. Durante el período de vigencia restante del Reglamento del FEAG, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2013, la justificación de las solicitudes de contribución del FEAG no podrá ser la crisis financiera y económica, sino que se limitará a los cambios estructurales en los patrones del comercio mundial, y la tasa de cofinanciación se reducirá al nivel original del 50 % de los costes totales admisibles. Las modificaciones permanentes, como la reducción del número mínimo de trabajadores despedidos de mil a quinientos y la ampliación del período de ejecución de doce a veinticuatro meses a partir de la fecha de solicitud, seguirán aplicándose hasta el 31 de diciembre de 2013.

Facilitar la toma de decisiones sobre las solicitudes de contribución del FEAG: procedimiento de presentación de propuestas al Consejo y al Parlamento Europeo

En 2012 continuaron los trabajos iniciados en 2010 para agilizar la toma de decisiones de acuerdo con las disposiciones del Reglamento actual. En marzo de 2012 se celebró un seminario específico destinado a representantes de los Estados miembros para tratar diversas cuestiones relacionadas con la aplicación eficiente del Fondo.

4.           Análisis de las actividades del FEAG en 2012

4.1.        Solicitudes recibidas

Las once solicitudes[5] que la Comisión recibió en 2012 (véase el cuadro 1), enviadas por nueve Estados miembros (Bélgica, Dinamarca, Alemania, Irlanda, España, Italia, Rumanía, Finlandia y Suecia), estaban destinadas a 10 403 trabajadores despedidos a raíz de los cambios estructurales en los patrones del comercio mundial como consecuencia de la globalización y pedían una contribución total del FEAG de 58 499 659 EUR. Los importes pendientes de aprobación son indicativos porque aún pueden variar durante la fase de evaluación. Los nueve Estados miembros habían solicitado anteriormente financiación del FEAG.

El Reglamento (CE) nº 546/2009, adoptado el 18 de junio de 2009, se aplica a todas estas solicitudes (tasa de cofinanciación del 50 %, período de ejecución de veinticuatro meses a partir de la fecha de solicitud, etc.).

Cuadro 1. Solicitudes recibidas en 2012

4.1.1.     Solicitudes recibidas, desglosadas por sector

Las once solicitudes correspondían a seis sectores[6]. En el caso de dos sectores (actividades de los centros de llamadas y electrónica de consumo), se presentó una solicitud de contribución del FEAG por primera vez en 2012.

4.1.2.     Solicitudes recibidas, desglosadas por importe solicitado

Cada Estado miembro que solicita ayuda del FEAG debe diseñar un paquete coordinado de medidas adaptadas lo mejor posible al perfil de los trabajadores destinatarios y decidir el importe de la ayuda que pretende solicitar. El Reglamento del FEAG no recomienda ni limita el importe total solicitado, pero la Comisión puede plantear cuestiones en su evaluación de la solicitud que inciten al Estado miembro a revisar el paquete de servicios personalizados propuesto, revisión que puede afectar al importe solicitado.

Las contribuciones solicitadas al FEAG en 2012 variaron entre 2 620 982 EUR y 12 536 454 EUR (el promedio fue de 5 318 151 EUR).

4.1.3.     Solicitudes recibidas, desglosadas por número de trabajadores destinatarios de la ayuda

El número total de trabajadores destinatarios de las medidas propuestas para su cofinanciación por el FEAG fue de 10 403, en torno al 74 % del número total de trabajadores despedidos (los nueve Estados miembros declararon en torno a 14 000 despidos en las once solicitudes que presentaron).

El número de trabajadores destinatarios por solicitud osciló entre 295 y 2 103. Cinco solicitudes estaban destinadas a más de  mil trabajadores y dos, a menos de quinientos. El número de trabajadores despedidos puede diferir del número de trabajadores destinatarios de la ayuda del FEAG, dado que el Estado miembro solicitante puede concentrar la ayuda del FEAG únicamente en grupos de trabajadores específicos, como, por ejemplo, los que tienen dificultades excepcionales para mantenerse en el mercado laboral o los más necesitados de ayuda. Algunos de los trabajadores despedidos pueden recibir ayuda no procedente del FEAG, mientras que otros pueden encontrar un nuevo puesto de trabajo por su propia cuenta o jubilarse anticipadamente y, en consecuencia, no serían destinatarios de las medidas del FEAG.

4.1.4.     Solicitudes recibidas, desglosadas por importe solicitado por trabajador

El paquete de servicios personalizados que el Estado miembro puede proponer para los trabajadores despedidos destinatarios de la ayuda se deja a su discreción, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento. Por consiguiente, el importe solicitado por trabajador despedido puede variar en función de la gravedad del despido, la situación del mercado laboral afectado, las circunstancias personales de los trabajadores destinatarios de la ayuda, las medidas ya adoptadas por el Estado miembro y el coste de los servicios en el Estado miembro o la región en cuestión. En 2012, las cantidades solicitadas por trabajador variaron ligeramente, de unos 2 500 EUR a algo más de 42 000 EUR, y su promedio fue de 8 668 EUR por trabajador.

4.1.5.     Solicitudes recibidas, desglosadas por criterio de intervención

Las once solicitudes presentadas estaban destinadas a ayudar a trabajadores despedidos a raíz de importantes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial como consecuencia de la globalización.

Diez solicitudes se basaron en el artículo 2, letra a), del Reglamento del FEAG y una, en su artículo 2, letra c), sobre circunstancias excepcionales.

4.2.        Contribuciones concedidas

En 2012, la Autoridad Presupuestaria adoptó diecinueve decisiones de concesión de cofinanciación del FEAG para medidas activas del mercado laboral en respuesta a las solicitudes de los Estados miembros (los cuadros 2 y 3 ofrecen una visión de conjunto y un desglose de los perfiles de los trabajadores). Cinco de ellas correspondían a solicitudes presentadas en 2012, trece, a solicitudes recibidas en 2011, y una, a una solicitud recibida en 2010. El Reglamento (CE) nº 546/2009, adoptado el 18 de junio de 2009, se aplica a catorce de las diecinueve contribuciones concedidas (tasa de cofinanciación del 65 %, período de ejecución de veinticuatro meses a partir de la fecha de solicitud, etc.). Respecto a las cinco solicitudes presentadas en 2012, la tasa de cofinanciación fue del 50 %, mientras que el período de ejecución siguió siendo de veinticuatro meses [modificación permanente introducida por el Reglamento (CE) nº 546/2009].

Las diecinueve contribuciones del FEAG concedidas, que suman un importe total de 73 536 222 EUR (14,7 % de la cantidad anual máxima de que dispone el FEAG), estaban destinadas a 15 700 trabajadores despedidos en once Estados miembros. Siete de las diecinueve contribuciones del FEAG se aprobaron en diciembre de 2012 y se abonaron en el primer trimestre de 2013 (con cargo al presupuesto de 2012).

La disminución de la financiación del FEAG respecto a 2011 (año en el que se concedieron veintidós contribuciones que sumaron un importe total de 128 167 758 EUR) se explica en parte por la disminución de la tasa de cofinanciación del FEAG (del 65 al 50 %) y por la disminución del número de nuevas solicitudes después de que expirara la «excepción por la crisis» al final de 2011.

Cuadro 2. Datos de las contribuciones concedidas en 2012

Cuadro 3. Contribuciones del FEAG concedidas en 2012: perfil de los trabajadores

4.2.1.     Acciones financiadas con la ayuda del FEAG

El artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1927/2006 establece que el FEAG puede financiar únicamente medidas activas del mercado laboral destinadas a contribuir a la reinserción laboral de los trabajadores despedidos. Establece también que el FEAG puede financiar las actividades de preparación, gestión, información, publicidad y control de la aplicación del Fondo que lleve a cabo un Estado miembro («actividades de aplicación»).

Las medidas aprobadas en relación con las diecinueve contribuciones del FEAG concedidas en 2012 estaban destinadas a reinsertar en el mercado laboral a 15 700 trabajadores despedidos. Consistían principalmente en ayuda intensiva y personalizada para la búsqueda de empleo y la orientación profesional, diversas acciones de formación profesional, medidas de cualificación y reconversión profesional, diversas asignaciones e incentivos financieros temporales concedidos durante el período de aplicación de las medidas activas de apoyo, hasta el momento de la reinserción laboral efectiva, tutoría durante la fase inicial en el nuevo empleo, otros tipos de actividades, como la promoción del emprendimiento y de la creación de empresas, y la concesión de incentivos únicos para el empleo y la contratación.

Al diseñar sus paquetes de apoyo, los Estados miembros tuvieron en cuenta los antecedentes, las experiencias, los niveles educativos y la capacidad de movilidad de los trabajadores, así como las oportunidades de empleo que existían entonces o que se preveían en las regiones afectadas.

4.2.2.     Complementariedad con las acciones financiadas por los Fondos Estructurales, en particular el Fondo Social Europeo (FSE)

La finalidad del FEAG es aumentar la empleabilidad y favorecer la rápida reinserción laboral de los trabajadores despedidos mediante medidas activas del mercado laboral, complementando así al FSE, que es el principal instrumento de fomento del empleo de la UE. Generalmente, la complementariedad de ambos fondos consiste en su capacidad de abordar estas dos cuestiones desde dos perspectivas de tiempo distintas: mientras que el FEAG proporciona ayuda personalizada a los trabajadores afectados por un despido masivo concreto a gran escala, el FSE persigue objetivos estratégicos a largo plazo (por ejemplo, la mejora del capital humano o la gestión del cambio) mediante programas plurianuales planificados, cuyos recursos no pueden normalmente reasignarse para hacer frente a situaciones de crisis provocadas por despidos masivos. Las medidas del FEAG y del FSE se utilizan a veces para complementarse entre sí y aportar soluciones tanto a corto como a largo plazo. El criterio decisivo es el potencial de los instrumentos disponibles para ayudar eficazmente a los trabajadores, y corresponde a los Estados miembros seleccionar y programar las acciones y los instrumentos más adecuados para alcanzar los objetivos perseguidos.

El contenido del «paquete coordinado de servicios personalizados» que vaya a cofinanciar el FEAG debe guardar equilibrio con otras acciones y complementarlas. Las medidas cofinanciadas por el FEAG pueden ir mucho más allá de los cursos y acciones estándar, y la práctica ha demostrado que con la contribución del FEAG los Estados miembros pueden ofrecer a los trabajadores una ayuda más personalizada y en profundidad que sin dicha contribución, por ejemplo con medidas a las que los trabajadores no tendrían normalmente acceso (como formación secundaria o terciaria). El FEAG permite a los Estados miembros centrarse más en las personas vulnerables, por ejemplo las menos cualificadas o las de origen inmigrante, y prestarles ayuda aumentando la proporción entre asesores y trabajadores y/o hacerlo durante un período de tiempo más largo, ventajas que no serían posibles sin la contribución del FEAG. Todo ello aumenta las perspectivas de los trabajadores de mejorar su situación.

Todos los Estados miembros deben establecer los mecanismos necesarios para evitar cualquier riesgo de doble financiación por parte de los instrumentos financieros de la UE, tal como exige el artículo 6, apartado 5, del Reglamento (CE) nº 1927/2006.

4.3.        Casos en los que no se cumplen las condiciones para la concesión de una contribución financiera del FEAG

Ni la Comisión ni la Autoridad Presupuestaria rechazaron ninguna de las solicitudes de financiación del FEAG presentadas por los Estados miembros.

4.4.        Logros del FEAG

Los informes finales presentados por los Estados miembros, de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, constituyen la principal fuente de información sobre los logros del FEAG. Dichos informes se complementan con información facilitada por los Estados miembros en el marco de contactos directos con la Comisión y de las reuniones y conferencias celebradas a lo largo del año.

En 2012, la Comisión recibió informes finales sobre cuarenta y una contribuciones del FEAG, ejecutadas por doce Estados miembros hasta mediados de 2012. Las cuarenta y una contribuciones se ejecutaron durante un período extendido de veinticuatro meses a partir de la fecha de solicitud (tras el aumento del período de ejecución de doce a veinticuatro meses a raíz de la modificación del Reglamento del FEAG en 2009), y en todos los casos la tasa de cofinanciación del FEAG fue del 65 % (tras su incremento temporal respecto a la anterior tasa del 50 %).

Los principales resultados y datos notificados por los Estados miembros en 2012 se resumen en el presente punto y en el cuadro 4. Estas cuarenta y una contribuciones se analizan también en la evaluación ex post del FEAG, cuyo objetivo es medir el valor añadido del FEAG y su impacto en los trabajadores despedidos y los mercados laborales (veintinueve contribuciones están siendo analizadas en la primera fase de la evaluación, y las doce restantes se analizarán en la fase final; véase el punto 4.7.6).

En total, hasta el 31 de diciembre de 2012, la Comisión recibió informes finales sobre sesenta contribuciones del FEAG, lo que representa el 57 % del número total de solicitudes recibidas hasta esa fecha (105)[7].

Sobre la base de la información que contienen los informes finales de los Estados miembros, cabe concluir que el FEAG aporta un valor añadido respecto a las medidas que los Estados miembros hubieran podido adoptar sin su contribución para ayudar a los trabajadores despedidos a encontrar un nuevo empleo y reubicarse en el mercado laboral. La financiación del FEAG les permite ofrecer ayuda de más calidad y durante más tiempo a un mayor número de trabajadores despedidos que sin dicha financiación.

4.4.1.     Resumen de los resultados y las buenas prácticas comunicados en 2012

Los informes finales presentados por los doce Estados miembros revelan que al final del período de aplicación del FEAG, 14 333 trabajadores (el 50 % de los 28 662 trabajadores que se beneficiaron de la ayuda del FEAG) habían encontrado un nuevo empleo o trabajaban por cuenta propia. Es un buen resultado, sobre todo porque los trabajadores beneficiarios de medidas cofinanciadas por el FEAG suelen encontrase entre los que más dificultades tienen en el mercado laboral. Aproximadamente un 3,7 % estaban aún estudiando o seguían una formación y el 44,7 % seguían desempleados o estaban inactivos por motivos personales[8]. El cuadro 4 ofrece información al respecto.

De forma similar a lo ocurrido en 2010 y 2011, los resultados en materia de reinserción laboral se vieron afectados por la baja capacidad de absorción de los mercados de trabajo locales y regionales como consecuencia directa de la crisis mundial. Cabe señalar también que la tasa de reinserción registrada al final de los períodos de ejecución respectivos ofrece solo una instantánea de la situación de empleo de los trabajadores en el momento de la recogida de los datos. No aporta ninguna información sobre el tipo y la calidad del empleo encontrado y puede variar considerablemente en poco tiempo. De acuerdo con la información recibida de varios Estados miembros, las tasas de reinserción tienden a aumentar incluso unos meses después de la presentación de los informes finales y se incrementan aún más a medio plazo, especialmente en los casos en que los trabajadores siguen recibiendo la ayuda personalizada, a cargo de los Estados miembros o con la contribución del FSE, una vez agotado el período de cofinanciación del FEAG. Ello demuestra que una ayuda cofinanciada por el FEAG puede tener efectos positivos adicionales a largo plazo.

4.4.2.     Datos detallados de las medidas aplicadas, tal como han sido notificadas en los informes finales recibidos en 2012

Los paquetes de ayuda que los doce Estados miembros ofrecieron a los trabajadores despedidos incluían un amplio abanico de medidas personalizadas de búsqueda de empleo, recolocación y reconversión profesional. Las mayores cantidades se gastaron en dos categorías de medidas: formación y reciclaje (en torno a 56,5 millones EUR, lo que supone un 32 % del total de los servicios personalizados en los cuarenta y un casos de cofinanciación) y asignaciones financieras abonadas a los trabajadores mientras participaban en las medidas de las políticas activas del mercado laboral (en torno a 68,5 millones EUR o un 38,8 % del total de los servicios personalizados correspondientes a los cuarenta y un casos de cofinanciación).

Los programas de cualificación y formación se adaptaron a las necesidades y los deseos de los trabajadores, tomando en consideración los requisitos de los mercados laborales locales y regionales y el potencial de sectores prometedores de cara al futuro. En determinados Estados miembros (por ejemplo, en Irlanda y Austria), se hizo hincapié en algunos casos en la educación superior (terciaria), mientras que en otros Estados miembros se optó por mejorar las capacidades técnicas de los trabajadores. A veces (por ejemplo, en Dinamarca) el FEAG se utilizó como campo de pruebas de acciones innovadoras que aún no estaban a disposición de todos los trabajadores despedidos y que, después de la experiencia con el FEAG, podrían utilizarse de forma más generalizada en el futuro. En la mayoría de los casos, los trabajadores pudieron obtener la certificación de sus cualificaciones o experiencias, lo que aumentó su valor para futuros empleadores.

Las medidas comprendían también acciones para fomentar el emprendimiento y la creación de empresas (acciones incluidas en la mayoría de los paquetes de ayuda), así como asignaciones financieras destinadas a cubrir los gastos de transporte, de formación y de manutención de los trabajadores que participaban en medidas activas del mercado laboral organizadas para ellos.

Los doce Estados miembros notificaron una serie de datos interesantes e información alentadora que pone de manifiesto una clara mejoría de la situación personal, la confianza en sí mismos y la empleabilidad de los trabajadores beneficiarios de la ayuda y de los servicios del FEAG, aunque no todos hayan encontrado rápidamente un nuevo empleo.

El FEAG ha permitido a los Estados miembros actuar con más intensidad en las zonas afectadas por los despidos, en cuanto a número de personas asistidas y duración y calidad de la ayuda, de lo que habría sido posible sin la financiación del FEAG. Los fondos de la UE les han permitido dar una respuesta más flexible e incluir en sus paquetes acciones extremadamente personalizadas, y a veces innovadoras, de gran calidad  y, en consecuencia, dedicar más atención a grupos específicos de la población, como los demandantes de empleo menos cualificados y más difíciles de ayudar (personas de más de cincuenta años, personas de origen inmigrante, personas con discapacidades, personas que solo tienen estudios y capacidades básicas, etc.). Han resultado especialmente eficaces las ferias de empleo en las que han participado los trabajadores despedidos y las acciones en las que los organismos de ejecución se han puesto en contacto con empresas locales para identificar sus vacantes aún no publicadas y poder formar a los trabajadores beneficiarios de la ayuda de manera que adquiriesen las capacidades que requerían esos puestos. La organización de períodos de prácticas fue otra actividad que podía tener como resultado la oferta de puestos de trabajo para los trabajadores destinatarios de la ayuda del FEAG.

En algunos Estados miembros, la ayuda del FEAG influyó en sectores industriales en su conjunto. Por ejemplo, en los Países Bajos el sector de la impresión y las artes gráficas tomó mayor conciencia de las necesidades de los trabajadores de más edad despedidos. En España, los contactos con las empresas locales permitieron mejorar la comprensión del mercado laboral en lo concerniente a los perfiles de trabajadores que se necesitan y los tipos y las condiciones de los actuales contratos laborales. Los doce Estados miembros también llevaron a cabo actividades de información y sensibilización dirigidas a los trabajadores afectados y a los posibles empleadores, así como a otras partes interesadas y al público informado en general. A este respecto, cabe mencionar la publicación de artículos en los medios locales y sociales, la difusión de folletos y vídeos publicitarios, los sitios web y las conferencias que marcan el final de los proyectos cofinanciados por el FEAG.

El FEAG está considerado por las autoridades de los Estados miembros como un instrumento útil que las ayuda a hacer frente a los actuales retos del mercado laboral, en un momento de restricciones presupuestarias. La ayuda cofinanciada por el FEAG supone un aumento de la inversión en capacidades, que también puede tener un efecto positivo a medio y largo plazo a medida que los mercados se vayan recuperando progresivamente de la crisis.

Los doce Estados miembros han extraído también una serie de enseñanzas y conclusiones que seguramente les resultarán útiles para preparar y ejecutar futuras contribuciones del FEAG. El FEAG permite a los Estados miembros prestar ayuda más rápidamente a los trabajadores despedidos: las medidas pueden ponerse en marcha tan pronto como se anuncien los despidos. La República Checa, Alemania, los Países Bajos y Austria han informado de experiencias positivas tras la aplicación temprana de medidas. Revisar y volver a presupuestar las medidas durante su aplicación ayuda a optimizar su composición para los trabajadores y a mejorar la utilización del presupuesto. Dinamarca recomienda recurrir al asesoramiento de un abogado sobre procedimientos de contratación pública, dado que el tiempo disponible para estos procedimientos es limitado y la seguridad jurídica es muy importante. Los Países Bajos recomiendan establecer rápidamente una comunicación con los trabajadores afectados acerca de las medidas propuestas como medio esencial para mantenerlos motivados e interesados en posibles oportunidades laborales y profesionales.

Cuadro 4. Informes finales recibidos en 2012: resumen de los resultados

4.5.        Período de programación 2014-2020. Propuesta de la Comisión de nuevo Reglamento del FEAG

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento del FEAG, dicho Reglamento debe revisarse a más tardar el 31 de diciembre de 2013, fecha que coincide con el final del marco financiero plurianual 2007-2013. Sobre la base de la propuesta de la Comisión, el Consejo Europeo, en su sesión de 7 y 8 de febrero de 2013, apoyó la continuación del FEAG durante el próximo marco financiero plurianual, de 2014 a 2020, como instrumento para conceder ayudas únicas específicas a los trabajadores despedidos a raíz de grandes cambios estructurales causados por la globalización. Los detalles del futuro Reglamento se conocerán una vez que el Consejo y el Parlamento Europeo lo hayan adoptado.

4.6.        Informe financiero

4.6.1.     Fondos aportados por el FEAG

En 2012, la Autoridad Presupuestaria concedió diecinueve contribuciones del FEAG, por un total de 73 536 222 EUR, lo que representa un 14,7 % de la cantidad anual máxima disponible (véase el cuadro 2). Los diecinueve pagos procedían del presupuesto de 2012, y los siete últimos se abonaron a principios de 2013.

De conformidad con el punto 28 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006[9], que establece el marco presupuestario del FEAG, el importe máximo anual de este Fondo no puede exceder de 500 millones EUR, los cuales pueden proceder de cualquier margen existente dentro del límite máximo total de gastos del ejercicio anterior o de los créditos de compromiso cancelados en los dos ejercicios anteriores con exclusión de los de la rúbrica 1B del marco financiero. Por otra parte, el artículo 12 del Reglamento del FEAG establece que al menos un cuarto del importe máximo anual del FEAG deberá seguir estando disponible el 1 de septiembre de cada año para responder a las necesidades que pudieran surgir hasta finales de año.

Los créditos de compromiso de los fondos concedidos en 2012 se transfirieron de la reserva del FEAG a la línea presupuestaria del FEAG. La línea presupuestaria del FEAG recibió una cantidad de 50 000 000 EUR al comienzo del año. Se añadió un importe de 17 657 535 EUR mediante un presupuesto rectificativo. Durante la transferencia global se identificaron y transfirieron al FEAG 5 878 687 EUR.

4.6.2.     Gastos en concepto de asistencia técnica

De conformidad con el artículo 8, apartado 1, del Reglamento (CE) nº 1927/2006, a iniciativa de la Comisión, y hasta un límite máximo del 0,35 % de los recursos financieros disponibles para el año (1,75 millones EUR), el FEAG podrá utilizarse para financiar las actividades de preparación, seguimiento, información y creación de una base de conocimientos, de asistencia administrativa y técnica y de auditoría, control y evaluación necesarias para la aplicación del Reglamento del FEAG. El 4 de julio de 2012, la Autoridad Presupuestaria aprobó una cantidad de 730 000 EUR para asistencia técnica[10] en relación con las actividades enumeradas en el cuadro 5. La cantidad restante de 1 020 000 EUR potencialmente disponible para asistencia técnica durante el año no se utilizó.

La Autoridad Presupuestaria redujo la propuesta inicial de la Comisión[11] de 1 120 000 EUR a 730 000 EUR, reducción que afectó a prácticamente todas las partidas. A la hora de prestar la asistencia técnica, la Comisión decidió dar prioridad a las reuniones con los representantes de los Estados miembros para garantizar la aplicación efectiva del Fondo e iniciar su evaluación ex post según lo previsto.

Cuadro 5. Gastos de asistencia técnica en 2012

Descripción || Importe presupuestado EUR *) || Importe real EUR

Información (por ejemplo, actualización del sitio web del FEAG en todas las lenguas de la UE, publicaciones y actividades audiovisuales) || 130 000 || Ningún gasto (sitio web actualizado por los servicios de la Comisión)

Apoyo administrativo y técnico: - Reuniones del Grupo de Expertos sobre Personas de Contacto del FEAG - Seminario sobre la aplicación del FEAG || 35 000 125 000 ||  70 000 181 900

Recogida de datos de seguimiento y Retrato Estadístico del FEAG || 20 000 || Ningún gasto (trabajo realizado por los servicios de la Comisión)

Creación de una base de conocimientos (procedimientos normalizados para las solicitudes de contribución del FEAG y su procesamiento; creación y racionalización de la base del FEAG que contiene los datos y las cifras de las contribuciones del FEAG) || 70 000 || Ningún gasto (trabajo en la base de datos realizado por los servicios de la Comisión) (los procedimientos normalizados se trasladaron al presupuesto de 2013)

Evaluación || 350 000 || 476 203 **)

Total || 730 000 || 728 103

*)                Cantidades resultantes de la Decisión de la Autoridad Presupuestaria de 4 de julio de 2012

**)              344 810 EUR para la primera fase de la evaluación ex post [artículo 17, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG] y 131 393 EUR para el pago final de la evaluación intermedia [artículo 17, apartado 1, letra a), del Reglamento del FEAG].

4.6.3.     Irregularidades comunicadas o resueltas

En 2012 no se comunicó a la Comisión ninguna irregularidad de acuerdo con el Reglamento del FEAG.

Tampoco se resolvió irregularidad alguna de acuerdo con dicho Reglamento. 888

4.6.4.     Liquidación de las contribuciones financieras del FEAG

El artículo 15, apartado 2, del Reglamento del FEAG establece el procedimiento de liquidación de las contribuciones financieras del FEAG. En 2012, se liquidaron once contribuciones (véase el cuadro 6) ejecutadas en 2012 y los años previos (período de ejecución de veinticuatro meses a partir de la fecha de solicitud; 65 % de la cofinanciación del FEAG).

La tasa de ejecución presupuestaria varió entre un 1,9 % y más del 100 %. La cantidad total de los fondos no gastados, y reembolsados a la Comisión, de estas once contribuciones fue de aproximadamente 18,1 millones EUR (un 37,8 % de estas once contribuciones del FEAG).

Son varios los motivos por los que los Estados miembros no utilizaron la totalidad de los importes concedidos. Si bien se insta a los Estados miembros a hacer estimaciones presupuestarias realistas del paquete coordinado de servicios personalizados, a veces la planificación no se hace de forma precisa y con conocimiento de causa. Es posible que en los cálculos iniciales se haya adoptado un margen de seguridad excesivo que al final haya resultado innecesario. El número de trabajadores dispuestos a participar en las medidas propuestas puede haberse sobrestimado durante la fase de planificación o algunos trabajadores pueden haber optado por medidas más baratas, o a más corto plazo, o pueden haber encontrado un nuevo empleo antes de lo previsto inicialmente. Un gasto inferior al previsto puede deberse también a retrasos en la puesta en marcha de las medidas o a que no se haya aprovechado la flexibilidad que permite reasignar fondos entre las distintas partidas del presupuesto al aplicar el paquete de servicios personalizados.

La Comisión ha ayudado a los Estados miembros con información periódica y seminarios específicos para fomentar una gestión óptima de los fondos. Gracias a ello, el elevado porcentaje de recuperación que caracterizó a las primeras contribuciones, superior al 60 %, se ha reducido considerablemente (37,8 %), pero aún debe disminuir más.

Se espera que la experiencia permita mejorar la presupuestación de las medidas y las previsiones de participación de los trabajadores durante el período ampliado de veinticuatro meses. También se están mejorando la planificación de la llegada de la financiación del FEAG a la zona afectada, las capacidades de las distintas estructuras de coordinación y ejecución y la calidad de la comunicación entre los niveles nacional y regional/local. Los Estados miembros están haciendo un mejor uso de la posibilidad de revisar sus presupuestos y de redistribuir los gastos, incluidos los gastos de ejecución, entre las distintas medidas. Por último, las instituciones de la UE están trabajando intensamente para acelerar los procedimientos de toma de decisiones y el pago de los fondos del FEAG, con vistas a un aprovechamiento óptimo del tiempo y de los fondos proporcionados. La Comisión organizó un seminario específico para los representantes de los Estados miembros, celebrado en marzo de 2012, con objeto de tratar diversas cuestiones en relación con el momento oportuno y la eficacia de la aplicación del Fondo.

Cuadro 6. Contribuciones liquidadas en 2012

4.6.5.     Otros reembolsos

No se produjeron otros reembolsos en 2012.

4.7.        Actividades de asistencia técnica realizadas por la Comisión

4.7.1.     Información y publicidad

Sitio web

El artículo 9 del Reglamento (CE) nº 1927/2006 establece que la Comisión debe crear «un sitio web en Internet, disponible en todas las lenguas comunitarias, para facilitar información sobre el FEAG y orientaciones para la presentación de solicitudes, así como información actualizada sobre las solicitudes admitidas y rechazadas, en la que se destacará el cometido de la Autoridad Presupuestaria».

De acuerdo con las disposiciones del artículo 9, el sitio web de la Comisión relativo al FEAG[12] fue actualizado en 2012 con información de interés. Ese año, el sitio web registró 253 462 vistas de páginas, consultadas por 32 030 visitantes únicos (número total de visitas: 44 630).

4.7.2.     Reuniones con las autoridades nacionales y las partes interesadas en el FEAG

Las reuniones novena y décima del Grupo de Expertos sobre Personas de Contacto del FEAG, formado por los representantes del FEAG en los Estados miembros, se celebraron el 21 de marzo de 2012 y el 16 de octubre de 2012, respectivamente, en Bruselas. En cada reunión se dedicó tiempo a debatir la revisión del actual Reglamento del FEAG, la propuesta de la Comisión para su mantenimiento en el período 2014-2020 y las cuestiones relativas a su futura aplicación, así como a informar a los miembros acerca de los preparativos para la evaluación ex post del FEAG 2007-2013 y a tratar otros puntos del orden del día.

El 22 de marzo de 2012, tuvo lugar en Bruselas un seminario de contacto destinado a debatir los plazos de aplicación del FEAG y a compartir las mejores prácticas para acelerar la aplicación de medidas con objeto de alcanzar la máxima eficacia y un gasto óptimo.

El 17 de octubre de 2012, tuvo lugar en Bruselas un seminario de contacto para debatir varias cuestiones relacionadas con la aplicación del FEAG, incluidos los efectos de la crisis por sector y el éxito de las medidas de creación de empresas en aplicación del FEAG.

4.7.3.     Creación de una base de conocimientos. Base de datos del FEAG y procedimientos normalizados para la presentación de solicitudes de contribución del FEAG

A fin de registrar los datos cuantitativos de las contribuciones del FEAG con fines estadísticos, en 2012 los servicios de la Comisión mejoraron la base de datos del FEAG y elaboraron varios formularios para facilitar la introducción en ella de los datos relativos a las contribuciones. La creación de un nuevo formulario electrónico está prevista para 2013-2014, teniendo en cuenta el trabajo preparatorio realizado por expertos externos en 2011 (financiado con cargo al presupuesto de asistencia técnica de 2011; el informe final se presentó en abril de 2012).

El nuevo formulario de solicitud normalizará los procedimientos de solicitud y evaluación, por lo que es previsible que se reduzca el plazo entre el momento en que un Estado miembro prepara una solicitud y la adopción de la propuesta presentada por la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo. Este formulario, en combinación con la base de datos, facilitará también el trabajo de la Comisión a la hora de analizar, agregar y comparar los datos y las cifras de las contribuciones del FEAG.

Otras actividades de información previstas para 2012

En su propuesta de asistencia técnica para 2012, la Comisión tenía previsto elaborar un vídeo y varios folletos informativos sobre las actividades del FEAG. Debido a los recortes presupuestarios que la Autoridad Presupuestaria impuso en julio de 2012, estas acciones no se pudieron llevar a cabo.

4.7.4.     Segundo Retrato Estadístico del FEAG 2007-2011

En el primer semestre de 2012, la Comisión publicó el segundo Retrato Estadístico del FEAG (2007-2011), elaborado por expertos externos y financiado con cargo al presupuesto de asistencia técnica de 2011.

4.7.5.     Evaluación intermedia del FEAG

Los resultados de la evaluación intermedia del FEAG, realizada en 2011 de conformidad con el artículo 17, apartado 1, letra a), del Reglamento del FEAG, se presentaron a las partes interesadas el 2 de febrero de 2012 en Bruselas[13]. Esta presentación supuso una oportunidad para debatir los principales resultados de la fase inicial del FEAG (2007-2009) y las recomendaciones de los evaluadores que, entretanto, se habían aplicado o se habían incluido en la propuesta de nuevo Reglamento del FEAG (2014-2020).

4.7.6.     Evaluación ex post del FEAG: primera fase

Las treinta y tres contribuciones que debían evaluarse en la primera fase de la evaluación ex post [artículo 17, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG] son las que se enumeran a continuación. Se seleccionaron estas contribuciones porque a fecha de 20 de septiembre de 2012 la Comisión había recibido los informes de ejecución finales correspondientes. Se analizará otro lote de contribuciones del FEAG durante la fase final de la evaluación ex post (intervenciones cuyos informes finales se habrán recibido antes del final de diciembre de 2013[14]).

5.           Tendencias

El progresivo aumento de las contribuciones del FEAG permite disponer de más datos para determinar las tendencias de las solicitudes y obtener una visión de conjunto de la dirección que siguen las actividades del Fondo. Los datos de los gráficos que figuran a continuación y en los anexos se refieren a las ciento diez solicitudes presentadas por los Estados miembros entre enero de 2007 y el 12 de agosto de 2013[15]. Se solicitaron unos 471,2 millones EUR (ya se abonaron aproximadamente 416,3 millones EUR) para ayudar a 100 022 trabajadores (número de trabajadores destinatarios estimado por los Estados miembros).

Gráfico 1: Número de solicitudes recibidas en 2007-2013 (hasta el 12 de agosto de 2013)

La modificación del Reglamento del FEAG en 2009, que comprende cambios temporales y permanentes, tuvo un efecto considerable en el número de solicitudes recibidas por la Comisión Europea, que aumentó notablemente entre mayo de 2009 (cuando empezó a aplicarse el Reglamento del FEAG modificado) y el final de 2011. En el período de enero de 2007 a agosto de 2013, se presentaron sesenta y cinco solicitudes relacionadas con la crisis y cuarenta y cinco solicitudes relacionadas con el comercio (sin tener en cuenta las solicitudes retiradas por los Estados miembros). El 82 % de las solicitudes recibidas entre mayo de 2009 y el final de 2011 estaban relacionadas con la crisis financiera y económica mundial.

Como se puede apreciar en el anexo 2, España es el Estado miembro que presentó mayor cantidad de solicitudes de financiación del FEAG (dieciocho solicitudes), seguida de los Países Bajos (dieciséis solicitudes), Italia (doce solicitudes) y Dinamarca (diez solicitudes). A 12 de agosto de 2013, ocho Estados miembros aún no habían solicitado ayuda del FEAG: Estonia, Chipre, Letonia, Luxemburgo, Hungría, Eslovaquia, el Reino Unido y Croacia (que se adhirió a la UE el 1 de julio de 2013).

Gráfico 2: Cantidades solicitadas al FEAG por Estado miembro en 2007-2013 (hasta el 12 de agosto de 2013)

Millones EUR

En el período de enero de 2007 a agosto de 2013, veinte Estados miembros solicitaron un importe total de 471,2 millones EUR al FEAG (véase también el cuadro general en el anexo 2). Dinamarca solicitó el mayor volumen de cofinanciación del FEAG (63,7 millones EUR / diez solicitudes) seguida por Irlanda (63,3 millones EUR / siete solicitudes), Italia (60,6 millones EUR / doce solicitudes) y España (57,1 millones EUR / dieciocho solicitudes). Los importes aún no aprobados son indicativos ya que todavía pueden variar durante la fase de evaluación.

Gráfico 3: Número de trabajadores destinatarios por Estado miembro en 2007-2013 (hasta el 12 de agosto de 2013)

España es el Estado miembro que ha solicitado ayuda del FEAG para el mayor número de trabajadores despedidos (13 396, en dieciocho solicitudes), seguida de Italia (12 759, en doce solicitudes), Alemania (11 349, en siete solicitudes) e Irlanda (10 267, en siete solicitudes). En otros doce países, el número de trabajadores destinatarios oscilaba entre algo más de 8 000, en los Países Bajos, y algo menos de  1 800, en Polonia. En cada uno de los cuatro Estados miembros restantes que presentaron solicitudes, el número de trabajadores destinatarios era inferior a 1 000.

Gráfico 4: Número de solicitudes por sector (NACE Rev. 2) en 2007-2013 (hasta el 12 de agosto de 2013)

En el período de enero de 2007 a agosto de 2013, el FEAG recibió solicitudes para trabajadores despedidos en un total de treinta y cinco sectores de actividad (véase también el resumen del anexo 1). En su mayoría se trataba de industrias manufactureras, pero también de los sectores de la construcción y los servicios. Cuatro sectores manufactureros fueron responsables de la mayor cantidad de solicitudes: la industria de la automoción (diecinueve solicitudes o el 17 % del total), seguida del sector de la maquinaria y los bienes de equipo (doce solicitudes o el 11 % del total), el sector textil (diez solicitudes o el 9 % del total) y la industria gráfica (nueve solicitudes o el 8 % del total).

En torno al 8 % de las solicitudes (nueve) estaban destinadas a los trabajadores de la industria de la construcción en general, que abarca la construcción de edificios, actividades de construcción especializadas y actividades de arquitectura e ingeniería (se llegaría a la cifra de trece solicitudes —en torno al 12 %— si se incluyeran también los sectores conexos como la carpintería y ebanistería y la cerámica). El FEAG recibió una única solicitud de más de la mitad de los sectores (veinte de los treinta y cinco).

Gráfico 5: Número de trabajadores destinatarios por sector (NACE Rev. 2) en 2007-2013 (hasta el 12 de agosto de 2013)

Las ciento diez solicitudes de los veinte Estados miembros estaban destinadas a un total de 100 022 trabajadores despedidos. Los sectores afectados fueron sobre todo el de la automoción, con más de 24 000 trabajadores destinatarios (23,8 % del total de las solicitudes presentadas), seguido del sector textil (más de 11 000 trabajadores destinatarios o el 11,2 % del total de las solicitudes presentadas), los teléfonos móviles (algo más de 10 000 trabajadores destinatarios o el 10 % del total de las solicitudes presentadas) y el sector de la maquinaria y los bienes de equipo (más de 9 000 trabajadores destinatarios o el 9,1 % del total de las solicitudes presentadas).

 Gráfico 6: Cantidad media solicitada al FEAG por trabajador destinatario por Estado miembro en 2007-2013 (hasta el 12 de agosto de 2013)

EUR                                                                                                  Media

El gráfico 6 ilustra la ayuda media del FEAG por trabajador destinatario (4 711 EUR para un total de 100 022 trabajadores destinatarios de veinte Estados miembros). La mayor ayuda del FEAG por trabajador corresponde a Austria y Dinamarca, con aproximadamente 14 000 EUR y 10 000 EUR, respectivamente. En cambio, en la República Checa, Lituania y Eslovenia, la ayuda solicitada no llegó a 1 000 EUR por trabajador.

6.           Conclusión

Las tendencias visibles hasta ahora muestran que se han presentado solicitudes de ayuda del FEAG para trabajadores de un número de sectores cada vez mayor. Los Estados miembros tienen ahora más experiencia a la hora de seleccionar las medidas más apropiadas, programar eficazmente su ayuda a los trabajadores despedidos y utilizar el FEAG para probar nuevos planteamientos. También recurren cada vez más a la posibilidad de reasignar fondos entre distintas medidas durante la ejecución del proyecto con vistas a hacer el mejor uso de la contribución disponible.

El hecho de que la «excepción temporal de crisis» del FEAG no se haya prolongado más allá de 2011 (al no alcanzarse una mayoría cualificada en el Consejo) ha limitado las posibilidades de ayuda de la UE a los trabajadores, a pesar de que muchos siguen padeciendo gravemente los efectos de la crisis.

Desde 2012 hasta el final del período de aplicación del actual Reglamento del FEAG (final de 2013), seguirán aplicándose los cambios permanentes del Reglamento modificado (umbral reducido a quinientos despidos y período de aplicación aumentado a veinticuatro meses a partir de la fecha de solicitud) y los Estados miembros podrán seguir ayudando a los trabajadores despedidos como consecuencia de los grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial. Si se aprovecha plenamente el potencial del FEAG, utilizado en combinación con otros instrumentos disponibles y en consulta con las principales partes interesadas, se podrá prestar ayuda personalizada y adaptada a los trabajadores que tienen derecho a la ayuda del FEAG, lo cual mejorará sus oportunidades en el mercado de trabajo a medio y más largo plazo a medida que los mercados se vayan recuperando progresivamente de la crisis.

[1]               Reglamento (CE) nº 1927/2006, de 20 de diciembre de 2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (DO L 406 de 30.12.2006, p. 1, corregido en el DO L 48 de 22.2.2008, p. 82, en todas las lenguas, y en el DO L 202 de 31.7.2008, p. 74, únicamente en inglés).

[2]               Reglamento (CE) nº 546/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, que modifica el Reglamento (CE) nº 1927/2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (DO L 167 de 29.6.2009).

[3]               COM(2011) 608 final, de 6.10.2011.

[4]               La excepción temporal respecto al Reglamento del FEAG, que permitía la presentación de solicitudes en respuesta a la crisis financiera y económica mundial y el aumento de la tasa de cofinanciación del FEAG del 50 al 65 %, fue aplicable del 1 de mayo de 2009 al 30 de diciembre de 2011.

[5]               La solicitud «EGF/2012/009 BE/Carsid» fue retirada posteriormente y se volvió a presentar el 2 de abril de 2013.

[6]               Automoción (3), maquinaria y bienes de equipo (3), metales de base (2), teléfonos móviles (1), electrónica de consumo (1) y actividades de los centros de llamadas (1).

[7]               No está contabilizado el informe final de una contribución cuya solicitud fue retirada posteriormente por el Estado miembro: EGF 2007/002 FR Renault.

[8]               Ninis: personas que ni estudian ni trabajan.

[9]               DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

[10]             DO L 192 de 20.7.2012, p. 11.

[11]             COM(2012) 160, de 4.4.2012.

[12]             http://ec.europa.eu/egf, disponible en las veintitrés lenguas de la UE, incluido el irlandés.

[13]             El informe de la evaluación intermedia está disponible en el sitio web del FEAG (http://ec.europa.eu/egf).

                Véase también el punto 4.7.5 del informe anual del FEAG de 2011.

[14]             El plazo de entrega del informe de la primera fase de la evaluación ex post concluye el 31 de diciembre de 2013 y el del informe relativo a la fase final concluye el 31 de diciembre de 2014 [artículo 17, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG].

[15]             Si se tienen en cuenta las diez solicitudes retiradas por los Estados miembros solicitantes, la cifra aumenta hasta ciento veinte. Las solicitudes retiradas no están contabilizadas en las estadísticas.

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