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Document C2007/297/05
Case C-186/05: Judgment of the Court (Sixth Chamber) of 4 October 2007 — Commission of the European Communities v Kingdom of Sweden (Failure of a Member State to fulfil obligations — National monopoly on retail sales of alcoholic beverages — Importation by private individuals prohibited)
Asunto C-186/05: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 4 de octubre de 2007 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de Suecia (Incumplimiento de Estado — Monopolio de venta al por menor de bebidas alcohólicas — Prohibición de importación por los particulares)
Asunto C-186/05: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 4 de octubre de 2007 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de Suecia (Incumplimiento de Estado — Monopolio de venta al por menor de bebidas alcohólicas — Prohibición de importación por los particulares)
DO C 297 de 8.12.2007, p. 4–4
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
8.12.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 297/4 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 4 de octubre de 2007 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de Suecia
(Asunto C-186/05) (1)
(Incumplimiento de Estado - Monopolio de venta al por menor de bebidas alcohólicas - Prohibición de importación por los particulares)
(2007/C 297/05)
Lengua de procedimiento: sueco
Partes
Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: L. Ström van Lier y S. Pardo Quintillán, agentes)
Demandada: Reino de Suecia (representante: K. Wistrand, agente)
Coadyuvante en apoyo de la parte demandada: República de Finlandia (representante: E. Bygglin, agente)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Infracción de los artículos 28 CE y 30 CE — Legislación nacional por la que se regula un monopolio nacional de venta al por menor de bebidas alcohólicas que prohíbe la importación directa de tales bebidas por los particulares.
Fallo
1) |
Declarar que el Reino de Suecia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 28 CE al prohibir la importación de bebidas alcohólicas por los particulares a través de intermediarios independientes o de transportistas de su elección, sin que pueda considerase justificada dicha prohibición en virtud del artículo 30 CE. |
2) |
Condenar en costas al Reino de Suecia. |