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Official Journal of the European Union, C 413, 12 December 2015
Diario Oficial de la Unión Europea, C 413, 12 de diciembre de 2015
Diario Oficial de la Unión Europea, C 413, 12 de diciembre de 2015
ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 413 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
58° año |
Número de información |
Sumario |
Página |
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I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes |
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DICTÁMENES |
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Comisión Europea |
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2015/C 413/01 |
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II Comunicaciones |
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COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2015/C 413/02 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.7785 — Triton/Imtech Nordic) ( 1 ) |
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2015/C 413/03 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.7747 — PGA/MSA) ( 1 ) |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2015/C 413/04 |
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Tribunal de Cuentas |
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2015/C 413/05 |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS |
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2015/C 413/06 |
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2015/C 413/07 |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA COMERCIAL COMÚN |
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Comisión Europea |
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2015/C 413/08 |
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2015/C 413/09 |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2015/C 413/10 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.7884 — Atos/Unify) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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2015/C 413/11 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.7862 — TDR Capital/Euro Garages) ( 1 ) |
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2015/C 413/12 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.7865 — Lov Group Invest/De Agostini/JV) ( 1 ) |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE |
ES |
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I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes
DICTÁMENES
Comisión Europea
12.12.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 413/1 |
DICTAMEN DE LA COMISIÓN
de 10 de diciembre de 2015
sobre el plan de eliminación de los residuos radiactivos resultantes del desmantelamiento de las centrales nucleares de KWB-A y KWB-B, situadas en Biblis, en el Estado federado de Hesse, Alemania
(El texto en lengua alemana es el único auténtico)
(2015/C 413/01)
La evaluación que figura a continuación se realiza conforme a las disposiciones del Tratado Euratom, sin perjuicio de cualesquiera otras evaluaciones que se realicen conforme al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y a las obligaciones resultantes de él y del Derecho derivado (1).
El 27 de marzo de 2015, la Comisión Europea recibió del Gobierno alemán, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom, los datos generales sobre el plan de eliminación de los residuos radiactivos producto del desmantelamiento de las centrales nucleares de KWB-A y KWB-B.
Sobre la base de esos datos y de la información adicional solicitada por la Comisión el 26 de mayo de 2015 y aportada por las autoridades alemanas el 13 de julio de 2015, y previa consulta al grupo de expertos, la Comisión ha elaborado el siguiente dictamen:
1. |
La distancia entre las instalaciones y la frontera más cercana con otro Estado miembro, en este caso Francia, es de 82 km. Los Países Bajos, en el punto de entrada del Rin, se encuentran a una distancia de 212 km. |
2. |
Durante las operaciones normales de desmantelamiento, no es probable que las descargas de efluentes líquidos y gaseosos radiactivos provoquen una exposición de la población de otro Estado miembro significativa desde el punto de vista sanitario, habida cuenta de los límites de dosis fijados en las nuevas normas básicas de seguridad (Directiva 2013/59/Euratom). |
3. |
Los residuos radiactivos sólidos se almacenarán in situ antes de trasladarlos a instalaciones autorizadas de tratamiento o eliminación situadas en Alemania. Los residuos no radiactivos sólidos y materiales residuales que se ajusten a los niveles de desclasificación estarán dispensados de los controles impuestos por la normativa a efectos de su eliminación como residuos convencionales o de su reutilización o reciclado. Esto se hará respetando los criterios contenidos en las nuevas normas básicas de seguridad (Directiva 2013/59/Euratom). |
4. |
En caso de liberación imprevista de efluentes radiactivos debido a un accidente del tipo y la magnitud considerados en los datos generales, las dosis de exposición que probablemente recibiría la población de otros Estados miembros no serían significativas desde el punto de vista sanitario, habida cuenta de los niveles de referencia fijados en las nuevas normas básicas de seguridad (Directiva 2013/59/Euratom). |
Por consiguiente, la Comisión considera que no es probable que la aplicación del plan de eliminación de los residuos radiactivos, del tipo que sea, producto del desmantelamiento de las centrales nucleares de KWB-A y KWB-B, situadas en Biblis, Estado federado de Hesse, Alemania, tanto en caso de funcionamiento normal como en caso de accidente del tipo y la magnitud considerados en los datos generales, cause una contaminación radiactiva del agua, el suelo o el espacio aéreo de otro Estado miembro que, habida cuenta de las disposiciones establecidas en las nuevas normas básicas de seguridad (Directiva 2013/59/Euratom), sea significativa desde el punto de vista sanitario.
Hecho en Bruselas, el 10 de diciembre de 2015.
Por la Comisión
Miguel ARIAS CAÑETE
Miembro de la Comisión
(1) Por ejemplo, en virtud del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, los aspectos medioambientales deben analizarse más a fondo. A título indicativo, la Comisión señala las disposiciones de la Directiva 2011/92/UE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, y de la Directiva 2001/42/CE, relativa la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, así como de la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, y de la Directiva 2000/60/CE, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas.
II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
12.12.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 413/3 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.7785 — Triton/Imtech Nordic)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2015/C 413/02)
El 29 de octubre de 2015, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32015M7785. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
12.12.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 413/3 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.7747 — PGA/MSA)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2015/C 413/03)
El 16 de octubre de 2015, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32015M7747. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
12.12.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 413/4 |
Tipo de cambio del euro (1)
11 de diciembre de 2015
(2015/C 413/04)
1 euro =
|
Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,0950 |
JPY |
yen japonés |
133,02 |
DKK |
corona danesa |
7,4609 |
GBP |
libra esterlina |
0,72240 |
SEK |
corona sueca |
9,3007 |
CHF |
franco suizo |
1,0819 |
ISK |
corona islandesa |
|
NOK |
corona noruega |
9,5385 |
BGN |
leva búlgara |
1,9558 |
CZK |
corona checa |
27,023 |
HUF |
forinto húngaro |
316,66 |
PLN |
esloti polaco |
4,3456 |
RON |
leu rumano |
4,5248 |
TRY |
lira turca |
3,2416 |
AUD |
dólar australiano |
1,5180 |
CAD |
dólar canadiense |
1,4962 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
8,4868 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,6258 |
SGD |
dólar de Singapur |
1,5436 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 300,93 |
ZAR |
rand sudafricano |
17,3954 |
CNY |
yuan renminbi |
7,0716 |
HRK |
kuna croata |
7,6390 |
IDR |
rupia indonesia |
15 441,30 |
MYR |
ringit malayo |
4,7424 |
PHP |
peso filipino |
51,960 |
RUB |
rublo ruso |
76,3280 |
THB |
bat tailandés |
39,519 |
BRL |
real brasileño |
4,2190 |
MXN |
peso mexicano |
18,9987 |
INR |
rupia india |
73,3719 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
Tribunal de Cuentas
12.12.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 413/5 |
Informe Especial no 17/2015
«Apoyo de la Comisión a los equipos de acción para la juventud: se ha logrado reorientar la financiación del FSE, pero no se hace suficiente hincapié en los resultados»
(2015/C 413/05)
El Tribunal de Cuentas Europeo anuncia que acaba de publicar su Informe Especial no 17/2015, «Apoyo de la Comisión a los equipos de acción para la juventud: se ha logrado reorientar la financiación del FSE, pero no se hace suficiente hincapié en los resultados».
El Informe puede consultarse o descargarse en el sitio web del Tribunal de Cuentas Europeo: http://eca.europa.eu.
También puede obtenerse gratuitamente en versión papel, enviando una petición a la dirección siguiente:
Tribunal de Cuentas Europeo |
Publicationes (PUB) |
12, rue Alcide De Gasperi |
1615 Luxemburgo |
LUXEMBURGO |
Tel. +352 4398-1 |
Correo electrónico: eca-info@eca.europa.eu |
o rellenando una orden de pedido electrónico en EU-Bookshop.
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS
12.12.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 413/6 |
Información que debe presentarse con arreglo al artículo 5, apartado 2
Creación de una Agrupación Europea de Cooperación Territorial (AECT)
[Reglamento (CE) no 1082/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006 (DO L 210 de 31.7.2006, p. 19)]
(2015/C 413/06)
I.1. Denominación, dirección y punto de contacto
Denominación registrada: ESPON EGTC - European Node for Territorial Evidence
Domicilio social:
Punto de contacto: Frank Vansteenkiste
Tel.: +352 24786936
Fax: +352 408970
Correo electrónico: frank.vansteenkiste@mat.etat.lu
Sitio web de la agrupación: www.espon.eu
I.2. Período por el que se constituye la agrupación:
Duración de la agrupación: indefinida
Fecha de inscripción en el registro:
Fecha de publicación:
II. OBJETIVOS
El principal objetivo de la AECT ESPON es la aplicación de una o varias medidas en el marco del programa de cooperación ESPON 2020. Las actividades de la AECT ESPON seguirán persiguiendo la consolidación de una red europea de observatorios territoriales y fomentará la recopilación y el uso político de pruebas territoriales, comparables, sistemáticas y fiables en el ámbito paneuropeo.
III. DETALLES ADICIONALES SOBRE LA DENOMINACIÓN DE LA AGRUPACIÓN
Denominación en inglés: ESPON EGTC - European Node for Territorial Evidence
Denominación abreviada o acrónimo: ESPON EGTC
IV. MIEMBROS
IV.1. Número total de miembros de la agrupación: 4
IV.2. Nacionalidades de los miembros de la agrupación: luxemburguesa y belga
IV.3. Información sobre los miembros
Denominación oficial: Gran Ducado de Luxemburgo
Ministère du Développement durable et des Infrastructures – Département de l’Aménagement du Territoire
Dirección postal:
Sitio web: www.dat.public.lu
Tipo de miembro: autoridad nacional
Denominación oficial: Región de Bruselas Capital
Ministère de la Région de Bruxelles-Capitale, Bruxelles Développement Urbain (BDU-BSO)
Dirección postal:
Sitio web: http://www.gob.irisnet.be/stedelijke-ontwikkeling
Tipo de miembro: autoridad regional
Denominación oficial: Región de Flandes
Vlaams Overheid – Department Ruimtelijke Ordening, Woonbeleid en Onroerend Erfgoed
Dirección postal:
Sitio web: www.ruimtelijkeordening.be
Tipo de miembro: autoridad regional
Denominación oficial: Región de Valonia
Service public de Wallonie (SPW), Direction générale opérationnelle de l’Aménagement du territoire, du logement, du patrimoine et de l’énergie (DGO 4)
Sitio web: http://www.wallonie.be/ y http://dgo4.spw.wallonie.be/dgatlp/dgatlp/
Tipo de miembro: autoridad regional
12.12.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 413/8 |
Información que debe presentarse con arreglo al artículo 5, apartado 2
Creación de una Agrupación Europea de Cooperación Territorial (AECT)
[Reglamento (CE) no 1082/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006 (DO L 210 de 31.7.2006, p. 19)]
(2015/C 413/07)
I.1. Denominación, dirección y punto de contacto
Denominación registrada: GECT Pays d’Art et d’Histoire Transfrontalier Les Vallées Catalanes du Tech et du Ter/AECT País de Arte e Historia Transfronterizo Los Valles Catalanes del Tec y el Ter/AECT País d’Art i d’Història Transfronterer Les Valls Catalanes del Tec i del Ter
Domicilio social:
Punto de contacto: Antoine ANDRE, presidente de Pays Pyrénées-Méditerranée.
Tel. +33 468839949
Correos electrónicos: presidence@valleescatalanes.org; presidencia@vallscatalanes.org
Sitio web de la agrupación: www.valleescatalanes.org
I.2. Período por el que se constituye la agrupación
Duración de la agrupación: indefinida
Fecha de inscripción en el registro:
Fecha de publicación:
II. Objetivos
— |
Garantizar el respeto y la perennidad de la marca «País de Arte e Historia». |
— |
dotarse de los medios necesarios para alcanzar los objetivos fijados en el Acuerdo sobre el País de Arte e Historia Transfronterizo Los Valles Catalanes del Tec y del Ter, con arreglo a lo que en él se establece. |
III. Detalles adicionales sobre la denominación de la agrupación
Denominación abreviada o acrónimo: GECT PAHT Los Valles Catalanes
IV. Miembros
IV.1) Número total de miembros de la agrupación: 11
IV.2) Nacionalidades de los miembros de la agrupación: francesa, española
IV.3) Información sobre los miembros
Denominación oficial: Mancomunidad de Vallespir
Dirección postal:
Sitio web: www.vallespir.com
Tipo de miembro: autoridad local
Denominación oficial: Mancomunidad de Alto Vallespir
Dirección postal:
Sitio web: www.haut-vallespir.fr
Tipo de miembro: autoridad local
Denominación oficial: Ajuntament de Camprodon
Dirección postal:
Sitio web: www.camprodon.cat
Tipo de miembro: autoridad local
Denominación oficial: Ajuntament de Llanars
Dirección postal:
Sitio web: www.llanars.cat
Tipo de miembro: autoridad local
Denominación oficial: Ajuntament de Molló
Dirección postal:
Sitio web: www.mollo.cat
Tipo de miembro: autoridad local
Denominación oficial: Ajuntament de Sant Joan de les Abadesses
Dirección postal:
Sitio web: www.santjoandelesabadesses.cat
Tipo de miembro: autoridad local
Denominación oficial: Ajuntament de Sant Pau de Segúries
Dirección postal:
Sitio web: www.santpauseguries.cat
Tipo de miembro: autoridad local
Denominación oficial: Ajuntament de Setcases
Dirección postal:
Sitio web: www.setcases.cat
Tipo de miembro: autoridad local
Denominación oficial: Ajuntament de Vilallonga de Ter
Dirección postal:
Sitio web: www.vilallongadeter.cat
Tipo de miembro: autoridad local
Denominación oficial: Conseil de Développement du Pays Pyrénées-Méditerranée
Dirección postal: Conseil de Développement du Pays Pyrénées-Méditerranée, 66400, Ceret, Francia.
Sitio web: www.payspyreneesmediterranee.org
Tipo de miembro: autoridad local
Denominación oficial: Mancomunitat de la Vall de Camprodon
Dirección postal:
Sitio web: www.vilallongadeter.cat
Tipo de miembro: autoridad local
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA COMERCIAL COMÚN
Comisión Europea
12.12.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 413/10 |
Anuncio relativo al derecho antidumping definitivo impuesto a las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, células) originarios o procedentes de la República Popular China y relativo a las medidas compensatorias vigentes respecto a las importaciones en la Unión de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, células) originarios o procedentes de la República Popular China: cambio de nombre de una empresa sujeta a un tipo de derecho antidumping individual y a un tipo de derecho compensatorio individual
(2015/C 413/08)
Las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, células) originarios o procedentes de la República Popular China están sujetas a un derecho antidumping establecido mediante el Reglamento de Ejecución (UE) no 1238/2013 del Consejo (1) y a un derecho compensatorio establecido por el Reglamento de Ejecución (UE) no 1239/2013 del Consejo (2).
La empresa Era Solar Co., Ltd, con el código TARIC adicional B818, sujeta a un tipo de derecho antidumping individual del 41,3 % y un tipo de derecho compensatorio individual del 6,4 % en virtud de los Reglamentos de Ejecución (UE) no 1238/2013 y (UE) no 1239/2013, notificó a la Comisión que ha cambiado de nombre y ha pasado a llamarse Zhejiang Era Solar Technology Co., Ltd.
La empresa alegó que su cambio de nombre no afecta a su derecho a seguir beneficiándose del tipo de derecho antidumping individual y del tipo de derecho compensatorio individual aplicados anteriormente a Era Solar Co., Ltd.
La Comisión ha examinado la información presentada y ha concluido que el cambio de nombre no afecta en modo alguno a las conclusiones de los Reglamentos de Ejecución (UE) no 1238/2013 y (UE) no 1239/2013.
Por consiguiente, en el anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) no 1238/2013 y en el anexo 1 del Reglamento de Ejecución (UE) no 1239/2013, la referencia a:
Era Solar Co., Ltd |
B818 |
deberá entenderse hecha a:
Zhejiang Heda Solar Technology Co., Ltd |
B818 |
El código TARIC adicional B818, atribuido anteriormente a Era Solar Co., Ltd se aplicará a Zhejiang Era Solar Technology Co., Ltd.
(1) DO L 325 de 5.12.2013, p. 1.
(2) DO L 325 de 5.12.2013, p. 66.
12.12.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 413/11 |
Anuncio relativo a los derechos antidumping y compensatorios definitivos impuestos a las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (como células) originarios o procedentes de la República Popular China: cambio de nombre de una empresa sujeta a un compromiso
(2015/C 413/09)
Mediante su Decisión de Ejecución 2013/707/UE (1), la Comisión aceptó el compromiso propuesto en relación con los procedimientos antidumping y antisubvenciones relativos a las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (como células) originarios o procedentes de la República Popular China.
La empresa Era Solar Co. Ltd, con el código TARIC adicional B818, con quien se aceptó un compromiso mediante la Decisión de Ejecución 2013/707/UE, ha notificado a la Comisión que ha cambiado de nombre para pasar a llamarse Zhejiang Era Solar Technology Co., Ltd.
La empresa alegó que el cambio de nombre no afectaba a su derecho a seguir beneficiándose de los tipos de derechos individuales aplicados previamente a Era Solar Co. Ltd.
La Comisión ha examinado la información facilitada y ha concluido que el cambio de nombre no altera en modo alguno las conclusiones de la Decisión de Ejecución 2013/707/UE.
Por lo tanto, la referencia hecha en el anexo de la Decisión de Ejecución 2013/707/UE a:
ERA Solar Co., Ltd |
B818 |
deberá entenderse hecha a:
Zhejiang Era Solar Technology Co., Ltd. |
B818 |
El código TARIC adicional B818, atribuido anteriormente a Era Solar Co. Ltd se aplicará a Zhejiang Era Solar Technology Co., Ltd.
(1) DO L 325 de 5.12.2013, p. 214.
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
12.12.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 413/12 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto M.7884 — Atos/Unify)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2015/C 413/10)
1. |
El 4 de diciembre de 2015, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa Atos SE («Atos», Francia) adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de la totalidad de Unify Holdings BV («Unify», Países Bajos) mediante adquisición de acciones. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes: — Atos: servicios de TI y soportes físicos; — Unify: centrales privadas conectadas a la red pública («PBX»), dispositivos de terminal de comunicaciones, centros de llamadas y soluciones de comunicaciones unificadas. |
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la propuesta de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del no de referencia M.7884 — Atos/Unify, a la siguiente dirección:
|
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («el Reglamento de concentraciones»).
(2) DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.
12.12.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 413/13 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto M.7862 — TDR Capital/Euro Garages)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2015/C 413/11)
1. |
El 1 de diciembre de 2015, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa TDR Capital («TDR Capital», Reino Unido) adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de Euro Garages («Euro Garages», Reino Unido) mediante adquisición de acciones. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes: — TDR Capital: fondo de inversión con inversiones en un número de empresas entre las que se cuentan centros de lavado de automóviles en el Reino Unido, — Euro Garages: operador de gasolineras y servicios anexos y lavado de automóviles en el Reino Unido. |
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la propuesta de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo postal, con indicación del no de referencia M.7862 — TDR Capital/Euro Garages, a la siguiente dirección:
|
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
12.12.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 413/14 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto M.7865 — Lov Group Invest/De Agostini/JV)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2015/C 413/12)
1. |
El 7 de diciembre de 2015, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas Lov Group Invest SAS («Lov Group», Francia) y De Agostini SpA («De Agostini», Italia) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), y artículo 3, apartado 4, del Reglamento de concentraciones, de la totalidad de una empresa en participación de nueva creación («JV») mediante la contribución de sus respectivas áreas de negocio en la producción y distribución de contenidos televisivos a la JV, en concreto de Banijay Holding SAS («Banijay») y Zodiak Media («Zodiak Media»). |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes: — Lov Group: producción y distribución de contenidos televisivos, juegos de azar en línea, microfinanciación colectiva (crowfunding) y hoteles de lujo, — Banijay: producción y distribución de contenidos televisivos, — De Agostini: publicación, producción y distribución de contenidos de medios de comunicación (incluida la explotación de canales de televisión emitidos únicamente en Italia), juegos y actividades en el sector financiero, — Zodiak Media: producción y distribución de contenidos televisivos. |
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la propuesta de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo postal, con indicación del número de referencia M.7865 — Lov Group Invest/De Agostini/JV, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).