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Document C2015/287A/02
Recruitment notice PE/188/S — Director (Function group AD, grade 14) — Secretary-General — Office of the Secretary-General
Anuncio de contratación PE/188/S — Director (grupo de funciones AD, grado 14) — Secretario General — Gabinete del Secretario General
Anuncio de contratación PE/188/S — Director (grupo de funciones AD, grado 14) — Secretario General — Gabinete del Secretario General
DO C 287A de 1.9.2015, p. 8–15
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
1.9.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CA 287/8 |
ANUNCIO DE CONTRATACIÓN PE/188/S
DIRECTOR
(grupo de funciones AD, grado 14)
SECRETARIO GENERAL
GABINETE DEL SECRETARIO GENERAL
(2015/C 287 A/02)
1. Puesto vacante
El Presidente del Parlamento Europeo ha decidido iniciar el procedimiento de provisión de un puesto de director (1) (AD, grado 14) en el Gabinete del Secretario General, sobre la base del artículo 29, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea (2) (en lo sucesivo, «el Estatuto»).
Este procedimiento de selección, destinado a ampliar las posibilidades de elección de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos, se llevará a cabo al mismo tiempo que los procedimientos interno e interinstitucional de provisión de puestos.
La contratación se efectuará en el grado AD 14 (3). El sueldo base será de 13 322,22 EUR al mes. Al sueldo base, sujeto al impuesto comunitario y exento de impuestos nacionales, se podrán añadir determinadas dietas, en las condiciones previstas en el Estatuto.
Se señala a la atención de los candidatos que este puesto está sujeto al Reglamento relativo a la política de movilidad aprobado por la Mesa del Parlamento Europeo el 29 de marzo de 2004.
Este puesto requiere disponibilidad y numerosos contactos internos y externos, en particular con los diputados al Parlamento Europeo. El director habrá de realizar misiones frecuentes en los diversos lugares de trabajo del Parlamento Europeo y fuera de estos.
2. Lugar de trabajo
Bruselas. Este puesto podrá destinarse a uno de los otros lugares de trabajo del Parlamento Europeo.
3. Igualdad de oportunidades
El Parlamento Europeo practica una política de igualdad de oportunidades y acepta las candidaturas sin discriminación por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad, orientación sexual o situación familiar.
4. Naturaleza de las funciones
Como funcionario de alto nivel, el director se encargará, en el marco de las orientaciones y decisiones adoptadas por la autoridad parlamentaria y el Secretario General, de las tareas siguientes (4):
— |
asesorar al Secretario General (sobre todos los aspectos del funcionamiento de la Secretaría General), |
— |
seguir todas las actividades de una o varias direcciones generales de la Secretaría General, transmitir la información ascendente y descendente, y facilitar las relaciones entre los distintos servicios, |
— |
animar y coordinar el Gabinete (gestión administrativa y gestión de expedientes), |
— |
servir de enlace con los otros servicios y unidades vinculados directamente al Secretario General, |
— |
filtrar y controlar los expedientes presentados a la firma del Secretario General, |
— |
confirmar la distribución del correo oficial, |
— |
acompañar/representar al Secretario General en diversas reuniones internas y externas, animar/participar en reuniones administrativas, |
— |
estar en contacto permanente con todos los interlocutores internos y externos del PE y con los grupos políticos en lo tocante a su funcionamiento administrativo y presupuestario, |
— |
mantener contactos con los distintos servicios encargados de la elaboración y la ejecución del presupuesto del Parlamento Europeo, |
— |
gestionar expedientes delicados, |
— |
desempeñar una función de arbitraje. |
5. Condiciones de admisión (perfil requerido)
Podrán participar en el procedimiento de selección los candidatos que, en la fecha límite fijada para la presentación de candidaturas, cumplan las siguientes condiciones:
a) |
Condiciones generales De conformidad con el artículo 28 del Estatuto, se requiere en particular:
|
b) |
Condiciones específicas
|
6. Proceso de selección
Para asistir en su elección a la autoridad facultada para proceder a los nombramientos, el Comité Consultivo para el nombramiento de altos funcionarios establecerá la lista de los candidatos y recomendará a la Mesa del Parlamento Europeo las personas a las que se deba invitar a una entrevista. La Mesa aprobará dicha lista; el Comité celebrará las entrevistas y someterá su informe final a la Mesa para decisión. En esta fase, la Mesa podrá entrevistar a los candidatos.
7. Presentación de las candidaturas
El plazo para la presentación de candidaturas vencerá el:
15 de septiembre de 2015 a medianoche (hora de Bruselas).
Se ruega a los candidatos que envíen, por correo electrónico exclusivamente y en formato pdf, una carta de motivación (a la atención de «Monsieur le Secrétaire général du Parlement européen, avis de recrutement numéro PE/188/S») y un currículum vítae en formato Europass (7), indicando la referencia del anuncio (PE/188/S) en el objeto del mensaje, a la dirección siguiente:
EP-SENIOR-MANAGEMENT@ep.europa.eu
de lo que darán fe la fecha y hora de envío del correo electrónico.
Los candidatos deberán cerciorarse de que los documentos escaneados sean legibles.
Se señala a la atención de los candidatos invitados a la entrevista que deberán presentar, para la fecha de la entrevista, únicamente copias o fotocopias de los documentos justificativos referentes a sus estudios, a su experiencia profesional y a las funciones que ejercen en la actualidad (8) . No se devolverá a los candidatos ninguno de estos documentos.
Los datos de carácter personal comunicados por los candidatos en el marco de este procedimiento de selección serán tratados con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo (9).
(1) Toda referencia hecha en el presente anuncio a personas de sexo masculino se entenderá hecha asimismo a personas de sexo femenino, y viceversa.
(2) Véase el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 del Consejo (DO L 56 de 4.3.1968, p. 1), modificado por el Reglamento (CE, Euratom) no 723/2004 (DO L 124 de 27.4.2004, p. 1), y modificado en último lugar por el Reglamento (UE, Euratom) no 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y el régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (DO L 287 de 29.10.2013, p. 15).
(3) El funcionario será clasificado con arreglo a lo dispuesto en el artículo 32 del Estatuto.
(4) Para las tareas principales, véase el anexo.
(5) Este año de experiencia no se tendrá en cuenta para la evaluación de la experiencia profesional exigida en el párrafo siguiente.
(6) Las lenguas oficiales de la Unión Europea son: alemán, búlgaro, checo, croata, danés, eslovaco, esloveno, español, estonio, finés, francés, griego, húngaro, inglés, irlandés, italiano, letón, lituano, maltés, neerlandés, polaco, portugués, rumano y sueco.
(7) http://europass.cedefop.europa.eu/
(8) Esta disposición no se aplicará a aquellos candidatos que, en la fecha límite de presentación de las candidaturas, trabajen para el Parlamento Europeo.
(9) Reglamento (CE) no 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos (DO L 8 de 12.1.2001, p. 1).
ANEXO
SECRETARIO GENERAL
DIRECTOR DE GABINETE DEL SECRETARIO GENERAL
COMETIDOS PRINCIPALES
(El Gabinete del Secretario General y las unidades y los servicios vinculados directamente al Secretario General están integrados por 76 agentes: 41 AD y 35 AST)
— |
Asistir al Secretario General en el ejercicio de sus funciones. |
— |
Dirigir, coordinar y animar los servicios vinculados directamente al Secretario General. |
— |
Ejercer, en su caso, la función de ordenador subdelegado. |
— |
Representar al Gabinete del Secretario General en distintos comités y foros interinstitucionales. |
SECRETARÍA DE LA MESA Y DE LOS CUESTORES
— |
Encargarse de la secretaría de la Mesa y de los Cuestores. |
— |
Encargarse de la secretaría de los grupos de trabajo de la Mesa y de los Cuestores. |
— |
Organizar y preparar las reuniones de estos órganos y de los grupos de trabajo de la Mesa y de los Cuestores, incluidas las reuniones exteriores. |
— |
Preparar las notas de presidencia, las actas y las cartas de seguimiento de las reuniones, así como todos los demás documentos pertinentes, en las distintas lenguas. |
— |
Preparar los expedientes, documentos informativos, comunicaciones de la Mesa y de los Cuestores, resúmenes, etc. en colaboración con los gabinetes del Presidente y del Secretario General, así como con los servicios afectados, en las distintas lenguas. |
— |
Velar por el respeto de los calendarios y previsiones de consultas en nombre de la Mesa. |
— |
Velar por el seguimiento de las decisiones adoptadas por los órganos. |
— |
Preparar las cartas a la firma del Presidente sobre las misiones de los Vicepresidentes y de los presidentes de las comisiones, sobre las delegaciones de las comisiones parlamentarias y sobre las audiencias públicas. |
— |
Preparar las cartas a la firma de los Vicepresidentes y de los Cuestores. |
— |
Encargarse de la recopilación de reglamentaciones para las que son competentes la Mesa y la Conferencia de Presidentes: actualizaciones y publicación de las decisiones de la Mesa en el Diario Oficial. |
— |
Ocuparse de la difusión electrónica de los expedientes de reunión, así como del mantenimiento y la mejora de las herramientas de trabajo. |
— |
Encargarse del tratamiento del correo oficial «sensible». |
— |
Encargarse de la publicación de los documentos de reunión en intranet/internet. |
— |
Ocuparse de la alimentación del registro y de que los documentos solicitados por los ciudadanos estén disponibles. |
— |
Gestionar los nuevos proyectos informáticos (NewPrequest, SharePoint) para la secretaría de la Mesa y de los Cuestores, así como para la secretaría de la Conferencia de Presidentes. |
— |
Gestionar los archivos internos/confidenciales y, en colaboración con el Servicio de Archivos, encargarse de su digitalización e incorporación en una herramienta informática eficaz. |
— |
Gestionar las solicitudes de autorización de cócteles, servicio de café, acceso de visitantes, exenciones respecto de la edad, los justificantes (certificados médicos, certificados de defunción, etc.) correspondientes a las ausencias justificadas de los diputados a las sesiones plenarias, presentadas a los Cuestores. |
— |
Gestionar las misiones de los asistentes de los Vicepresidentes y de los Cuestores. |
SECRETARÍA DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES
— |
Encargarse de la secretaría de la Conferencia de Presidentes. |
— |
Preparar las notas de presidencia y todos los demás documentos pertinentes, incluidas las actas, en las distintas lenguas. |
— |
Preparar los expedientes, documentos informativos, resúmenes, etc. en colaboración con los gabinetes del Presidente y del Secretario General, así como con los servicios afectados, en las distintas lenguas. |
— |
Velar por el respeto de los calendarios y consultas de la Conferencia de Presidentes. |
— |
Difundir los expedientes de reunión. |
— |
Velar por el seguimiento de las decisiones adoptadas por la Conferencia de Presidentes. |
— |
Encargarse de la secretaría de los grupos de trabajo de la Conferencia de Presidentes. |
— |
Encargarse del tratamiento del correo oficial «sensible». |
— |
Encargarse de la publicación de los documentos de reunión en intranet/internet. |
— |
Ocuparse de la alimentación del registro y de que los documentos solicitados por los ciudadanos estén disponibles. |
— |
Gestionar los archivos internos/confidenciales: proseguir el estudio, en colaboración con el Servicio de Archivos, con miras a su digitalización e incorporación en una herramienta informática eficaz. |
— |
Encargarse de la recopilación y la actualización de las reglamentaciones para las que es competente la Conferencia de Presidentes. |
MANAGEMENT TEAM SUPPORT OFFICE
— |
Informar sobre todos los programas/proyectos del «Parliamentary Project Portfolio» de forma sistemática, de fácil lectura y rica en contenido, con el fin de garantizar que el «Management Team» pueda decidir con conocimiento de causa, en estrecha colaboración con los patrocinadores y los gestores de los distintos programas/proyectos. |
— |
Apoyar la aplicación del «Parliamentary Project Portfolio» y su conformidad con la estrategia. |
— |
Apoyar la integración horizontal del «Strategic Execution Framework». |
— |
Apoyar el concepto «Project Based Work» dentro de la Secretaría General, desarrollar normas específicas y principios básicos en este ámbito, y apoyar el intercambio de buenas prácticas entre las direcciones generales proporcionando herramientas eficaces y documentación. |
— |
Crear programas de formación y de entrenamiento sobre la metodología del «Project Based Work» en el marco de la ejecución del «Strategic Execution Framework» en cooperación con la DG de Personal. |
— |
Apoyar a los patrocinadores y gestores de los distintos programas/proyectos en el ejercicio de sus funciones |
— |
Apoyar el desarrollo y la aplicación de matrices, así como el intercambio de buenas prácticas entre las direcciones generales. |
— |
Desarrollar un cuadro de indicadores (tableau de bord) sobre las matrices de los proyectos y las operaciones. |
— |
Incrementar las capacidades de gestión de riesgos de la Secretaría General, en particular en relación con el «Project Based Work». |
UNIDAD DEL SISTEMA DE GESTIÓN Y AUDITORÍA MEDIOAMBIENTALES (EMAS)
— |
Ocuparse de la preparación de los informes anuales «Revisión de la gestión» y «Declaración medioambiental», en particular en lo relativo a la huella de carbono. |
— |
Encargarse de la preparación y el seguimiento del plan de acción EMAS. |
— |
Organizar auditorías internas y externas y el apoyo a la aplicación, incluidas auditorías legales y de la huella de carbono. |
— |
Instaurar el sistema anual de compensación de las emisiones de carbono. |
— |
Encargarse del seguimiento de la conformidad con la reglamentación en materia de medio ambiente y del análisis medioambiental. |
— |
Organizar actos y acciones de comunicación y de formación para sensibilizar al personal. |
— |
Velar por el seguimiento de las sugerencias del personal. |
— |
Organizar las reuniones del Grupo de Pilotaje, del Grupo de Pilotaje inter DG y de los grupos de trabajo. |
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
— |
Encargarse de verificar el buen funcionamiento de los sistemas y procedimientos de ejecución presupuestaria. |
— |
Asistir al auditor interno en el desempeño de las tareas correspondientes. |
— |
Preparar y aprobar un programa de trabajo anual sólido cuyas prioridades se hayan fijado en función de un análisis global de riesgos. |
— |
Preparar, para cada sector que pueda ser objeto de una auditoría, expedientes permanentes que contengan toda la información, las descripciones de los sistemas, programas y acciones, etc., que sigan siendo pertinentes durante varios ejercicios. |
— |
Analizar los riesgos a los que debe hacer frente cada ordenador y evaluar los sistemas de gestión y de control interno correspondientes. |
— |
Desarrollar y redactar programas de auditoría específica para cada sector de riesgo. |
— |
Velar por la adecuación y la calidad de los sistemas de control interno aplicables a las operaciones de ejecución presupuestaria, así como por la adecuación y la eficacia de los sistemas de gestión y el buen funcionamiento de los sistemas en la aplicación de sus políticas, programas y acciones. |
— |
Aplicar los procedimientos de auditoría y preparar los documentos de trabajo correspondientes. |
— |
Revisar los trabajos efectuados por los equipos de auditoría. |
— |
Redactar los proyectos de informes, incluidas las recomendaciones destinadas a mejorar la calidad de los sistemas de gestión y de control interno. |
— |
Debatir sobre los informes y las recomendaciones con los servicios auditados y finalizar los informes definitivos. |
— |
Examinar el seguimiento dado a sus recomendaciones en el marco de una auditoría de seguimiento efectuada a más tardar un año después de la emisión de su informe. |
— |
Presentar a la institución un informe anual en el que se indique el número y tipo de auditorías internas realizadas, las recomendaciones formuladas y el seguimiento que se haya dado a estas. |
— |
Reunirse regularmente con las instancias afectadas, y en particular con el Comité de Seguimiento de las Auditorías, en particular en el marco de la aprobación del programa de trabajo anual, del informe anual de actividades y de las actividades de seguimiento de las auditorías. |
— |
Encargarse del riguroso seguimiento administrativo de las auditorías, incluido el número de personas-días dedicado a cada misión, y desarrollar los instrumentos metodológicos necesarios, con objeto de optimizar el proceso de programación y de mejorar constantemente la calidad de las prestaciones de la Unidad de Auditoría Interna. |
PROTECCIÓN DE DATOS
— |
Informar a los responsables del tratamiento de los datos de carácter personal, y a las personas afectadas, de sus derechos y obligaciones. |
— |
Llevar a cabo trabajos de concepción, análisis, control e información en el ámbito de la protección de datos de carácter personal, en colaboración con los servicios afectados de la Secretaría General. |
— |
Formular dictámenes y proporcionar asistencia interna en este ámbito. |
— |
Llevar un registro de los diversos tratamientos efectuados. |
— |
Indicar al Supervisor Europeo de Protección de Datos las operaciones de tratamiento que pudieran presentar riesgos especiales. |
— |
Colaborar con el Supervisor Europeo de Protección de Datos y con los servicios homólogos de las otras instituciones. |
— |
Velar por la coordinación interna en materia de protección de datos. |
— |
Elaborar normas de desarrollo complementarias. |
— |
Encargarse del seguimiento de la jurisprudencia en materia de protección de datos. |