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Document E2013J0509(01)

    Modificaciones del reglamento de procedimiento del Tribunal de la AELC — adoptadas por el Tribunal el 16 de mayo de 2012

    DO C 132 de 9.5.2013, p. 12–12 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/07/2021; derog. impl. por E2021C0520(01)

    9.5.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 132/12


    Modificaciones del reglamento de procedimiento del Tribunal de la AELC

    adoptadas por el Tribunal el 16 de mayo de 2012

    (El texto en lengua inglesa es el único auténtico)

    2013/C 132/07

    EL TRIBUNAL DE LA AELC,

    Visto el Acuerdo entre los Estados de la AELC sobre el establecimiento de un Órgano de Vigilancia y un Tribunal de Justicia, firmado en Oporto el 2 de mayo de 1992, y, en particular, su artículo 43, apartado 2,

    Visto el Protocolo 5 del Acuerdo entre los Estados de la AELC sobre el establecimiento de un Órgano de Vigilancia y un Tribunal de Justicia, relativo al Estatuto del Tribunal, y, en particular, su artículo 43,

    Considerando, a la luz de la experiencia adquirida, que es necesario que el Tribunal disponga de una base jurídica clara para la promulgación de instrucciones prácticas con vistas a mejorar el desarrollo del procedimiento, en particular en lo que respecta a la presentación de alegaciones escritas y a la celebración de las audiencias ante él.

    ADOPTA LA SIGUIENTE DECISIÓN POR LA QUE SE MODIFICA SU REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO:

    Artículo 1

    El siguiente texto se añadirá tras el artículo 97 bis:

    «Artículo 97 ter

    El Tribunal podrá dictar instrucciones prácticas relativas, en particular, a la preparación y celebración de las audiencias ante él y a la presentación de alegaciones u observaciones escritas».

    Artículo 2

    1.   La presente Decisión, cuya versión en lengua inglesa es auténtica, se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

    2.   La presente Decisión se traducirá oficialmente por el Tribunal al alemán, islandés y noruego.

    Luxemburgo, el 16 de mayo de 2012.

    Páll HREINSSON

    Juez

    Carl BAUDENBACHER

    Presidente

    Per CHRISTIANSEN

    Juez


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