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Document C2007/283/30

    Asunto C-415/07: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale ordinario di Nocera Inferiore el 10 de septiembre de 2007 — Lodato Gennaro & C. SpA/Istituto nazionale della previdenza sociale (INPS), SCCI

    DO C 283 de 24.11.2007, p. 16–16 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    24.11.2007   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 283/16


    Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale ordinario di Nocera Inferiore el 10 de septiembre de 2007 — Lodato Gennaro & C. SpA/Istituto nazionale della previdenza sociale (INPS), SCCI

    (Asunto C-415/07)

    (2007/C 283/30)

    Lengua de procedimiento: italiano

    Órgano jurisdiccional remitente

    Tribunale ordinario di Nocera Inferiore

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: Lodato Gennaro & C. SpA

    Demandada: Istituto nazionale della previdenza sociale (INPS), SCCI

    Cuestión prejudicial

    ¿Debe interpretarse la normativa comunitaria contenida en las Directrices sobre ayudas al empleo, en las Directrices sobre las ayudas de Estado de finalidad regional, y en el Reglamento (CE) no 2204/2002 (1) de la Comisión, de 12 de diciembre de 2002, [relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para el empleo], en el sentido de que, para comprobar si se ha producido un incremento de los puestos de trabajo, debe efectuarse la comparación entre la UTA media del año anterior a la contratación y la UTA media del año siguiente a la contratación? O bien, por el contrario ¿debe interpretarse en el sentido de que se debe, o únicamente se puede, efectuar la comparación entre la UTA media del año anterior a la contratación y el dato concreto de la mano de obra existente en la empresa en la fecha de la contratación?


    (1)  DO L 337, p. 3.


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