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Document E2009J0005
Judgment of the Court of 1 December 2009 in Case E-5/09 EFTA Surveillance Authority v The Republic of Iceland (Failure by a Contracting Party to fulfil its obligations — Directive 2005/68/EC of the European Parliament and of the Council on reinsurance and amending Council Directives 73/239/EEC, 92/49/EEC as well as Directives 98/78/EC and 2002/83/EC)
Sentencia del Tribunal, de 1 de diciembre de 2009 , en el asunto E-5/09 El Órgano de Vigilancia de la AELC contra la República de Islandia (Incumplimiento de sus obligaciones por una Parte Contratante — Directiva 2005/68/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el reaseguro y por la que se modifican las Directivas 73/239/CEE y 92/49/CEE del Consejo y las Directivas 98/78/CE y 2002/83/CE)
Sentencia del Tribunal, de 1 de diciembre de 2009 , en el asunto E-5/09 El Órgano de Vigilancia de la AELC contra la República de Islandia (Incumplimiento de sus obligaciones por una Parte Contratante — Directiva 2005/68/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el reaseguro y por la que se modifican las Directivas 73/239/CEE y 92/49/CEE del Consejo y las Directivas 98/78/CE y 2002/83/CE)
DO C 256 de 23.9.2010, p. 7–7
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
23.9.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 256/7 |
SENTENCIA DEL TRIBUNAL
de 1 de diciembre de 2009
en el asunto E-5/09
El Órgano de Vigilancia de la AELC contra la República de Islandia
(Incumplimiento de sus obligaciones por una Parte Contratante — Directiva 2005/68/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el reaseguro y por la que se modifican las Directivas 73/239/CEE y 92/49/CEE del Consejo y las Directivas 98/78/CE y 2002/83/CE)
2010/C 256/07
En el asunto E-5/09, Órgano de Vigilancia de la AELC contra la República de Islandia — que tiene por objeto que se declare que, al no haber adoptado o notificado, en el plazo previsto a tal efecto, al Órgano de Vigilancia de la AELC las medidas necesarias para la aplicación del acto al que se hace referencia, inter alia, en el punto 7b del anexo IX del Acuerdo EEE, es decir, la Directiva 2005/68/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2005, sobre el reaseguro y por la que se modifican las Directivas 73/239/CEE y 92/49/CEE del Consejo y las Directivas 98/78/CE y 2002/83/CE, adaptada al Acuerdo EEE por su Protocolo 1, la República de Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 64, apartado 1, de dicho acto, y del artículo 7 del Acuerdo EEE, el Tribunal, integrado por Carl Baudenbacher, Presidente, Thorgeir Örlygsson y Henrik Bull (Juez ponente), Jueces, dictó sentencia el 1 de diciembre de 2009, cuyo fallo es el siguiente:
El Tribunal:
1) |
Declara que, al no haber adoptado en el plazo previsto a tal efecto las medidas necesarias para la aplicación de la Directiva 2005/68/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2005, sobre el reaseguro y por la que se modifican las Directivas 73/239/CEE y 92/49/CEE del Consejo y las Directivas 98/78/CE y 2002/83/CE, adaptada al Acuerdo EEE por su Protocolo 1, la República de Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 64, apartado 1, de dicha Directiva y del artículo 7 del Acuerdo EEE. |
2) |
Condena en costas a la República de Islandia. |