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Document C2007/129/04
Case C-103/07 P: Appeal brought on 21 February 2007 by Angel Angelidis against the judgment delivered by the Court of First Instance (Fifth Chamber) on 5 December 2006 in Case T-416/03 Angelidis v European Parliament
Asunto C-103/07 P: Recurso de casación interpuesto el 21 de febrero de 2007 por Angel Angelidis contra la sentencia dictada el 5 de diciembre de 2006 por el Tribunal de Primera Instancia (Sala Primera) en el asunto T-416/03, Angelidis/Parlamento Europeo
Asunto C-103/07 P: Recurso de casación interpuesto el 21 de febrero de 2007 por Angel Angelidis contra la sentencia dictada el 5 de diciembre de 2006 por el Tribunal de Primera Instancia (Sala Primera) en el asunto T-416/03, Angelidis/Parlamento Europeo
DO C 129 de 9.6.2007, p. 3–4
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
9.6.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 129/3 |
Recurso de casación interpuesto el 21 de febrero de 2007 por Angel Angelidis contra la sentencia dictada el 5 de diciembre de 2006 por el Tribunal de Primera Instancia (Sala Primera) en el asunto T-416/03, Angelidis/Parlamento Europeo
(Asunto C-103/07 P)
(2007/C 129/04)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Recurrente: Angel Angelidis (representante: E. Boigelot, abogado)
Otra parte en el procedimiento: Parlamento Europeo
Pretensiones de la parte recurrente
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Que el Tribunal de Justicia declare el recurso de casación admisible y fundado y, en consecuencia: |
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Anule la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas de 5 de diciembre de 2006 en el asunto T-416/03, Angelidis/Parlamento Europeo. |
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Resuelva definitivamente sobre el litigio y, estimando el recurso inicial del demandante en el asunto T-416/03,
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Motivos y principales alegaciones
En su recurso de casación, el recurrente imputa en síntesis al Tribunal de Primera Instancia la comisión de varios errores de Derecho en la interpretación de los artículos 26 y 43 del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y de las disposiciones generales de ejecución relativas a la aplicación de dichos artículos. Los errores afectan, concretamente, a la interpretación extensiva dada por el Tribunal de Primera Instancia a los restringidos supuestos en que caben excepciones a la regla en virtud de la cual la calificación y la aprobación del informe de calificación deben ser realizadas por dos miembros diferentes de la jerarquía del funcionario calificado, y a la apreciación formulada por el Tribunal de Primera Instancia al estimar innecesaria la consulta al anterior superior jerárquico directo de dicho funcionario. A juicio del recurrente, la sentencia impugnada presenta numerosos lagunas en su motivación en lo que respecta a estos dos puntos y, por otra parte, el Tribunal de Primera Instancia ha desnaturalizado varios de los documentos que le fueron presentados por él, sin reconocer su importancia.